2018-2022: golpe profundo a la constitución de 1949

El distinguido jurista don Manuel Hernández Venegas, reconocido abogado en los campos del Derecho Laboral y del Constitucional, ha escrito un artículo que tituló El gran desafío histórico, el cual apareció en la publicación digital SURCOS, de mucho prestigio en los ámbitos de la lucha social, cívica y popular costarricense. (https://surcosdigital.com/el-gran-desafio-historico/). Con base en su lectura, formulamos el siguiente comentario.

La magnitud del golpe que ha recibido la Democracia costarricense con la aprobación de la perversa tríada de legislación neoliberal números 9635, 9808 y 10159, aún no ha sido asimilado en toda su dimensión estratégica por toda la ciudadanía patriótica y sus diversas organizaciones, como para abrir el camino de la reconstrucción y reconfiguración de una nueva re-articulación tan necesaria desde el campo de lo popular para enfrentar sus consecuencias nefastas en el tejido social costarricense de la actualidad.

El combo fiscal, ley 9635; la ley anti-huelgas, 9635; así como la que asoma ya su perversidad material, la del empleo público, No. 10159, se concatenan entre sí, ideológicamente, para reversar-involucionar la ruta de integración social que el país había decidido transitar a partir del 7 de noviembre de 1949, con la entrada en vigencia de la Carta Magna todavía vigente.

Don Manuel pone el dedo en la llaga al instarnos a reparar no necesariamente en los contenidos de los correspondientes articulados de cada una de esas tres leyes; sino, en los criterios emitidos por la Sala Constitucional, denominados “opiniones consultivas” que tal tribunal emitiera en los respectivos procesos de tramitación parlamentaria.

Para él ocurrió una gravísima violación al presuntamente pétreo principio de separación de poderes y nos conduce a la lectura-reflexión del contenido del artículo 16 de la primera Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: “Una Sociedad en la que no esté establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los Poderes, carece de Constitución”.

Y este principio se proclamó el 26 de agosto de 1789, en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente francesa, la cual aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, convirtiéndose en un legado fundamental de la Revolución Francesa; misma que tiene un valor universal, y constituyó la base de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en 1948.

A juicio de don Manuel, los pronunciamientos-opiniones consultivas de la Sala Cuarta, con ocasión del proceso parlamentario de la indicada tríada de legislación neoliberal, implicaron lo siguiente:

1) En primer lugar, una gravísima alteración del diseño constitucional y democrático de nuestro ordenamiento jurídico que, por una parte, lesiona el principio de independencia de Poderes; y, por otra parte, vacía de contenido las autonomías de las universidades públicas, CCSS y las municipalidades.

2) El desmantelamiento y menoscabo de los servicios públicos, a merced de la salvaje Regla Fiscal. Los servicios públicos son la infraestructura de la Democracia.

3) En tercer lugar, una grave vulneración de los derechos fundamentales de la clase trabajadora: el Derecho de Huelga y el de Negociación Colectiva. La Libertad Sindical es inherente a cualquier sistema democrático.

4) Se ha producido una seria lesión del derecho fundamental a un salario que sea suficientemente justo y remunerativo que, por lo menos, se ajuste al aumento del costo de la vida.

Don Manuel concluye en que, en los cuatro aspectos anteriormente señalados por él, está la esencia del proceder del actual tribunal constitucional de la República que ha vulnerado el contenido del artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que nos legó la Revolución Francesa. Para él se nos arrebató, de manera violenta, la Constitución de nuestra Patria, la del 7 de noviembre de 1949.

En varios de nuestros propios escritos hemos planteado que durante el período legislativo 2018-2022 ocurrió un Golpe de Estado parlamentario a la Constitución de 1949. Este período fue el co-gobierno de los partidos Liberación, Unidad y PAC conducido por la “gerencia política” de Carlos Alvarado Quesada, como Presidente de la República; co-gobierno que impuso la tríada de legislación neoliberal 9635, 9808 y 10.159.

Don Manuel profundizó y para él, según entendemos, el golpismo constitucional procedió de donde menos se esperaría, el propio tribunal constitucional que, se supone, debió salvaguardar la majestad de la separación de poderes universalmente postulada desde el 26 de agosto de 1789.

Don Manuel nos apunta con toda claridad y contundencia, por tanto, que el mayor desafío histórico que tenemos por delante es recuperar el Estado Social y Democrático. ¡Sin duda apuntamos nosotros!

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