Patria Justa alerta a toda la clase trabajadora

El Superintendente de Seguros, don Tomás Soley Pérez, en una arremetida más en contra del Instituto Nacional de Seguros (INS) y de la Seguridad Social costarricense, asesta una cuchillada artera (Resolución SGS-R-2100-2017) al Régimen de Riesgos del Trabajo (RT) administrado durante más de noventa años por el INS.

Don Tomás Soley Pérez resolvió que la Reserva de Capital que el INS ha dispuesto para consolidar y promover constantes mejoras a la infraestructura y a los servicios que ofrece el Régimen de Riesgos del Trabajo (RT), cambie su naturaleza; y, por tanto, que esta Reserva de Capital ya no siga respaldando al RT y su solidez económica, sino que pase a formar parte del capital ordinario del INS y así sea destinado a otras necesidades institucionales.

Desde la reforma de 1982 (introducción del Título IV al Código de Trabajo), obra del humanista socialcristiano don Germán Serrano Pinto (q.d.D.g.), las distintas administraciones del INS se han dedicado a fortalecer los servicios de salud en materia de riesgos del trabajo.

Entre otras mejoras, con la creación del complejo de La Uruca (Casa de Salud y Albergue Temporal), la construcción de dispensarios médicos por todo el país, la construcción del Hospital del Trauma (el hospital en su naturaleza más moderno de Centroamérica y uno de los mejores de América Latina), la creación de una red de servicios de salud con siete centros médicos incrementando el personal de trescientos a mil quinientos servidores, programas de especialización médica a nivel internacional, bajando la tarifa del seguro en forma sostenida durante la presente administración; y consolidando un proyecto muy agresivo y extenso de prevención de accidentes y de enfermedades laborales, además del apoyo en constante crecimiento a la Comisión de Salud Ocupacional a nivel nacional.

Don Tomás ha decretado una especie de saqueo en perjuicio de la clase trabajadora costarricense (y migrante); en deterioro de la calidad de la atención de sus accidentes laborales, de sus enfermedades del trabajo, de la salud ocupacional y de la prevención de los riesgos laborales.

Es un despojo de ciento treinta mil millones de colones (130.000.000.000, equivalentes a un 0.40 de Producto Interno Bruto PIB); enorme cantidad de dinero que ahora el INS no podrá destinar al mejoramiento constante del régimen RT
La información que tenemos nos lleva a que el origen de este despojo es un supuesto documento del Fondo Monetario Internacional (FMI), mismo que ha ordenado al Banco Central de Costa Rica (BCCR), así como al propio al Gobierno de la República, debilitar el Régimen de Riesgos del Trabajo (RT); para que al bajar los requerimientos de capital e inversión, la empresa privada pueda llenar los requisitos mínimos e instalarse en el mercado, ofreciendo servicios deteriorados de atención de riesgos laborales y bajo la lógica egoísta del capitalismo salvaje.

Nos preguntamos: ¿Habrá aquí algún tipo de movida para favorecer a la empresa Oceánica de Seguros su inserción en materia de ofrecimiento de seguros de riesgos del trabajo? ¿Tendría algún nexo la funesta decisión de don Tomás con la no menos funesta decisión de la Junta Directiva de la Caja de asegurar su patrimonio con tal firma privada y no con el INS? ¿Estaremos entrando ya en un escenario de un ataque estratégico coordinado contra la institucionalidad y contra la estabilidad financiera del INS; institución que a pesar de la imposición del TLC con Estados Unidos, sigue siendo la líder del mercado en todas sus modalidades?…

Aprovecharon que en este momento el pueblo se concentra en la celebración de la Natividad de Nuestro Señor y en las festividades del fin de año, y que se toma un merecido descanso, para consolidar este saqueo a la Seguridad Social.
Don Tomás, Gobierno de la República: los derechos a la salud laboral de las trabajadoras y de los trabajadores son sagrados.

¿Qué pretende don Tomás? ¿Hacer méritos con los neoliberales para que le renueven el nombramiento por cinco años más, con su salario de más de nueve millones de colones al mes?

Han venido debilitando y privatizando la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), golpeando el Régimen de Pensiones y ahora quieren acabar con el Régimen de Seguridad Social en materia de salud laboral.

Hacemos un llamado a todos los trabajadores y a todas las trabajadoras de Costa Rica, a las organizaciones sindicales, a las organizaciones sociales, a la Iglesia Católica, a todos los verdaderos cristianos, a los candidatos a la Presidencia de la República y sus partidos políticos, para enfrentar unidos este nuevo despojo que pretende el capitalismo salvaje con esta maniobra sucia y cobarde de la Superintendencia de Seguros (Sugese.

El régimen social costarricense de la salud laboral es un modelo que es ejemplo a nivel mundial y consolida una forma de redistribución de la riqueza en favor del pueblo trabajador.

No dejemos que los ricos egoístas y el Fondo Monetario Internacional (FMI) nos roben esta conquista histórica del Estado Social de Derecho.

ENFRENTEMOS TODOS JUNTOS ESTA MANIOBRA EN CONTRA DE LA CLASE TRABAJADORA COSTARRICENSE

LUCHEMOS POR FORTALECER EL REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL LABORAL EN FAVOR DE LA SALUD DEL PUEBLO TRABAJADOR

Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

José Luis Soto Rodríguez, Secretario General, Unión del Personal del Instituto Nacional de Seguros (INS)

COLECTIVO SINDICAL PATRIA JUSTA

La CCSS pone en altísimo riesgo el patrimonio de todos los costarricenses

Primero el Diario Extra y La Nación después, dieron cuenta a la opinión pública nacional que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), por medio de su Junta Directiva y de su Director Financiero, el señor Gustavo Picado Chacón, que contrataron a la firma privada Oceánica el seguro de bienes patrimoniales de la institución, conocido como TODO RIESGO para cubrir poco más de $ 2.000 millones en infraestructura de la CCSS.

Al respecto, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), y la Unión del Personal del Instituto Nacional de Seguros (UPINS), integrantes ambas del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, manifestamos:

La Ley de la República No. 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, establece en su artículo 7 que: “El Estado ejercerá la actividad aseguradora por medio del INS y las sociedades anónimas que se establezcan entre bancos públicos y el INS. En virtud del principio de unicidad del Estado, tanto el Gobierno Central como las demás instituciones del Sector Público, reconocen al INS como la única empresa de seguros del Estado. Para ello, el Estado contratará directamente con el INS todos los seguros necesarios para la satisfacción de sus necesidades, siempre que el INS ofrezca condiciones más favorables considerando prima, deducible, cobertura y exclusiones, así como la calidad del respaldo financiero y respaldo de reaseguro”.

Es claro que, aunque la prima que cobrada el INS era un poco mayor (entendemos que un monto cercano a $ 259.000 que lo que cobro Oceánica); los demás elementos reglados por la Ley NO podían ser desconocidos por los altos funcionarios técnicos de la CCSS que recomiendan a la Junta Directiva contratar con otra aseguradora desconocida en el medio.

La calidad del respaldo financiero del INS respecto a Oceánica y la calidad del respaldo de reaseguros, sencillamente no son comparables. Pero aun así, con argumentos tan risibles, como que:

a. La oferta de Oceánica fue mas baja en prima que la del INS (poco menos de $ 259.000)

b. La Oferta del INS venía en “días naturales” y “no hábiles”.

Los señores de la CCSS, encabezados por su Director Financiero, Gustavo Picado Chacón, pese a las implicaciones económicas, jurídicas, y propiamente del riesgo en juego que conlleva esta contratación, recomiendan y avalan contratar con Oceánica. Y la Junta de la CCSS lo aprueba. ¡Esto es lo peor!

Resaltamos también que el propio auditor interno de la CCSS, el señor Jorge Arturo Hernandez, manifestó su oposición a esta contratación con Oceánica. ¡No lo escucharon en Junta Directiva de la Caja!

Para que los y las costarricenses tengan un claro ejemplo:

Si sucediera un evento, similar al del Hospital de Puntarenas como hace unos años, y hubiese que indemnizar a la CCSS, digamos con $ 15 millones, por los daños; el INS asume dicha responsabilidad y paga en un período corto y como corresponde. La pregunta es: ¿tendríamos la misma seguridad con esta otra compañía cuyo respaldo financiero local es infinitamente menor al del INS y no se sabe que reaseguradores utiliza? La afectación para los usuarios de la CCSS es evidente.

El asunto está en que NO podemos esperar a que se sucedan siniestros y a ver si paga o no paga. ¡Con el INS eso jamás sucedería! Es nuestra aseguradora. Y los más importante: el INS cuenta con LA GARANTIA DEL ESTADO DE COSTA RICA, pero Oceánica NO tiene dicho respaldo. Y esto, señores y señoras, en estas sumas aseguradas es determinante. Pese ello la CCSS se fue con Oceánica.

PROCESO DE CONTRATACIÓN

Nos llama la atención que la CCSS abre un proceso de contratación de seguros, entendemos que por primera vez pues, históricamente, venía contratando con el INS de forma continua. En las valoraciones de criterios para elegir el elemento determinante fue el precio; NO las garantías ni respaldos financieros, ni trayectoria. Tampoco lo fue lo que el Art. 7 de la ley de seguros citada señala. Curiosa y presuntamente, nos parece todo esto como el clásico compadre hablado. Eso deberá ser investigado a profundidad.

Pesó más una diferencia de $ 259.000,00 (doscientos cincuenta y nueve mil dólares) en un contrato de $ 2.000 (dos mil millones de dólares) cuya prima anual cobrada por el INS fue de $ 2.135.731 y Oceánica de $ 1.876.591. Todavía el Director Financiero de la CCSS dice que “hubo un importante ahorro”. ¡Por favor señores, sean más serios y no se burlen de los costarricenses!

Insistimos y creemos que hubo mala fe de los técnicos de la CCSS al no contratar con el INS, bajo el pírrico argumento de que era más cara y que el plazo de vigencia de la oferta venía en días naturales y no hábiles. ¡Qué poca seriedad!

Es posible que “legalmente” todo esté correcto. Pero, y adónde quedó lo que presuntamente habría sido inmoralmente incorrecto, amañado, compadrado y, sobre todo, malintencionado del concurso; que no previno variables de valoración usualmente acostumbradas como: RESPALDO Y FORTALEZA FINANCIERO, GARANTIAS DE CAPITAL, REASEGUROS, EXPERIENCIA, ETC. De haberlo hecho, sin duda nunca hubiesen contratado a una aseguradora de tercera categoría y poner en riesgo el patrimonio de la CCSS.

Recemos para que no suceda ningún evento catastrófico antes del 31 de octubre del 2018, fecha en que vence este nefasto contrato CCSS-Oceánica.

CEMENTAZO, OCEÁNICA, JCB Y TEMAS AFINES.

Es probable que los técnicos de la CCSS, encabezados por su Director Financiero, Sr. Gustavo Picado Chacón, vivan en otro país que no es el nuestro. Esto lo decimos porque pareciera que no notaron que alrededor de esta aseguradora, Oceánica, pesan un sin numero de cuestionamientos en torno al tema del “Cementazo” por emitir garantías a favor de las empresas del Sr. Juan Carlos Bolaños Rojas (Grupo JCB), en un caso que se investiga en la Asamblea Legislativa, La Fiscalía General de la República, la Procuraduría de la Ética, entre otros.

Esta affair de una desconocida compañía de seguros que incursiona en importantes contrataciones públicas con la CCSS, bancos públicos y privados , llama poderosamente la atención en momentos en que todos nos cuestionamos los llamados tráficos de influencias en la esfera pública, mismos que hoy tienen al país de cabeza y a los partidos políticos tradicionales en coma. No hablamos del proceso de elecciones, que es el espejo de toda esta inmundicia que “hiede” a podredumbre. ¿Será este contrato de la CCSS con Oceánica un capítulo más de esta peste de tráfico de influencias? Veremos…

RESPALDO AL INS

Como organizaciones sindicales responsables, respaldamos al INS en este tema en particular y creemos que casos como estos NO pueden suceder a futuro. El INS es la aseguradora de los y las costarricenses, cuenta con la garantía del Estado y las leyes son claras respecto a la contratación de todas las entidades públicas con el INS. ¿O es que ahora se volvió un botín los seguros del Estado con compañías privadas? ¡Estamos informados y estaremos alertas!

DEBER DE LA JUNTA DIRECTIVA CCSS DE EXPLICAR LO SUCEDIDO.

ANEP y UPINS, con el aval del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, solicitarán a la CCSS rendir las explicaciones de este nuevo desastre. Valoraremos llevar al Ministerio Público este asunto, una vez conocida la respuesta de la Junta Directiva de la Caja.

San José, jueves 21 de diciembre de 2017.

Canal 13 mantendrá misa y rosario en su programación

La decisión habría sido tomada este jueves 14 de diciembre en Sesión Extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART), donde participó la Defensora de las Audiencias, Natalia Rojas para dar explicaciones de la recomendación para eliminar de la promoción la Misa y el Rosario.

Luego de la reunión sostenida con Rojas, el Consejo habría tomado la decisión de dar marcha atrás a la decisión por considerar que no existe una propuesta concreta que refleje la pluralidad de contenido de la que se habló para sustituir la misa y el rosario.

La Seccional ANEP-SINART fue una de la principales opositoras a esta decisión. Conversamos con Sergio Castro, Vicepresidente de la Seccional ANEP-SINART sobre el trabajo realizado por el sindicato.

*CONSEJO EJECUTIVO
SESIÓN 044-2017
14 de diciembre de 2017
ACUERDO No 2*

Considerando que:

1. El Consejo Ejecutivo del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A. (SINART, S.A.), reafirma su compromiso con la neutralidad y el respeto por el pluralismo religioso consagrado en la Constitución Política y la Ley Orgánica del SINART, S.A. (Ley No. 8346, “Ley Orgánica del SINART”,), artículo 4, inciso c), así como por la libertad de credo y las prácticas religiosas de las personas trabajadoras del SINART, S.A. y la sociedad costarricense en general.

2. En atención a los principios rectores y las competencias definidas en la Ley No. 8346, el Consejo Ejecutivo, órgano responsable de “fijar las políticas, los principios básicos y las líneas generales de programación y administración”, acordó sustituir la transmisión de las ceremonias religiosas por nuevos contenidos de carácter neutral y participativo, que reflejen la pluralidad y diversidad de las expresiones religiosas que se practican y coexisten en el país, al amparo del marco de legalidad vigente (Acuerdo No. 2 de la Sesión Ordinaria N° 037-2017 del 19 de octubre de 2017).

3. Lo decisión del Consejo Ejecutivo se tomó a partir del criterio sobre la transmisión de contenidos religiosos en los medios de comunicación del SINART, S.A., elaborado por la Defensoría de las Audiencias de los Medios de Comunicación del SINART, S.A., solicitado por el mismo Consejo Ejecutivo, como parte de su agenda de trabajo.

4. La Defensoría de las Audiencias de los Medios de Comunicación del SINART, S.A. actúa como un órgano asesor del Consejo Ejecutivo; instancia de auto regulación, al servicio de las audiencias del SINART, S.A., que cumple la función de atender y canalizar las quejas de las personas consumidoras de los contenidos que producen y transmiten nuestros medios de comunicación, cuando consideran que son discriminatorios o lesionan derechos fundamentales. La funcionaria Nathalia Rojas fue designada en el cargo como resultado de un proceso público de selección y evaluación de atestados ordenado y dirigido por el mismo Consejo Ejecutivo.

5. La Comisión Institucional de Programación del SINART, S.A. trabaja en el diseño de programas para radio y televisión que respondan al objetivo de ofrecer a nuestras audiencias contenidos alternativos, pluralistas y que garanticen el principio de neutralidad religiosa, así como en la búsqueda y evaluación de contenidos producidos por casas internacionales, para recomendar su compra y programación.

6. La empresa no hace propias las manifestaciones que cualquiera de sus colaboradoras o colaboradores haya emitido a título personal antes de iniciar labores en el SINART, S.A. o en el presente contexto. Las comunicaciones oficiales fueron emitidas mediante comunicados de prensa fechados 6 y 8 de diciembre de 2017, respectivamente, por lo que lamentamos el tratamiento que, a pesar de las declaraciones emitidas oportunamente, dieron algunos medios de comunicación y que provocaron el malestar y la indignación de nuestras audiencias.

Con fundamento en lo anterior, el Consejo Ejecutivo del SINART, S.A. acuerda:

1. Lamentar que el acuerdo No. 2 de la Sesión Ordinaria No. 037-2017 del 19 de octubre de 2017, que procura una programación neutral y respetuosa de la pluralidad religiosa, se haya prestado para un tratamiento irresponsable de parte de algunos medios de comunicación y de actores sociales y políticos. Son lamentables también algunas manifestaciones individuales de personas ciudadanas que rayan en el más inadmisible irrespeto e intolerancia.

2. Reafirmar su compromiso con el principio de neutralidad y pluralismo religioso como derrotero en la programación de los medios del SINART, S.A. Esta afirmación de principio no supone en ningún caso eliminar las referencias a la fe, a la figura de ningún Dios ni a la religiosidad de las personas ciudadanas. Los medios del SINART, S.A. deben abrir las puertas a contenidos que reafirmen todas las expresiones espirituales que apunten a una cultura de paz y a una convivencia desde el respeto y la tolerancia.

3. Ordenar a la Comisión de Programación Institucional del SINART, S.A. mantener en la parrilla de TRECE Costa Rica Televisión, la misa dominical y el rosario, hasta tanto esta instancia presente al Consejo Ejecutivo una propuesta de programación con enfoque integrador y participativo, que atienda el principio de neutralidad y pluralismo religioso, ordenado por su Ley Orgánica. En consecuencia, se suspende la entrada en vigencia del acuerdo No. 2 de la Sesión Ordinaria No. 037-2017 del 19 de octubre de 2017.

4. Solicitar a la administración del SINART, S.A. promover un proceso de consulta pública. La propuesta que realice la Comisión Institucional de Programación deberá recoger el criterio de aquellos sectores de la sociedad y entidades representativas de intereses de carácter general o corporativo que puedan tener una opinión sobre este tema.

5. No hacemos propias las manifestaciones o expresiones emitidas a título personal por las personas trabajadoras del SINART, S.A. en el marco de esta discusión, y que se alejan del criterio contenido en las comunicaciones oficiales emitidas por la empresa.

ANEP solicita al MTSS acción de inspección de trabajo contra el MSP por no aplicación de roles

A continuación la solicitud realizada.

San José, martes 12 de diciembre de 2017.

Honorable señor Lic. Alfredo Hasbum Camacho, Ministro
Honorable señora Licda. Nancy Marín Espinoza, Viceministra del Área Laboral
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Saludos respetuosos a ambos, en primer término.

Con suma urgencia les solicitamos ordenar la realización de una urgente acción de inspección de trabajo para tratar el grave incumplimiento del informe con recomendaciones del Consejo de Salud Ocupacional sobre el tema de los roles en la Fuerza Pública. Detallamos al respecto lo siguiente:

El informe técnico DE-ST-ITE-3-2017 jornadas y roles de trabajo por turnos de la Policía del Ministerio de Seguridad Pública y la Resolución MTSS-CSO-RG-1-2017, siguen sin ser acatados plenamente por las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública. Dicha situación a pesar del carácter vinculante que establece el Código de Trabajo en el numeral 282, a los informes refrendados por el Consejo de Salud Ocupacional.

Lo anterior, en detrimento de los derechos laborales de nuestros compañeros y compañeras Policías de la Fuerza Pública. Mediante la Circular Nº 167-2017-DGFP-A, se indica que personal del Básico Policial Nº 77, recientemente entregado a la Fuerza Pública, tras haber completado su proceso de formación técnico-policial; deberá laborar en rol de 5×2 en acatamiento de la Directriz 5-2017-DV-JJAM-DGFP. Lo anterior, sin importar los lugares de residencia de nuestros oficiales de Policía.

Es menester indicar, que algunos compañeros y compañeras proceden de lugares como: Paso Canoas, San Vito de Coto Brus, Upala, y otros lugares lejanos de San José, en donde están asignando 210 funcionarios (169 mujeres y 41 hombres). También es importante destacar, que algunas de nuestras compañeras son jefas de hogar.

El informe técnico del CSO, establece lo siguiente:

• En el rol 3×3, la alternancia se debe dar en rotación rápida y no exceder el número de horas mensuales de acuerdo a la proporción entre los días trabajados en horario diurno/mixto y en horario nocturno (para una proporción de 50% diurna y 50% nocturno), dicho rol es para quienes puedan viajar a sus hogares una vez completada la jornada de 12 horas.

• En rol 6×6, se sugiere el que contempla 6 días trabajados seguidos donde 3 días son de día y 3 días son de noche, por lo que la alternancia se da dentro del mismo ciclo. Igualmente, se debe respetar el número de horas mensuales de acuerdo a la proporción entre los días trabajados en horario diurno/mixto y en horario nocturno (para una proporción de 50% diurna y 50% nocturno). Se considera el 6×6, para quienes, por razones de distancia, no pueden viajar a sus hogares diariamente y después de la jornada de 12 horas.

• El rol 5×2 se puede mantener como propuesto, pero el número de horas ordinarias laboradas cada día no debe exceder las 9.6 horas. Dicho rol es para jefaturas y programas preventivos.

El personal del Básico Policial Nº 77, NO ocupa un puesto de jefatura, ni uno de programas preventivos. Por lo anterior, deberían ser asignados en rol de 6×6 o 3×3 según corresponda.

El criterio técnico DE-ST-ITE-3-2017, contiene un acápite importante a efectos de nuestro planteamiento.

“Los aspectos fundamentales del análisis realizado indican que la naturaleza del trabajo policial, las condiciones del lugar en el que se desarrolla, y las formas de organización laboral existentes hacen que sea una ocupación insalubre y peligrosa, con una carga de trabajo mental, emocional, y física aumentada que favorece el estrés laboral lo que aumentan el riesgo de afectación a la salud y el desempeño de las personas trabajadoras”.

También se indica: “Cualquier otro rol que se proponga (6×2, 6×4, etc.), adicional a los solicitados, el DSO deberá someterlo a un análisis similar al realizado en este criterio técnico y considerar los aspectos mínimos definidos en la recomendación”.

Esperando vuestra respuesta lo más pronto posible, nos despedimos

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP
Mainor Anchía Angulo, Directivo Nacional ANEP-Presidente Junta Directiva Seccional ANEP-Fuerza Pública

Ministro de Seguridad se opone a que Policía de Migración se beneficie del impuesto a personas jurídicas

La Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración en la representación de Garardo Mora a realizado un enorme esfuerzo para que este cuerpo policial sea incluído como beneficiario del 5% al impuesto de la personería jurídica, como ya lo es el MSP con 90%, Ministerio de Justicia y Paz (5%) y el Organismo de Investigación Judicial (5%)

MSP presenta 31 policías ante el Ministerio Público de Limón, pero no asume su responsabilidad como buen “padre de familia”

El artículo 36 del Código Penal reza:

“No es culpable el que actúa en virtud de obediencia, siempre que concurran los siguientes requisitos:

a) Que la orden dimane de autoridad competente para expedirla y este revestida de las formas exigidas por la ley;
b) Que el agente esté jerárquicamente subordinado a quien expide la orden; y
c) Que la orden no revista el carácter de una evidente infracción punible”.

El tipo penal de abuso de autoridad, que está siendo investigado por el Ministerio Público de Limón, obedece a las acciones policiales que el grupo denominado por el Ministerio de Seguridad Pública, como “Fuerzas Especiales Operativas”, desarrolló en Limón y en otras comunidades del país, consideradas conflictivas.

Dichas fuerzas especiales, fueron autorizadas por el MSP, al margen de la ley, para utilizar pasamontañas; situación que personalmente le hicimos ver a los jerarcas de Seguridad Pública, como un error que traería consecuencias. No obstante, estos defendieron el uso de dicha indumentaria, que se permite únicamente para operaciones tácticas, acompañadas de una orden judicial.

Los medios de comunicación son testigos, de las muchas veces en que las páginas del MSP, las cuentas de los jerarcas, incluyendo la del Ministro y el Viceministro, mostraban con júbilo “decomisos” de drogas, armas y dinero, la mayoría de las veces, sin personas detenidas.

En fecha 04 de julio del año 2016, se consigna en parte de una nota periodística una declaración del suscrito; “Anchía indicó que debido a este tipo de proceder algunos oficiales han sido devueltos a sus antiguas delegaciones, por no someterse a los que dicen los jefes a los grupos (…)”. Nosotros habíamos advertido que algo se estaba saliendo de control, la administración hizo caso omiso.

Además, en la publicación del Diario Extra del 20 de junio del 2016, el señor Viceministro de Seguridad Pública, señala lo siguiente: “La unidad táctica motorizada utiliza los dispositivos para cubrir su rostro, específicamente en zonas de alto riesgo y de mucha violencia”. Así es como podemos demostrar, que los funcionarios investigados, siempre siguieron órdenes superiores. Que la experiencia policial nos indica que, en cada intervención en grupo, existe un líder responsable de dirigir la operación y, además se debe contar con el acompañamiento de un asesor legal.

No podemos, en la Seccional ANEP Fuerza Pública, decir que no se hayan presentado situaciones irregulares, como las que se señalan preliminarmente. Si los elementos probatorios determinan, que un funcionario, sustrajo dinero de manera ilegítima, dicho funcionario deberá asumir la responsabilidad de sus actos; sin embargo, la administración también debería asumir su cuota de responsabilidad. Señor Viceministro ¿Recuerda cuando le dijimos que no olvidáramos la historia del comando cobra?, ¿Recuerda cuando le hice ver respetuosamente que esa no era la ruta correcta? Ahora entendemos por qué ordenaron desintegrar las fuerzas especiales; lo hicieron para salvar sus posibles responsabilidades.

Mainor Fernando Anchía Angulo
Directivo Nacional de ANEP
Presidente Seccional ANEP-Fuerza Pública
Cel. 8432-2880