Representantes de ANEP en Heredia y Alajuela reciben capacitación sobre la Reforma Procesal Laboral

Dicha capacitación fue llevada a cabo en el cantón de San Rafael de Heredia y contó con representación sindical de:

Municipalidad de San Pablo
Municipalidad de Santo Domingo
Municipalidad de Heredia
Municipalidad de San Rafael
Municipalidad de Santa Bárbara.
Municipalidad de Belén
Municipalidad de Sarapiquí.
Municipalidad de Flores
Municipalidad de Alajuela.
Municipalidad de San Isidro
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario

A esta iniciativa, se sumó la Junta Directiva de la Seccional ANEP en la Contraloría General de la República.

Las actividades son impulsadas por la Unidad de Capacitación y Formación Político-Sindical (UCFPS) de la ANEP, a cargo de María Laura Sánchez Rojas.

Las capacitaciones tienen como objetivo el fortalecimiento de los derechos de las personas trabajadoras y, por consiguiente, la aplicación de la Ley con los distintos mecanismos en el ámbito laboral.

¿Cuáles son la razones que motivan a los políticos empresarios a vender los activos como Bancos Estatales y desestabilizar las organizaciones del Estado?

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«Policías si podemos manifestarnos»

Ahora que hemos sido notificados por la Sala Constitucional, de la resolución 2017005115, podemos entender el cuadro factico que motivó el que cuatro magistrados declararan sin lugar nuestro recurso de amparo, recordemos que la votación fue de 4 a 3.

La administración, el MSP, argumentó en su defensa, que el oficio Nº 535-2017-DGFP del 23 de febrero del 2017, fue dirigido al recurrente, o sea, al suscrito. “Como puede observarse, el oficio en mención iba dirigido al señor Mainor Anchía y no a la población policial y contrario a lo que afirma en recurrente, no constituye ninguna violación a los derechos de reunión, libertad de expresión, igualdad y sindicalización”.

No obstante, el MSP le ocultó a los magistrados, que al citado oficio se le dio lectura por medio de la frecuencia nacional, o sea, si se pretendió amedrentar a la población policial. Por otro lado, aducen que el oficio fue necesario por manifestaciones en redes sociales que indicaron “un golpe de Estado”. Lo cual siempre dijimos y quedó demostrado se trató de una cortina de humo.

Finalmente, las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública, señalan que la manifestación programada y convocada por nosotros, se realizó sin ningún contratiempo y que los oficiales de policía participaron de la misma libremente, e incluso, ese día se nos recibió el oficio Nº UDO-FP-02-128-2017, mediante el cual se dieron a conocer nuestras peticiones.

Así las cosas, es por ello que cuatro magistrados consideran que no se vio afectado el derecho de manifestación y por ende declaran sin lugar.
Voto salvado de los magistrados Cruz Castro, Jinesta Lobo y Castillo Víquez.

“(…) Nos separamos del voto de mayoría y declaramos con lugar el recurso de amparo y, por consiguiente, anulamos el oficio n.° 535-2017-DGFP del director general de la Fuerza Pública con base en las razones que a continuación explicamos. No cabe duda que la Constitución Política, en su numeral 12, establece la prohibición a las fuerzas de policía de deliberar, y hacer manifestaciones o declaraciones en forma individual o colectiva. Esta norma se consigna en el artículo 3 de la Ley General de Policía, cuando expresa que los miembros de los cuerpos de policía deben de abstenerse de deliberar o manifestar proclamas al margen de la autoridad civil de la cual dependen. Como es bien sabido, en una región como la nuestra, que por largo tiempo se caracterizó por la interrupción de la vida democrática a causa del rompimiento del orden constitucional propiciado por las fuerzas militares, es claro que tanto la norma constitucional como la legal tienen una profunda vocación democrática, pues lo que se busca con ambas es someter –subordinar- a las fuerzas militares y de policía al poder civil. De ahí la importancia de la prohibición que impide, tanto a unas como a otras, de participar en manifestaciones públicas, las que puede desembocar en situaciones de hecho y de fuerza que pongan en peligro la continuidad del sistema republicano. De ahí que se acepte como una limitación a las libertades de expresión y de reunión la citada prohibición a los miembros de la fuerza pública. Empero, esta limitación no significa, de ninguna manera, que los miembros de las fuerzas de policía se les niegue esos derechos fundamentales. En el ámbito del Derecho comparado, encontramos que se han justificado las limitaciones propias a la libertad de expresión en el seno de las Fuerzas Armadas, tesis que ha sido aceptada tanto por el Tribunal Constitucional español como por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En efecto, el Tribunal Constitucional (SSTC 21/1981, de 15 de junio, 270/1994, de 17 de octubre, 102/2001, de 23 de abril, entre otras) sostiene que el legislador puede imponer límites específicos al ejercicio de la libertad de expresión a los militares. Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, si bien ha sostenido que la libertad de expresión regulada en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos es aplicable a los militares.

En Costa Rica no existen fuerzas militares, tampoco existe prohibición legal para que podamos los policías manifestarnos en tiempo libre, sin portar armas y sin uniforme.

Mainor Anchía Angulo
Directivo Nacional de ANEP
Presidente Seccional ANEP-Fuerza Pública

Recurso de Amparo-manifestación de Polcías (1) by EugenioGuerrero on Scribd

Seccional ANEP-INCOP considera que hay desinterés para atender denuncias presentadas por el sindicato

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y su Seccional en el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), presentaron una serie de denuncias contra el Vicepresidente de la Junta Directiva de esa institución de apellidos Vargas Calvo, ya que en apariencia no cuenta con los requisitos solicitados para desempeñarse en su cargo.

Dicha denuncia presentada contra Vargas Calvo se realizó ante el mismo Presidente de la República, Luis Guillermo Solís, el Consejo de Gobierno y la Procuraduría de la Ética por aparentemente incumplir con los requisitos para desempeñarse en su cargo.

Sindicalismo del Bicentenario: Una propuesta que lanza la ANEP con el apoyo de PATRIA JUSTA

¿Cuál es la propuesta sindical de corte estratégico que podríamos formular a la
clase trabajadora y a la ciudadanía costarricense con ocasión de la llegada del
Bicentenario? En el siguiente archivo PDF les compartimos algunas ideas al respecto.

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Afiliados de la ANEP logran puestos en Comisión de Salud Ocupacional de la Municipalidad de Cartago

En el caso de Luis Brizuela fue electo para integrar la Comisión de Salud ocupacional destacada en el Palacio Municipal, por su parte Alvar Castillo quedó electo en la comisión que velará por la seguridad de los trabajadores del Mercado Municipal y Ronald Castillo integrará la comisión destacada en el Plantel Municipal.

Conversamos con Luis Brizuela, Presidente de la Seccional ANEP-Municipalidad de Cartago quien nos detalla el significado de esta designación.

ANEP felicita a estos compañeros por mantener la lucha parta mejor las condiciones laborales de la población trabajadora de la Municipalidad de Cartago

¿Cuánto ha avanzado el proceso de concursos internos en el Ministerio de Salud?

El objetivo de los representantes de la ANEP era conocer los avances del Ministerio de Salud en cuanto a la directriz DG-155 del Poder Ejecutivo que busca acabar con los nombramientos de interinos en el sector público, con plazas que están cubiertas bajo el régimen del Servicio Civil.

“La reunión duró poco más de 2 horas, donde se nos dio detalles de la programación de exámenes, trabajos y fechas de cuándo van a estar los concursos finiquitados”, explicó Rafael Mora, asesor político de la ANEP.

Alonso Hernández, jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Salud explicó que iniciaron con la publicación del concurso de puestos de nivel Gerencial, puestos de nivel Técnico y Asistencial.

“Los puestos gerenciales ya han sido declarados, han sido resueltos dos puestos de ese nivel. La semana pasada publicamos los resultados de los técnicos y asistenciales; y ahora estamos retomando lo que son los recursos de revocatoria, una vez finalizada esa etapa, comenzaremos a conformar las ternas respectivas para esos puestos y ya dar por declarado o cerrado ese proceso de concurso podemos dar pie a la planificación del próximo”, comentó Hernández.

Taller Concurso Interno 6-9-2016 by Yariela Novo on Scribd