SETENA: ¿Conflicto de intereses?

San José, 14 de setiembre de 2009.
S.G. 09-11-0108-09

Licenciado
Rodrigo Arias Sánchez
Ministro de la Presidencia
Casa Presidencial
Su despacho

Estimado señor Ministro:

Le saludamos, en primer término, de la manera más respetuosa.

Nuestros compañeros integrantes de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), han recurrido a esta organización con el fin de denunciar lo que estiman como un posible tráfico de influencias del Grupo ICE (específicamente, de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A., CNFL), ante la SETENA; en la figura de su Secretaria General, Ing. Sonia Espinoza Valverde.

La situación denunciada empezó desde los inicios del 2008, cuando la citada funcionaria, actualmente Secretaria General de la SETENA, siendo funcionaria del MINAET, habría buscado un acercamiento con la CNFL con el presunto fin de obtener una plaza de esta institución que hoy en día tiene un salario que ronda los 2.2 millones de colones mensuales.

Mediando un aparente apoyo de las altas autoridades del MINAET y, particularmente, del señor Jorge Woodbrige, Ministro de Competitividad y Mejoras Regulatorias, a través de un “Convenio de Colaboración Institucional” entre el MINAET y la CNFL, se dio una especie de préstamo de la plaza de la señora Espinoza Valverde de la primera entidad para la segunda, con el compromiso de que ella desempeñara sus funciones en la SETENA.

Lo irregular del asunto es que la mencionada servidora podría ocupar cualquier puesto dentro de la SETENA, siendo pagada por la CNFL, pero de ninguna manera en la figura de la Secretaría General de la institución, debido a que se incumple con este procedimiento con lo establecido en la Ley Orgánica del Ambiente.

Tal como se indicó, lo más grave del caso es que de acuerdo con la Ley Orgánica del Ambiente, una funcionaria pagada por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz o por el Grupo ICE, no puede ejercer el puesto de Secretaría General de la SETENA.

Para ilustrar la situación, se señala el artículo 85 de la Ley Orgánica del Ambiente que dice:

Artículo 85. Integración de la Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica Nacional Ambiental estará integrada por los siguientes miembros: a) Un representante del Ministro del Ambiente y Energía, quien será el Secretario General.

Aquí se reafirma que el Secretario General de la SETENA no puede ser ningún otro funcionario de los demás miembros que componen la Comisión Plenaria de la SETENA. Al tener el Grupo ICE-CNFL un funcionario pagado con fondos de esta última (CNFL), se convierte en juez y parte y pone en peligro de nulidad actos asumidos por la señora Espinoza Valverde al ocupar un puesto ilegal, con visos de peculado eventualmente y bajo los intereses particulares de una institución cuyos proyectos impactan negativamente el ambiente, a juicio de muchos.

Para ser más claros, la CNFL tiene dos funcionarios en puestos clave de la SETENA: Uno en la Comisión Plenaria y otro en la Secretaría General; ambos claves en la toma de decisiones. La indicada comisión tiene, además, representación del Ministerio de Salud, del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), de las universidades estatales y del Grupo ICE.

Se comenta por parte de los compañeros de la SETENA que se habrían dado casos en los cuales el equipo técnico de la SETENA rechaza un estudio de impacto ambiental del ICE (como es el caso del PH Diques y otros); e, inmediatamente, se habrían girado instrucciones por parte de la señora Espinoza Valverde para que se cambie radicalmente y, en su lugar, se nombren otros profesionales que a la larga habrían terminado aprobando los estudios que otros compañeros habían rechazado. Algo parecido habría ocurrido con el proyecto PH Cote y otros. Presuntamente, esta situación también se habría presentado con proyectos piñeros entre Pérez Zeledón y Buenos Aires.

Si bien es cierto a la ANEP en cuanto tal no le consta lo anterior, decidimos hacernos eco de la denuncia con la finalidad de que se investigue lo correspondiente para ó desestimarla ó certificar que las denuncias de nuestros representados son casos ciertas.

Finalmente, estima la ANEP que el despacho ministerial a su distinguido cargo, debe determinar y/o defina:

– Si el Ministro del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Ing. Jorge Rodríguez Quirós, está enterado de esta situación.

– Cuáles son las personas integrantes de la Junta Directiva de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A. que avalaron el pago del salario, hasta la fecha, de la señora Espinoza Valverde, para ocupar el puesto de Secretaria General de la SETENA, con probable favorecimiento a proyectos de interés de esta institución, la CNFL.

– Se solicite a la Contraloría General de la República estudiar este caso por las presuntas irregularidades que presenta y a la luz de lo que pareciera ser un sesgado convenio institucional.

Con la mayor consideración y respeto, agradeciendo que la respuesta a nuestra inquietud se produzca al amparo del artículo 27 constitucional y del 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, nos despedimos muy atentamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto


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