San José, viernes 23 de mayo de 2014.
Honorables
Señores y señoras
Ministros y ministras de Estado
Consejo de Gobierno
República de Costa Rica
CASA PRESIDENCIAL
Estimados señores ministros y estimadas señoras ministras:
Reciban sus dignas autoridades un respetuoso y cordial saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).
De manera respetuosa solicitamos su intervención de gran urgencia, a fin de que se resuelvan varias anomalías que se están cometiendo en el Patronato Nacional de Ciegos (PANACI), específicamente contra las personas trabajadoras de esta institución.
PANACI fue creado en 1957 bajo la Ley No. 2171. Podría decirse que es la institución más pequeña del Estado costarricense pues cuenta con 10 trabajadoras y trabajadores. Tiene una junta directiva compuesta por 7 personas, integrada por un representante del Ministerio de Salud (que en este momento es el señor José Pablo Montoya), un representante del Ministerio de Educación Pública (la señora Celia Jiménez), una representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (la señora Esmirna Sánchez), una representante de la CCSS (la señora Marlene Agüero), una representante del Colegio de Médicos (señora Marjorie Harley); así como dos representantes de las organizaciones de personas con discapacidad, señores Olman Ugalde y Francisco Rodríguez Gutiérrez. Esta directiva tomó posesión de sus cargos el 7 de febrero de 2013 y desde entonces han sumido a la institución en un caos cuyo culmen ha sido la usurpación del puesto de la Directora hecho por el Presidente de la Junta Directiva, señor Francisco Rodríguez Gutiérrez. Este señor también ocupa actualmente el puesto de Presidente del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE).
Hechos sobre acuerdos o instrucciones de beneficio directo para la Junta Directiva
1. El acuerdo JD-343-14 hizo posible que a partir del 30 de abril de 2014, el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez, Presidente del PANACI, ocupe el puesto de Director a. í. de la institución, ya que la directora se encargará de preparar los documentos solicitados por la Contraloría General de la República, informe DFOE-SOC-IF-03-2014. En el mismo nunca se indica que la Directora debe dedicarse a tiempo completo. Este es el pretexto para que la Junta Directiva co-administre, nombrando a un Director a. í. en una plaza ocupada y sin tener requisitos necesarios para ese puesto. Desde el 30 de abril del año en curso, momento en que se comunicó el acuerdo a todo el personal, el señor Rodríguez Gutiérrez asumió como Director y solicitó el consecutivo de oficios para que la Directora no pudiera mandar oficios. El pretendía tomar las decisiones y que ella siguiera firmando. Como ella se negó a firmar boletas de caja chica y cheques, el señor Rodríguez fue al banco y eliminó la autorización para la firma de cheques de la señora Leticia Hidalgo Ramírez, siendo que hay un acuerdo que indica que hay tres firmas autorizadas: la del Presidente, Tesorero y Directora.
Dado lo anterior, el señor Rodríguez Gutiérrez se autoriza a si mismo las boletas de caja chica para alimentación y se compra no solo almuerzo, sino helados y otras cosas. Aunque el acuerdo dice que el puesto lo ejerce ad honoren solicita desayuno, almuerzo, transporte en autobús de Grecia a San José, taxi de la parada del autobús al Patronato y viceversa, lógicamente esos rubros le demanda a la institución un gasto de ¢12.300 diarios lo cual suma ¢319.800 mensuales. Al respecto la Directora le puso a la Junta Directiva un Recurso de Amparo, el cual fue admitido y la reintegra a su puesto mientras se resuelve.
2. El acuerdo JD-068-13 le da a la Junta Directiva prioridad absoluta sobre el uso del único vehículo que tiene la institución, sin embargo, al ser el único vehículo y ante la falta de planificación de la Junta Directiva, afectan el proceso normal de la institución, ya que ellos no tienen días fijos de reuniones y por lo general las comunican con un día de anticipación; esto hace se afecte a las personas trabajadoras que siguen los procedimientos de control interno establecidos para el uso del vehículo. El acuerdo también indica que la Junta Directiva puede hacer solicitudes a los funcionarios y funcionarias de diversa índole cuando así lo desean, no obstante, lo hacen con dos o tres días de plazo afectando la programación del cumplimiento de metas y otros requerimientos por parte de los entes de control del Estado, pues hay un exceso de solicitudes con plazos muy cortos que a veces se yuxtaponen, pues sin que concluya el plazo de cumplimiento de una solicitud, solicitan otra.
3. El acuerdo JD-276-14, que le brinda servicio de taxi a las personas integrantes de la Junta Directiva para acudir a las sesiones y otras actividades cuando no se les pueda brindar transporte con el vehículo institucional pero en la práctica, aunque el acuerdo indica que es cuando el vehículo no puede cubrir el servicio, lo hacen siempre que lo deseen, sin consultar si el vehículo está disponible o no. La boleta de caja chica, para la solicitud es aprobada por un mismo miembro de Junta Directiva, el señor José Pablo Montoya, quien funge como tesorero y por la contadora, esto riñe con el Reglamento de Caja Chica aprobado por Tesorería Nacional en donde dice que las boletas deben ser aprobadas por la Directora y por la contadora de la institución.
Lo anterior, refleja a todas luces un abuso que se ha venido dando por parte del señor Francisco Rodríguez Gutiérrez, Presidente de la Junta Directiva con aprobación del Tesorero señor José Pablo Montoya. Aunado a lo anterior, nos parece importante señalar que el señor Rodríguez Gutiérrez vive en Grecia pero su hijo vive en Alajuelita, por lo que solicita taxi del PANACI a Alajuelita y de Alajuelita a San José y el pago del autobús a Grecia; esto sucede siempre que él lo solicite ya sea que asista a la institución haya reunión o no.
4. De igual manera, el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez, Presidente de la Junta Directiva da una instrucción a la Directora con la instrucción, fechada 8 de enero de 2014, para que se tomen las medidas del caso para brindar almuerzo a las personas que integran la Junta Directiva; práctica que debe darse únicamente cuando hay sesión de Junta Directiva, sin embargo, en la práctica eso no es así, se les brinda almuerzo hay o no sesión de Junta Directiva y se encuentren en la institución para la hora de almuerzo.
Hechos que afectan directamente a la población con Discapacidad Visual
1. No obstante, que las actas son documentos públicos, la Junta Directiva las mantiene como documentos privados, es decir hay que enviar una carta a la Junta Directiva y ésta decide cuando darlas, en algunos casos varios meses después. Esto fue denunciado por la Directora de la institución tanto a la Fiscal de la Junta Directiva como a la Auditoría del Ministerio de Salud, también fue denunciado por personas con discapacidad visual a la misma Auditoría sin que a la fecha los denunciantes hayan recibido respuesta.
2. Mediante los siguientes acuerdos se eliminan accesos para la población con discapacidad visual:
Acuerdo JD-056-13 elimina acceso a todo el material Tiflotécnico, que es toda tecnología adaptada para la población de personas con discapacidad visual, tales como relojes parlantes, bastones, regletas, punzones, guías de firmas, tarjetas de taxi, medidores de líquidos, etc. y afectó también el apoyo que la Asociación PROPANACI brindaba a los programas de capacitación con el financiamiento del trasporte, instructores y alimentación.
Acuerdo JD-061-13, debilita el movimiento organizativo al desarticular la Coordinadora de Ciegos de Costa Rica.
Acuerdo JD-070-13, quita el acceso al café internet adaptado que por años prestó servicio los días sábado.
Acuerdo JD-252-2013, suspende la realización de actividades de capacitación dentro de las instalaciones del Patronato, con lo cual los funcionarios y funcionarias deben buscar otros sitios lo cual no favorece la ubicación de las personas con discapacidad visual.
Hechos en que la Junta Directiva interfiere directamente en la administración de la institución
1. En el Patronato solo hay una secretaria y ella es además la encargada de la atención del público, sin embargo, la Junta Directiva desde que inició labores ha querido que ella labore tiempo completo para ellos y utilizan sus labores como ellos desean por lo que han tomado muchos acuerdos al respecto, siendo el último el Acuerdo JD-246-13, en el cual se indica que la secretaria apoyará todos los días de sesiones ordinarias y extraordinarias, los días martes y viernes y cualquier otro día que el Presidente lo indique además de destinar 3 horas semanales a trabajar en lo relativo al archivo central. Como el acuerdo indica que el Presidente adicionará otros días, facilita que él hace las solicitudes a veces el mismo día y otras el día anterior, sin tomar en cuenta los requerimientos institucionales.
2. Por medio de la resolución 02.2014 la Junta Directiva reinstala en su puesto, nombra en propiedad a la señora Victoria Velázquez y ordena el pago de los salarios caídos.
Sin embargo, debido a su desempeño poco óptimo la Directora decide no renovarle el contrato de trabajo, por lo que la señora Velásquez presenta apelación a la decisión de la Dirección e interpone un Recurso de Amparo el 3 de marzo de 2014, según expediente 14-002703-0007-CO. La Sala Constitucional emite Resolución 2014003905, con fecha 19 de marzo de 2014 que declara sin lugar el Recurso y avala la actuación de la Dirección. No obstante, a lo anterior y a pesar de que la resolución de la Junta Directiva es un acto ilegal pues no es el órgano a quien le compete hacer nombramientos tal como está estipulado en el artículo 104 de la Ley General de la Administración Publica, el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez firma la acción de personal de la señora Victoria Velázquez, con fecha de 13 de mayo 2014 retroactiva al 1 de abril con el fin de le sean pagados dichos salarios a la señora Velázquez sin laborar.
Estos y otros muchos acuerdos ha tomado la Junta Directiva que han mantenido a la institución detenida y algunos la han hecho retroceder, de todo ello hay pruebas y solicitamos el cambio total de las personas integrantes de la Junta Directiva pues todas han sido cómplices de la actuación del Presidente, la cual pareciera que se podría catalogar como abuso de poder, acoso laboral, falta al deber de probidad en la función pública y otras.
No omitimos manifestar que todos los acuerdos mencionados en esta carta, se anexan a la misma.
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ANEXOS DEL OFICIO S.G. 13-17-0601-14
ACUERDO JD-056-13: Instruir a la Dirección Ejecutiva del Patronato Nacional de Ciegos, con copia a la Dirección General de Auditoría del Ministerio de Salud, para que saque de toda ejecución de actividades relacionadas con la Asociación Pro Patronato Nacional de Ciegos a los funcionarios (as) de dicha institución, a partir del día lunes primero de abril de 2013, hasta tanto no exista convenio aprobado por esta Junta Directiva y refrendado por la Contraloría General de la República. Acuerdo firme.
ACUERDO JD-061-13: Derogar el acuerdo 6, de la sesión 809 del 03 de septiembre del 2009, donde se nombra a la señora Leticia Hidalgo Ramírez como representante titular ante la Coordinadora Costarricense de Ciegos y el acuerdo 6, de la sesión 856, del 03 de mayo del 2012, en el cual se nombra a la señora Ileana Chacón como representante suplente del Patronato Nacional de Ciegos ante esa misma instancia.
Además, separar al Patronato Nacional de Ciegos de toda participación en esa Coordinadora a partir del día 5 de abril del 2013, debido a que la misma no es un ente legal debidamente constituido y por ende nuestra participación violenta el principio de legalidad. Pese a lo anterior, la Junta Directiva apoyará a las Organizaciones de Personas con Discapacidad Visual, que constituyen la coordinadora, para que continúen con sus proyectos. Acuerdo firme.
ACUERDO JD-068-13: En relación a las instrucciones que en lo sucesivo gire la Junta Directiva o la Presidencia deberán ser acatadas de la siguiente manera:
a. En relación al rol del vehículo tendrá prioridad sobre cualquier solicitud de la administración.
b. En cuanto a otras actividades inherentes a la labor de la Junta Directiva, las mismas deberán ser acatadas de manera inmediata.
c. La coordinación se realizará con cada funcionario encargado del área respectiva de lo cual se le enviará copia a la Dirección Ejecutiva tan sólo para su información.
ACUERDO JD-070-13: Con fundamento en el informe solicitado por la Junta Directiva y rendido por la señorita Marbellys Martínez del área de informática, sobre el uso del laboratorio de cómputo (café internet) los días sábados y la ínfima cantidad de usuarios que utilizan este servicio. Además de no contar con presupuesto para el pago de horas extras, y que esta situación genera horas de reposición a los funcionarios de la institución, hecho que es de conocimiento de la Administración; y que en este momento también por parte de este Órgano Colegiado y que las mismas son ilegales, esta Junta Directiva acuerda:
a. A partir del 20 de abril del 2013 no se ofrecerá más este servicio los días sábados.
b. Derogar cualquier acuerdo que se le oponga a éste, concerniente al servicio de café internet los días sábados.
ACUERDO JD-246-13: Dejar sin efecto el acuerdo JD-202-13, por cuanto las circunstancias que mediaron para tomar la medida provisional, en este momento ya no se encuentran presentes. Para lo subsiguiente y de manera inmediata la Colaboradora Karla Mejías va a prestar sus servicios de la siguiente manera:
a) Brindar apoyo a la Junta Directiva en todas las sesiones ordinarias y extraordinarias.
b) Destinar los días martes y viernes para trabajar en forma exclusiva con asuntos del Órgano Directivo, iniciando a partir de las nueve horas.
c) En caso de que se requiera algún día adicional de trabajo a lo señalado en el inciso b, con asuntos relacionados con la Junta Directiva, el presidente lo comunicará oportunamente.
d) Destinar al menos tres horas semanales para subsanar los incumplimientos detectados por la Dirección General del Archivo Nacional desde el año 2003.
e) La sustitución de la Colaboradora se hará de conformidad con lo establecido en el Manual de Procedimientos de Control Interno del Patronato.
ACUERDO JD-252-13: Suspender todas las actividades y capacitaciones que se efectúan en las instalaciones del Patronato, hasta que la administración rinda informe con relación a la investigación solicitada, en la próxima sesión ordinaria de Junta Directiva del mes de noviembre. Acuerdo firme.
ACUERDO JD-276-14: Instruir a la Directora Ejecutiva para que a partir de la comunicación de este acuerdo, en el momento en que el chofer no pueda facilitar el traslado a los miembros de Junta Directiva, representantes de Organizaciones de Personas Ciegas, para asistir a las sesiones del Órgano Directivo o cualquier otra actividad que se les delegue en representación del Órgano, el Patronato cubrirá los gastos de su desplazamiento, el monto correspondiente al servicio público modalidad taxi, lo anterior como un servicio de apoyo para que puedan ejercer su participación activa en la toma de decisiones institucionales, de conformidad con lo estipulado en la Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, artículos 1, 2 y 5, además de lo estipulado en la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 8661), todo bajo la estricta observancia de la razonabilidad de los gastos respectivos. Para los efectos de cumplir con el trámite, se designa al señor José Pablo Montoya, en su calidad de Tesorero de la Junta Directiva y a la señora Yamileth Espinoza, Contadora de la institución, para la firma de la boleta respectiva.
ACUERDO JD-333-14: Designar a la señora Leticia Hidalgo, Directora, para que se dedique a tiempo completo y de forma exclusiva a partir de la comunicación del presente acuerdo, dedicándose a cumplir con todas y cada una de las indicaciones emitidas por la Contraloría General de la República, en el informe número DFOE-SOC-IF-03-2014. Lo anterior con la salvedad de que:
1) Que tenga que resolver algún asunto financiero o de proveeduría de la institución en donde se requiera la firma de la señora Hidalgo.
2) Que tenga que resolver en forma personal por alguna actuación suya en donde no se le pueda sustituir.
3) Que tenga que atender asuntos adicionales específicos designados por la Junta Directiva.
Ante estas excepciones, deberá comunicarlo al presidente de la Junta Directiva para su aprobación y se podrá sustraer temporalmente de esta especial y provisional función.
ACUERDO JD-343-14: Nombrar al señor Francisco Rodríguez Gutiérrez, como director a.í. del Patronato Nacional de Ciegos, a partir de la comunicación del presente acuerdo hasta el treinta de septiembre de dos mil catorce inclusive, para que asuma la dirección de la Institución, tomando en consideración que esta Junta Directiva, ya destinó a tiempo completo a la señora Leticia Hidalgo Ramírez, para que atendiera todos los requerimientos de la Contraloría General de la República, contenidos en el informe No. DFOE-SOC-IF-03-2014 de 21 de febrero 2014.
Por tanto y considerando que la Institución no cuenta con recursos económicos suficientes para contratar a una persona que asuma la Dirección por este periodo de tiempo y que es una urgencia que el Patronato continúe con sus planes de trabajo, como medida temporal se designa de forma ad honorem como director a.í. del Patronato Nacional de Ciegos, al señor Rodríguez Gutiérrez. Para el cumplimiento del presente acuerdo únicamente la institución cubrirá el transporte y alimentación durante el tiempo que desempeñe la dirección en forma interina.
Instrucción 8 de enero: Para este jueves 09 de enero habrá sesión de Junta Directiva, para lo cual se le solicita que coordine lo pertinente para que se tenga el respectivo desayuno (refrigerio) y almuerzo para los miembros del Órgano Directivo, así como en todas las sesiones que se celebren en el resto del año. Cualquier consulta estoy a la disposición. Saludos,
FRANCISCO RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ
Presidente Junta Directiva
Patronato Nacional de Ciegos
Resolución 02- 2014 (Conclusiones)
POR TANTO, LA JUNTA DIRECTIVA DEL PATRONATO NACIONAL DE CIEGOS RESUELVE:
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho citadas en la presente resolución, la Junta Directiva resuelve:
1- Que en el presente caso no se brindó el debido proceso a la colaborado Victoria
Velásquez Pastrán para que hiciera una efectiva defensa de sus derechos.
2- Que no se cumplen ninguno de los preceptos para efectuar el cese de un funcionario interino
3- Consta que la colaboradora Velásquez Pastrán aprobó el periodo de prueba establecido en el artículo 3 del Reglamento Autónomo de Trabajo.
4- Que fue desproporcionado e irrazonable el tiempo utilizado por la directora Hidalgo Ramírez para resolver el recurso de revocatoria.
5- Que para resolver el recurso de revocatoria incumple con las garantías básicas que se exigen en este caso, se extralimita en sus funciones al resolver en nombre de la Junta Directiva, sin estar esto potestado por Ley.
6- La colaboradora Velásquez Pastrán supera el año de servicio para la institución, ya que es despedida oficialmente hasta el 28 de marzo de 2014, cuando ya había transcurrido más del año de labores.
7- Por todo lo anterior, y con las atribuciones que la Ley 2171 otorga a la Junta Directiva se declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la colaboradora Victoria Velásquez Pastrán y ordena su nombramiento en propiedad, ya que los argumentos emitidos por la directora Hidalgo Ramírez no fueron justificados, y se aprecia que más bien con su actual directora eventualmente se ha puesto en riesgo a la institución. Se le ratifica en el puesto y se le reconoce el derecho a recibir todos los salarios caídos que no se le hayan cancelado por el cese irregular que se hizo de su nombramiento. La señora Victoria Velásquez se deberá integrar de inmediato a sus labores.
Es todo notifíquese a señora Victoria Velásquez Pastrán, a la señora Leticia Hidalgo Ramírez y archivo.
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