Nuestra Constitución Política señala: “Artículo 12.- Se proscribe el Ejército como institución permanente. Para la vigilancia y conservación del orden público, habrá las fuerzas de policía necesarias.”
En tal sentido, nuestra policía es de carácter civilista, encargada de mantener el orden público y la seguridad de los ciudadanos, mediante el monopolio de la fuerza, misma que le es delegada por el poder de Estado. La función de la policía es la actividad que ejercen los funcionarios normalmente llamados policías, con el fin garantizar el desarrollo de las actividades dentro del orden, preservando la armonía social.
En nuestro país, tiempo después de la abolición del ejército, se presenta una importante evolución, en torno de la actividad policial; surge en 1994, la Ley General de Policía Nº 7410. Dicha normativa viene a regular la actividad propia de los cuerpos policiales, así como a establecer los lineamientos para acceder a los puestos de jerarquía. Así las cosas, la Ley 7.410, cita: “Internamente, la promoción desde el grado de comandante hasta el de comisario, será regulada por el reglamento correspondiente bajo el procedimiento de concurso interno y respetando los criterios de capacitación, tiempo de servicio y otros méritos.”
¿Qué méritos en cuanto a capacitación y tiempo de servicio podría haber tenido una persona que ingresó al Ministerio de Seguridad Pública en octubre del año 2001, y obtener, tres años después, el grado de comisionado, pero que, además, solamente registra a su nombre una única intervención policial (parte policial), en el año 2004?
No menos interesante, la siguiente incógnita: ¿Qué motiva tantos pines y medallas, en la gabardina de una persona que únicamente ostenta la elaboración de un parte policial, por una contravención?
En criterio del redactor, la carrera policial fue “prostituida”; esa sigue siendo mi opinión, la cual sustento en la información que sigo recopilando, así como, en el testimonio de muchas personas con antigüedad en la función policial; quienes bajo el anonimato me dicen: “todo lo que usted ha dicho y denunciado es cierto”. Lo anterior, incluyendo algunos funcionarios con nivel de alta jerarquía, que ven con buenos ojos nuestros planteamientos.
Ahora bien ¿Por qué traemos a colación el tema? “El primer acto de corrupción que un funcionario público comete, consiste en aceptar un cargo para el cual no se está capacitado”. Frase célebre, que se puso de moda en la reciente campaña política. Además, la inseguridad que vive nuestro país, nos motiva para retomar algo que habíamos denunciado, desde el año 2014.
En los últimos meses hemos observado en notas de prensa, que, se cuestiona la falta de experiencia y de requisitos para el desempeño de diversos cargos públicos ¿Cuánto más se debe observar el incumplimiento de requisitos, en una actividad, como la función policial?
La carrera policial debe avanzar al nivel de profesionalización, que demanda la situación de nuestro país; la misma debe fundarse en dotar de técnicas policiales, y teorías modernas a nuestros policías. No podemos seguir improvisando, mucho menos permitiendo que personas sin trayectoria, sin méritos y sin liderazgo, sean quienes dirijan nuestros cuerpos policiales.
Dirigir un cuerpo policial, requiere de experiencia, e indudablemente de liderazgo. Nos parece necesario, por el bien común, que el nuevo gobierno haga un proceso de depuración dentro del Ministerio de Seguridad Pública. Amén de que se realice un concurso interno transparente, que permita que personas con conocimiento y trayectoria real, sean quienes ocupen los puestos de jerarquía en la cartera encargada de brindar protección, mediante la prevención de los delitos.
“Si estás en lo cierto y lo sabes, que hable tu razón, incluso si eres minoría de un sólo, la verdad sigue siendo la verdad” Mahatma Gandhi.
Lic. Mainor Anchía Angulo
Policía con licencia sindical
Dirigente de ANEP