SEÑORAS DIPUTADAS Y SEÑORES DIPUTADOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL PERÍODO CONSTITUCIONAL 2018-2022
“Se debe desligar a las municipalidades-como cuerpos elegidos por el pueblo- de las influencias del Poder Ejecutivo.”
Este contundente criterio y concepto fue pronunciado durante las históricas sesiones parlamentarias que, con ocasión de la Asamblea Constituyente de 1949, dieron origen a la actual Constitución Política de Costa Rica, la del 7 de noviembre de 1949; la cual consagró la Autonomía Municipal como una de las piedras angulares del nuevo proceso republicano que se abrió con la promulgación de esa Carta Magna, misma que, hoy 71 años después, todavía fundamenta nuestra institucionalidad como nación.
Otro diputado constituyente de ese gran acontecimiento histórico, la Asamblea Constituyente de 1949, también fue enfático al indicar lo siguiente: “Si se desea realmente otorgar a las municipalidades plena autonomía, deben desligarse del Poder Ejecutivo.”
Así nos lo ha recordado, de manera muy oportuna, el ciudadano don Manuel Hernández, en su reciente artículo Detractores de la autonomía municipal.
Quienes, dentro y fuera de este parlamento, se han convertido en detractores ideológicos y detractores políticos del régimen municipal costarricense, deben saber que no tienen el más mínimo respaldo en el seno de la comunidad institucional, política, social, laboral y comunal de las municipalidades de Costa Rica. Hablamos con la autorizada voz que nos da ser la expresión contundente de la clase trabajadora municipal organizada en la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP); a través de los compañeros y de las compañeras dirigentes laborales de base de la ANEP en los gobiernos locales, presentes aquí y con el beneplácito de quienes no pudieron asistir por diversas razones, para indicarles a ustedes, señoras diputadas y señores diputados, lo siguiente:
PRIMERO: El proyecto Ley Marco de Empleo Público representa, en el caso de los gobiernos locales costarricenses, una involución y un retroceso de siete décadas en el desarrollo de la institucionalidad democrática y republicana de las municipalidades.
SEGUNDO: El proyecto Ley Marco de Empleo Público somete a las municipalidades a las decisiones circunstanciales de la Casa Presidencial de turno, en materia de gestión estratégica e integral de Recursos Humanos; y, por ende, invade los espacios autónomos de ejecución administrativo-financiera según las necesidades comunales. Se abre, así, un portillo, de consecuencias insospechadas pero temibles.
TERCERO: El proyecto Ley Marco de Empleo Público, sienta las peligrosas bases para abrirle paso a un modelo de Estado de corte autoritario-totalitario, excesivamente verticalista; modelo de Estado que existía antes de los dolorosos acontecimientos de la Guerra Civil entre costarricenses, ocurrida en marzo-abril de 1948, lo cual contribuyó o fue una de las causas de ese conflicto armado que le quitó la vida a, al menos, 2000 compatriotas de entonces.
CUARTO: El proyecto Ley Marco de Empleo Público, contiene groseras violaciones a nuestra Carta Magna del 7 de noviembre de 1949. Está plagado de ocurrencias, de inconsistencias, de improvisaciones irresponsables; mostrando su contenido esencial y sus torpes mociones consecutivas, un desprecio profundo de la jurisprudencia constitucional en materia de gestión ejecutiva y de relaciones obrero-patronales a nivel del Estado; un desdén caprichoso y soberbio por los informes previos de gran contenido histórico-jurídico y de solvencia moral internacional, preparados por valiosos especialista,; entre éstos, los de la propia ANEP, los cuales emitieron criterio vulgarmente despreciado por las personas legisladoras que han llevado la conducción ideológica y político-hegemónica del trámite de este nefasto proyecto.
QUINTO: El proyecto Ley Marco de Empleo Público es profundamente ideológico, al responder a los intereses de los sectores de mayor poderío económico, los cuales resienten la tardanza en la apropiación privada de las más relevantes empresas públicas propiedad de todo el pueblo costarricense; concibiendo esta perversa legislación como un paso fundamental en la ruta egoísta que le quiere imponer al país la plutocracia reinante.
SEXTO: Gran parte de las motivaciones fundamentales que impulsa el proyecto Ley Marco de Empleo Público, han sido generadas por la insana práctica de periodismo de odio, mediando matrices mediáticas que han intoxicado a la ciudadanía, con la ejecución de la más perversa campaña de agresión psicológica y de terrorismo ideológica jamás desplegada contra grupo social alguno de personas costarricenses, en lo que va de lo que denominamos Segunda República. Una campaña propagandística que mandó al cajón de la basura las elementales reglas de un periodismo decente y equilibrado.
SÉTIMO: Las municipalidades están destinadas a ampliar su red de servicios públicos, fortaleciendo los que actualmente gestionan y asumiendo otros no menos relevantes; mismos que se brindan desde un Estado central colapsado por el pago exorbitante de los intereses de la deuda pública y de la deuda misma; razón por la cual, como legítimas representaciones obreras del personal municipal costarricense, indicamos que los gobiernos locales deben ser fortalecidos en las más diversas dimensiones para que potencien el desarrollo más integral a nivel de la comunidad; propiciando más empleo, más gestión de micro-pequeños y medianos negocios-empresas y actividades de economía social solidaria. Más programas de prevención social e integración ciudadana; más atención a la juventud; más apoyo a las madres jefas de hogar, más fortalecimiento para el pequeño y mediano productor agropecuario en los cantones donde corresponda; más recreación y cultura, más deporte y sano esparcimiento.
OCTAVO: El proyecto Ley Marco de Empleo Público castra, de raíz, los indicados y otros aspectos del potenciamiento del desarrollo futuro de los gobiernos locales; con lo cual, se va a acrecentar los peligrosos niveles de exclusión económica y de desigualdad social que sufrimos en nuestros cantones y de los cuales, como personal municipal, hace que afrontemos a diario el dolor, las congojas y el sufrimiento de nuestros vecinos y de nuestras vecinas.
NOVENO: Los gobiernos locales nunca debieron ser considerados para incluírseles en esa nefasta legislación de empleo público; por demás, un proyecto que nunca fue exigencia o requisito para que el Fondo Monetario Internacional (FMI), le dé un préstamo al país por 1.750 millones de dólares que Costa Rica no los necesita, pues las alternativas internas sobran para atender el problema de las finanzas públicas; problema que ninguna persona trabajadora municipal del país, ni nuestras respectivas autoridades en los gobiernos locales jamás generó.
DÉCIMO: Nosotros y nosotras, como personas trabajadoras honestas, asalariadas del sector municipal del país, régimen que es esencia misma de la maltrecha Democracia; nos comprometemos a desplegar todos los esfuerzos necesarios, en los más diversos ámbitos, tanto en lo local como en lo nacional, así como en lo internacional, para salvaguardar una de las herencias más sensibles de nuestra institucionalidad actual: la Constitución Política de 1949 y su constitucional régimen municipal. Recogemos ese legado de los padres y de las madres que fundaron el Estado Social de Derecho, en los procesos de lucha social previos a la Guerra Civil de 1948, así como en los que le siguieron a partir de la Carta Magna de 1949. Y ésta es nuestra consigna fundamental de lucha en estos históricos momentos: “Se debe desligar a las municipalidades-como cuerpos elegidos por el pueblo- de las influencias del Poder Ejecutivo.”
San José, lunes 22 de febrero de 2021.