Calificación de ilegalidad de huelga en el MIVAH es improcedente

Así lo determino el Tribunal de Apelación de Trabajo quien dio la razón a la ANEP e indicó que no procede la calificación de ilegalidad de Huelga en el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah), debido a que esta última institución no demostró que hubiese personal en huelga.

Según indica el Tribunal en los considerandos “lleva razón lo que, en este punto específico, alega la Asociación accionada, en tanto señala que el reconocimiento llevado a cabo no es suficiente para demostrar que, ciertamente, en el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, se haya llevado a cabo algún movimiento huelguístico. Lo único que permite acreditar el reconocimiento judicial llevado a cabo y las fotografías que lo complementan es todo lo contrario, sea que lejos de estar en huelga, el personal de la institución se encuentra laborando.

Sobre este tema el patrono tiene una carga de prueba específica, al respecto se aprecia que la solicitud de calificación aparte de la certificación de personería del sindicato, tan sólo se limita a solicitar el reconocimiento. No hay actas notariales, no hay fotografías, no hay videos, no hay listados, no hay registros, no hay certificaciones, no hay ningún elemento de prueba fehaciente que permita determinar que, efectivamente, en el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos hubiese huelga alguna.

Dicho lo anterior, no existiendo prueba que demuestre que realmente hubo una huelga en ese Centro de Trabajo, este órgano jurisdiccional se ve inhibido de entrar a calificar tanto su ilegalidad como su legalidad, pues, sencillamente, no se comprobó que el movimiento que la representación del Estado demandó declarar ilegal se diera como tal.

A partir de lo expuesto, se impone revisar lo resuelto en costas, siendo un hecho público y notorio que estamos ante un movimiento de carácter nacional que ha afectado a diversas administraciones y centros de trabajo, estando dentro de las competencias de la representación del Estado plantear este tipo de procedimientos como reacción inmediata a sucesos en trámite, se estima que su actuación se puede catalogar de evidente buena fe, por lo que se considera que el presente asunto debe ser fallado sin especial condenatoria en costas.

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Declaraciones de Rodolfo Piza acrecientan la estrategia del miedo y la intimidación del Gobierno

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) condena las palabras del Ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza al considerarlas intimidantes, de corte dictatorial. Además, de acrecentar la clara estrategia del miedo y la mentira que ha venido aplicando el Gobierno desde el pasado 10 de setiembre.

Para la ANEP, las palabras de Piza Rocafort demuestran un desconocimiento de la materia jurídica legal y la desesperación del Gobierno ante los 44 días de huelga general indefinida contra el combo fiscal.

“Las palabras de Piza se apartan de fallos judiciales que han sido contundentes en cuanto al proceso de huelga que hemos vivido. Son declaraciones arrogantes, prepotentes y violatorias del ordenamiento jurídico. Es claro que Casa Presidencial continúa tratando de intimidar a las personas que aún se encuentran en huelga con acciones propias de una nación que vive bajo un estado dictatorial”, manifestó Rafael Mora, asesor político de la ANEP.

Es importante recordarle a la ciudadanía y en especial al Ministro de la Presidencia, que a pesar de que el Tribunal de Apelación de Trabajo declaró en firme la ilegalidad de la huelga en Correos de Costa Rica, la Municipalidad de Santa Ana y la Comisión Nacional de Emergencias, indicó que no se puede rebajar salarios ni mucho menos sancionar a los trabajadores, mientras estos se reintegren a sus labores en las 24 horas siguientes a partir de ser notificados, ya que se trata de un ejercicio de derecho fundamental.

Dentro de las consideraciones finales de las sentencias el Tribual de Trabajo manifestó “finalmente, es preciso señalar a la empleadora que la aplicación de sanciones disciplinarias y rebajos salariales de conformidad con el ordinal 379 y 385 del Código de Trabajo no podrán realizarse de forma retroactiva, únicamente a futuro y a partir de la firmeza de esta sentencia, una vez operado el aviso de 24 horas previsto por la legislación procesal para efectos de concertar el reinicio de las actividades (en este mismo sentido consúltese también la resolución 10.832-2011 de las 14:30 horas del 12 de agosto de 2011 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia)”.

Compartimos declaraciones de Rafael Mora, asesor político de la ANEP.

Según el Gobierno este martes 23 de octubre será el día del “apocalipsis fiscal” para Costa Rica

En múltiples ocasiones y por diversos medios y formas, Carlos Alvarado y su grupo PLUSC-PAC han estado afirmando, una y otra vez, que este martes 23 de octubre era la fecha límite para satisfacer a las calificadoras de riesgo en el sentido de que Costa Rica “arreglaría” su problema de déficit fiscal con la aprobación del expediente legislativo No. 20.580, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, al que el pueblo denominó como combo fiscal.

Particularmente, en los más diversos encuentros gubernamentales con los sindicatos, las frases “es que ya no hay más tiempo”, “es que el tiempo se acabó”, se convirtieron en las preferidas del oficialismo para infundir miedo en cuanto a que el indicado día representaba el “apocalipsis fiscal” del país, el “fin de los tiempos” para Costa Rica.

A menos de 24 horas de la llegada de este martes 23 de octubre, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), emplaza fuertemente, con toda vehemencia, al Gobierno para que diga toda la verdad, para que renuncie a la burda manipulación a que ha estado sometiendo a la sociedad, para que transparente de manera total sus contactos y sus conversaciones con las representaciones locales-oficiales de las cuestionadas calificadoras de riesgo Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings.

Han llegado muy lejos en su irresponsable y confrontativo afán de imponerle al pueblo el detestado combo fiscal, al punto de acudir al terrorismo económico indicando que el dólar llegaría a 3 mil colones si este proyecto no fuere aprobado; a que no habrá plata para aguinaldos (especialmente el de los maestros y el de los policías); a que ya van a definir qué instituciones vender, cuáles privatizar, cuáles serán cerradas y/o “fusionadas”; etc.

Con base en las diversas actitudes y tácticas manipuladoras empleadas por el oficialismo durante el desarrollo del movimiento patriótico contra el combo fiscal, no es nada extraño suponer que han entablado algún tipo de negociaciones con las calificadoras, de forma tal que éstas extiendan el plazo “fatídico” del 23 de octubre, bajo compromiso gubernamental de que habrá segundo debate para el combo fiscal en fecha próxima.

Como el oficialismo gubernativo y su parlamentarismo afín generan ya un nivel altísimo de desconfianza y de descrédito ante la ciudadanía (como ninguno de los últimos gobiernos lo había logrado), hay base suficiente para suponer que en su osadía y soberbia podrían haber comprometido ante las calificadoras, fallos favorables de la Sala Cuarta ante las consultas de constitucionalidad que la misma ya ha empezado a tramitar sobre el contenido y sobre el procedimiento parlamentario del combo fiscal.

Solo nos queda emplazar, a modo de pregunta, a Alvarado y su grupo PLUSC-PAC, a qué hora de este día martes 23 de octubre ocurrirá el “apocalipsis fiscal” con el cual nos han estado aterrorizando desde antes de asumir gobierno.

Convocatoria oficial Asamblea General Nacional Extraordinaria

Atención Anepistas: La Junta Directiva Nacional (JDN) está convocando a los afiliados y a las afiliadas a nuestra organización, tanto del Sector Público como del Sector Privado, a Asamblea General Nacional Extraordinaria, punto único: fortalecimiento financiero de la organización así consta en el acuerdo No. 1, de la Sesión de carácter extraordinaria No. 2014, celebrada el 12 de octubre de 2018.

Dicha Asamblea General Extraordinaria se ha de celebrar, en Primera Convocatoria, a las 08:00 a.m. del día sábado 3 de noviembre de 2018, en el auditorio de la Conferencia Episcopal de Costa Rica, 25 metros al sur de ANEP. De no contar con el quórum requerido, la segunda convocatoria será a las 08:30 a.m. del mismo día y en el mismo lugar y de persistir la falta de quórum, la tercera convocatoria se realizará con la cantidad de personas asistentes, a las 09:00 a.m. del mismo día y en el mismo lugar de las anteriores convocatorias. Lo anterior de acuerdo a lo estipulado en nuestros actuales estatutos en su artículo 16.

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Videos: ANEP visitó zonas en huelga de Santa Cruz, Nicoya y Turrialba

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) se reunió con trabajadores que se mantiene en huelga en las zonas de Santa Cruz, Nicoya y Turrialba, con el objetivo de reconocerles y felicitarles por el gran esfuerzo, dedicación y compromiso en la lucha contra el combo fiscal. Además, para detallar el alcance e impacto de la votación de la Corte Suprema de Justicia contra el Combo Fiscal.

Durante las visitas la ANEP se ha reunido con trabajadores municipales, de la salud y otros afiliados a nuestra organización, así como con educadores pertenecientes a las organizaciones hermanas del SEC, ANDE y APSE.

En las visitas el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas ha realizado un reconocimiento especial a las organizaciones del Magisterio Nacional por ser un pilar y ejemplo de organización en el movimiento de huelga contra el combo fiscal, el cual ya suma 39 días. Además, de destacar la importancia e impacto de los educadores y educadoras en los diversos movimientos de huelga en la historia de Costa Rica

Otro de los puntos abordados con los trabajadores y trabajadoras ha sido la importancia de la Reforma Procesal Laboral y el último fallo en firme respecto a la ilegalidad de la huelga en la Municipalidad de Santa Ana. En este el Juzgado de Trabajo indica que no se puede rebajar salarios ni mucho menos sancionar a los trabajadores, mientras estos se reintegren a sus labores en las próximas 24 horas, ya que se trata de un ejercicio de derecho fundamental.

La primera visita de la ANEP se realizó a Guanacaste el pasado 17 de octubre en la Casa Regional de ANDE en Santa Cruz con la presencia de la Seccional ANEP-Municipalidad de Santa Cruz.

Luego la ANEP se desplazó hacia Nicoya para reunirse en la sede andina de la localidad, donde participaron educadores de diversas zonas de Guanacaste e integrantes de la Seccional ANEP-Municipalidad de Nicoya.

Para este 18 de octubre, la ANEP visitó el cantón de Turrialba donde compartió en el parque de la localidad con las seccionales municipales de Turrialba y Jiménez, la seccional regional de Salud de la ANEP en Cartago, así como con educadores y educadoras.

Trabajadores volantean el Mercado Central y sus alrededores para informar sobre el proyecto del Combo Fiscal

¿Por qué la gente se opone al Combo Fiscal? En el día 39 de la huelga, los afiliados informaron por medio de los volantes parte de las afectaciones, ellas son:
1. Pone el peso de los impuestos en el consumo, afectando a las familias más pobres.
2. No soluciona las causas del déficit fiscal.
3. No obtiene los recursos necesarios para sacar de la crisis fiscal al país.
4. Genera más pobreza al elevar el costo de vida.
5. Le quita dinamismo a la economía: disminuye el consumo y aumenta el desempleo.
6. Promueve que los grandes capitales no paguen impuestos por vía de exoneraciones.
7. Desfinancia el sector público, lo que posiblemente desmejores los servicios públicos.
8. Limita el presupuesto de los programas sociales para pagar la deuda del estado.

Plan fiscal afecta independencia, organización y funcionamiento del Poder Judicial

Comunicado del Poder Judicial

Ese fue el acuerdo tomado por mayoría de magistrados y magistradas sobre el proyecto de ley número 20.580, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, al determinar que la propuesta legislativa afecta organización y funcionamiento del Poder Judicial, en los términos que establece el numeral 167 de la Constitución Política.

El acuerdo se tomó en la sesión de Corte Plena de hoy martes 16 de octubre, 2018 tras la consulta que remitiera el Directorio de la Asamblea legislativa al Poder Judicial.

En el análisis y discusión del proyecto fueron coincidentes en que la situación económica del país es difícil y se deben tomar acciones para revertir la crisis fiscal, sin embargo puntualizaron que Corte Plena está sometida a rendir criterios jurídicos sobre la base de la Constitución Política y la Ley, por lo que en esta caso se determinó que el contenido del plan fiscal sí afecta a este Poder de la República, en los siguientes puntos:

El criterio jurídico por mayoría es: afecta y hay oposición siempre y cuando no se elimine lo referente a:

1) Las disposiciones establecidas en la reforma de los artículos 46 y 47 de la Ley de Salarios de la Administración Público, número 2166 del 9 de octubre de 1957, referente a la rectoría de la materia de empleo público de MIDEPLAN, para con el Poder Judicial.
2) Las disposiciones establecidos en la reforma de la adición del artículo 49,inc a la ley de Salarios de la Administración Pública, número 2166 del 9 de octubre de 1957, en lo referente a la obligatoriedad de los lineamientos técnico y metodológicos de la Dirección General de Servicio Civil, para con el Poder Judicial.
3) La incorporación de las transferencias, destinos y en general, el presupuesto asignado a favor del Poder Judicial por norma constitucional o por leyes específicas, en las regulaciones propias de la regla fiscal.
4) Las restricciones establecidas en el proyecto de ley en materia salarial y sus respectivos componentes para los funcionarios y funcionarias del Poder Judicial.

La sesión estuvo dirigida por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Magistrado Fernando Cruz Castro, quien adelantó que se apartará de integrar la Sala Constitucional ante la eventual consulta legislativa sobre el citado proyecto que se remitiría a dicho órgano, según las manifestaciones de legisladores que han trascendido públicamente.

El magistrado Cruz Castro fue enfático al señalar que en su condición de Presidente asume la obligación de tomar las decisiones que el cargo le impone no sólo en la dirección del debate en Corte Plena sino que en tal condición y por convicción de juez de carrera su criterio jurídico es en defensa de la independencia, estabilidad e institucionalidad del Poder Judicial. “Las Democracias modernas y los Estados de Derecho urgen de Poderes Judiciales independientes y fortalecidos” recalcó el jerarca.

Reiteró que en consecuencia con las políticas de reducción del gasto adoptadas por la institución, Corte Plena solicitó al Magistrado Fernando Castillo Víquez, revisar la política salarial de la institución para determinar si son viables ajustes en esta materia, según las especialidades de puestos existentes en el Poder Judicial. Así lo indicó en la Comisión de Hacendarios en la comparecencia efectuada el 9 de octubre pasado.

El acuerdo de Corte Plena quedó en firme y se remitirá a la Asamblea Legislativa a más tardar el jueves de esta semana. Los magistrados y magistradas de la Sala Constitucional se abstuvieron de votar al tener que conocer y resolver la eventual consulta legislativa del plan fiscal.