ANEP pide a la Contraloría los términos legales para impedir que los municipios incluyan los ajustes salariales de ley en sus presupuestos

A la fecha no existe una Ley de la República que le impida a las municipalidades y Concejos Municipales de Distrito, el incluir previsiones por aumentos salariales

En el año 2020, la Contraloría procedió a improbar a todas las municipalidades que incluyeron las “previsiones por aumentos salariales”, sin conocerse el sustento legal en el cual se amparó para esa negativa.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó a la Contraloría sustentar las acciones jurídico-legales que ha venido implementando desde el año 2020, para impedir que las municipalidades incluyan en sus presupuestos los ajustes salariales por el costo de vida.

De acuerdo con la carta enviada a la Contralora General de la República, Marta Acosta Zúñiga, los aumentos salariales por la aplicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para el funcionariado municipal del país, está debidamente definido en el artículo 109 de la Ley № 7794 del Código Municipal, el cual estipula que… “Los reajustes producidos por la concertación de convenciones o convenios colectivos de trabajo o cualesquiera otros que impliquen modificar los presupuestos ordinarios, sólo procederán cuando se pruebe, en el curso de la tramitación de los conflictos o en las gestiones pertinentes, que el costo de la vida ha aumentado sustancialmente según los índices de precios del Banco Central de Costa Rica y la Dirección General de Estadística y Censos”.

Dado lo anterior, por muchos años los municipios y Concejos Distritales han incluidos en sus presupuestos ordinarios las previsiones por el ajuste salarial del IPC que emite el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC).

Dichas previsiones presupuestarias siempre deben cumplir con métodos estadísticos y matemáticos que sustenten los porcentajes y la Contraloría General de la Republica, está en la obligación de aprobar dichos porcentajes, ya que a la fecha no existe una Ley de la República que le impida a las municipalidades y Concejos Municipales de Distrito, el incluir previsiones por aumentos salariales.

En el año 2020, fueron 55 municipalidades a las que se le improbó los aumentos salariales. Esta improbación por parte de la Contraloría conllevó a una afectación directa de los derechos laborales y salariales del personal trabajador municipal. A la fecha, se desconoce el asidero legal por el cual el ente contralor se amparó para las improbaciones.

El no pagar los ajustes salariales por ley representa un riesgo para las municipalidades ya que podrían enfrentar demandas judiciales por parte de los funcionarios ante la ausencia de los ajustes que por ley les corresponde.

De julio a diciembre del 2020, el INEC definió la inflación acumulada en 1,14%. Ese porcentaje debió ser aplicado como aumento salarial al personal; a esto se suma 0,76% como el IPC de enero a junio del 2021, al sumar estos dos porcentajes, el ajuste debió ser de 1,90%. Lo cual demostró que la proyección del Banco Central “y que la inflación general se ubique en valores por debajo de 0,5%” estuvo lejos de la realidad

Parte de las peticiones de ANEP, se relacionan con el respeto de la Contraloría hacia la legislación laboral y los derechos del personal trabajador municipal. Además, que se tenga claridad de que lo que versa en el Ley № 9635, en su Título IV, en su artículo № 13, inciso C), no le es aplicable ni a las municipalidades ni a los Consejos Municipales de Distrito, según lo deja claramente definido el articulo № 6 del Título IV del mismo cuerpo normativo.

Por último, la ANEP solicita que el área de fiscalización de la Contraloría tenga en cuenta de que las municipalidades y los Concejos de Distrito, están en su derecho de incluir las previsiones presupuestarias por aumentos salariales de ley.

Denuncian pésimas condiciones de infraestructura y vehículos abandonados durante años en planteles municipales de Puntarenas

ANEP visitó la perla del pacífico ante la preocupación de la Seccional ANEP-Municipalidad de Puntarenas debido al deterioró de activos municipales, situación que incide directamente en el servicio a los contribuyentes.

ANEP interpone denuncia contra magistrado por adelantar criterio con el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público

  • Por presuntamente violentar normas éticas que cubren a los magistrados
  • Solicita a la Corte Plena que instruya el procedimiento correspondiente contra el magistrado por violentar disposiciones éticas

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó una denuncia administrativa contra el magistrado presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo Víquez, por violentar sus deberes como juez y adelantar criterio en una entrevista relacionada con el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

La denuncia remitida a la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial, indica que la misma está amparada en los numerales 182, 192.2 y 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Código de Ética Judicial y del reglamento Regulación para la Prevención, Identificación y la Gestión Adecuada de los Conflictos de Interés en el Poder Judicial.

Con base en los expuesto, nuestra organización sindical solicita que se eleve la denuncia, de manera urgente, a conocimiento de la Corte Plena. Además, que se instruya el procedimiento administrativo correspondiente y determine las sanciones disciplinarias que el ordenamiento jurídico establece por violentar las disposiciones éticas señaladas.

Sobre la denuncia

De acuerdo con el documento, cuatro días después de salir el pronunciamiento de la consulta constitucional sobre el Proyecto de Ley de Empleo Público; el magistrado en una entrevista exclusiva al periódico La Nación, dio declaraciones relacionadas a aspectos como los alcances y efectos del artículo 2 del proyecto, la aplicación del salario global en instituciones públicas y sus parámetros de determinación a funcionarios públicos, mecanismos de verificación de dichos parámetros, las familias de puestos, entre otros aspectos. Sin embargo, los temas mencionados anteriormente, no han sido informados de manera integral, el magistrado enfatizó que “serán conocidos una vez que esté el voto completo”.

Asimismo, incumplió con sus deberes como juez al adelantar criterio en temas que podrían ser sometidos nuevamente a conocimiento de los magistrados, como, por ejemplo, diferenciación de cuales funcionarios son fundamentales para determinar una categorización de familias de puestos bajo los parámetros salariales de Mideplan.

También adelantó criterio al calificar de “grave” los supuestos normativos de los numerales 98, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública al definir que aquellos órganos con independencia o grados de autonomía, los cuales desacaten una directriz del Poder Ejecutivo, podrán ser removidos.

Parte de las petitorias a la Corte Plena es que se recomiende al magistrado Fernando Castillo Víquez que se inhiba de conocer eventuales recursos sometidos a conocimiento de la Sala Constitucional en los que se determine que hubo adelanto de criterio.

ANEP solicita al Ministerio de Hacienda información sobre deudas tributarias incobrables a grandes contribuyentes

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó al Director General de Hacienda, Francisco Fonseca Montero y con base en coordinación con la Seccional ANEP-Hacienda, información sobre el sistema tributario y los grandes contribuyentes.

De acuerdo con la carta enviada este lunes, para nuestra organización sindical es de suma importancia que se nos suministre información relacionada con las resoluciones de la Oficina de Cobro Judicial, en especial, aquellas que fueron incobrables.

En el caso de los grandes contribuyentes y GETES (Grandes Empresas Territoriales), se solicitó información de las sumas prescritas e incobrables en los años 2018, 2019 y 2020.

“Por lo que, con todo respeto, queremos solicitarle, se sirva proporcionarnos la siguiente información: Las resoluciones que fueron emitidas por la Oficina de Cobro Judicial, en el 2020, referentes a la incobrabilidad y prescripción de los adeudos tributarios, que se dejaron de cobrar y recaudar a favor del Estado”, agrega la misiva presentada por el Secretario General de ANEP, Albino Vargas Barrantes.

La petitoria pide que se incluya el nombre de las empresas o sociedades, a las cuales se les aplicó el proceso de incobrabilidad y prescripción de las deudas tributarias, así como el tipo de impuesto, período, monto y motivo por el no cobro de lo adeudado.

La petición nace del interés de nuestra organización sindical en el sistema tributario y su transformación hacia la progresividad y la justicia.