Tras casi dos años de lucha, el Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, le dio la razón a la Asociación de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y ordenó la reinstalación de un afiliado que fue despedido injustificadamente por la Municipalidad de Goicoechea.
En la sentencia 1197-2015 del 26 de noviembre del 2015, el juez declaró parcialmente con lugar la demanda y ordenó la inmediata reinstalación del trabajador de apellido Hernández, en el puesto que venía desempeñando desde el 14 de abril del 2014; fecha en la que cesaron sus funciones.
Leila Ross Porras, abogada de la ANEP, explicó que el juez argumentó que aunque la decisión de prescindir de un servidor dentro del periodo de prueba es de carácter discrecional y que el empleador puede estimar si el trabajador es o no idóneo para el puesto. En el caso en disputa, el trabajadorno tuvo oportunidad de demostrar su idoneidad en el puesto.
El juez indica que “cuando la terminación de la relación laboral en dicho periodo (periodo de prueba) no se fundamente en un acto administrativo válido, pues discrecionalidad no equivale a arbitrariedad… siempre y cuando las razones que se aleguen para el despido no sean antojadizas, discriminatorias o vayan a configurar un abuso de poder”.
Con base en esto, la ANEP logró comprobar que el despido de Hernández fue arbitrario y que la evaluación de desempeño fue antojadiza y manipulada al interés de la Municipalidad.
Parte de las actuaciones en contra de los principios laborales, fue que la alcaldía hizo una evaluación de desempeño al trabajador sin estar presente, y al no cumplir con este requisito fue cesado de sus funciones.
Antecedentes
Hernández inició labores desde el 1º de junio del 2009 en el puesto de misceláneo en la Municipalidad de Goicoechea (con plaza de aseo de vías) con nombramientos interinos de dos meses, todos consecutivos, hasta el último que fue el 1º de enero al 28 de febrero del 2014.
Mediante un concurso interno en el cual participó, se le cesa en el último nombramiento y a partir del 20 de enero del 2014, entra en un periodo de prueba por tres meses en el puesto en que concursó.
A Hernández lo destinan al plantel Municipal para que se desempeñe en el puesto de limpieza de vías y caminos; donde tendría que limpiar las calles, caños y parques del Distrito de Guadalupe. Sin embargo, Hernández presenta una epicrisis médica de la CCSS que especifica el padecimiento de varias enfermedades, entre ellas artrosis, diabetes, obesidad e hipertensión, lo cual complica la salud al subir y bajar escaleras, así como caminar largas distancias.
Para la ANEP, es inconcebible que la Municipalidad de Goicoechea no tomó en cuenta la recomendación médica y que con una evaluación diera por entendido que Hernández no cumplió con las funciones por falta de interés en el trabajo.
“Estas recomendaciones son incompatibles con las funciones encomendadas. Él solicitó que se lo devuelvan a sus funciones en el Palacio Municipal, pero no se le escucha su solicitud, sino que se le niegan funciones del todo y se le deja sentado en una banca todo el día en el plantel Municipal”, comentó Ross.