Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP
¡Es una trampa! Así catalogamos la insistencia tiránica del Gobierno mediando el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), de imponer en el sistema laboral de las municipalidades costarricenses, el denominado salario global.
Es una trampa por cuanto se está “endulzando” a la población trabajadora del Régimen Municipal de Costa Rica, con el espejismo de un “incremento” en el nivel salarial base, supuestamente a partir de la entrada en vigencia del salario global; sin advertirles, sin hablarles con toda claridad y transparencia, acerca del vínculo de ese salario global con la evolución de la relación entre el monto porcentual de la deuda pública del país con relación al Producto Interno Bruto (PIB).
La municipalidad que adoptase para su respectivo cuerpo laboral el salario global, expone al mismo a la desaparición, prácticamente absoluta, de la negociación salarial semestral por costo de vida; pues se está haciendo una renuncia tácita y explícita a la histórica política de diálogo obrero-patronal en el nivel municipal con relación a las remuneraciones salariales.
Mideplan, con tan nefasto propósito, tiene el respaldo, lamentable, de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), entidad que abjuró de su compromiso ético y jurídico-político de luchar por el fortalecimiento del régimen municipal costarricense; el cual, hoy por hoy, está atravesando el momento más crítico de toda su historia republicana.
Si el sistema del salario global se instaura y consolida en una municipalidad, en ésta habrá nuevos reajustes por costo de vida hasta que la deuda pública con relación al PIB esté por debajo del 60%; esto, por una parte.
Y, por la otra, si así sucediera, cada municipalidad deberá esperar a que el Gobierno Central (Hacienda-Mideplan), establezca, mediante decreto, el monto de ese reajuste por costo de vida.
¿Cuántos años han de pasar para que tengamos un nivel deuda-PIB menor a 60%? Y mientras tanto, el costo de la vida seguirá variando de semestre en semestre, pero hacia arriba, siempre, en detrimento del poder de compra del salario.
Es decir, ni el concejo, ni la alcaldía, ni el sindicato de una municipalidad con salario global, tendrá ni la más mínima oportunidad de negociar un reajuste propio, particular, por costo de vida. ¿Notaron en qué consiste la trampa del salario global?
Por el contrario, hay alternativa y sumamente sólida, jurídicamente hablando, para evitar la trampa del salario global.
Efectivamente, sin salirse de la legalidad, en cada municipalidad, mediando el diálogo social interpartes (concejo-alcaldía-sindicato), cada gobierno local puede definir su propia política salarial apelando a dos instrumentos jurídicos sumamente poderosos y sólidos que no pueden ser puestos en duda, por más radicalismo extremista-neoliberal que exhiba Mideplan.
Al apelar a fallos constitucionales emitidos por la propia Sala Cuarta, por una parte; y, por otra, con base en la Opinión Consultiva OC-27/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en la municipalidad que decida ir por este camino, no solamente se podrá continuar el salario compuesto, sino que pueden permanecer o establecer nuevos rubros salariales-sobresueldos en el entre tanto éstos correspondan a un empleo racional de los fondos públicos.
Y, por supuesto, la misma doctrina de los Derechos Humanos y la serie de tratados en la materia ratificados por Costa Rica, fortalecen el transitar por ese camino alterno al de la tiranía del salario global.
Es más, a otros niveles de la institucionalidad pública del país, que no es la de las municipalidades, su respectivo personal trabajador también puede acudir a la vía alterna, legalmente sólida, que estamos recomendando para el personal trabajador de los gobiernos locales.
El devenir correcto de nuestro sistema republicano-institucional debe comprender el fortalecimiento de los gobiernos locales. La Municipalidad es el gobierno más cercano a la ciudadanía, a las personas, a la gente.
La intrusión del Mideplan en la política de empleo y de salarios de las municipalidades es solamente la avanzadilla hacia el control hacendario del Gobierno Central de las finanzas-presupuestos de los gobiernos locales. Es un primer paso para que éstos, finalmente, queden sin autonomía de ninguna especie.
Finalmente, debemos ser enfáticos en insistir en que la perversa Ley Marco de Empleo Público, No. 10.159, con su no menos perverso concepto de salario global, representa un severo retroceso en materia de derechos laborales, económicos y sociales; sino que, en cuanto a los Derechos Humanos (DD.HH.) y la serie de tratados firmados por nuestro país, dentro de los cuales está el principio estratégico-fundamental de la vinculatoriedad; el cual, por ejemplo, nos obliga para con los contenidos de la Opinión Consultiva OC-27/21 de la Corte IDH.