Lydia Lacayo: una mujer que le sonríe a la vida

Lorena Soto
Adaptación: Teletica.com
27 de Octubre de 2011

Empezando de “cero”, en una tierra que no era la suya y con hijos pequeños que debía criar sola.

Así llegó Lydia Lacayo a Costa Rica, hace más de 3 décadas.

Buen Día, comparte la historia de Lydia, una mujer que no se dio por vencida.

Así como Lydia, usted también puede ser una mujer emprendedora, esas de “Armas tomar”.

¿Qué necesita para empezar?

– Empiece a trabajar alguna “idea” que haya estado rondando en su cabeza desde hace tiempo.

– Para eso, hágase de un cuaderno de notas y escriba todas las ideas que se le ocurran.

– Averigüe de otras personas que se han lanzado con su propia empresa o han iniciado estudios en una carrera, vea cómo lo lograron y cómo les está yendo.

– Eso sí, sea creativa, busque opciones que de verdad le apasionen y en las que usted piense que van a tener éxito.

– Y haga una “encuesta” entre sus amigos y familiares para recibir sugerencias y consejos.

Argentina quita beneficios millonarios a empresas

La política de subsidios será revisada por una comisión técnica bajo el criterio de que “nadie cobrará“ un incentivo fiscal “que no necesita“, anunciaron los ministros de Planificación, Julio De Vido, y de Economía, Amado Boudou, en rueda de prensa.

Además se anunció que el metro de Buenos Aires se traspasará a la Alcaldía de la capital argentina, en manos del conservador Mauricio Macri, con lo cual el Estado dejará de pagar subsidios por unos 700 millones de pesos anuales (unos $164 millones) a la empresa concesionaria del servicio.

Los ministros dieron a entender que habrá una reducción del gasto en subsidios, que una amplia gama de sectores recibe por un promedio de unos 28.000 millones de pesos (unos $6.700 millones) anuales, pero remarcaron que esto no tendrá impacto social ni supondrá abandonar la intervención del Estado en la economía.

Boudou señaló que habrá una “completa revisión“ a tono con “el contexto internacional de alta volatilidad“ de los mercados de capitales y los males económicos que se padecen en Estados Unidos y la Unión Europea.

Los subsidios van a seguir siendo una de las herramientas clave, sobre todo para profundizar la industrialización, la oferta de empleos y la competitividad“ exportadora de Argentina, afirmó.

De Vido anunció que se ahorrarán unos 600 millones de pesos (unos $140,5 millones) anuales, al eliminarse subsidios al consumo de electricidad, gas y agua potable que beneficiaban a compañías de seguros, bancos, petroleras, mineras, empresas de telefonía móvil, concesionarias casinos, puertos y aeropuertos.

Dijo que habrá una “revisión permanente“ de los subsidios que mantienen bajas las tarifas del transporte, energía, agua potable y otros servicios públicos, además de los que benefician a ciertas industrias y el sector agropecuario.

Cada quince días“ habrá “novedades que anunciar“ sobre ajustes a la política de subsidios, indicó luego de insistir en que “no hay ninguna razón“ por la que la retirada de incentivos desemboque en alzas en las tarifas de servicios públicos o combustibles, apuntó el ministro de Planificación.

Buenos Aires/EFE

Telefónica mantiene deuda con Estado Peruano

Perú: TdP-Movistar: ¡si no pagan, NO LES PAGUE!

Si TdP-Movistar no paga sus impuestos, que son dinero del pueblo peruano, tampoco los usuarios debían honrar ninguna obligación con esta empresa réproba.

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
26-10-2011

Ya es de público conocimiento que TdP, ahora Movistar, debe una inmensa cantidad a la Sunat y que estaría haciendo argucias, aquí y acullá, para no honrar la obligación empequeñecida por extraña finta judicial. Entonces el pueblo tiene derecho a insurgir en defensa de sus derechos, los impuestos –los que paga y los que en su nombre recauda el ente acreditado-, y por tanto aplicar la misma medicina: ¿por causa de qué pagar a TdP-Movistar por sus no tan eficientes servicios: teléfono domiciliario, celular, cable y demás conceptos? No sólo en Perú estos ibéricos han tenido –y aún poseen- cientos o miles de casos de esta oprobiosa naturaleza.

El usuario individual en países como Perú, Argentina, Chile, Argentina o Brasil ha sido pasto de las expoliaciones genuinas emprendidas por TdP-Movistar, también empresas han colapsado por la simple razón que los españoles ¡no honraron! los pagos a que estaban obligados y caminaron por la vía judicial para hacer ¡perro muerto! (peruanismo que denota la estafa) y quebrar de hecho y de derecho al resto. Hay casos oprobiosos aún en proceso (léase: Caso con Telefónica-Movistar: ¡3475 días sin justicia! AQUI)

Sin jingoísmos o xenofobias de ninguna clase no hay justificación alguna a esa insolente letanía que los españoles de TdP-Movistar recitan: “_tenemos muchos felipillos aquí_”. Y claro está que se refieren a los rábulas que venden sus conciencias como empleados dóciles o funcionales o que son abogángsteres, esos que padecen hipertrofia crematofílica, y que enjuician a medio mundo por ¡quítame estas pajas! y arruinan a sus víctimas.

Acaso pudiéramos recordar a los ibéricos que ellos llegaron aquí como parte del cártel de la conquista y sus embajadores fueron el porquerizo de Trujillo de Extremadura, Francisco Pizarro, Diego de Almagro y ¡cuándo no! un cura: Hernando de Luque, asociando a la Iglesia Católica a una crudelísima acción y coloniaje violento y letal. Tal parece que las prácticas delincuenciales se transmiten genéticamente y como las pirámides se ríen del tiempo y la ética a través de los siglos.

Hay expresiones constructivas y protestantes de al menos dos parlamentarios sobre el delicado tema TdP-Movistar: Yonhy Lescano y Jaime Delgado. ¿Qué espera el Poder Legislativo para asumir la acción digna única a que está obligado? Es hora que el Congreso renuncie a la vulgaridad de hechos palurdos en que se distrae, para atender los grandes temas de la agenda nacional. ¿O creen sus integrantes que el desprecio que les otorga el pueblo es gratuito y sin justificación?

Años atrás a Pedro Flecha y al que esto escribe se nos ocurrió una idea, cuasi un disparate de gimnasia humorística: si Tdp-Movistar cotiza en las principales bolsas del mundo, entonces había que demandarla ¡precisamente! por la comisión de actos ¡prohibidos e ilegales! en dichas fuentes financieras, prácticas delincuenciales, que aquí sí cometían a diestra y siniestra. Tal parece que no fue tan desencaminada la idea porque recibimos, en 1998, el interés manifiesto de estudios norteamericanos que pedían para iniciar cualquier proceso ¡decenas de miles de dólares! No está demás revivir el asunto y bajo la premisa: ¿pueden empresas multinacionales ser ladronas eximias en algunos países con autoridades concesivas o atrabiliarias cuanto que antipatrióticas, y en otros, donde mueven acciones y ganan mucho dinero, no?

La coyuntura es magnífica. El gobierno del presidente Humala, en ejercicio libérrimo, digno y justo, debiera instruir a las dependencias adecuadas a que constriñan a TdP-Movistar a pagar sus impuestos y con eso adquirirían libertad para entrar en licitación y en competencia con otras empresas por una nueva concesión de telefonía. No puede haber ministro, funcionarios o pillos que so pretexto de esta conciliación, regalen –como lo hizo el delincuente Alberto Fujimori- un negocio multimillonario a los ibéricos. De ganarla, tendrán que hacerlo de buena e impoluta manera.

El pueblo tiene derecho a insurgir y a manifestar su descontento. Reitero la sentencia:

TdP-Movistar: ¡si no pagan, NO LES PAGUE! ¿Qué, van a enjuiciar a 20 millones de usuarios?

No descartemos que cualquier abogángster, sobre todo esos ex procuradores, vampiros halitosos cuya única exhibición o brillo corresponde a sus carísimas 4 × 4, pretenda hacernos otro juicio penal, esta vez de la mano de otro patrón. ¡Bah! No es inusual querer exterminar al chasqui que sólo es correo y portaestandarte de la protesta social en el país.

¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!

¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!

¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!

¡Sólo el talento salvará al Perú!

Reforma fiscal PLN-PAC ¿Quién se equivoca o a quiénes engañaron?

por José María Villalta
Frente Amplio

Por las redes sociales circulan escritos sin firma que califican de “_errores_” las denuncias ampliamente fundamentadas que la fracción del Frente Amplio ha formulado en el sentido de que las reformas del IVA, contenidas en el plan fiscal del PLN y el PAC, constituyen un verdadero “_garrotazo_” para la gran mayoría de la población, y afectarán negativamente a sectores sociales vulnerables e instituciones públicas estratégicas para el país.

Llama poderosamente la atención el parecido de lo que circula en internet, con los discursos que el jefe de fracción del PLN ha estado realizando en el Plenario legislativo para tratar de defender la reforma fiscal. Parece ser que ambos textos han tenido un mismo redactor.

Si bien el panfleto mencionado hace una lectura superficial e incompleta de nuestras denuncias, y en la mayoría de los casos ni siquiera fundamenta sus afirmaciones, por respeto a las lectoras y lectores, de seguido procedo a dar respuesta a cada una de ellas.

Eliminación de exoneraciones a instituciones públicas. IVA sí las afectará. Dicen los defensores del proyecto que las instituciones públicas no se verán afectadas debido al principio de inmunidad fiscal del Estado. Lo que ignoran, probablemente a propósito, es que el proyecto de ley deroga las normas que consagran este principio (artículo 2 inciso l) y 6) de la Ley 7293) y, en materia de exoneraciones, rige el principio de legalidad (las exoneraciones tienen que estar consignadas expresamente en la ley). Además, también ignoran que la jurisprudencia reiterada de nuestros tribunales y los criterios de la Procuraduría han establecido que este principio tiene límites y no cobija por igual a todos los entes públicos.

En el mejor de los casos, la “_inmunidad fiscal_” frente al IVA podría alegarse para el Estado porque este es el que cobra el impuesto, pero no así para otras instituciones públicas que sí quedarían gravadas por el impuesto si se deroga la exención que la ley expresamente les concedió. Son innumerables los casos en los que la Procuraduría ha tenido por derogadas exenciones a favor de instituciones autónomas y otros entes públicos precisamente porque la Asamblea Legislativa aprobó derogatorias generales como las contenidas en la reforma fiscal. Veamos:

– En el dictamen C-260-2000 la Procuraduría concluyó que el Colegio Universitario de Cartago sí tenía que pagar impuestos de los que no está expresamente exonerado por ley especial.

“_Si bien es cierto que el principio de inmunidad fiscal del Poder Público implica la no sujeción del Estado a los impuestos creados por él mismo (…) consideramos que entratándose (sic) de los colegios universitarios –como el ente consultante- a los que el legislador ha dispuesto expresamente otorgarles personalidad jurídica y patrimonio propios, reconociéndoles una eventual capacidad contributiva, el citado principio de inmunidad no los alcanza a efecto de tenerlos genéricamente por no sujetos a los impuestos, tasas o contribuciones creados por el Estado_”.

– Este criterio concuerda con la sentencia N° 12-94 dictada por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia de las 11:00 horas del 25 de marzo de 1994, que los defensores de la reforma fiscal citan de forma descontextualizada. Esta resolución habla de la inmunidad fiscal del Estado. Pero, convenientemente, se les olvidó citar la parte donde la Sala habla de las limitaciones de dicho principio:

“_Para que opere la inmunidad fiscal –por confusión- la identidad subjetiva debe ser plena. Si el tributo es estatal es el mismo Estado el sujeto pasivo de la relación. No podría operar la confusión si el sujeto activo del tributo es un ente menor (…)_”.

– Por eso, es necesario que las instituciones públicas estén expresamente exoneradas en la ley. Así lo dijo también la Procuraduría para el Instituto Nacional de Aprendizaje en el dictamen C-436-2008 donde concluyó que el INA sí está sujeto al pago de impuestos de los que no está exonerado expresamente por ley, y que las exoneraciones del Instituto pueden ser derogadas por una ley posterior.

– O, en el caso del Instituto Costarricense de Electricidad, a través del dictamen C-109-2006, en el cual concluyó que el ICE mantiene sus exoneraciones gracias a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 7293 (que la reforma fiscal pretende derogar), pero que sí tiene que pagar impuestos por otros tributos no cubiertos por esta ley. Lo mismo ocurre con el Consejo Nacional de la Producción en caso de los impuestos a la importación (Ver OJ-036-2002).

Así las cosas, si fuera cierto que la inmunidad fiscal cubre a todos los entes públicos, estas instituciones no habrían tenido que pagar impuestos en los casos señalados, en los que precisamente les aplicaron derogatorias generales de exenciones como la impulsada por el PLN y el PAC. Por el contrario, la aplicación de una derogatoria general de todas las exoneraciones, a sabiendas de que hay instituciones públicas que resultarán lesionadas, muestra como mínimo una forma descuidada e irresponsable de legislar.

Ocurre lo mismo en el caso de las Juntas de Educación. En un principio se les consideraba órganos del Ministerio de Educación y, por tanto, se les consideraba exoneradas de todo tributo. Pero, después del criterio de la Procuraduría, esto cambió y se les calificó como “_entes descentralizados del Estado_”. Al no haber una exoneración expresa en la ley, la Procuraduría concluyó que sí tenían que pagar impuestos:

“_Debe advertirse que al variarse la naturaleza jurídica de las Juntas de Educación, se produce en cambio de importancia en cuanto al origen del régimen exonerativo; por cuanto a tenor del dictamen C-128-92 al haberse calificado a las Juntas de Educación como órganos del Ministerio de Educación, éstas resultaban exentas en virtud del principio de inmunidad fiscal del Estado (…), en tanto, al ser calificadas como entes descentralizados y haberse reconsiderado el dictamen de referencia, las exenciones a favor de las Juntas de Educación derivan, en virtud del principio de legalidad, de leyes concretas que le otorguen beneficios fiscales_” (Dictamen 170-2005).

Por eso fue que la Asamblea Legislativa tuvo que aprobar la Ley 8788 de 2009, para exonerar expresamente a las juntas de educación. Si la “_inmunidad fiscal_” las cobijara, como dicen, esta ley no habría sido necesaria. Sin embargo, como hemos denunciado, la reforma fiscal también deroga esta reciente legislación. Dicen defender a la educación pero guardan silencio ante esta realidad. ¿Error o mala fe?

Grave daño a las Universidades Públicas. Hemos denunciado que este mismo problema se presenta con las universidades públicas. Hoy, el artículo 6 de la Ley 7293, las exonera. Sin embargo, la reforma fiscal deroga este artículo, lo que las obligaría a pagar impuestos por los bienes y servicios que compren. Prueba de esto es que hay varios dictámenes de la Procuraduría que concluyen que la Universidad Nacional está obligada a pagar aquellos impuestos de los que no está expresamente exonerada (C-332-2002, C-116-2003 y C-127-2003) Sorprende que los asesores de la reforma fiscal los ignoren. ¿Error?

Ante la imposibilidad de negar esta realidad, los defensores del proyecto nos dan un argumento de antología: “_las universidades no serán afectadas pues el Convenio de Financiamiento del FEES en sus artículos 6 y 8 de establece que los posibles efectos de leyes nuevas tengan sobre los presupuesto de la universidades del Estado serán compensadas en el presupuesto que se les asigna_.” ¿Cómo que no se verán afectadas? Si las universidades se ven forzadas a recurrir a los artículos 6 y 8 del Convenio FEES es precisamente porque hay una afectación ocasionada por la aprobación apresurada e irresponsable de este proyecto de ley. De lo contrario no tendría sentido hablar de compensación. ¡Si hay que compensarlas es porque se produjo un daño!

Llama la atención la ligereza con que los defensores de la reforma fiscal asumen y minimizan el impacto negativo para las universidades de ponerlas a pagar IVA por la compra de bienes y servicios. Como gran solución las mandan a pelear con el Ministerio de Hacienda por una compensación. ¡Qué irresponsabilidad!

Desconocen por completo el principio consagrado en el artículo 85 de la Constitución Política, que establece que no se podrán suprimir las rentas que favorecen a las universidades sin crear, simultáneamente, otras que las sustituyan. El plan fiscal no puede eliminar las exoneraciones a su favor si al mismo tiempo no les garantiza otra renta igual o menor. Pero esto es lo que hacen. En vez de arreglar el error ¡las mandan a pedir una compensación! ¿A quién defienden los que redactaron esta barbaridad? nos preguntamos nosotros.

La afectación a los servicios de alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas: una realidad
. Dicen que estos servicios esenciales para la población no se verán afectados porque no se puede quitar “_una exoneración que está en la Constitución_” (sic). Como en la Constitución no hay artículo alguno que diga que los usuarios de estos servicios no pagarán impuesto de ventas, suponemos que se refieren a la famosa “_inmunidad fiscal_” del Estado. El problema es que dicho principio aplica para el Estado y, en este caso, lo que hemos denunciado es que le van a cargar 14% de IVA, no al Estado, sino a todas las personas que utilizan este servicio. Son las y los ciudadanos que contratan estos servicios quienes tendrán que pagarlo más caro, justo cuando tenemos un grave problema ambiental por la contaminación de las aguas. En síntesis, no entienden cómo funciona el IVA. Si así negociaron el resto del proyecto….

El arte, la cultura, las producciones artísticas, literarias, educativas y científicas no quedan protegidas. Sí serán afectadas. El panfleto divulgado por los defensores de la reforma fiscal, se limita a decir que estos bienes meritorios no serían gravados. Pero no da razones. No explica por qué. Hemos denunciado que la reforma fiscal estaría derogando la Ley 7874 de 1999 que exoneró los libros y todas las demás producciones culturales, artísticas, educativas científicas y culturales, lo que representa una protección mucho más amplia, pues incluye otros materiales escritos como revistas y publicaciones en general, así como material didáctico y producciones realizadas utilizando nuevas tecnologías. Por el contrario, el plan fiscal únicamente mantiene la exoneración para los libros, dejando gravadas con 14% del IVA aquellas producciones que no sean libros, lo que evidentemente implica una desprotección del derecho de nuestro pueblo de acceso a la cultura. Esta grave denuncia sigue sin ser refutada.

Además, la legislación vigente también exonera todos los insumos y la maquinaria necesarios para editar libros (Ley 7874, artículo 2), así como los servicios de las editoriales públicas (Ley 6826, artículo 1). Estas exoneraciones también son eliminadas, mientras los responsables guardan silencio.

El daño a los pequeños agricultores y las familias campesinas. A falta de argumentos, mejor distraer la atención. Eso hacen los defensores de la reforma fiscal cuando se limitan a repetir que los insumos agropecuarios están exonerados. Nunca hemos negado que se mantiene la exoneración para la compra de insumos. Lo que hemos denunciado es que le están poniendo impuestos a TODOS los servicios que utilizan las familias campesinas y los pequeños productores agroecuarios para producir (transporte de productos, arrendamiento de fincas, seguro de cosechas, asistencia técnica, capacitación, servicios veterinarios, almacenamiento y enfriamiento, etc.) Todos estos servicios tendrán que pagar 14% de IVA porque el plan fiscal exonera la venta de insumos PERO NO LOS SERVICIOS.

Más grave aún, en este caso, la pequeña agricultura que produce para el mercado interno no tendrá la posibilidad de utilizar un crédito fiscal. A diferencia de la ley vigente, el artículo 14E del proyecto dice que solo tienen este derecho los servicios utilizados en “_operaciones sujetas y no exentas del impuesto_”. Pero como la mayoría de los productos agropecuarios están en la canasta básica (la actual y la del proyecto) los agricultores y las agricultoras que producen para vender en Costa Rica no podrán usar el crédito fiscal. Sufrirán directamente el aumento en sus costos de producción.

Muy distinto es el trato que le da el proyecto respaldado por el PAC a quienes, en el agro, producen para la exportación. Estas personas sí tienen derecho a usar el crédito fiscal (artículo 14E, párrafo tercero). Es decir, que el plan fiscal pone un nuevo incentivo para abandonar la agricultura para el consumo interno. ¡Gran incentivo para la soberanía alimentaria!

Impuestos al seguro de riesgos del trabajo. En este caso, al menos los defensores del proyecto reconocen que quieren ponerle 14% al seguro social de riesgos del trabajo. Quedamos notificados. Acto seguido intentan minimizar las consecuencias negativas de esta decisión, argumentando que los patronos podrán tramitar créditos fiscales. Pero no refutan el problema de fondo que hemos denunciado: gravar con impuestos este seguro social incrementará innecesariamente su costo, incentivando aún más la morosidad patronal en perjuicio de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores que sufren accidentes. Se trata de un seguro obligatorio de carácter social que debe prestarse sin fines de lucro y operar al costo. No tiene por qué pagar impuestos.

De hecho, la reforma fiscal también afectará otros seguros obligatorios como el seguro de automóviles, en cuyo caso lo pagarán no solo los patronos, sino todas las familias que tienen vehículos.

Los bienes y servicios requeridos para proteger el ambiente se encarecerán. Una vez más, a falta de argumentos, los defensores de la reforma fiscal tratan de desviar la atención de nuestras denuncias. Cuando hablamos de bienes y servicios ambientales nos referimos a todos aquellos bienes y servicios necesarios para reducir y mitigar la contaminación, ahorrar energía, proteger el ambiente, no a los programas estatales de pago de servicios ambientales. Se dedican a hablar de estos últimos para no tener que referirse al fondo de nuestra denuncia: están derogando legislación recientemente aprobada para incentivar el desarrollo de fuentes alternativas de energía (Ley 8829 de 2010) o para facilitar el acceso a sistemas de tratamiento de aguas y bienes que ayuden a reducir la contaminación del recurso hídrico (Ley 8932 de 2011) y además le están poniendo impuestos a todos aquellos servicios relacionados con el ambiente como el tratamiento de aguas, el alcantarillado sanitario, entre muchos otros. Ninguna de estas denuncias ha sido refutada. Por el contrario, el silencio de los responsables las confirman. Hablan de participación ciudadana, pero corrieron a aprobar una vía rápida que excluye a la gente. Hablan de defender el ambiente, pero le ponen impuestos a los bienes necesarios para ello.

La reforma fiscal sí debilita la protección del derecho a la salud. Hemos denunciado que la reforma fiscal, está reduciendo las exoneraciones que hoy existen en relación con la protección de la salud. Se mantiene la exención para las medicinas, pero le ponen impuestos al equipo médico, las camas de hospital y otros bienes relacionados con la salud. Además, hemos dicho que la reforma fiscal deroga la norma del artículo 4 de la Ley 7293, que también exonera todos aquellos insumos y la maquinaria requeridos para fabricar medicinas. Niegan esto, pero no dan justificaciones. No citan artículo alguno para sustentarse. Así las cosas, al eliminarse esta exención, se está afectando a la industria nacional dedicada a la fabricación de medicamentos, pues como el bien final está exento, tampoco tendrán derecho de recuperar, vía crédito fiscal, lo pagado por el IVA a los insumos (artículos 14 E). De esta forma, se incrementan sus costos de producción y se desincentiva esta actividad estratégica para el país.

En el caso de los bienes y servicios que compra la Caja Costarricense del Seguro Social también están eliminando una exoneración expresa contenida en la Ley 7293, artículo 4. Es cierto que hay un criterio de la Procuraduría, del 2000, que interpretó que esta exención está cubierta por el artículo 73 de la Constitución, pero dicha interpretación ni siquiera ha sido confirmada por la Sala Constitucional y podría variar en cualquier momento, como suele ocurrir con los criterios de la Procuraduría. Así las cosas, no nos explicamos cómo los promotores de la reforma fiscal prefieren derogar una norma legal que establece una exoneración expresa a favor de la CCSS, para sustituirla por una interpretación de la Procuraduría de incierto futuro. ¿No era que defendían la seguridad social?

La canasta básica. El frío no está en las cobijas. Repitiendo las intervenciones del jefe de Fracción del PLN, los defensores de la reforma fiscal afirman que el plan fiscal es necesario para eliminar artículos de lujo como el rissotto y la langosta, de la canasta básica. FALSO. Mentira más grande no hemos escuchado. Para corregir errores en la canasta básica no hace falta la reforma fiscal. Ni siquiera hace falta una ley. El Ministro de Hacienda podría excluir estos productos de forma inmediata mediante un simple decreto ejecutivo ¿Por qué no lo hace? Por el contrario, en la definición de la canasta básica contenida en el proyecto se siguen cometiendo los mismos errores que en la actual. No se contempla una protección integral para todos aquellos productos requeridos para una alimentación nutritiva y saludable. Por si fuera poco, los defensores de la reforma votaron en contra de nuestra propuesta para crear una canasta de bienes de lujo que pagaran un impuesto más alto. ¿Entonces?

Golpe a las asociaciones de desarrollo comunal. Durante más de 40 años estuvieron exoneradas del pago de impuesto de ventas por los bienes que compran para el desarrollo de sus actividades, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Dinadeco (Ley 3859). Un criterio reciente de la Procuraduría ha interpretado que esa exención se encuentra tácitamente derogada. El Plan Fiscal pretende consolidar la eliminación de dicha exoneración mediante la derogatoria definitiva de la norma contenida en la Ley de Dinadeco. No tiene sentido alguno gravar a las asociaciones de desarrollo con 14% del IVA. Estas entidades operan sin fines de lucro y cumplen una función social promoviendo el mejoramiento de la calidad de vida en las comunidades. En la gran mayoría de los casos se financian con fondos públicos. En vez de corregir esta injusta situación, los defensores del proyecto se contentan con consolidarla.

Finalmente, los defensores de la reforma tratan de apoyarse en un estudio del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE), de la UCR, para afirmar que, supuestamente, el proyecto protege una canasta básica amplia de bienes y servicios que consumen los grupos de menores ingresos. Pero lo que no dicen es que ese mismo estudio concluyó, al referirse al IVA, que la reforma profundizará la desigualdad porque: “_Al ser regresivo, estaría aumentando la desigualdad…_” y agrega “_…el IVA deteriora la distribución del ingreso en cerca de 4 décimas del uno por ciento del coeficiente Gini_”.

De modo que el costo político que pagarán quienes están impulsando de manera tan irresponsable y superficial este proyecto de reforma fiscal, de seguro será directamente proporcional al desengaño que sufrirá la población cuando sus consecuencias se desplieguen en todos sus alcances y dimensiones.

Red de medios alternativos solicita representación en comisión del Minaet

por Geovanny Jiménez
CulturaCR

Una propuesta para nombrar una “Comisión mixta“ que estudie el tema del cambio a la radio digital, ha generado la reacción pronta de los medios de comunicación alternativos del país.

La REDMICA, Red de Medios e Iniciativas de Medios de Comunicación Alternativos, en una carta que será enviada a la politóloga y viceministra Hannia Vega, de la Rectoria de Telecomunicaciones, manifiesta “nuestro más enérgico reclamo por la forma silenciosa y solapada en que se ha planteado esta propuesta, en ausencia absoluta de difusión“.

También hacemos este reclamo en virtud de la forma en que la propuesta evidencia una exclusión de otros actores de la sociedad civil costarricense que están directamente vinculados a la práctica de la comunicación social, y que hoy en día, posiblemente más que nunca antes, juegan un papel determinante en la búsqueda de un equilibrio comunicativo e informativo, y en evitar que, en la dinámica de la comunicación masiva y colectiva, los intereses y las visiones comerciales predominen sobre las necesidades informativas, la cultura y la educación“, expresa la misiva sobre esta Comisión Especial Mixta que se “abocará a analizar e informar al Ministro Rector del Sector de Telecomunicaciones en todo lo relativo a la transición de la radio analógica a la digital“.

La carta firmada por decenas de medios de comunicación alternativos del país, incluyendo a www.anep.cr, considera que la propuesta de decreto aparecida en la Gaceta Digital del 7 de octubre de este año, contraviene los principios democráticos y de inclusividad costarricenses.

La Red de Medios se opone a las representaciones propuestas y solicita ser incluida en esta comisión, así como a un representante del Observatorio de la Libertad de Expresión (OLE).

Consideramos un excesivo sesgo hacia una conformación de la Comisión que favorezca los intereses y visiones estrictamente comerciales, no sólo nos oponemos sino que exigimos que sean excluidos como miembros de la Comisión los siguientes actores sugeridos en el artículo 3 de la propuesta“: un representantes de Central de Radios (porque “se ha convertido en un actor con una clara tendencia a monopolizar los medios electrónicos en el entorno nacional“) y un representante de la Unión de Cámaras (porque “la propuesta ya incluye a un representante directo del sector empresarial vinculado a los medios a través de la representación de la Cámara Nacional de Radio“), plantea la carta.

Otros medios alternativos interesados en firmar la carta pueden escribir a sandra@vocesnuestras.org

Comités de rescate llaman a defender a la CCSS

Fuente: Semanario Universidad
Martes, 25 de Octubre de 2011 23:34
Escrito por Jorge Luis Araya

Con el lema “_El seguro social, una conquista de 70 años que defenderemos hasta lo imposible_” el II Encuentro Nacional de Rescate de la Seguridad Social ocupó el pasado fin de semana la Plaza de las Garantías Sociales, junto a la sede central de la Caja del Seguro Social (CCSS) en San José.

Un campamento la noche del pasado viernes 21 y una movilización el sábado 22 con pancartas, música y otras presentaciones congregaron a cientos de representantes de los comités de rescate de la seguridad social que se han venido formando en diversas localidades del país, así como miembros de organizaciones sociales y sindicales.

La actividad fue convocada por el Comité Nacional de Rescate de la Seguridad Social (CONARSS), que integra a los comités de rescate de la seguridad social, sindicatos de la Caja, del Magisterio y otras organizaciones que se han estado sumando al movimiento.

Los organizadores insistieron en el llamado a crear comités locales de rescate de la seguridad social en las comunidades, centros de trabajo o estudio, convencidos de que “la única forma de recuperar la CCSS y profundizar el sistema de seguridad social es con la organización y participación del pueblo.”

Las pancartas y volantes estaban centrados en mensajes para hacer conciencia de la importancia de organizarse para presionar y defender la institución señera de la seguridad social del país, poniendo de relieve, por ejemplo, lo que les costaría a las personas el cuido de su salud si la Caja fuera desmantelada.

Devolverle la autonomía real a la CCSS, erradicar la corrupción y malos manejos, que el gobierno pague y que se acabe la morosidad y evasión del sector privado, por un sistema de impuestos justos que distribuya la riqueza y asegure fondos a la Caja, fortalecimiento de la participación del pueblo mediante las juntas de salud y los comités de rescate de la seguridad social, son los principales objetivos proclamados por el movimiento.

Actualmente hay más de 32 comités de defensa de la seguridad social en el país y esta es la primera movilización nacional en la que participan, como parte de una estrategia trazada a mediados de año en un taller nacional, que apuntó a la creación de una red de comités, la capacitación de sus miembros para que se encarguen de formar otros comités en las comunidades vecinas, y la articulación de acciones en el nivel nacional con otros sectores sociales, según explicó Héctor Ferlini, editor del periódico digital Surcos, que divulga las actividades de movimientos sociales.

Los comités se impusieron el objetivo de que representantes suyos pasaran a integrar las juntas locales de salud con la elección que se efectuó a inicios de este mes.

En esos comicios consiguieron que el 54% de sus candidatos resultaran elegidos, lo que consideran un éxito debido al corto tiempo que lleva de trabajo el movimiento, comentó Guillermo Dinarte García, vecino de Puntarenas.

Salarios mínimos de los trabajadores del sector privado aumentarán 3,17%

San José, 28 oct (Elpais.cr) – Patronos, trabajadores y el Gobierno de Costa Rica acordaron este jueves un incremento salarial de 3.17% para el sector privado, a partir del primero de enero próximo.

Según información oficial, la propuesta de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), fue acordada por consenso de todos los sectores.

El sindicato empresarial UCCAEP informó en un comunicado que la propuesta del sector se produce en momentos en que la actividad económica crece lentamente y de manera desigual en los diferentes sectores productivos; sin embargo, esta situación no ha sido excusa para trasladar el costo de la desaceleración a los trabajadores.

Como representantes del sector empresarial formal, aprovechamos la oportunidad para hacer un llamado a las autoridades nacionales para que diseñen políticas de formalización de empresas, de mejora en la educación técnica y de facilitación del clima de negocios, pues solo de esta forma lograremos como país aumentar los empleos de calidad, disminuir la pobreza y promover mejoras continuas en las condiciones de los trabajadores“, señaló la propuesta.

El Consejo Nacional de Salarios aprobó esta tarde, en forma unánime, la metodología que se utiliza para fijar los salarios mínimos del sector privado.

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo informó que durante las negociaciones se acordó una nueva fórmula para fijar salarios en los próximos tres años, que incorpora la proyección de inflación y la producción per cápita.

Anteriormente, el método para fijar los aumentos, que regía desde 1998, incluía el aumento del costo de vida con base en la inflación, pero la nueva fórmula considera en la parte de ajuste por costo de vida también la inflación esperada, así como la producción per cápita.

Se trata de un salto cualitativo en materia de política salarial que permitirá por una parte mejorar las condiciones salariales de los trabajadores y consecuentemente dinamizar la economía“, indicó la dependencia gubernamental.
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Producción influye en ajustes salariales al sector privado

nacion.com

De ahora en adelante el incremento en la producción del país por persona y la meta de inflación que defina el Banco Central, serán los factores que influirán en la definición de los ajuste de los salarios mínimos del sector privado.

Así lo acordó ayer el Consejo Nacional de Salarios, compuesto por representantes del Gobierno, empresas y sector laboral, el cual cambió la metodología que se aplicaba desde 1998.

La nueva fórmula ya se utilizó para el ajuste del primer semestre del 2012, que será de 3,17%.

Para la ministra de Trabajo, Sandra Piszk, este es el cambio en la política salarial más importante del país en los últimos 13 años.

Según la jerarca, el cambio se orienta hacia una política de salarios crecientes que permitirá a los trabajadores del sector privado tener un poco más de dinero, comprar más y dinamizar la economía.

Consultada sobre si el cambio abre la puerta para que los trabajadores del sector público pidan que se les aplique esta metodología, la Ministra respondió que no. “_Siempre hemos dicho que los aumentos en el sector público se hacen muy relacionados con las posibilidades fiscales_”, aseveró.

La nueva fórmula se suspenderá si hay algunos cambios en la economía.

Cambios en detalle

En el país el ajuste de salarios mínimos privados se realiza dos veces al año. En mayo se define el ajuste del segundo semestre del año y en octubre el del primer semestre del siguiente.

Con la metodología anterior, para el ajuste de salarios del primer semestre, por ejemplo, se consideraba la variación del índice de precios al consumidor de julio, agosto y setiembre y se estimaba la de octubre, noviembre y diciembre, con un promedio simple de las variaciones del índice de precios de esos meses, de los últimos 10 años.

Además, si en el semestre anterior la inflación real era mayor o menor a la que se utilizaba para hacer el alza de los siguientes seis meses, se hacía un ajuste adicional.

Con la nueva metodología se toma la meta de inflación del Central para el año y se divide entre dos.

Para el 2012 es de un 4%, por lo tanto se consideró para el aumento de enero la mitad: un 2%.

También se toma en cuenta un promedio del aumento del producto interno bruto per cápita anualizado de cinco años (que van desde siete años atrás al año del ajuste hasta dos años atrás). Para el ajuste del 2012 se consideraron los de los años 2005 al 2010. Además, si en el semestre anterior el incremento de la inflación fue mayor o menor a la meta del Banco Central se realiza un ajuste al alza o a la baja.

Fórmula se suspende en varios casos

Si para la fijación del primer semestre del año, la inflación acumulada a setiembre supera en al menos un punto porcentual el límite superior de la banda meta del Banco Central, o si para la fijación del segundo semestre, la inflación a mayo es igual o superior a las tres cuartas partes de la inflación meta establecida por el Banco Central.

Si la tasa de desempleo abierto supera el 8%.

Si la actividad económica decrece por cuatro meses consecutivos o si el sector agropecuario, construcción o comercio decrece (en cada mes respecto al mismo del año anterior) por seis meses consecutivos.

Si el precio del dólar sube más de 15% durante el período comprendido entre la última fijación salarial y la nueva negociación para la próxima fijación salarial.

Además, se solicitará un estudio a la Organización Internacional del Trabajo sobre el mercado laboral privado en Costa Rica, en los últimos 10 años, para revisar la estructura en el decreto de salarios mínimos con el fin de simplificar las categorías.

FUENTE: metodología para la fijación de salarios mínimos del sector privado.

Arrasador triunfo de Cristina Fernández en Argentina

La reelecta Presidenta de la Nación, que obtuvo más del 50 por ciento de los votos, estableciendo una diferencia histórica con su seguidor, agradeció a los 40 millones de argentinos y los llamados de sus colegas latinoamericanos Dilma Rousseff, Hugo Chávez, Pepe Mujica, Sebastián Piñera, Juan Manuel Santos y Lugo; y afirmó que “en la victoria hay que ser generosos”. Dedicó un párrafo especial a su compañero de militancia y expresidente, Néstor Kirchner, al aclarar que no hablaba “como viuda sino como compañera política: sin él este triunfo hubiera sido imposible. Mantuvo sus convicciones hasta el último aliento”. Reivindicó la reforma política que permitió consolidar “los partidos, el sustento de la democracia. (…) Una reforma que ha abierto las puertas de los partidos a la sociedad”. Aclaró que no la movían “ambiciones ni intereses personales sino el sueño de una Argentina que tenga un proyecto político sustentable”. Más adelante, reconoció: “Sola no puedo, necesito la colaboración de todos los argentinos. Por comprensión histórica, por voluntad, y decisión política cuenten conmigo par mejorar la vida de todos los argentinos”. Con el 45 por ciento de las mesas escrutadas, la presidenta CFK obtiene el 53,21 por ciento de los votos, seguida por el actual gobernador de Santa Fe, Hermes Binner, con el 17,07 por ciento, y Ricardo Alfonsín, el 12,38. Alberto Rodríguez Saá, el 7,52; Eduardo Duhalde, 5,7; Jorge Altamira el 2,27, y Carrió el 1,85 por ciento.

“Lo único que quiero es seguir agrandando la Argentina, seguir generando más puestos de trabajo, más industrialización, más ciencia y tecnología, más escuelas, más caminos, más hospitales”, agregó Cristina al afirmar que esa no es una tarea “para una sola persona”. La Presidenta añadió, citando a Néstor Kirchner, que “por comprensión histórica, por voluntad popular y por decisión política cuenten conmigo para seguir profundizando este proyecto de país. Para eso nos necesitamos unidos. No significa pegoteados. Pero significa reconocer que cuando una sociedad se expresa y decide en elecciones populares, libres y democráticas, esa decisión debe ser respetada”.

Durante el acto de cierre de campaña, realizado el miércoles pasado en el Teatro Coliseo, CFK había convocado a “la unidad nacional” y a los dirigentes opositores a dejar de lado las “diferencias menores”. Cuando todos los pronósticos indicaban que sería reelecta, había afirmado que “no le guardo rencor a nadie, las cosas que han pasado me obligan a abrirme cada vez más, a tender la mano, a superar las diferencias”, y había pedido a los distintos sectores que conforman la sociedad que colaboraran durante los próximos cuatro años para aprovechar lo que calificó como “una oportunidad histórica” para la Argentina. “Por primera vez podemos pensar a mediano y largo plazo”, destacó al pedir “gestos de grandeza” para “articular los intereses de 40 millones de argentinos”.

Si se repitiera el resultado que el kirchnerismo consiguió en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 14 de agosto, el oficialismo retomaría el control del Congreso. El Frente para la Victoria pasaría a contar con un bloque de 115 diputados, que sumado a sus aliados más fieles –Frente Cívico Santiagueño (7), Nuevo Encuentro (5) y los neuquinos del MPN (2)– alcanzaría las 129 bancas necesarias para contar con quórum propio en la Cámara baja, a los que también podría sumar otros dos monobloques que habitualmente acompañan las iniciativas del Gobierno.

Algo impensado antes del arranque del disperso calendario electoral que se inició en marzo y mucho menos hace dos años, cuando tras la derrota de las legislativas de 2009 el Grupo A, que juntó a todo el abanico opositor, le arrebató al oficialismo la mayoría en todas las comisiones de Diputados y el Senado. La Cámara alta, que renueva en ocho provincias un tercio de sus bancas, no tendría mayores modificaciones, lo que le permitiría al kirchnerismo y sus aliados mantener un delicado equilibrio de fuerzas.

Fuente: Página 12

http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-179574-2011-10-23.html

Procomer manipuló información sobre Zonas Francas en Costa Rica

San José, 18 oct (elpais.cr) – La Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (Procomer), adscrita al Ministerio de Comercio exterior (Comex), manipuló información en un documento donde recomendó y defiende no imponer gravámenes a empresas instaladas en Zonas Francas.

Así se desprende de la comparación de dos documentos públicos, entregados este año, uno en abril por el Centro Regional de Asistencia Técnica de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (CAPTAC-DR), financiado por el Fondo Monetario Internacional y el “Balance de Zonas Francas: Beneficio Neto del Régimen para Costa Rica“, dado a conocer la semana anterior por Procomer.

Por ejemplo, una evaluación hecha para Costa Rica concluye que, según información oficial conocida a octubre 2009, el Régimen de Zonas Francas (RZF) generó un beneficio neto al país equivalente al 4.5% del PIB, y que “por cada dólar de exención dado al RZF, Costa Rica recibió $5.8, en 2008“. Según Procomer, por cada dólar exonerado se perciben 8 en 2010.

El estudio elaborado por el experto independiente Isaías Coelho, de Brasil, incluye entre los beneficios las adquisiciones de bienes y servicios en el territorio nacional, lo que tiene poco sentido y equivale a incluir simétricamente, como costo, las ventas al mismo territorio.

En el apartado para Costa Rica “también se adiciona la inversión del período, estimada como el crecimiento de la inversión acumulada. La inversión genera, en el tiempo, valor agregado, pero no es en sí misma un beneficio inmediato. La exclusión de estos dos ítems implica una reducción de un 70% en el beneficio neto calculado para el sistema“.

Por ejemplo, Procomer cuantifica la inversión para el período (2010), que podrá generar ingresos en el tiempo, porque está en proceso, no de forma inmediata.

Igualmente, el informe del experto brasileño advierte que en otros informes similares sobre el RZF en Costa Rica “no se efectúa mención a las exenciones de impuestos y patentes municipales“.

De acuerdo con Coelho, “generalmente en el área de Cosefin, empresas establecidas en las zonas francas están exentas de tributos locales o municipales. Estos tributos renunciados por las municipalidades incluyen impuestos sobre la propiedad de inmuebles y el traspaso de esos inmuebles, los impuestos de licencia o patentes e impuestos sobre papel sellado y timbres fiscales. Las empresas también están normalmente libres de impuestos de naturaleza nacional sobre los activos o sobre el patrimonio empresarial“.

Sobre este último punto, el informe de Procomer, elaborado por sus propios peritos no lo toma en cuenta a la hora de elaborar un balance de los “beneficios“ que recibe nuestro país, si se comparan con los “sacrificios“ o inversiones que hace la nación costarricense.

En cuando a los dos trabajos, todo parece indicar que las autoridades del Comex, ya sean los funcionarios o sus directivos desconocieron el informe preparado para el FMI o no les fue suministrado por la instancia correspondiente, el Ministerio de Hacienda, lo que hace difícil creer en una eventual falta de comunicación entre las dos entidades gubernamentales, máxime cuando se discute un proyecto de Ley en la Asamblea Legislativa para gravar a las empresas de las Zonas Francas.

El estudio de Coelho, de abril anterior, se denomina “Incentivos Tributarios a las Zonas Francas en Centroamérica, Panamá y República Dominicana“, y fue entregado al “Centro Regional de Asistencia Técnica de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (CAPTAC-DR) y Grupo de Trabajo de Política Tributaria (GTPT) del Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (Cosefin)“.

El CAPTAC-RD es el séptimo centro regional de asistencia técnica del FMI en todo el mundo y el segundo en las Américas. Este centro proporcionará asistencia técnica a Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y la República Dominicana.

Por su lado, el estudio oficial de Costa Rica, estuvo a cargo de la dirección de Procomer, que según la Ley nº 7638 está en manos de una Junta Directiva integrada por 9 miembros, entre los que figuran: el ministro de Comercio Exterior en calidad de presidente, 3 representantes del Poder Ejecutivo (nombrados por Gobierno de turno), un representante de los pequeños y medianos exportadores nombrado por el Consejo de Gobierno, según una terna presentada por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), así como el presidente o vicepresidente de la siguientes cámaras: Industrias, Comercio, Exportadores y Agricultura.

Todo parece indicar, que la oposición de Procomer a la exención de impuestos es perpetuar el RZF, a costa de ingresos para el país, según se desprende del debate sobre el tema del Paquete Fiscal.

Apuntes sobre el estudio de Coelho

En Costa Rica los antecedentes reportan a la Ley de Fomento a las Exportaciones de 19724 y a la Ley de Zonas Procesadoras de Exportación y Parques Industriales de 19815. En 1990, el sistema fue reordenado por la Ley de Zonas Francas que sigue en vigencia con modificaciones, notablemente las introducidas por la reforma de 20107.

Racionalización de las zonas francas como islas de eficiencia y competitividad

Las zonas francas encuentran su justificación en la agregación de valor en la economía: más inversión extranjera, más producción, más exportación, más y mejores empleos, más divisas.

Adicionalmente, las zonas francas también propiciarían el acceso a nuevas tecnologías, economías de escala, enlaces con la cadena productiva nacional capaces de generar un efecto multiplicador de empleo y renta, y de promover el desarrollo regional. En contrapartida de tales ventajas se justificaría el tratamiento preferencial y la condición de extraterritorialidad de las zonas, así como las franquicias aduaneras y tributarias.

Las zonas francas se han transformado en el más importante, si no el único, instrumento de desarrollo industrial en el área Cosefin. En países del área, el sector zona franca tiene un gran prestigio económico y político el cual se traduce en influencia sobre la concepción y ejecución de las políticas económicas y comerciales. Hacen falta, en la región, estudios de evaluación de la estrategia de zonas francas que consideren sus beneficios y costos sociales y que sopesen esta política en relación a políticas industriales y comerciales alternativas. Los múltiples estudios existentes son, en general, elaborados o comisionados por las entidades representativas de zonas francas o las oficinas de gobierno cargadas de fomentar las actividades zonales. Tales estudios-invariablemente apoyados en estimaciones numéricas- padecen de tres limitaciones principales:

1. Exageran la contribución de las zonas francas al valor agregado en el país;

2. Suponen una total adicionalidad, lo que no es realista; y

3. Excluyen el concepto de temporalidad inherente a todo sistema de incentivos.

Por ejemplo, una evaluación hecha para Costa Rica concluye que el Régimen de Zonas Francas (RZF) generó un beneficio neto al país equivalente al 4.5% del PIB, y que “por cada dólar de exención dado al RZF, el país recibió $5.8, en 2008“. Pero el estudio incluye entre los beneficios las adquisiciones de bienes y servicios en el territorio nacional, lo que tiene poco sentido y equivale a incluir simétricamente, como costo, las ventas al mismo territorio.

También se adiciona la inversión del período, estimada como el crecimiento de la inversión acumulada. La inversión genera, en el tiempo, valor agregado, pero no es en sí misma un beneficio inmediato. La exclusión de estos dos ítems implica una reducción de un 70% en el beneficio neto calculado para el sistema. No se efectúa mención a las exenciones de impuestos y patentes municipales.

Panorama de los regímenes tributarios en las Zonas

Los regímenes tributarios de las zonas francas en el área del Cosefin resultan de un esfuerzo, en cada país, de utilizar al máximo las exoneraciones tributarias para crear condiciones favorables de competitividad. No solo se eliminan completamente la incidencia de gravámenes y derechos aduaneros como se exoneran de todos los tributos sobre ventas las importaciones, exportaciones y adquisiciones en el territorio nacional. Asimismo se libera a las empresas usuarias y a las administradoras de las zonas hasta de los impuestos y patentes municipales.

No menos importante, el sistema de extraterritorialidad permite reducir de manera significativa, y en algunos casos eliminar, las obligaciones tributarias accesorias que cargan los costos de las empresas en general. Aunque generosos, tales incentivos están generalmente cubiertos por las reglas de comercio internacional; el componente controvertido del sistema de incentivos está en la exención del impuesto sobre utilidades (IRPJ- Impuesto sobre la Renta de las Personas Jurídicas).

Los mecanismos de exoneración tributaria a las actividades desarrolladas en las zonas francas se caracterizan por su relativa uniformidad en la región, lo que resulta no de un esfuerzo regional de coordinación pero de un proceso de armonización espontanea motivado por competencia comercial y tributaria entre vecinos.

Transacciones con el resto del mundo

En todos los países del área Cosefin, las exportaciones y reexportaciones desde las zonas francas hacia el resto del mundo están libres de todo tributo, recargo o derecho. La importación de maquinaria, equipos de producción, insumos, materiales y combustibles utilizados en el proceso productivo están igualmente exonerados de todo tributo y derecho de importación en cuanto permanezcan en la zona o sean allí utilizados. Esta configuración común corresponde al objetivo de eliminar toda traba de naturaleza tributaria a la actividad de comercio de bienes entre la zona franca y los demás países, el cual radica el propio concepto de zona franca.

Adquisiciones en el resto del país

Las adquisiciones realizadas por las zonas francas en el territorio nacional en la parte no comprendida por zonas francas (o Territorio Aduanero Nacional-TAN) son, en los países de Cosefin, equiparadas a exportaciones para fines tributarios. Esto implica no solo la exención de todo gravamen a la exportación como la exoneración de todo tributo interno, con la particularidad de aplicarse la tasa cero para fines de IVA. Este tratamiento de las adquisiciones-que se aplica a mercaderías, bienes de capital e insumos-en el TAN es consistente con el objetivo de crear enlaces entre las actividades de las zonas francas con el conjunto de la economía nacional.

Perfeccionamiento activo y pasivo con suspensión de tributos

Los países de Cosefin tienen una larga experiencia con política y administración aduanera, en que se incluyen los regímenes de importación (o exportación, en el caso de perfeccionamiento pasivo) temporal para perfeccionamiento activo y su subsecuente reexportación (o reimportación, en el caso de perfeccionamiento pasivo) con suspensión de impuestos internos y derechos aduaneros. Por lo tanto, una vez que se establecieron las zonas francas, regímenes similares se establecieran en todos los países de Cosefin para las remesas, en ambas los sentidos entre las zonas francas y el TAN, a fines de perfeccionamiento. Esta política también está orientada hacia una mayor integración de las zonas francas con las actividades al interior del TAN.

Tributos municipales y sobre los activos

Generalmente en el área de Cosefin, empresas establecidas en las zonas francas están exentas de tributos locales o municipales. Estos tributos renunciados por las municipalidades incluyen impuestos sobre la propiedad de inmuebles y el traspaso de esos inmuebles, los impuestos de licencia o patentes e impuestos sobre papel sellado y timbres fiscales. Las empresas también están normalmente libres de impuestos de naturaleza nacional sobre los activos o sobre el patrimonio empresarial.

Tributación de la renta empresarial

Todos los países del área Cosefin eximen del impuesto las utilidades obtenidas por las empresas situadas en las zonas francas. En Costa Rica, el período de exención de proyectos localizados fuera de la Gran Área Metropolitana Ampliada (GAMA) es de 18 años, comprendiendo 12 años de exención total y 6 años de exención de la mitad del impuesto. En el área GAMA, la exención se concede por 12 años (8 años de exención total y 4 años de exención de 50% del impuesto). Asimismo, hay provisión legal para extensión del período de exención siempre que sean atendidos ciertos criterios de reinversión de utilidades.

En Costa Rica, unas pocas municipalidades imponen patentes a las empresas de zonas francas, y los termos de exención no es uniforme en todas las municipalidades.

Rol de los incentivos tributarios en el desarrollo de las Zonas Francas

Los incentivos tributarios han tenido un rol importante en el desarrollo de las zonas francas en el área de Cosefin, especialmente por tornar atractiva a la inversión extranjera en el país y por fortalecer la competitividad. Sin embargo, el universo de incentivos concedidos a las zonas francas va mucho más allá de las exoneraciones tributarias: la facilitación de trámites, el marco regulatorio simplificado, la eliminación de obligaciones tributarias accesorias, la provisión de infraestructura, el tratamiento preferencial en las relaciones con las municipalidades-forman un ambiente muy propicio a los negocios y la inserción a los flujos de comercio internacional.

En Costa Rica igualmente se observa un estancamiento del empleo en zonas francas en la última década, aunque haya indicaciones de mejoras en la calidad promedia del empleo. La menor absorción de mano de obra resulta en parte de la emigración de las maquilas textiles y de otras causas incluso posiblemente la evolución de algunas ramas industriales hacia métodos de producción más intensivos en capital.

En lo que respecta a las exportaciones, una comparación de datos de 2004 y 2009 indican que la participación de las zonas francas en la exportación total del país decreció en el período de 55% a 39% en El Salvador, de 47% a 36% en Guatemala, de 64% a 55% en Honduras, se mantiene estable en Costa Rica (variación de 52% a 53%) y aumento modestamente en Nicaragua (de 44% para 47%). En la República Dominicana, la misma proporción se redujo desde un 83% en el año 2000 a un 69% en 2009. Estos números parecen indicar una pérdida de dinamismo en las exportaciones de zona franca vis a vis la economía del territorio aduanero-a pesar las empresas localizadas en el TAN no gozan de los beneficios fiscales generosos de las zonas francas.

Esta evolución sugiere la conveniencia de reevaluar las políticas de desarrollo industrial y exportación, para certificar que la estrategia de zonas francas sigue siendo merecedora de un tratamiento preferencial y, en caso que eso se confirme, determinar qué ajustes habría que hacer en el régimen, especialmente en su significativo componente tributario, para adaptarlo a las condiciones contemporáneas y eliminar posibles distorsiones y sacrificios sociales innecesarios o desproporcionados. De todos modos, las políticas de desarrollo industrial y exportación deben concentrarse en facilitación, infraestructura y servicios y no en incentivos.

Como fue indicado por la consultoría FIAS (Multi-Donor Investment Climate Advisory Services) del Grupo del Banco Mundial, zonas francas o especiales no pueden y no deben ser vistas como sustitutos para un esfuerzo más amplio de reformas de comercio e inversión de un país.

El régimen de zonas francas constituye una manera radical de eliminar cualesquier impedimento que los aranceles e impuestos indirectos pudieran oponer a la competitividad nacional. Lo ideal es establecer, en la actividad económica en todos los rincones de la nación, un ambiente de amplia exoneración tributaria y facilitación de la exportación de tal manera que el régimen de zonas francas se torne redundante. El régimen de zonas francas se ha tornado por tanto una cota de referencia (benchmark) contra la cual se pueden evaluar las políticas que frenan la competitividad de las exportaciones reales o potenciales fuera de las zonas. En cuanto hubiere una carga impositiva y otros gravámenes sobre exportaciones en el territorio aduanero, como también reglas complejas que requieran costos y tiempo para operar eficientemente en el TAN, las zonas francas encuentran su razón de ser.

Un problema que se ha planteado en la región es que ciertas actividades en que el país tiene ventaja comparativa, por ejemplo la producción de derivados de tabaco como puros, el procesamiento de bienes de sector agro y la producción de camarones, han buscado las ventajas del régimen de zonas francas, el cual debería estar reservado-en línea con el diseño inicial del sistema-para actividades económicas no convencionales y innovadoras, con relieve para la industria de transformación. Si las autoridades no resisten a esa tendencia, se ponen en peligro aún más los ingresos tributarios y el espíritu animal41 de los emprendedores en el TAN.

El Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) de da Organización Mundial del Comercio (OMC) prohíbe, en su Art. 3º, la concesión de subvenciones, incluso las exoneraciones tributarias, supeditadas al logro de determinados objetivos de exportación.

Para eliminación de tales subvenciones se estableció un período de 8 años hasta el año 2002, pero el período de desmonte de incentivos existentes se ha postergado hasta dos veces para algunos países en desarrollo.43 De esta manera, el termo final se ha desplazado al 1º de enero de 2013 más un período de dos años-hasta el 1º de enero de 2015-para la eliminación de todo residuo de subvención prohibida. El Comité de Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC sigue atentamente el progreso en cada país en el desmonte de dichas subvenciones.Por su parte, los tratados comerciales firmados por los países de Cosefin con los Estados Unidos de América, denominados en su conjunto Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana y más conocido por su sigla en inglés (DR-CAFTA), igualmente establece la prohibición de subvenciones tributarias condicionales a exportaciones (Art. 10.9.1.a). A demás, DR-CAFTA explícitamente veda cualquiera restricción a ventas al mercado interno o su subordinación a desempeño de exportación (Art. 10.9.1.e). El plazo establecido para ajuste en cumplimiento de este dispositivo ya se ha agotado. En razón de estos compromisos internacionales, los países de Cosefin iniciaron, en 2010, una revisión de su legislación con la finalidad de adecuar sus sistemas de incentivos, con relieve para los beneficios de las zonas francas. Entre todo el arsenal de incentivos concedidos a empresas ubicadas en la zona franca dos puntos en conflicto con la OMC y DR-CAFTA requieren consideración especial: la limitación de ventas al mercado nacional (TAN) y la exención del impuesto sobre la renta (IRPJ) condicionado a la exportación. Las dos políticas están estrechamente relacionadas.

Recomendaciones

Recomendación nº 1 – Eliminar, de manera gradual, la exención del impuesto sobre las utilidades en el régimen de zonas francas

Una dificultad que surge con la puesta en práctica de esta recomendación es que los países del área Cosefin son, de cierta manera, interdependientes en temas de políticas comerciales y tributarias. Como se ha mencionado arriba, se llegó a una situación actual de incentivos tributarios casi ilimitados a través de un comportamiento competitivo sin coordinación, en que los inversionistas pueden con facilidad colocar un país en oposición a otro y así extraer concesiones y exoneraciones. El resultado de esa práctica es una desgravación amplia en todos los países, más allá de lo recomendaría una política sana y más equilibrada.

Los países del área compiten entre sí por las inversiones, lo que dificulta remover exenciones unilateralmente. Sería por lo tanto altamente deseable que los países de Cosefin se muevan en sincronía, de manera articulada.53 Puesto que las normas tributarias dicen respecto a la soberanía de cada nación, los gobiernos podrían coordinar sus decisiones sobre esta materia o bien a través de un tratado multilateral o bien-lo que es más fácil de lograr-a través de un consenso de políticas materializado en un Convenio Regional de Buenas Prácticas sobre Incentivos Tributarios a la Inversión, el cuál proveería una inspiración para políticas internas en cada país. El Grupo de Trabajo de Política Tributaria (GTPT) ya ha hecho un trabajo notable para la construcción de un convenio de buenas prácticas en base del modelo exitoso adoptado por la Unión Europea.

Pero lo perfecto es enemigo de lo bueno. Se reconocen la enorme dificultad de realizar un desmonte de las exenciones de IRPJ para las zonas francas simultáneamente en los siete países del área Cosefin. Una alternativa, que respetaría las restricciones institucionales y el ritmo de políticas públicas en cada país, sería proceder, cada país individualmente, con una reducción gradual de la exención de IRPJ en las zonas francas. Puesto que existe ya una conciencia de que ese debe ser el rumbo en el mediano plazo, e por el ejemplo y el proceso de persuasión moral que se establece en esas circunstancias, se podría esperar una convergencia en el tiempo hacia un padrón de tributación más neutral y más aliñada con los padrones internacionales. Así, se recomienda:

En algunos países, el IRPJ es complementado o ancorado por una tributación a los activos o al patrimonio empresarial. En estos casos, para evitar distorsiones la introducción del IRPJ en la zona franca debería hacerse pari passu con los impuestos complementares a los activos.

En entrevistas con la misión, algunos empresarios y organizaciones representativas del sector zona franca expresaron el deseo de que cualquier reducción o eliminación de exenciones tributarias se haga simultáneamente en todos los países de la región.

Recomendación nº 2 – Coordinar la eliminación de las exenciones de IRPJ en las zonas francas del área Cosefin a través de un convenio de buenas prácticas. Si eso se revela impráctico, iniciar, a nivel de cada país individualmente, la reducción gradual de la exención de IRPJ para empresas localizadas en las zonas francas.

En la medida que las empresas de zonas francas sean incorporadas al universo de contribuyentes del IRPJ, existirá la necesidad de que adopten los criterios de contabilidad generalmente aceptados y que elaboren demostraciones financieras en conformidad con lo requerido a las empresas del TAN. La transición de las empresas de zona franca para el sistema contable nacional requiere un cierto tiempo, y debería hacerse en estrecha cooperación entre la administración tributaria y las empresas interesadas.

Recomendación nº 3 – Establecer e implementar una estrategia de migración de los sistemas contables de las empresas en zonas francas hacia los padrones requeridos de los contribuyentes de IRPJ en general

Las generosas exoneraciones tributarias atribuidas a las empresas bajo el régimen de zonas francas crean un estímulo fuerte para la adhesión de empresas no normalmente no estarían habilitadas gozar de eses beneficios. Por ejemplo, se nota en años recientes, en algunos países, la incorporación cada vez más numerosa de empresas pertenecientes al sector agrícola, cuyos productos reciben, antes de la exportación, un procesamiento que no llega a caracterizar industrialización.

También hay propuestas de incluir en las zonas francas ciertas actividades de servicios-por ejemplo, servicios de auditoría-que han estado normalmente en el sector gravado de la economía. Las entidades reguladoras de zonas francas puede que no sean suficientemente cuidadosas en los criterios de admisión al sistema, lo que podría redundar en pérdidas significativas de ingresos tributarios. Por esta razón se recomienda:

Recomendación nº 4 – Controlar cuidadosamente las admisiones al régimen de zona franca para evitar la migración de actividades desde el Territorio Aduanero Nacional

La investigación realizada para este informe reveló incidentalmente que hay, en los países de Cosefin, otros sistemas de incentivos por lo menos tan distorsionantes para las economías y costosos para los fiscos como la exención de IRPJ en las zonas francas. Se trata de regímenes de preferencias tributarias para el sector de turismo y zonas fronterizas o de menor desarrollo relativo. Aunque tales incentivos estén fuera del ámbito del presente estudio, se recomienda:

Recomendación nº 5 – Revisar y evaluar las exoneraciones tributarias concedidas al turismo, zonas fronterizas y/o de menor desarrollo y otros sectores económicos para lograr su racionalización

El estudio coincide en que las normas de internación de bienes desde las zonas francas al Territorio Aduanero Nacional (TAN) son generalmente adecuadas, en tanto que se prevé la imposición en estos casos de los impuestos sobre ventas y selectivos, en tope del precio y de los recargos aduaneros. No hay cuestiones de incentivos tributarios involucradas. Sin embargo, una adecuada valuación para fines de imposición aduanera y cumplimiento con los acuerdos.

A fin de evitar el surgimiento de contenciosos tributarios que podrían generar complexidad y malestar en el régimen de zonas francas, se podría considerar la adopción de criterios simplificados, por ejemplo, en las reglas de subcapitalización y precios de transferencia para las empresas de las zonas.

Quizás se pueda involucrar también el Colegio de Contadores u organización equivalente. DR-CAFTA requiere definición de criterios para la estimación del valor gravable, base de los aranceles.

Las posibles bases incluyen el valor CIF, el valor de bienes similares importados, el valor de los componentes importados (lo que algunos consideran estar en harmonía con los tratados DRCAFTA) y algún otro criterio como el valor ex works más gastos calificados involucrados en la cadena de valor. Además de definir la base, es necesario acordar sobre la tasa de arancel que debe ser adoptada, las opciones consistiendo de Nación Más Favorecida (NMF) y del Arancel Preferencial.56 Para una aplicación uniforme de criterio se recomienda:

Recomendación nº 6 – Definir, coordinadamente entre los países de Cosefin, un criterio uniforme para cálculo del arancel sobre bienes internados al territorio aduanero nacional desde las zonas francas

En algunas partes de los países de Cosefin, la completa exención de tributos municipales para las zonas francas crea presión financiera sobre las municipalidades, las cuales tienen la responsabilidad de proveer bienes y servicios públicos locales. Estos bienes y servicios crean externalidades positivas para las zonas francas y sus trabajadores, que de cierta manera son free riders, aprovechando los beneficios financiados por contribuciones de terceros. Para minorar este problema se recomienda:

Recomendación nº 7 – Establecer una contribución municipal moderada y de simple determinación a ser liquidada por los usuarios de zonas francas en lugar de los tributos locales; alternativamente, eliminar la exención de tributos municipales.

Biocombustibles + especulación + clima = hambre

Nota de BBC Mundo
Aporte de la Seccional ANEP – MAG

Esa es la conclusión del informe Índice Global del Hambre (IGH) 2011 elaborado por el Instituto Internacional de Investigación en Política Alimentaria (IFRPI, en inglés).

El centro de investigación considera que junto a los tres factores principales también ha contribuido la escasez histórica de reservas de granos, la concentración en unos pocos países de los principales mercados de exportación y la falta de información adecuada sobre la producción de alimentos, nivel de reservas y predicción de precios que llevan a exageración desde el ámbito político.

Los tres únicos países en situación extremadamente alarmante son la República Democrática del Congo que tiene el mayor IGH del mundo Burundi y Chad. El estudio no cuenta con datos de clic Somalia, que sufre la peor hambruna en décadas.

En cuanto a América, la situación es alarmante en Haití y seria en Bolivia, Guatemala y República Dominicana.

En el mundo en general, el IGH muestra que en 2011 el hambre se ha reducido respecto a 1990, pero continúa siendo un problema serio“, explicó Klaus von Grebmer, representante del IFRPI.

El hambre

– El IGH 2011 cayó un 26% respecto a 1990, de 19,7 a 14,6. – El mayor progreso absoluto se registró en: Angola, Bangladesh, Etiopía, Mozambique, Nicaragua, Níger y Vietnam. – La mejora porcentual mayor se dio en: Kuwait, Turquía, Malasia, México, Irán, Albania, Perú, Nicaragua, Ghana y Fiji. – La situación empeoró en República Democrática del Congo, Burundi, Corea del Norte, Las Comoros, Suazilandia y Costa de Marfil. – El peor IGH corresponde a República Democrática del Congo, que empeoró su nota en un 63%.

La buena noticia es que el IGH de 1990 a 2011 muestra que 15 han reducido el hambre en un 50% o más, 19 países pasaron de situación extremadamente alarmante a alarmante“, agregó Von Grebmer.

Sin embargo, 26 países continúan en situación “extremadamente alarmante o alarmante“, la gran mayoría en el África subsahariana y en el sur y sureste de Asia.

Las tres causas del hambre

Máximo Torero, director de la división de mercados del IFRPI, explicó cómo la situación se debe a “la situación de altos precios y volatilidad del mercado de los alimentos“ y que los más afectados son los más pobres.

Durante décadas, los precios de los alimentos estuvieron en una caída lenta, pero en la crisis de alimentos de 2007 y 2008, y en la de 2010-2011, no solo crecieron sustancialmente, sino mostraron momentos de fuertes repuntes“, explica Torero.

Torero añade, de acuerdo con el informe, que la primera causa está en el incremento de la producción de biocombustibles. “Muchos gobiernos han establecido mandatos que fijan la cantidad de biocombustibles a ser producidos, sin importar los precios de los alimentos o el petróleo“.

La producción de biocombustibles ha absorbido rápidamente una proporción cada vez mayor de la producción de maíz de EE.UU.“, dijo Torero.

El segundo factor es la creciente actividad en los mercados de futuros de materias primas, sobre todo en productos básicos“.

Aunque los precios de los alimentos cayeron lentamente durante décadas, las recientes crisis alimenticias mostraron momentos de fuertes repuntes.

Torero pone el ejemplo de los cereales, y afirma que el volumen contratado en las bolsas triplicó la producción mundial. Y además, sólo el 2% de esas transacciones resultó en el intercambio efectivo del grano.
El tercer factor fueron los fenómenos meteorológicos extremos y eventos climáticos, que jugó un papel en la reducción de la producción“, explicó.

Además, “estos factores se vieron exacerbados por las restricciones a la exportación de los mayores productores, lo que redujo el suministro de los mercados globales“.

A todo se suma que las reservas mundiales de maíz y trigos están en niveles históricamente bajos. “Las reservas son necesarias para que la oferta y demanda de grano puedan responder inmediatamente a los cambios en precios“.

“_Cuando suben los precios, es complicado para los granjeros producir más inmediatamente, o para los consumidores comprar menos inmediatamente. Para funcionar adecuadamente, el mercado de grano requiere cierto nivel de reserva_s”.

También falta información anticipada de producción, nivel de reservas y previsión de precios. Lo que lleva a reacciones de pánico por parte de políticos y un ejemplo claro fue lo ocurrido durante la crisis de Rusia en 2010“.

Llamada a la acción

El hambre en América Latina

BBC Mundo le preguntó a Máximo Torero por la situación específica del hambre en América Latina. Esto dijo el experto:

Latinoamérica ha mejorado y es una de las regiones con mejor IGH. En 1990 y 2001 estaba por encima del norte de África y Medio Oriente y ahora está con un índice muy cercano al de estas dos zonas y por supuesto sustancialmente mejor que el sur y el sudeste de Asia y que África subsahariana.”

Claramente la situación ha mejorado desde 1990.

El analista indicó que un caso notable es el de Nicaragua, uno de los 15 países del mundo que lograron reducir su IGH en más del 50%.

Esta reducción se debe principalmente a una caída en la proporción de la población desnutrida y a la tasa de mortalidad infantil de niños menores de cinco años“, resaltó Torero.

Para su medición, el Índice Global del Hambre estudia 122 países en desarrollo a partir de tres indicadores, la proporción de población desnutrida (sin suficientes calorías en su dieta), la prevalencia de niños de hasta cinco años por debajo de su peso ideal y la mortalidad infantil.

Los tres indicadores se combinan en un indicador numérico. Esta fórmula tiene sus ventajas, como medir la nutrición de la población en global, pero también refleja la situación de los niños, particularmente vulnerables al efecto del hambre“, Grebmer.

La información es una cosa, la acción es otra. Al resaltar las diferencias regionales de hambre, el IGH busca que se actúe contra el hambre”.
Según Torero, para responder al problema del hambre hay que enfrentar las causas señaladas. “Reformar las políticas sobre biocombustibles, regulación financiera y cambio climático
“.

También es necesario incrementar la producción de alimentos, aumentar el número de países productores, y establecer reservas mundiales de alimentos, así como mejorar la información de los mercados“, destacó el experto.

Los precios de los alimentos siempre han subido y bajado, pero estas acciones permitirán evitar cambios drásticos y servirá para proteger a los más pobres, los más vulnerables“.