La idea es simple: como en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC) no fue posible establecer acuerdos ultra-liberales debido fundamentalmente a la resistencia de algunos países emergentes, que buscaban un acuerdo más equilibrado, la Unión Europea y Estados Unidos optaron por negociar a parte un acuerdo sobre servicios con los países que ofrecieron menos resistencia.
La apuesta- es que, hecho el acuerdo, volver a la OMC con un tratado ya realizado, de peso, que pase a ser referencia mundial sobre el comercio de servicios, y que por el número de naciones participantes abarcaría cerca del 70% de todos los servicios del mundo. Hasta este momento, además de la Unión Europea (con sus 28 países miembros) y los Estados Unidos, participan o han participado en las negociaciones del Acuerdo en Comercio de Servicios (en inglés Trade in Services Agreement, TISA,: Australia, Canadá, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Hong Kong, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, México, Nueva Zelandia, Noruega, Pakistán, , Panamá, Paraguay, Perú, Suiza y Taiwán. China no fue aceptada en el tratado, y Uruguay y Paraguay abandonaron las negociaciones en setiembre de 2015, mientras que Argentina se aproxima a las negociaciones.
Una motivación extra a la negociación del acuerdo, sin duda, es también el contexto de crisis económica global, que impulsa a los países centrales a defender “sus” empresas, siempre muy bien organizadas en lobbies muy profesionales y eficaces.
Qué propone el TISA
1)*Listas negativas*: todos los países tienen que presentar un listado de servicios que les gustaría excluir del acuerdo. En la OMC, intentaron hacerlo, pero la mayoría de los países rechazó la propuesta, y prefirió trabajar con listas positivas, es decir, los países informan cuáles servicios formarían parte en el acuerdo. Trabajar con listas negativas ofrece mucho más riesgos, dado que en principio todo queda incluido en el acuerdo. Asimismo, como suele suceder en los textos de los acuerdo, el 90% de los servicios, como mínimo, debe incluirse en la lista de ofertas;
2)*Status quo*: con la firma de este acuerdo, se preservará, como mínimo, el nivel de liberalización vigente. Ningún servicio privatizado, aunque no funcione, podrá ser re-estatizado. Quedaría así imposibilitado de volver a la esfera pública, como viene ocurriendo en distintos países, principalmente en lo que refiere al abastecimiento de agua y recolección de residuos, que ante la ineficiencia de la iniciativa privada para ofrecer servicios de calidad por precios accesibles, los mismos han regresado a la responsabilidad pública (Berlín, París, Buenos Aires, Bogotá, etc.);
3)*Cláusula “trinquete”*: define que cualquier desregulación que se promueva en un país que forme parte en el acuerdo, se vuelva de inmediato permanente, de manera que ya no se puede revertir. Así, los cambios de gobiernos no impactarán en nada los servicios en general; [trinquete es un mecanismo que le permite a un engranaje girar en un sentido, pero lo impide hacerlo en la dirección contraria; como sucede con una especie de roldana dentada].
4)*Cláusula para el futuro*: los términos del acuerdo valen para los servicios que existen actualmente y también para cualquier otro que, fruto del desarrollo tecnológico, exista en el futuro.. Cualquier servicio se subordinará automáticamente al acuerdo, sin la necesidad de que haya ninguna discusión adicional;
5)*Prohibición de normas nacionales y restricción a regulaciones locales*: ningún servicio podrá estar sometido a ninguna norma de preferencia nacional, estableciéndose la completa apertura a la competencia internacional para su prestación. Cualquier tipo de restricción en un servicio que forme parte en el acuerdo deberá perder su validez. Aspectos como restricciones ambientales, de defensa del patrimonio histórico, de naturaleza urbanística, de carácter laboral u otras que impidan el “desarrollo” y la libre iniciativa, serían motivos de quejas de las empresas que ofrecen los servicios, y tenderían a ser removidos. Walmart, las empresas de minería y otros actores agradecen;
6)*Liberalización no diferenciada*: siempre tendrá validez para los países que formen parte en el TISA el acuerdo más liberalizador que los mismos establezcan con cualquier otro país. En el Mercosur, por ejemplo, estableciéndose una política de integración, el mismo nivel de liberalización de servicios acordado deberá valer automáticamente para los países del TISA. En otras regiones, Panamá, a través de acuerdos previos, ha liberalizado de manera amplia los servicios de salud; Turquía ha hecho lo mismo con la educación y así sucesivamente, siempre con un país ofreciendo más apertura en un campo específico. Imagínense lo que significaría la universalización de los términos más liberalizadores de cada acuerdo.
7)*Bases jurídicas sólidas y paneles arbitrales independientes*: como el actual sistema internacional de resolución de controversias entre empresas y el Estados todavía genera debates, el TISA establece reglas claras para las demandas de inversionistas contra el Estado – lo que facilitaría mucho el favorecimiento a las empresas. El juicio en casos de controversia se realizaría en paneles independientes, sin ninguna subordinación a las leyes nacionales, o mismo a los tratados internacionales, es decir. independientemente de todo lo que pueda interferir en ese “libre” proceso. Así se garantizan menos Estados, más empresas;
8)*Leyes no necesarias*: el acuerdo contiene una cláusula que permitirá que cualquier empresa o Estado miembro del TISA pueda argumentar que una ley nacional o una política de Estado perjudica a la libre competencia. Con la presentación de la queja, la misma deberá ser juzgada por los llamados “paneles independientes”. Políticas como las de restricción al humo, de defensa ambiental, o de desarrollo local se subordinarán al criterio “legal” de estos paneles. También se establece que, en caso que se adopten políticas públicas nuevas, las mismas deberán abrirse a la opinión de los Estados-miembros y sus empresas, para observaciones que les permitan “optimizar” los costos y favorecer la competencia, no pudiendo ser implementadas hasta escuchar a las partes;
9)*Divulgación del acuerdo recién cinco años después de su firma*: por último, el acuerdo establece que sus cláusulas permanecerán en secreto de Estado, sin divulgación pública por un plazo mínimo de cinco años desde la firma del acuerdo. No hay claridad sobre cómo se irán a manejar los conflictos de poderes con los actuales parlamentos nacionales de los países miembros del TISA.
Lo que verdaderamente está en juego en este acuerdo va más allá del comercio y de los servicios. Está en juego el propio concepto de democracia, la libertad de que un pueblo de elegir cómo debe funcionar el Estado y sus prioridades en la oferta de servicios básicos; de definir el modelo de desarrollo preferible con miras a un futuro mejor y más sostenible. Hoy, ya se observan claras limitaciones para el acto de gobernar, pero para algunas empresas y gobiernos, esto todavía es poco.
Acuerdos como el TISA socavan la gobernabilidad en un nivel nunca antes posible, favoreciendo aún más a las corporaciones. El TISA – junto con el Tratado Transpacífico (TTP) y el Tratado Transatlántico (TTIP) y otros – establece un nuevo nivel de hegemonía y su consecuente concentración de recursos.
Poco a poco se siente que la resistencia aumenta, que fuerzas políticas comienzan a movilizarse más intensamente contra el TISA, pero ¿habrá tiempo de pararlo?
*_Jocelio Drummond es integrante del Grupo de Reflexión sobre Relaciones Internacionales/GRRI, de la coordinación de la REBRIP y secretario de la Internacional de los Servicios Públicos para las Américas. La ISP es una organización sindical mundial que, entre otras acciones, ha liderado la lucha contra el TISA en distintos países._ Para más informaciones, acceda a www.world-psi.org/TISA