Albino Vargas Barrantes
Secretario General
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)
“La tesis según la cual el Presidente, o el Ejecutivo, debe tener todas las atribuciones en última instancia, la teoría según la cual el Presidente debe ejercer la jerarquía única de la Administración, esa es la teoría estatista o totalitarizante; la de las autonomías, la que busca evitar la concentración del poder, es la tesis democrática.” (Actas Asamblea Constituyente).
Estas sabias palabras fueron pronunciadas durante las discusiones parlamentarias de la asamblea constituyente que estableció la Constitución Política de la República, la del 7 de noviembre de 1949; criterio que expresó al diputado constituyente Rodrigo Facio Brenes, figura muy reverenciada en los ámbitos de la socialdemocracia costarricense, cuando ésta animaba las acciones políticas del hoy neoliberal Partido Liberación Nacional (PLN).
Las sabias palabras de don Rodrigo Facio Brenes nos la recuerda el ciudadano don Manuel Hernández Venegas, quien estima que a él se le puede considerar como el constituyente más lúcido y de mayor convicción democrática de ese proceso histórico que nos diera lo que se conoce en la historia oficial como la Segunda República.
A 71 años de que don Rodrigo Facio Brenes emitiera tan sabio concepto, acerca de la organización de un Estado democrático, al país se le quiere imponer una legislación, la Ley Marco de Empleo Público, de corte totalitario-autoritario, verticalista y absolutista, que arrasa con las autonomías institucionales establecidas en la Carta Magna de 1949, precisamente para evitar la concentración del poder. El legado de ese ilustre ciudadano está en el cajón de la basura de alguna esquina sucia del Balcón Verde.
Estamos viviendo tiempos tormentosos dado que la plutocracia gobernante, ya no solamente controladora del poder hegemónicamente real que le permite hacer lo que le da la gana con la Casa Presidencial y con la Asamblea Legislativa; quiere la constitución legal-formal de ese Estado de corte totalitario-autoritario, para hacer triunfar su tesis liquidacionista de toda política pública que procure el bien común; dando paso a la dictadura ideológica, político y económica, del todo mercado-nada Estado. En su perverso afán, están triturando la Constitución y la Ley.
Pero, ¡van más lejos aún! Han decidido ignorar las obligaciones del país, establecidas por la propia Asamblea Legislativa de Costa Rica, con entidades de peso a nivel de la comunidad mundial de naciones, como lo es la Organización Internacional del Trabajo (OIT), parte esencial del sistema de las Naciones Unidas (ONU).
La OIT se muestra alarmada con los contenidos autoritarios-totalitarios del proyecto Ley Marco de Empleo Público. La importante instancia de OIT, conocida como la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR-OIT), en su reunión del pasado diciembre 2020, misma que consideró reiteradas denuncias de sindicatos costarricenses sobre este tópico; nos lleva a determinar lo siguiente: A) El proyecto Ley Marco de Empleo Público, expediente legislativo 21.336, violenta el Convenio No. 98-OIT. B) El esquema de salario único global quebranta este instrumento internacional de Derechos Humanos, porque impide la negociación colectiva de las remuneraciones. C) El proyecto no se ajusta a los estándares internacionales en materia de Libertad Sindical y de Negociación Colectiva.
Las personas y los sectores impulsores, ideológico-políticos, de la Ley Marco de Empleo Público, no solamente está triturando la Constitución y la Ley nacional, sino que también han decidido pasarle por encima a las obligaciones internacionales del país en la materia laboral-social y de Derechos Humanos.
Esta especie de coalición transgresora de los valores inmanentes a los postulados constitucionales de 1949, como nos lo dejó sentados el constituyente don Rodrigo Facio Brenes; así como también trasgresora de la vocación soberana del país para con el respeto pleno a los postulados contenidos en todos los tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos por Costa Rica; posibilita que consideremos mecanismos democráticos de alta calidad conceptual en el plano político, como la Desobediencia Civil para la defensa popular.
Puede ser que esté llegando la hora de que este tipo de mecanismos de defensa popular merezcan debate activo, como para que en el seno de los sectores cívico-populares y socio-sindicales, no alineados con el totalitarismo-autoritario en proceso, pero sí con la real democracia, empecemos a hablar de ellos con fuerte convicción de su materialización concreta en el estado actual de situación que muestra una plutocracia desbocada, en carrera loca, contra toda racionalidad.