Imprenta Nacional: A paro por Convención Colectiva

Como es sabido por todos, nuestra Convención Colectiva de Trabajo recién negociada está vigente, es decir, está homologada y es válida en todos sus extremos.

El próximo martes 17 de los corrientes, por medio de un procedimiento administrativo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), quiere declarar la nulidad total del proceso como tal. Esto con el fin de que nuestra Convención, como tal, vaya a la famosa “Comisión Negociadora por parte del Gobierno”, para que la analice, la estudie y al final nos quite todas nuestras ventajas sociales y económicas.

¿ Verdad que por un error del MTSS no tenemos que pagar los platos rotos los y las trabajadoras de la Imprenta Nacional?

Estamos claros que no podemos seguir dándole más largas al problema. Por eso le estamos llamando para que se prepare para la huelga como medio de presión para lograr que lo legítimamente negociado y aceptado por ambas partes se respete y se despejen todos “los nublados del día”.
Por medio de la huelga como derecho constitucional y como un derecho humano, queremos dar el banderazo de inicio para defender nuestra Convención Colectiva el día martes 17 de noviembre con un paro de labores todo el día. No podemos seguir esperando a que el Ministerio de Trabajo arregle “la torta” que ellos cometieron.

Marque tempranito y quédese afuera. No deje que lo asusten. Tenga claro que el paro no es ni contra la Ministra ni contra la Junta Administrativa ni contra la Dirección de la Imprenta, es únicamente contra el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

Si por casualidad, llega la de siempre, la misma que le gusta levantar actas sin fundamentos legales, llame a sus representantes sindicales.
Queremos ser claros que hemos hecho todos los esfuerzos mediante notas y conversaciones para que todo camine correctamente, sin embargo, las negativas de las personas encargadas de resolver el problema han hecho que nuestros esfuerzos se vean truncados
Consideramos que llegó el momento de acabar con el miedo y la amenaza.

TODOS A HUELGA A DEFENDER NUESTROS DERECHOS, NO PERMITAMOS QUE NOS INTIMIDEN CON AMENAZAS DE DESPIDO.

Recuerde la fecha: 17 de Noviembre

Paro de labores desde las 8:am.

5 Años de ANEP – UNA

Por William Páez Ramírez

Hace cinco años un grupo de compañeros, casi todos de la Sección de
Vigilancia, me hablaron para que los ayudara a formar una seccional de la ANEP en la UNA, porque no tenían otra opción, estaban solos y siendo perseguidos laboralmente, a lo cual accedí con mucho gusto, se lo que es ser perseguido laboralmente (mobbing).

Hoy somos más de 110 y estamos creciendo, por algo será. La lucha anti-mobbing seguirá, pero no solo del mobbing de arriba hacia abajo, sino de una prebenda existente en la UNA, que es el mobbing de abajo hacia arriba. También hay temas de interés institucional, que nos gustaría participar pero que no nos dan la oportunidad.

Es vergonzoso que en una institución, que reclama por opciones y oportunidades para los desposeídos, se de este tipo de acción. Una Institución que pide inclusión, se de este tipo de acciones. Seremos de dos caras?.

También, valga la oportunidad para saludar a los anepistas-UNA de la Sede de Pérez Zeledón, junto a ellos hemos crecido. Este año abrimos una oficina, como fue comunicado en su momento, la cual se encuentra en el edificio frente a la Soda Don Tito. La UNA no nos apoya ni nos ayuda, pero eso es motivo de orgullo y de ganas de luchar por lo que creemos.

Hemos sido una asociación sindical, sin prebendas ni negociaciones ocultas, luchamos por lo justo y verdadero. Nos podremos equivocar pero no haremos este tipo de acciones.

Seguimos preocupados porque, el manejo de la UNA sigue teniendo grandes grietas, que están dando al traste con esta hermosa Institución. Institución cuyo fin era dar oportunidades y ser un factor de redistribución de la riqueza. Institución que buscaba en el humanismo uno de sus puntos cardinales.

William Páez Ramírez
Anepista-UNA

Posición jurídica para proteger a trabajadores y trabajadoras de Correos de Costa Rica

San José, 06 de Noviembre de 2009

Licenciado
Álvaro Coghi Gómez
Gerente General
Correos de Costa Rica S.A.
Presente.

Estimado Licenciado Coghi:

Reciba un respetuoso y atento saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados ANEP.

El día 21 de julio de 2009 bajo el título de asunto: “UTILIZACIÓN”, su persona le envió a todos los funcionarios de Correos de Costa Rica S.A. un correo electrónico donde manifiesta que en la empresa se produjo un serio problema con la utilización de Internet, que ha generado que la institución no pueda utilizarlo para su gestión empresarial, y señala una serie de correos de los denominados “masivos” de los que posee conocimiento, a partir de un informe rendido por la Gerencia de Informática, en el que se indica que luego de un estudio se determinó que existe una saturación en la red, ya que los correos electrónicos y sus respectivos tamaños no correspondían a las funciones para las cuales la empresa contrato a varios de los trabajadores.

Partiendo de lo anterior, claramente arribamos a la conclusión que los correos de los empleados están siendo revisados y leídos, a pesar de que nuestra jurisprudencia y legalidad lo prohíbe. En este sentido, las más altas autoridades jurisdiccionales de nuestra nación han señalado que “El correo electrónico es una herramienta que está protegida por el secreto a la correspondencia y a la comunicación, así como por el derecho a la intimidad, aún en la escena laboral”.

Mediante el Oficio S.G. 07-09-1660-09 del 20 de julio 2009, ante reportes de miembros de nuestra seccional en la institución a la que usted representa, sobre rechazos automáticos a comunicaciones electrónicas enviadas a todos los funcionarios de Correos de Costa Rica, emplazamos a su persona nos remitiera la versión oficial de la empresa sobre si se había emitido alguna directriz gerencial que le impida a la ANEP y a su seccional, el uso del correo electrónico institucional para comunicaciones sindicales con las personas trabajadoras asalariadas afiliadas a esta agrupación y/o en general, con toda la población laboral de Correos de Costa Rica S.A.; información que fue recibida el día 21 de julio del año en curso mediante el Oficio GG-04-286-2009 en el que se nos comunica que se realizó la consulta correspondiente a la Gerencia de Informática, dependencia que señaló que no se había girado instrucción alguna impidiendo la comunicación entre los funcionarios de correos independientemente si pertenece o no a una agrupación sindical; sin embargo el Oficio en mención aclara que se fundamentan en el artículo 30 del Reglamento-TI que en lo que interesa reza: “El uso del correo electrónico es exclusivo para realizar labores propias de la empresa, su uso indiscriminado, la promoción del SPAM (mensajes en cadena con diversos contenidos, como publicidad, religión, temas ajenos a la actividad de la empresa, etc), (…) está prohibido”; siendo que la Gerencia de Informática en su informe acepta expresamente que tal accionar se da “debido a que es exagerado el envío de correos electrónicos donde se observa que muchos no tienen nada que ver con la actividad de la empresa”, manifestación que fue retomada en un correo electrónico enviado a todo el personal de la institución por parte de la Gerencia de Informática en fecha 17 de agosto del 2009, y con el aval de su persona según correo electrónico de circulación para el personal en general de fecha 18 de agosto del 2009; reconocimientos que una vez más acreditan que los correos personales de los funcionarios de esta institución están siendo revisados, y lo que es aún más grave, sin que se les comunique como en Derecho corresponde tal monitoreo.

Reiteradamente esta agrupación sindical ha exigido que se respete la inviolabilidad de las comunicaciones vía correo electrónico, y que se le permita a nuestra Seccional ANEP-Correos de Costa Rica S.A. la utilización del correo electrónico interno con el fin de que podamos mantener por ese medio un contacto directo con los trabajadores y, que a la vez éstos tengan la oportunidad de participar de manera libre y sin temor a posteriores represalias en las actividades gremiales.

Fundamentamos nuestros emplazamientos en lo que dispone la Constitución Política en su artículo 24, numeral que refiere que los documentos privados y las comunicaciones escritas, orales o de cualquier otro tipo de los habitantes de la República son inviolables; así como en los Tratados Internacionales con igual jerarquía a nuestra Carta Magna, instrumentos que protegen la correspondencia y los documentos privados, entre ellos, el Pacto de San José de Costa Rica (art. 11, inc. 2º); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 17); la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 12); y, la Declaración de Derechos y Deberes del Hombre (art. X). La interpretación jurisprudencial sobre la normativa señalada ha sido clara al indicar que, “el transmitir noticias de interés sindical a los trabajadores a través del correo electrónico de la empresa es un derecho otorgado”.

Partiendo del fundamento normativo de jerarquía constitucional, legal e internacional que cobija las solicitudes que le hemos hecho llegar a Correos de Costa Rica S.A por medio de su persona, y en virtud de los fines propios de nuestra agrupación sindical de protección de los derechos laborales de nuestros afiliados, procedimos a realizar una lectura concienzuda del referido Reglamento-TI, y consideramos que la redacción de los artículos 14, 21, 29 y 30 implican una limitación injustificada a nuestro accionar sindical, toda vez que constituyen prohibiciones al uso de los medios electrónicos institucionales por parte de los miembros de nuestra organización con fines gremiales.

Nótese que las limitaciones en el uso de los medios electrónicos institucionales a los que se refiere el Reglamento-TI (restricciones que incluso pueden traducirse en sanciones de carácter disciplinario para nuestros asociados) constituyen obstáculos de los derechos a la intimidad, libertad y secreto de las comunicaciones (artículo 24 Constitución Política), de la libertad de opinión y autonomía de la voluntad (artículo 28 Constitución Política), de la libertad de expresión (artículo 29 de la Constitución Política), de la libertad sindical (artículo 60 de la Constitución Política), y de los derechos y/o garantías gremiales a los que se refieren el Convenio No. 135 referente a la “Protección y Facilidades que deben otorgarse a los representantes de los trabajadores en la empresa”, así como de la Recomendación No. 143 “Recomendación sobre los representantes de los trabajadores, 1971”, ambos instrumentos internacionales emitidos por la Organización Internacional del Trabajo y, que a su vez son ley de la República de Costa Rica No. 5968; así como el Convenio No. 87 “Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948” de la OIT.

Invocando la legislación nacional e internacional en la materia del ejercicio de la Libertad Sindical y de la Libertad de Organización, así como la tradicional política institucional de la entidad bajo su conducción, para el acatamiento de las mismas, y con el respeto que nos caracteriza, le solicitamos lo siguiente:

a) Interponer sus buenos oficios a fin de que se modifiquen los siguientes artículos del Reglamento-TI vigente:

Artículo 14
Artículo 21
Artículo 29
Artículo 30

b) Incluir dentro de los numerales a reformar, un postulado que autorice a las agrupaciones sindicales y a sus respectivos representantes, a enviar y recibir documentos informativos, boletines, formularios y otros, directa o indirectamente relacionados con el quehacer sindical.

c) Modificar los términos persecutorios y amenazantes que dispone el Reglamento-TI vigente para sancionar a un trabajador, por el solo hecho de gozar de un derecho de rango constitucional y legal.

d) Suspender de inmediato la inconveniente e ilegal práctica de supervisar y violar la correspondencia electrónica de los empleados.

Amparados en los artículos 27 y 30 de la Carta Magna, así como el 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, le solicitamos formal respuesta al presente emplazamiento a la mayor brevedad posible.

Para finalizar y siempre con el respeto que caracteriza a nuestra organización sindical, así como con la legitimidad que la legislación nos ha otorgado para representar los intereses de nuestras y nuestros agremiados, le solicitamos vehemente valorar las peticiones que hacemos de su conocimiento por medio de la presente, a fin de que en el marco de un diálogo cordial ambas partes podamos ver saciadas nuestras necesidades y aspiraciones, procurando evitar el vernos obligados a acudir ante otras instancias administrativas y/o judiciales en procura de hacer valer y respetar los derechos de los y las trabajadoras de Correos de Costa Rica S.A.

Agradeciendo su pronta intervención y respuesta, nos suscribimos reiterándole nuestro mayor respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Teresita Campos Leiva
Presidenta Seccional ANEP
Correos de Costa Rica S.A.

Cc: Junta Directiva Nacional ANEP.
Seccional ANEP- Correos de Costa Rica S.A
Archivo

Municipalidad de Oreamuno: ANEP reta a debate público a alcalde antisindical

1- Ante la serie de incongruencias desatadas por parte del Sr. Marco Vinicio Redondo Quirós, Alcalde Municipal, expresadas en un volante pretendiendo presentar a la ANEP como una organización sindical irresponsable y que queremos “aprovecharnos” de los bienes públicos, nos permitimos aclarar:

2- Las convenciones colectivas de Trabajo tienen su fundamento jurídico en la Constitución Política de Costa Rica, propiamente en su artículo 62. Además, se fundamentan en el Convenio N° 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por nuestro país mediante Ley 2561 de 11 mayo de 1960.

3- Igualmente, en los artículos 54 y siguientes del Código de Trabajo. Además, se fundamentan por los votos N°4453-2000 y N°9690-2000 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Lo sentimos mucho pero no podemos hacernos responsables de una ignorancia ajena.

4- Nuestra organización sindical, la ANEP, con una actitud seria, responsable y dentro del marco de proporcionalidad y racionabilidad, presentó el proyecto de Convención Colectiva de Trabajo ante el Honorable Concejo Municipal y ante la Administración de la Municipalidad de Oreamuno, con el propósito de iniciar lo que se suponía sería un lógico, transparente y armonioso proceso de negociación.

5- El señor alcalde Redondo Quirós menospreció nuestro gesto conciliador y de llamado al diálogo. No fue sino después de la intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que este proceso dio inicio.

6- Sin embargo, el señor alcalde incumplió el compromiso adquirido ante dicho ministerio, ante el Concejo Municipal y ante los trabajadores y las trabajadoras representados por la ANEP.

7- Tajantemente rechazamos las malintencionadas manifestaciones del señor alcalde en cuanto a que el proyecto para la suscripción de una Convención Colectiva de Trabajo en la Municipalidad de Oreamuno, pretenda establecer una “serie de privilegios”. Esto es totalmente falso.

8- Se pretende, únicamente, el respeto a la dignidad de la persona trabajadora del municipio, especialmente de quienes laboran en el campo. Se busca mejorar el ambiente y la calidad de vida laboral, sin detrimento de los servicios que la municipalidad debe brindar a los vecinos y a las vecinas de la comunidad.

9- En cuanto al Salario Escolar, hemos de indicar que su aplicación se fundamenta en las resoluciones DG-005-95 y DG-136-97, DG-062-94, DG-041-97 de la Dirección General de Servicio Civil. El establecimiento del Salario Escolar en la Municipalidad de Oreamuno no le costará un centavo al presupuesto institucional. Así lo demostraremos.

10- De tal forma queda demostrado, una vez más, que la actitud del Sr. Marco Vinicio Redondo Quirós, Alcalde Municipal, es de mala fe, confrontativa y no de diálogo, a pesar de existir acuerdo del Concejo Municipal para que se dé el proceso de negociación y se promueva una mejor condición sociolaboral para las personas trabajadoras de la Municipalidad.

11- El personal de la Municipalidad de Oreamuno y la ANEP estamos anuentes, en todo momento al diálogo y la negociación. No estamos imponiendo absolutamente nada irracional. Nuestra lucha y la de los trabajadores que representamos es por el derecho a tener una mejorar calidad de vida para la clase trabajadora y sus familias, para el bien del Municipio y la misma comunidad.

12- Pero entiéndase que nosotros somos respetuosos del orden del Derecho, y agotaremos hasta las últimas instancias todos los elementos disponibles en tal sentido. Sin embargo, también ha de entenderse que no permitiremos bajo ninguna circunstancia que con actitudes de prepotencia y arrogancia, quieran mancillar los derechos de las personas trabajadoras costarricenses, y muchos menos de las dignas y honestas personas trabajadoras de la Municipalidad de Oreamuno, especialmente de los compañeros de campo quienes han mostrado una enorme dignidad en medio de la humildad y lo duro de su quehacer.

13- Así las cosas queda demostrado una vez más, que la actitud del Sr. Marco Vinicio Redondo Quirós, Alcalde Municipal, es confrontativa, y no permite el dialogo a pesar de existir el acuerdo por parte del Concejo Municipal, en querer negociar, para mantener una buena relación socio laboral para las personas trabajadoras de la Municipalidad.

14- Por último y conscientes de que para mejorar la calidad de servicio de la Municipalidad de Oreamuno, debe de existir el dialogo directo y franco entre las partes Administración y Personas Trabajadoras, retamos públicamente al Sr. Marco Vinicio Redondo Quirós a un debate público, con todas las personas de la comunidad de Oreamuno como también con las personas trabajadoras de la Municipalidad de Oreamuno, para que nos demuestre públicamente qué “privilegios” estamos proponiendo.

Oreamuno de Cartago, domingo 8 de noviembre de 2009.

Junta Directiva Seccional ANEP-Municipalidad de Oreamuno

SINART: Tirantez en relaciones obrero-patronales

San José, 2 de noviembre de 2009.
S.G. 09-11-0239-09

Licenciado
Alfonso Estevanovich
Presidente Ejecutivo
Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART)
Su despacho

Estimado señor:

Con el respeto de siempre, reciba usted nuestro más atento saludo.

Le estamos solicitando a su digna autoridad que nos conceda una audiencia en su despacho, con la finalidad de expresarle algunas consideraciones que tenemos acerca del desenvolvimiento actual de las relaciones obrero-patronales en la institución dignamente dirigida por su persona.

Nosotros, como representantes máximos de esta organización sindical, creemos muy necesario que se haga el mayor esfuerzo más compartido, de forma tal que haya la mejor comunicación bilateral en aras de lograr la mejor combinación armónica entre la justicia de las reivindicaciones sociolaborales del personal institucional cuya representación ostentamos, junto con el afán de logro de los mayores niveles de eficiencia y eficacia de la labor pública a cargo del SINART.

Apreciaríamos en grado sumo que la fecha y hora de la audiencia pudiese ser concertada inter-partes; indicándole, adicionalmente, que en la reunión pedida por esta Secretaría General de la ANEP, estaría la Junta Directiva de la Seccional ANEP-SINART y el señor Javier Valerín Villegas, integrante de la Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO), de la ANEP y responsable de la ANEP-SINART.

Nuevamente, le reiteramos nuestro mayor respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto ANEP


cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-SINART.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Archivo.

UTN: Desafíos laborales inmediatos en la nueva universidad pública

San José, 5 de noviembre de 2009.
S.G. 09-11-0242-09

Licenciado
Marcelo Prieto Jiménez
Rector
Universidad Técnica Nacional (UTN)
Su despacho

Estimado señor:

Con el mayor respeto, reciba su digna autoridad atento saludo de nuestra parte.

Luego del diálogo sostenido con su persona, el pasado día 20 de octubre de 2009, con las representaciones directivas de las seccionales de la ANEP en la UTN, nos ha parecido importante dejar reseñada por esta vía, las líneas más generales desde la perspectiva reivindicativa a que aspira el personal institucional de la UTN, en este momento histórico de su conformación como la quinta universidad pública de nuestro país.

Primero: Estabilidad laboral. Todas las garantías al respecto, quedando así explícitamente establecido en el Estatuto Orgánico para todo aquel personal que ha estado gozando de la misma. Igualmente, se debe establecer hacia adelante, previa discusión, observando las reglas generales del empleo público; además, explicitando el tema de este asunto en el proceso de los nombramientos.

Segundo: Aumentos salariales escalonados.
Abordar el estudio necesario que establezca cuál es el promedio salarial de las universidades estatales. Entendemos que hay ya una propuesta del nuevo (primer) manual descriptivo de puestos, sobre el cual ya nuestras representaciones sindicales han formulado aportes importantes.

Tercero: Estatuto Orgánico. Debe establecerse con claridad cuál es el procedimiento que le permitirá al sector laboral organizado en ANEP, plantear sus observaciones y el camino que las mismas han de seguir para saber su destino final: recepción y aceptación, total ó parcial de cada una de ellas.

Cuarto: Definir el procedimiento a seguir para la participación laboral organizada en cuanto al reglamento interno de trabajo.

Quinto:
Establecimiento de la primera Convención Colectiva de Trabajo entre la Universidad Técnica Nacional (UTN) y la ANEP. Una vez entregado por parte de esta organización, debemos establecer el procedimiento bipartito para su discusión y negociación.

Sexto: Modelo filosófico y epistemológico de la UTN. Consideramos importante la incorporación del sector laboral organizado en las discusiones y/o reuniones sobre esta trascendental definición y, por tanto, es necesario definir las reglas al respecto.

Sétimo: Debe establecerse una comisión obrero-patronal para que, con cierta sistematicidad a conveniencia de las partes, se aborden los temas domésticos tanto generales como particulares que emergen en la cotidianeidad, de forma tal que se impulse el desarrollo de una cultura democrática institucional, se propicie la mejor armonía obrero-patronal y se logren los máximos niveles de excelencia académica y de eficiencia y de eficacia que exige el status de universidad pública. Retomamos la propuesta de que esa honorable rectoría emita una directriz para institucionalizar un espacio de comunicación, retroalimentación y negociación intramuros, en los centros académicos Alajuela, Atenas, Guanacaste y Puntarenas entre las correspondientes decanaturas y las respectivas directivas sindicales de la ANEP, para empezar al desarrollo del proceso de construcción de la indicada cultura democrática de participación.

Esperando una favorable respuesta de su parte, aprovechamos para reiterarle nuestro mayor respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Javier Valerín Villegas
Responsable ANEP-TPMS
Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO)

cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Sede Alajuela.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Sede Atenas.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Sede Guanacaste.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Sede Puntarenas.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP
cc.: Archivo.

Ministerio de Cultura: ¿Más irregularidades?

San José, 5 de noviembre de 2009.
S.G. 09-11-0240-09

Licenciado
Francisco Robles Monge
Auditor
Teatro Popular Melico Salazar
Ministerio de Cultura y Juventud
Su despacho

Estimado señor:

Reciba un atento y respetuoso saludo de parte de nuestra organización sindical, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Mediante la publicación en el diario oficial La Gaceta, número 43, del 29 de febrero del año 2008, la señora Ministra de Cultura, da a conocer el “Manual para la presentación de Denuncias”; y con fundamento en ello, la ANEP solicita a su estimable persona investigar algunos hechos que consideramos son de enorme importancia porque se refieren a fondos públicos y su manejo en el Teatro Popular Melico Salazar.

Partiendo del artículo 22, inciso d) de la Ley General de Control Interno, sabemos que estas funciones le son conferidas, a fin de prevenir las posibles consecuencias negativas o riesgo en la gestión. Por ello y con fundamento en lo anterior le estamos solicitando se investigue lo que a continuación le detallamos:

1) Corre el rumor entre los trabajadores de que en dicha entidad podrían existir posibles pagos de extrafunciones de forma fija a funcionarios de alto nivel en el Teatro Melico Salazar.

2) Que dicho pago de extrafunciones se le estaría reconociendo a la persona administradora de la Compañía Nacional de Danza sin trabajarlas.

3) Se habrían hecho nombramientos en dicho centro laboral de parientes entre sí de algunas personas que no contarían con los requisitos para dichos puestos.

4) Que presuntamente existe un convenio para la explotación del café del Teatro Melico Salazar con una fundación y, por tanto, resulta importante saber el destino de esos dineros.

5)
Que existiría una eventual falsificación de entradas al Teatro Popular Melico Salazar, sin que sepa el accionar de la administración ante ello, de resultar cierta la especie en mención.

6) Que existe un fondo de becas con fondos públicos denominado” Pro-Artes” el cual maneja sumas de dinero importantes, sobre cuyo manejo existen, presuntamente, criterios muy subjetivos y hasta funcionarios del Ministerio de Cultura y Juventud se habrían visto beneficiados. Aparentemente, destaca el caso de un abogado que trabaja para el departamento legal del Ministerio y que habría recibido diez millones de colones.

7) Que recientemente los gastos de representación de los directivos de la junta administrativa del teatro se habrían incrementado en un 50%, al igual que para su directora ejecutiva; lo cual contrastaría, por ejemplo, con la inexistencia de presupuesto para la compra de toallas de mano y jabón para los baños.

En tales casos, solicitamos a esa auditoría que, con base en el artículo 27 Constitucional y el 32 de la ley de Jurisdicción Constitucional, nos informe cuál ha sido la naturaleza de su intervención en cada una de las situaciones planteadas arriba; y, en consecuencia, si cada una de esas situaciones ha arrojado un informe.

De la manera más respetuosa y atenta,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Javier Valerín Villegas
Responsable ANEP-TPMS
Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO)

cc.: Sra. María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP
cc.: Archivo.

Ministra de Salud y ANEP aúnan esfuerzos por estabilidad laboral de los «eventuales»

Nuestra tesis de estabilidad en el empleo y trato justo e igualitario a todo el personal conocido como “eventuales”, es respaldada tanto por la Sra. Ministra como la señora Directora General de Salud, la Dra. Rossana García González, quien también estuvo en la indicada reunión.

La ANEP estuvo representada por el compañero Albino Vargas Barrantes, Secretario General; y por el compañero Guillermo Murillo Castillo, de la Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO) de la ANEP y Responsable de la ANEP para el Ministerio de Salud.

Por tanto, le invitamos a usted, compañera-compañero “eventual” del Ministerio de Salud a sumarse a este esfuerzo y dar su aporte para que, ¡al fin!, se pueda eliminar una situación de discriminación laboral a todas luces injusta.

Le estamos invitando a participar de la asamblea para trabajadores y trabajadoras eventuales que estaremos realizando en ANEP, el próximo sábado 21 de noviembre, a partir de la 1:00 p. m. Estaremos brindando más detalles de lo que viene y nombrando una junta directiva de “eventuales” para que sea parte de las negociaciones en este proceso histórico sumamente importante. Puede venir aun si no eres afiliado y afiliarte ese mismo día.

Para la tranquilidad de todos y todas les adjuntamos (ver ARCHIVOS ADJUNTOS columna derecha) DM-10499-2009, en el cual la Sra. Ministra se compromete a que el personal “eventual” seguirá laborando a partir del 1 de enero de 2010. Llamamos a no hacer caso de rumores infundados, a trabajar con tranquilidad y a brindar el mayor esfuerzo en la importante tarea diaria. Vamos por buen camino y este el momento de trabajar juntos por nuestro futuro.

Seccional ANEP – IDA presenta denuncia ante la Fiscalía Anti – Corrupción

San José 5 de noviembre 2009

Señores
Fiscalía Anti Corrupción
Ministerio Público
Estimados Señores:

Quien suscribe Walter Quesada Fernández, cédula 1-508-559, Presidente de la seccional de ANEP en el IDA me apersono a solicitar se investigue la siguiente situación:

1. El 25 de octubre del 2007 el Director Administrativo Financiero del IDA colisiona el vehículo 263-520, cuando regresaba de una gira de la Zona de San Carlos.

2. El Reglamento Interno para Uso y Mantenimiento de Vehículos aprobado por Junta Directiva en la sesión 07-94 del 24 de enero de 1994, artículo XX, publicado en la gaceta del 24 de febrero de 1994, establece en el capítulo IV, artículo 15 que: “al ocurrir el accidente, el conductor del vehículo debe poner inmediatamente la denuncia ante el Instituto Nacional de Seguros y enterar a la sección de Transportes por el medio más fácil a su alcance, dando todos los detalles del accidente; asimismo debe llamar a la autoridad de transito más cercana, para que se confeccione el parte oficial”.

3. El 31 de octubre la seccional de ANEP representada por el sucrito, solicita mediante oficio SANEP-056-2007 investigar el accidente ocurrido al Señor Director Administrativo.

4. El 31 de octubre del 2007 o sea 6 días después, el señor Oscar Salinas Perales reporta el accidente supracitado, lo que de acuerdo al artículo 15 del Reglamento debió hacer el día del accidente, tanto ante las autoridades de tránsito como ante el Instituto Nacional de seguros.

5. El 5 de febrero del 2008 mediante oficio DA-035-2008 el Licenciado Carlos Prendas Lépiz Jefe del Departamento Administrativo le envía al señor Geovanni Cascante Hernández copia de la documentación del accidente y le indica que: ”no existe declaración en el Tribunal respectivo ya que por circunstancias especiales no hubo parte de tránsito”.

6. El 4 de febrero del 2009 el Licenciado Carlos Prendas Lépiz remite el oficio DA-033-2008 dirigido al señor Jorge Camacho Smith, funcionario del Instituto Nacional de Seguros de la oficina regional de Tibás en que trata de justificar el accidente del Ingeniero Salinas Perales.

7. El 27 de febrero del 2008, se recibe el oficio INSTB-00402-2008 en que se rechaza el reclamo presentado por el IDA, entre otras razones por cuanto “al ocurrir un accidente… el conductor del automóvil asegurado deberá llamar al instituto y a la autoridad competente inmediatamente de que ocurra el percance, y esperar la llegada del inspector de tránsito” cosa que no ocurrió en este caso.

8. El 29 de febrero mediante oficio DA-074-2008, el señor Carlos Prendas Lépiz presenta recurso de apelación contra la resolución del Instituto Nacional de Seguros. El cual es rechazado nuevamente mediante oficio INSTB-477-2008.

9. El 6 de mayo del 2008 el Licenciado Enrique Corrales Marín le remite el oficio DF-0171-2008 al Licenciado Jorge Calderón Fallas en que le comunica que el vehículo placa 263-520 fue llevado a un taller de reparación sin seguir los procedimientos administrativos correspondientes.

10. El 19 de mayo del 2008 el Instituto Nacional de seguros rechaza por tercera vez la apelación presentada por el IDA respecto a la reparación del vehículo 263-520 y da por agotada la vía administrativa.

11. El 28 de noviembre nuestra seccional remite a la Presidencia Ejecutiva el oficio SANEP-060 2008 en que solicita explicación respecto al trámite que se le dio al expediente respecto al choque del vehículo 263-520.

12. A raíz de nuestro oficio, el Presidente Ejecutivo de entonces Alberto José Amador Zamora solicita a la jefe de Recursos Humanos Marlene Chaves Morales, mediante oficio PE-3119-2007 del 5 de diciembre del 2007, remitir el expediente a la Junta de Relaciones Laborales.

Como se puede observar han transcurrido cerca de dos años y hasta la fecha no existe ningún tipo de sanción contra el responsable de este accidente, aún y cuando el IDA tuvo que cancelar un monto superior a los ¢500.000 en la reparación de la unidad e incurrir en gastos administrativos para gestionar el pago ante el INS.

Nos preocupa que exista algún tipo de favoritismo hacia este funcionario o que se pretenda con prácticas dilatorias esperar a que opere la prescripción.

Les ruego se proceda a realizar las investigaciones del caso y sentar las responsabilidades que corresponda.

Walter Quesada Fernández
Presidente
Seccional ANEP-IDA