Sala Constitucional condena al PANI por negar información sobre la reasignación de una abogada del DARI ante rezagos judiciales

La institución deberá informar si la Dirección Regional de Alajuela abrió procesos administrativos contra la coordinación y los abogados responsables del rezago, y entregar toda la información solicitada por la ANEP en un plazo de diez días.

El fallo ordena transparencia y condena al PANI al pago de costas, daños y perjuicios.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto contra el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), al determinar que la institución violentó el derecho fundamental de acceso a la información pública, al negar información relacionada con una reorganización administrativa solicitada por la Dirección Regional de Alajuela ante un grave rezago en la atención y gestión de procesos judiciales en la oficina local de Alajuela Oeste.

El caso se origina a partir del oficio PANI-DRA-OF-0004-2024, emitido por la Directora Regional de Alajuela, Yorleny Mora Acuña, mediante el cual se puso en conocimiento de la Presidencia Ejecutiva del PANI la existencia de rezagos significativos en la tramitación de procesos judiciales en la oficina local de Alajuela Oeste, situación que incluso había generado prevenciones por parte de autoridades judiciales.

Ante este escenario, la Dirección Regional de Alajuela solicitó una reorganización temporal del recurso humano del área legal, que implicaba trasladar a una abogada del Departamento de Atención y Respuesta Inmediata (DARI) para que asumiera la atención de procesos judiciales en una oficina local distinta, ejecutando funciones para las cuales no fue contratada originalmente.

Frente a estos hechos, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó formalmente información pública con el fin de esclarecer:

            •          La respuesta emitida por la Presidencia Ejecutiva del PANI ante la solicitud de reorganización planteada por la Dirección Regional de Alajuela.

            •          Las decisiones administrativas adoptadas para enfrentar el rezago judicial comunicado oficialmente.

            •          Si, ante la gravedad de los hechos descritos en el oficio regional, la Administración procedió o no a la apertura de procesos administrativos disciplinarios contra la coordinación de la oficina local de Alajuela Oeste y contra los profesionales responsables de los procesos judiciales rezagados, o si, por el contrario, se optó únicamente por redistribuir funciones entre personal no contratado para dichas labores.

La solicitud tenía como propósito determinar si la Administración activó los mecanismos institucionales de responsabilidad administrativa, o si, el rezago fue atendido exclusivamente mediante la reasignación de funciones, sin una valoración formal de eventuales incumplimientos funcionales.

No obstante, la Presidencia Ejecutiva del PANI denegó de forma absoluta el acceso a la información solicitada, limitándose a invocar de manera genérica el denominado “principio de confidencialidad”, sin citar norma legal específica, sin motivación concreta y sin realizar un análisis individualizado de la información requerida.

La Sala Constitucional determinó que dicha actuación no se ajusta al estándar constitucional, y estableció, entre otros aspectos, que:

            •          La información solicitada corresponde a comunicaciones internas y decisiones administrativas relacionadas con la organización del servicio público, las cuales no integran una esfera de reserva absoluta.

            •          La invocación genérica de la confidencialidad no constituye una justificación constitucionalmente válida para restringir el derecho de acceso a la información pública.

            •          Aun cuando exista materia disciplinaria, la Administración no puede negar de forma total la información, y está obligada, como mínimo, a informar sobre la existencia o no de actuaciones administrativas y su estado general.

            •          El PANI omitió aplicar el principio de divisibilidad de la información, al no distinguir entre datos sensibles protegidos y aquella información de carácter público o general.

La Sala reiteró que las instituciones públicas están sujetas a los principios de transparencia, rendición de cuentas y control ciudadano, especialmente cuando se trata de decisiones que inciden directamente en la organización del servicio público y el cumplimiento de funciones legales.

En su sentencia, la Sala Constitucional ordenó al Patronato Nacional de la Infancia que, en un plazo máximo de diez días, proceda a:

            •          Entregar copia de la respuesta institucional emitida por la Presidencia Ejecutiva al oficio PANI-DRA-OF-0004-2024.

            •          Informar si se han iniciado o no procedimientos administrativos disciplinarios relacionados con los hechos descritos y, en caso afirmativo, indicar la etapa en que se encuentran, sin divulgar información protegida por la normativa de datos personales.

            •          Aplicar de forma estricta el principio de divisibilidad de la información, resguardando únicamente los datos personales, confidenciales o sensibles que legalmente deban mantenerse bajo reserva.

Asimismo, la Sala condenó al PANI al pago de costas, daños y perjuicios, y advirtió que el incumplimiento de la sentencia puede acarrear consecuencias penales, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Con esta resolución, la Sala Constitucional establece que la transparencia y la rendición de cuentas son exigencias ineludibles en la gestión pública, y que las reorganizaciones administrativas no pueden utilizarse como un mecanismo para eludir el análisis de eventuales responsabilidades, ni para negar el acceso a información pública mediante argumentos genéricos de confidencialidad.

Construyen dormitorios de forma ilegal en oficinas centrales de la Policía Profesional de Migración en los Lagos de Heredia

– Clausura fue realizada por la Municipalidad de Heredia

La Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración (PPM) denuncia que este viernes la Municipalidad de Heredia, procedió a clausurar, una construcción que se realiza en la sede central de la Policía Profesional de Migración en los Lagos de Heredia, por no contar con los respectivos permisos de construcción.

Así lo confirmó la propia oficina de prensa de la municipalidad herediana, tras la consulta realizada por parte de la ANEP, indicando que “Me indican los compañeros de Control Fiscal y Urbano que el cierre se realizó por medio de una denuncia recibida, una vez que se realiza la respectiva inspección se determina que no contaba con los permisos previos constructivos, y se determinó que es una propiedad privada”. Esto último debido, según denuncia de ANEP, a que la Policía Profesional de Migración alquila el inmueble donde se encuentra dicha sede, por una suma cercana a los 50 millones de colones mensuales.

La Seccional ANEP-PPM, también recibió información directa de oficiales destacados en la oficina policial de Los Lagos de Heredia, indicando que aparentemente la construcción sería un dormitorio destinado exclusivamente para directores de la Policía Profesional de Migración (PPM).

Edificio clausurado por la Munucipalidad de Heredia

“Esta situación genera profunda preocupación, ya que es la primera vez en la historia de la PPM que se pretende habilitar un dormitorio para directores, cuando la institución ya cuenta con dormitorios destinados al personal operativo, los cuales pueden ser utilizados en caso necesario por cualquier funcionario, sin distinción jerárquica” indicó Johanna Fernández Sequeira, vicepresidenta de la Seccional de la ANEP.

Fernández también agregó, “siendo este el objeto u otro consideramos que resulta aún más grave que, para justificar esta construcción, se haya expuesto innecesariamente a personal de limpieza, funcionarios administrativos y policiales, así como otros trabajadores, colocándolos en una situación de riesgo y vulnerabilidad, sin que exista una justificación operativa real ni una necesidad institucional comprobada”.

Desde la Seccional ANEP-PPM reiteraron que las prioridades de infraestructura deben orientarse a mejorar las condiciones del personal operativo, quienes sostienen el servicio policial 24/7 en aeropuertos, fronteras y puestos fijos.

Ante esto exigen transparencia, respeto al ordenamiento legal y un uso responsable de los recursos públicos. Asimismo, respaldan las acciones de control municipal y solicitan que se rindan cuentas claras sobre esta construcción, su finalidad y las responsabilidades administrativas correspondientes, ya que, para la seccional, la dignidad laboral, la seguridad del personal y el respeto a la institucionalidad no son negociables.

ANEP denuncia a la Alcaldía de Oreamuno ante el Ministerio Público

En la denuncia, se le solicita a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, investigar cuatro casos en donde se podría haber presentado un patrón de actuaciones contrarias a la ética, la transparencia y la correcta administración de los fondos públicos.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y su seccional en la Municipalidad de Oreamuno, en su constante labor de velar por el correcto manejo de los recursos públicos, presentaron ante la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, una denuncia contra el actual alcalde de Oreamuno y candidato a diputado por la provincia de Cartago por el partido Unidos Podemos, Erick  Jiménez Valverde, así como contra la, presidenta del Concejo Municipal de apellidos Solís Carpio y el auditor municipal de apellidos Fonseca Calderón.

En la denuncia, se les solicita al Ministerio Público, investigar cuatro casos en donde se podría haber presentado un patrón de actuaciones contrarias a la ética en los deberes de la función pública, la transparencia y la correcta administración de los fondos públicos.

Hechos denunciados.

CASO 1: FACTURACIÓN IRREGULAR DE RESIDUOS SÓLIDOS DE UN TERCERO

Con fecha 13 de mayo de 2024, el alcalde, Erick Jiménez Valverde, mediante correo electrónico, ordenó a la empresa EBI que la factura por la recolección de residuos sólidos de la Municipalidad de Paraíso fuera emitida a nombre de la Municipalidad de Oreamuno. Esta directriz compromete fondos públicos de Oreamuno para cubrir gastos de otro cantón. La orden explícita fue: «Posteriormente enviar la factura de esos residuos a la Municipalidad de Oreamuno para que posteriormente sea facturado a la Municipalidad de Paraíso. Aunque ambas sean facturadas a nombre de la Municipalidad de Oreamuno, favor dividir las facturas de cada municipio».

En ejecución inmediata de dicha orden, la empresa EBI emitió, los días 13 y 14 de mayo de 2024, las boletas de recepción No. 2-2368 y 2-2369 a nombre de la Municipalidad de Oreamuno. Ambos documentos indican inequívocamente en su descripción que se trata de: «Residuos de Municipalidad de Paraíso facturado por instrucciones de Alcalde de Oreamuno», demostrando que no fue un hecho aislado.

Comunicaciones posteriores vía mensajería instantánea entre personal de EBI y de la Municipalidad de Oreamuno corroboran que la facturación irregular se realizó «por instrucciones del alcalde» y que incluso se discutió la posibilidad de añadir una nota en la factura que dijera «según acuerdo de alcaldía» para justificar la acción.

No consta que el Concejo Municipal de Oreamuno —órgano competente para aprobar convenios interinstitucionales según el artículo 17 del Código Municipal— haya sido informado, consultado o haya otorgado autorización expresa para esta disposición administrativa. Adicionalmente, se constató la inexistencia de una autorización inscrita en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) que respalde esta colaboración administrativa entre Oreamuno y Paraíso.

Esta disposición fue adoptada sin el conocimiento ni participación del funcionario responsable del contrato suscrito con EBI en representación de la Municipalidad de Oreamuno, lo cual transgrede los principios de coordinación administrativa, control interno y legalidad en el uso de fondos públicos.

CASO 2: GRAVES IRREGULARIDADES EN CONTRATACIONES DE OBRA PÚBLICA

Una auditoría interna ha revelado serias deficiencias en la gestión, supervisión y recepción de múltiples proyectos de obra pública, con un posible perjuicio económico para el erario.

•          A. Construcción del Edificio SINEM (Contrato 2021LA-000009-0010600001): La obra, adjudicada a GOCESA DEL MOLINO S.A. , fue pagada en su totalidad por la Municipalidad sin que se firmaran las actas de recepción provisional o definitiva. Esto se realizó a pesar de una larga lista de defectos constructivos y contractuales, tales como: ausencia de rampa para personas con discapacidad (incumpliendo la Ley 7600), ingreso de agua desde el techo, cambio no autorizado de una bodega por una cocina, falta de accesorios sanitarios y un sistema eléctrico defectuoso, entre otros. Además, no hay evidencia de que se exigiera la garantía de 10 años estipulada en el contrato.

•          B. Remodelación del Área de Cajas del Edificio Municipal: Esta obra, declarada Patrimonio Histórico-Arquitectónico, inició el 18 de abril de 2022. Sin embargo, la gestión del permiso obligatorio ante el Centro de Patrimonio Cultural se realizó más de un mes después , lo que provocó que la obra, que debía durar 56 días, se paralizara y quedara inconclusa por más de un año, con escombros expuestos y afectando la imagen institucional.

•          C. Mejoras en el Gimnasio Municipal: Se detectaron problemas de estabilidad en los tableros de baloncesto , se entregaron solo 15 de las 45 canastas metálicas requeridas y se utilizó varilla de un grosor inferior al especificado en la licitación, provocando que algunas se desprendieran.

•          D. Reconstrucción del Centro de Acopio: Se realizaron cambios de materiales no autorizados (bloques en vez de paneles prefabricados). No se construyeron estructuras clave como la bodega y la nave , el área de ventilación es menor a la especificada y, de forma sumamente grave, los planos del proyecto nunca fueron visados por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), un requisito legal indispensable.

CASO 3: PRESUNTOS NOMBRAMIENTOS IRREGULARES POR CLIENTELISMO POLÍTICO

Se han identificado nombramientos que sugieren un posible incumplimiento del artículo 136 del Código Municipal, el cual prohíbe el nepotismo y el conflicto de intereses.

La señora Yahaira Calvo Pérez, quien resultó electa como concejal de distrito por el partido Unidos Podemos, fue nombrada en propiedad en la municipalidad mientras ostentaba dicho cargo, lo que podría contravenir la normativa.

Posteriormente, El señor Yarrol Torres Calvo, hijo de la concejal Yahaira Calvo Pérez, fue contratado como peón ocasional. Este nombramiento parece constituir una violación directa al artículo 136 del Código Municipal, que prohíbe contratar parientes de concejales hasta el tercer grado de consanguinidad.

Otro de los casos denunciados es el de  Adrián Andrey Ramírez Rodríguez, también concejal electo por el partido Unidos Podemos, quien trabaja en la Municipalidad. Su contratación se financió con una partida presupuestaria destinada a emergencias, sin que conste que haya realizado labores de dicha naturaleza, lo que podría implicar un conflicto de intereses y un uso inadecuado de fondos públicos.

CASO 4: DEBILIDADES DE CONTROL INTERNO Y GESTIÓN DE INGRESOS

Durante los años 2022 y 2023, la Municipalidad cobró a ciudadanos la tarifa por permisos de Uso de Suelo con varios pagos por una tarifa general establecida en el monto de cinco millones ochocientos cincuenta mil colones (₡5.850,000), pero dichos montos no fueron ingresados a las arcas municipales. A la fecha, no se ha realizado una investigación disciplinaria para determinar responsables. Pese a que la Alcaldía emitió un memorándum con acciones correctivas (MEMORÁNDUM-MUOR-AM-05-2023), no hay evidencia de su implementación.

También se detectó, que el perfil del puesto de Inspector Municipal no incluye como requisito la licencia de conducir, a pesar de que sus funciones exigen desplazamientos constantes por todo el cantón, lo que dificulta la optimización de recursos.

Los hechos denunciados por la ANEP y su seccional, son respaldados por una serie de documentos que han sido presentados junto a la denuncia como pruebas.

Para la ANEP y su seccional en la Municipalidad de Oreamuno, estos no parecen ser incidentes aislados, sino que sugieren un patrón de gestión caracterizado por el presunto abuso de autoridad, el clientelismo político, la falta de transparencia, la omisión del deber de control y supervisión, y un manejo irregular de los fondos públicos. Estas actuaciones estarían contraviniendo frontalmente los principios y deberes establecidos en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422) y la Ley General de la Administración Pública, por lo que solicitan se realicen las investigaciones pertinentes.

Declaraciones de Greivin Siles Avalos, Presidente Seccional ANEP-Municipalidad de Oreamuno

Concesionarios del PIMA-CENADA protestarán por malas condiciones del mercado y aparente desvió de fondos a proyectos cuestionados

La Seccional ANEP-Concesionarios del PIMA Cenada y la Asociación de Jefaturas y Coordinaciones del PIMA (AJUCE), realizaran una asamblea y una protesta a lo interno del Mercado PIMA-CENADA, el próximo jueves 15 de enero, a partir de las 4 de la mañana, debido una serie de problemas de infraestructura, seguridad e inversión que aquejan a concesionarios y usuarios.

Ambas organizaciones hemos venido denunciando una serie de anomalías en la administración del PIMA-CENADA, así como un abandono a la infraestructura del mercado, inseguridad y el uso del superávit para desarrollar un proyecto en la provincia de Puntarenas.

Sobre este último, la seccional ANEP-Concesionarios PIMA-CENADA y AJUCE hemos denunciado la situación ante la Asamblea Legislativa y la Contraloría General de la República (CGR), manifestando nuestro rechazo rotundo al financiamiento del denominado “Proyecto de Ampliación de la Red Frigorífica Nacional en la Región Pacífico Central”.

Este proyecto, que se pretende justificar bajo una supuesta necesidad regional, carece de transparencia, legal y financiera, y representa un grave riesgo para los recursos públicos. Sumado a graves inconsistencias técnicas y una ubicación absurda.

El terreno propuesto para la construcción presenta una altísima vulnerabilidad a inundaciones, filtraciones de agua constantes y condiciones geológicas inestables por su composición plana y arenosa.

¿Cómo puede considerarse “técnicamente viable” una infraestructura de refrigeración en una zona que no resiste ni un aguacero?

Mientras que el CENADA cada vez carece de más inversión, mejoras en infraestructura y potenciación sobre la importancia de su servicio, la administración busca llevarse el dinero e invertirlo en un proyecto muy cuestionado. El proyecto depende únicamente de fondos públicos, entre ellos, ₡1.341 millones provenientes del superávit del PIMA. El resto de los fondos no tiene respaldo claro.

Superávit construido sobre espaldas del abandono

Ese superávit que ahora se pretende desviar, proviene del aumento en los cánones cobrados a los concesionarios, quienes hoy enfrentan condiciones deplorables en el CENADA: plagas, colapso en alcantarillado, infraestructura en ruinas, fallas eléctricas, inseguridad. ¿Cómo se justifica financiar nuevos proyectos mientras se abandona la infraestructura existente?

Desde la Seccional ANEP-Concesionarios PIMA-CENADA y AJUCE exigimos responsabilidades. No se puede seguir tolerando improvisaciones y despilfarro en proyectos sin fundamento real, mientras los verdaderos problemas de infraestructura, salud pública y bienestar de quienes laboran y comercian en el CENADA son ignorados.

PIMA invertiría superávit en proyecto inviable mientras en CENADA empeoran las condiciones 

Atención a población trabajadora agrícola continúa fuerte en pro de obtener mejores condiciones

Gracias al apoyo internacional que recibe la ANEP y SITRAP se puede fortalecer la lucha en favor de generar mejores condiciones salariales, laborales y de vida para la clase trabajadora agrícola.


Sala Constitucional condena reiteradamente al PANI por negar información pública solicitada por la ANEP

Tres recursos de amparo fueron acogidos por la Sala Constitucional tras negativas del PANI a brindar información pública.

La Sala IV ordenó la entrega de información administrativa y condenó al PANI en dos de los casos.

San José, Costa Rica. La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) obtuvo resoluciones favorables en tres recursos de amparo interpuestos ante la Sala Constitucional, relacionados con reiteradas negativas del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) a suministrar información pública solicitada por esta organización sindical en el ejercicio de su labor de control, fiscalización y defensa de los derechos laborales.

Las resoluciones de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia confirman que el PANI incurrió en omisiones, respuestas insuficientes y negativas injustificadas, vulnerando los derechos fundamentales de acceso a la información pública, derecho de petición y pronta respuesta, protegidos por los artículos 27 y 30 de la Constitución Política.

Primer recurso de amparo

Negativa a entregar actos administrativos vinculados a revisiones internas

El primer recurso de amparo fue presentado luego de que el PANI negara el acceso a oficios y actos administrativos mediante los cuales se ordenó la revisión de expedientes en la Oficina Local de Cariari, pese a que la ANEP aclaró desde un inicio que no solicitaba el contenido de expedientes disciplinarios, sino las decisiones administrativas que dieron origen a dichas revisiones.

La Presidencia Ejecutiva del PANI rechazó la solicitud invocando de manera general la confidencialidad, sin identificar norma legal específica ni aplicar el principio de divisibilidad de la información, es decir, sin separar datos sensibles de la información pública solicitada.

Mediante la sentencia N.º 2025041977, del 19 de diciembre de 2025, la Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso y estableció que:

  • Los oficios de instrucción administrativa son documentos públicos.
  • El hecho de que estén relacionados con eventuales procesos disciplinarios no los convierte automáticamente en confidenciales.
  • La administración no puede negar información pública de forma absoluta, sino que debe resguardar únicamente los datos sensibles.

La Sala ordenó al PANI entregar la información solicitada en un plazo de diez días y condenó a la institución al pago de costas, daños y perjuicios.

Segundo recurso de amparo

Gestión del Cambio en la Oficina Local de Poás – Vara Blanca

Posteriormente, la ANEP interpuso un segundo recurso de amparo, que se originó por la falta de respuesta adecuada del PANI ante una solicitud de la ANEP para acceder a la lista de asistencia a los espacios de “Gestión del Cambio” del personal de la Oficina Local de Poás – Vara Blanca, correspondiente al último año.

Aunque el PANI alegó haber respondido, la Sala Constitucional determinó que la respuesta no resolvía lo solicitado, ya que se limitó a trasladar la carga de la gestión a otras unidades internas, obligando a la parte solicitante a realizar trámites adicionales.

En la sentencia N.º 2025042054, del 19 de diciembre de 2025, la Sala concluyó que esta actuación:

  • Vulnera el derecho de acceso a la información pública.
  • Contraviene el deber de coordinación administrativa, reconocido de forma reiterada por la jurisprudencia constitucional.

Por ello, declaró con lugar el recurso, ordenó al PANI entregar la información en un plazo máximo de diez días, resguardando únicamente los datos sensibles, y condenó nuevamente a la institución al pago de costas, daños y perjuicios.

Tercer recurso de amparo

Nueva negativa pese a advertencias previas de la Sala Constitucional

Posteriormente, la ANEP interpuso un tercer recurso de amparo, tras una nueva negativa del PANI a suministrar información relacionada con decisiones administrativas internas, reorganización del recurso humano y la gestión institucional frente a rezagos graves en procesos judiciales, reconocidos en documentación oficial.

Pese a existir ya un antecedente reciente de la Sala Constitucional, el PANI volvió a negar la información solicitada, sin motivación suficiente y sin cumplir los estándares constitucionales fijados por la jurisprudencia.

Este recurso fue admitido por la Sala Constitucional en enero de 2026, ordenándose a la Presidencia Ejecutiva del PANI a:

  • Rendir informe bajo juramento en un plazo de tres días hábiles.
  • Aportar toda la documentación relacionada, debidamente certificada, foliada y en estricto orden cronológico.
  • Bajo advertencia expresa de responsabilidades penales en caso de omisión, falsedad o incumplimiento.

Este proceso se encuentra actualmente en trámite, bajo control directo de la Sala Constitucional.

La ANEP dará seguimiento al cumplimiento estricto de cada una de las órdenes emitidas por la Sala Constitucional y reitera que el acceso a la información pública es una obligación legal y constitucional de todas las instituciones del Estado.

La transparencia administrativa, la rendición de cuentas y el respeto a los derechos fundamentales no son opcionales, sino pilares esenciales del servicio público y de la confianza ciudadana.

Declaraciones de Jeffry Hernández Rojas, Asesor Sindical ANEP en el PANI

Seccional ANEP-PPM presenta amparo de legalidad contra el Ministerio de Hacienda

La Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración  (PPM), ha presentado ante el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) un Amparo de Legalidad contra el Ministerio de Hacienda, ya que este último, no giró 1.500 millones de colones aprobados por la Asamblea Legislativa mediante la Moción 56, fondos destinados a las labores esenciales de la Policía Profesional de Migración.

Estos fondos serían destinados al denominado Programa 55 de la Policía Profesional de Migración, ahora, la falta de estos recursos impacta directamente en la alimentación de los oficiales, el mantenimiento de vehículos y equipo; así como, el vestuario, materiales de seguridad y operatividad en aeropuertos y fronteras.

En el  Amparo de Legalidad presentado ante el TCA, la seccional ANEP-PPM solicita que se ordene liberar inmediatamente los ₡1.500 millones, que se declare ilegal la decisión de mantener los fondos sin ejecutar; así como que Hacienda no vuelva a tomar decisiones que afecten el trabajo y condiciones laborales de la Policía Profesional de Migración.

Esta acción de la ANEP y su seccional se presenta en defensa de la Policía Profesional de Migración, su operatividad y la dignidad de cada oficial.

El ICE y la geopolítica: El caso de Cisco y la red de transporte

Desde la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) expresamos nuestra más profunda preocupación ante las graves irregularidades reveladas en días pasados por el Semanario Universidad en torno a la contratación directa del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) con la empresa Cisco para el Proyecto de Modernización y Estabilización de la Red de Transporte de Telecomunicaciones (PMERTT).

Este caso se suma al caso de la Red 5G en el cual, desde la Gerencia de Telecomunicaciones del ICE, se está orquestando un plan donde por un lado el Instituto se convierte en una correa de transmisión de la geopolítica marcada por Donald Trump, pero por el otro podrían estar de por medio generosas prebendas para jerarcas del ICE y Casa Presidencial, en un proceso direccionado por el presidente Rodrigo Chaves.

Los hechos son contundentes y exigen explicaciones inmediatas:

1. REUNIONES CONFIDENCIALES PREVIAS A LA ADJUDICACIÓN

Funcionarios del ICE sostuvieron reuniones secretas con representantes de Cisco y de la Embajada de Estados Unidos antes de adjudicar el contrato millonario. Estas reuniones fueron declaradas confidenciales tras una orden de la Sala Constitucional, lo que genera serias dudas sobre la transparencia del proceso y posibles conflictos de interés. Las reuniones fueron en la Embajada de Estados Unidos y Casa Presidencial.

¿Qué se negoció en esas reuniones? ¿Por qué debían ser secretas si eran meramente técnicas?

2. APARENTEMENTE SE NEGOCIÓ UN SOBREPRECIO DE UN 333%

Según el estudio de mercado del propio ICE (junio 2025), las ofertas para sustitución completa de equipos fueron:

El ICE ignoró la oferta más barata de Nokia y optó por Cisco mediante contratación directa, pagando $31 millones de más. ¿Con qué justificación?

3. EQUIPOS OBSOLETOS EN LUGAR DE TECNOLOGÍA NUEVA

La institución prefirió gastar casi $40 millones en «reutilizar» equipos Cisco que ya están en proceso de obsolescencia, en lugar de adquirir equipos nuevos y más baratos de Nokia. El contrato se estimó en ₡20.200 millones ($39,9 millones). ¿Por qué pagar precios de equipo nuevo por tecnología obsoleta?

4. CONVERSIÓN IRREGULAR DE LICITACIÓN ABIERTA A CONTRATO DIRECTO

Lo que inició como un proceso de licitación abierta y competitiva fue convertido en una «contratación directa por excepción» con un solo proveedor (Cisco), violentando los principios de transparencia y libre competencia. La Sala Constitucional tuvo que intervenir para forzar al ICE a reconocer las reuniones confidenciales que pretendía ocultar.

5. PATRÓN DE FAVORITISMO SISTEMÁTICO

Las revelaciones muestran un patrón preocupante, muchos de ellos replicados en la licitación de 5G:

  • Reuniones secretas con un proveedor específico (Cisco)
  • Participación de actores externos (Embajada de los Estados Unidos y Casa Presidencial).
  • Descarte de opciones más económicas sin justificación técnica válida.
  • Declaración de confidencialidad para ocultar información pública.
  • Contratación directa que evita competencia.
  • Una discriminación hacia empresas chinas.

Ante este escenario preocupante, desde la ANEP exigimos una investigación inmediata por parte de la Contraloría General de la República sobre todo el proceso de contratación, la anulación del contrato directo con Cisco, la apertura de una licitación pública transparente, la publicación completa de las actas de las reuniones sostenidas por jerarcas del ICE con Cisco y la Embajada de los Estados Unidos, explicación documentada de por qué se descartó la oferta más barata, que se investigue y se siente responsabilidades a los funcionarios que participaron en reuniones que pretendían fueran secretas, previo a la adjudicación y que la Fiscalía intervenga para determinar si hubo tráfico de influencias o corrupción.

El ICE es patrimonio del pueblo costarricense, no puede ser usado para favorecer intereses particulares o agendas externas mediante procesos opacos que cuestan millones al erario público.

Autoridades del PANI confirman a la ANEP que no existe intención de eliminar nombramientos tras informe de auditoría

Tras informe de auditoría interna, ANEP se reúne con la Presidencia Ejecutiva, la Gerencia Técnica, la Gerencia de Administración y Recursos Humanos del PANI.

Nuestra organización llama a la calma y reafirma la estabilidad laboral del personal del PANI

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) informa que, tras sostener una reunión con la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), así como con la Gerencia de Administración, la Gerencia Técnica y Recursos Humanos, se confirmó de manera expresa que no existe ninguna disposición, directriz ni intención institucional de anular nombramientos en propiedad, ni de aplicar medidas que pongan en riesgo la estabilidad laboral, los derechos adquiridos o los salarios de las 322 personas trabajadoras mencionadas en el reciente informe de auditoría interna.

Durante el encuentro, las autoridades del PANI aseguraron a la ANEP que los actos administrativos de nombramiento se mantienen plenamente vigentes y válidos, y que actualmente la Administración realiza un análisis técnico y jurídico de los antecedentes, criterios y normativa aplicable, con el fin de determinar con precisión los alcances del informe.

Desde la ANEP se reafirmó que la organización mantiene una posición firme en defensa de la estabilidad y los derechos laborales del personal del PANI, y que acompañará a las personas trabajadoras durante todo este proceso, velando porque cualquier revisión institucional se realice con estricto apego a la ley, al debido proceso y al respeto de los derechos adquiridos.

Jefrry Hernéndez Rojas, Asesor Sindical ANEP-PANI

Nuestra organización destacó además la apertura y disposición al diálogo mostradas por la Presidencia Ejecutiva, la Gerencia Técnica, así como la Gerencia de Administración y Recursos Humanos, al brindar aclaraciones que contribuyen a llevar tranquilidad al personal que diariamente trabaja con compromiso en la protección de la niñez y adolescencia del país.

Finalmente, la ANEP reiteró que el Patronato Nacional de la Infancia no solo tiene la misión de proteger los derechos de la niñez, sino también la responsabilidad de garantizar los derechos laborales de quienes hacen posible esa labor esencial para Costa Rica.

La representación de la ANEP en la reunión estuvo a cargo de Roy Chaverri Chacón, Secretario Adjunto, y Jeffry Hernández Rojas, Asesor Sindical en el PANI, quienes reafirmaron el compromiso de la organización con la defensa del personal institucional.

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

La verdad sobre lo que ocurre con la tecnología 5G en el ICE

Mucho se ha hablado durante los últimos días sobre la licitación para el desarrollo de la tecnología 5G en el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y hay quienes han tratado de confundir e inducir al público sobre lo que verdaderamente está pasando en la institución en torno al desarrollo de esta importante tecnología de la que podemos decir, sin duda alguna, depende el futuro del negocio de telecomunicaciones del ICE y es que no se trata de defender ninguna marca u oponerse a alguna en específico, sino de que la licitación de 5G sea lo más económica posible y tenga la mayor concurrencia de empresas posible.

En mayo pasado, Marco Rubio, secretario de Estado de los Estados Unidos de América dijo en nuestro país que el presidente Donald Trump agradecía que Costa Rica sacará a la “tecnología china” de la 5G, lo mismo hizo con España donde le pidió cuentas al Gobierno de ese país porque una empresa china tenía participación en la red 5G.

Una vez comprendido esto, debemos entender que, con tal de complacer al Gobierno de los Estados Unidos es que en el ICE se ha descartado la opción más barata para el desarrollo de la tecnología 5G, Non Stand Alone (la cual, de haberse implementado con anterioridad, hubiera permitido a la institución estar ofreciendo ya los servicios de 5G).

La opción antes mencionada fue recomendada por la Universidad de Costa Rica (UCR) y por los propios expertos de la institución, para posteriormente concluir con la arquitectura Stand Alone para, con ello, obtener el ecosistema completo de 5G. Sin embargo, la licitación fue declarada infructuosa en junio, después de que una empresa china presentara la mejor oferta. Esa licitación era de $120 millones para implementar la arquitectura Stand Alone.

Ahora, sacaron una licitación de $250 millones con una modalidad arriesgada (Open Ran), que no está madura aún y que poquísimas empresas de telecomunicaciones han adoptado en el mundo y que también fue cuestionada por un informe de la UCR por ser 20 veces más cara que la opción NSA y que se hizo sólo por cumplir los designios de Trump y lo que podría ser un negocio político con comisiones de por medio, gestionadas desde Casa Presidencial, para lo cual no les importa cometer una agresión contra la Hacienda Pública que terminaremos pagando todos y todas.

Esta última licitación ha recibido las críticas de empresas como Samsung, Ericsson, Huawei y Nokia, que luego la retiró sospechosamente, porque se cree que podría ser la empresa favorecida por el presidente de la República.

En ese escenario, algunas organizaciones sindicales han caído en la trampa de que, por su resentimiento con una marca china en particular, están haciéndole el juego a Trump y al Gobierno de Rodrigo Chaves, sin medir las nefastas consecuencias que la posición que han optado por defender traerá para la institución. En este contexto, esas organizaciones realizaron hoy, lunes 27 de octubre, una concentración de escasísima afluencia en las afueras de las oficinas de una de las empresas chinas, posiblemente colocándose como tontos útiles del juego de Casa Presidencial y la Embajada de Estados Unidos, con la excusa de que defienden la autonomía del ICE.

La política de telecomunicaciones no debe definirse en Beijing, en eso estamos completamente de acuerdo, pero tampoco en la Embajada de Estados Unidos, tampoco se define en Casa Presidencial con un proveedor estadounidense, las políticas de telecomunicaciones se tienen que definir en el ICE.

Consideramos que es importante que la ciudadanía y el público en general se informe antes de tomar postura respecto a lo que está ocurriendo en torno al desarrollo de la tecnología 5G. En este sentido, Semanario Universidad y la propia UCR han realizado una gran labor con información y criterios independientes sobre lo que está sucediendo en el ICE con este tema.

Desde la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), sostenemos nuestro llamado a la defensa de una licitación transparente, lo más económica posible y con la mayor concurrencia de empresas posible para el desarrollo de la tecnología 5G en el ICE.

★ SOMOS ANEP, SOMOS USTED ★