Ha salido a la luz pública el estudio de análisis actuarial que realizó la Escuela de Matemática de la Universidad de Costa Rica (UCR), el cual evaluó la solidez financiera del más importante régimen jubilatorio del país, el de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Las conclusiones generales y centrales constituyen un pésimo “regalo de Navidad” para la clase trabajadora costarricense, tanto la que tiene suerte de tener empleo formal y salario fijo, como la que se desenvuelve en la informalidad.
Considerando el prestigio, la credibilidad y la solidez académico-profesional que caracterizan el trabajo para la sociedad que hace la Universidad de Costa Rica (UCR), este estudio tiene que ser valorado en su justa dimensión, correspondiendo a las organizaciones sindicales analizarlo con la más rigurosa seriedad y la más sólida responsabilidad.
Sin embargo, no podemos evitar albergar algunas suspicacias acerca del momento, de la oportunidad, de la coyuntura y de la legitimación política para, y que espera obtener, el alto mando de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), a partir de los resultados de este estudio, dados todos los elementos económicos, sociales, políticos y técnicos que están implicados en él.
En estos primeros momentos afloran sentimientos de consternación y de indignación, pues una primerísima impresión es que cualquier medida que se tomare con base en tal estudio tiende a incrementar la perniciosa ruta de la desigualdad que hace ya bastante tiempo y peligrosamente, Costa Rica viene transitando.
En lenguaje popular, es al perro flaco al que se le pegan la pulgas pues es la clase trabajadora cubierta y por cubrir de parte del IVM la que tendrá que pagar los platos rotos de decisiones tomadas en los años 2011-2012; decisiones político-tecnocrático-financieras de alta gerencia en materia de inversiones y que habrían sido erróneas, que siguen pendientes de rendición de cuentas puesto que, presuntamente, se habrían tomado recursos del seguro de pensiones IVM para gastos operacionales y ordinarios del seguro de salud (Enfermedad y Maternidad).
Efectivamente, una denuncia penal que duerme el sueño de los justos en el Ministerio Público planteó que “… se habría forzado al Seguro de IVM a comprar, a precios relativamente altos, millonarios títulos valores en poder del Régimen de Salud para dotar de liquidez a este último. En segundo término, se habría obligado al Seguro de Salud a postergar el pago al Régimen de IVM de altas sumas de dinero por concepto alquiler de los edificios que albergan las oficinas centrales de la Institución.
Tal denuncia, tramitándose bajo el expediente penal 12-000046-0615-PE, planteó que “…a través de estos presuntos subsidios ilegales, el Seguro de IVM habría sido contagiado de la crisis financiera del Régimen de Salud, diezmando el rendimiento de su cartera de inversiones al extremo de requerirse a corto plazo impopulares reformas para restablecer su sostenibilidad financiera; entre ellas el incremento de las edades de retiro y de la tasa de cotización.
Evidentemente este factor no está determinado con contundencia por parte de la autoridad judicial competente (y con una retardación inexplicable); sin embargo, es imposible no considerarlo a la hora en que deberá analizarse cómo habrá de manejarse este estudio de la UCR en una mesa de diálogo social como se dice que habrá a principios del 2017.
A continuación y dada la gravedad del asunto, ya en discusión pública a partir de la divulgación de este estudio, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), integrante de la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), comparte con la clase trabajadora, con la opinión pública nacional y, en lo específico, con las otras corrientes sindicales del país, estos elementos puntuales que son como un abrebocas de parte de las organizaciones directamente representadas en la corriente sindical ANEP-CSJMP.
PRIMERO: La anterior reforma al IVM-CCSS del año 2005 hizo observaciones puntuales sobre control de la evasión, subdeclaración e inversiones, aspectos que las autoridades de la Caja han cumplido a medias y que, una década después, requeriría de una especie de auditoraje de cumplimiento.
SEGUNDO: El sistema IVM-CCSS por su antigüedad, más de 70 años, tiene una alta salida de recursos producto de que la población afiliada envejece a un ritmo diferente del ingreso de nuevos afiliados. Esto se debe reconocer; pero, dicho de otro modo, la institución no estimula adecuadamente el crecimiento de la masa laboral afiliada, sobre todo de las profesiones liberales las cuales parecieran estar más interesadas en otras alternativas.
TERCERO: La creación del ROP (Régimen Obligatorio de Pensiones) tuvo como inspiración y esencia salir en defensa del primer pilar, el IVM, en caso de que éste presentara problemas de desfinanciamiento. ¿Cómo está esta relación hoy en día?
CUARTO: En el año 2000 se aprobó la Ley de Protección al Trabajador (LPT) cuyo artículo 78 señala que las empresas públicas del Estado deben trasladar sus superávits al IVM, lo cual no fue posible. Solamente hubo un intento que no se concretó, siendo la actual diputada doña Sandra Pizsk Feinzilber, ministra de Trabajo y Seguridad Social. Las acciones de su cartera parecían querer bajar tensiones y no concretar el cumplimiento de la ley. Aquí también, hay que preguntar y hay que auscultar qué paso.
QUINTO: La Constitución Política señala que el Estado está obligado a sostener la salud de IVM y bien es sabido que el Estado mantiene una deuda importante cancelando la misma, con bonos y en abonos a la Caja, Por otra parte, las inversiones de la institución están en más de un 95 % en el Ministerio de Hacienda, lo cual pareciera indicarnos que en lo económico IVM estaría sosteniendo gran parte de la acción del Estado costarricense. Históricamente no se ha logrado subir, de manera importante y sustancial, la cotización estatal. Demasiado que conversar y dialogar al respecto.
SEXTO: Sobre evasión y morosidad, urge una drástica contundencia en acciones de cierre y de castigo a empresarios que cobran a sus trabajadores cotizaciones y no las trasladan al IVM. El En tema de inversiones, la cartera de crédito que sostiene IVM es impopular, o sea, de imposible acceso para la clase media y media baja, por lo que los trabajadores recurren para créditos de vivienda a organismos de otro tipo, pudiendo el IVM mejorar sus recursos dando crédito a todos sus trabajadores a mejores intereses.
SÉTIMO: En el campo de las inversiones, pensamos que el IVM puede desarrollar perfectamente obra pública.
OCTAVO: Hay que establecer prohibición expresa de que los fondos de IVM, a futuro, jamás deben ir al Seguro de Salud como ya sucedió, según lo apuntamos líneas arriba.
NOVENO: Desde nuestra perspectiva sociosindical, el diálogo social sobre el futuro del IVM-CSS y a partir del estudio de la UCR, debe tener estos requisitos iniciales:
1) No proceder con ninguna reforma sin que se haya dado el diálogo social, realmente transparente con acuerdos sólidos cumplibles y verificables, sin caer en una carrera loca contra el tiempo.
2) Rendición de cuentas: cumplimiento del artículo 78 de la Ley de Protección al Trabajador (LPT). Situación actual y perspectivas de acción político-gerencial.
3) Rendición de cuentas: informe de Gerencia de Pensiones sobre políticas de control de la morosidad, la evasión y la subdeclaración patronal.
4) Rendición de cuentas: Informe detallado de inversiones pasadas, presentes y en curso.
5) Rendición de cuentas: posición institucional sobre denuncia penal expediente 12-000046-0615-PE.
6) Rendición de cuentas: Informe detallado sobre políticas de inversión.
7) Rendición de cuentas: Informe detallado sobre el Estado de la Reserva.
DÉCIMO: Finalmente, formulamos seis consideraciones generales-finales de este primer posicionamiento sindical ANEP-CJSMP sobre el tema: A) El agotamiento de la Reserva en el año 2030 no es una noticia novedosa, se advirtió desde el año 2005. B) La CCSS incumple su compromiso de mantener informes regulares a los actores sociales. C) Elevar la edad a los 70 años implica condenar a los trabajadores a entre 45 y 50 años de trabajo. D) Elevar la cotización obrera es cargar sobre la espalda de los trabajadores, el peso de malas acciones administrativas. E) El ROP debe venir en auxilio de IVM. 6) Nunca debe de convertirse el carácter del IVM de Régimen de capitalización colectiva a individual. Los países que lo han hecho, como Chile, hoy sufren las consecuencias.
Dejamos así sentadas nuestras primeras impresiones sobre un asunto de tanta relevancia para la inmensa y abrumadora mayoría de la población: la clase trabajadora; enfatizando en que ésta es nuestra visión sindical sobre tan delicado asunto y que, con seguridad, habrá otras igual de respetables, serias y dignas de toda consideración.