ANEP y ASDEICE presentan medida cautelar para frenar modificaciones que realizó la Junta Directiva de la CCSS al régimen IVM

– Acuden al Tribunal Contenciosos Administrativo esperando que los jueces tomen una decisión que defienda a los asegurados y aseguradas del seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y la Asociación Sindical de Empleados Industriales de las Comunicaciones y la Energía (ASDEICE), presentaron la mañana de este jueves, ante el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) una medida cautelar solicitando suspender las modificaciones que hizo la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) al régimen de pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

La acción de la ANEP y ASDEICE se da al considerar que las medidas adoptadas por la Junta Directiva de la CCSS afectan de manera colectiva a los cotizantes del régimen y afectará a los futuros pensionados.

“Las decisiones tomadas por la CCSS este año agravan la situación del IVM y lo ponen en un riesgo mayor por lo que formulamos una medida cautelar que deposita en manos del Tribunal Contencioso Administrativo una responsabilidad histórica. Le estamos pidiendo a un juez contencioso administrativo suspender las modificaciones que hizo la Junta Directiva de la CCSS al régimen del IVM”, detalló el abogado Fabián Gamboa, asesor externo de la ANEP y ASDEICE.

Gamboa manifestó que tienen a su alcance datos reales y objetivos que demuestran que el régimen de IVM está por desaparecer, afectando a los jubilados actuales y también a los potenciales jubilados, “la existencia y solidez del régimen del IVM ahora está en manos del Poder Judicial”.

Datos reveladores

Estos datos han sido estudiados, analizados e interpretados exhaustivamente por Rodrigo Arias López, Master en Matemática Actuarial, exprofesor de la UCR, exjefe del Departamento Actuarial de la CCSS y actual asesor externo de la ANEP en materia IVM, quien incluso, ha expuesto la situación y la crisis de este régimen ante diversos medios de comunicación. 

Para López, los escenarios que analizan las autoridades de la Caja para IVM son insuficientes e independientemente, de cual decisión se tome, se tendría que tomar dinero este año de la reserva para pagar las pensiones y no hasta 2033 como lo indicaron anteriormente.

De acuerdo con el matemático, el Covid-19 vino a agravar aún más la situación. La reserva actual es de ₡2,3 billones, sin embargo, se necesita una reserva de ₡54 billones para honrar las pensiones futuras al 100%.

Para contextualizar la crisis financiera del IVM es importante mencionar que la reserva y el plan actual de cotización alcanzarían para pagar menos del 45% de los beneficios futuros.

En los últimos años los gastos crecieron más que los salarios y las cuotas no alcanzaron, por lo que, agravado por la pandemia, se tendrían que tomar recursos de la reserva este mismo año. Y en el año 2026, la reserva podría quedar sin recursos, si no se aplican las medidas correspondientes.  

Ante este escenario la ANEP acude al Tribunal Contenciosos administrativo esperando que los jueces tomen una decisión que defienda a los asegurados y aseguradas del seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.

Dictaminan proyecto de ley propuesto por la ANEP para otorgar benemeritazgo a la Orquesta Sinfónica

Este proyecto de ley fue propuesto por la seccional ANEP-Orquesta Sinfónica Nacional, que cuenta con más de 20 años en la orquesta y actualmente mantiene a más del 80% de sus integrantes afiliados a nuestra organización.

Rodrigo Arias López en 7 Días Radio sobre situación del IVM-CCSS

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Ubicación de oficinas de aduanas y migración en puente binacional deja a ciegas a las autoridades

Prácticamente a ciegas, es como deben de laborar los agentes aduaneros destacados en el nuevo puente binacional entre Costa Rica y Panamá ubicado en Sixaola, el cual se inauguró el pasado 5 de marzo, ya que las oficinas quedaron varios metros bajo el nivel del puente lo que dificulta realizar un efectivo control sobre los contendores, camiones y vehículos que pasan el puente procedente desde Panamá. Mientras que los dos oficiales de la Policía de Migración y Extranjería destacados en el lugar ni tan siquiera cuentan con un arma.

Muelles y fronteras se abren al narcotráfico

La seccional ANEP-Policía de Control de Drogas (PCD) denuncia la situación que se vive en muelles y puntos fronterizos de nuestro país, en donde después de las 7 de la noche no existe ningún control antidrogas por parte de esta policía. En otros puntos el control es nulo durante las 24 horas del día.

ANEP presenta Recurso de Amparo contra medida cautelar atípica girada por jueza contra Ministerio de Justicia y Paz

Con la medida se vulneran los derechos de libertad de expresión, de opinión y de acceso a la información, así como a la separación de poderes y la libertad de prensa.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó, la mañana de este viernes, un recurso de amparo contra la medida cautelar atípica girada por una jueza de la república que impide al Ministerio de Justicia y Paz referirse a temas carcelarios ante la opinión pública y medios de comunicación.

La acción de la ANEP se presenta en favor de los funcionarios y servidores del Ministerio de Justicia y Paz, de las personas periodistas del país y de la ciudadanía en general, al considerar que se vulneran derechos fundamentales.

“Nos parece que esta decisión de la señora jueza constituye una acción intimidante, que desincentiva los principios democráticos y republicanos del ser costarricense. Por consiguiente, se vulneran los derechos de libertad de expresión, de opinión y de acceso a la información, así como a la separación de poderes. Se vulnera la libertad de prensa y los principios de proporcionalidad, racionalidad y razonabilidad”, manifestó el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes.

Para la ANEP, no existe una fundamentación previa por parte de la juzgadora que indique cómo se vulnerarían los principios de independencia judicial y de juez natural, no razona por qué considera estos elementos por encima de otros principios y derechos humanos.

Afectación de derechos

1.         Se considera violentada la libertad de prensa, no solo como una de las mayores manifestaciones de la libertad de expresión y de conciencia, bajo la cual las personas pueden expresar libremente y sin temor a coacción o represalias sus opiniones y pueden informar a la población, sino también, como el derecho que les asiste a las personas periodistas y comunicadoras a informar sobre la gestión de las administraciones y el deber de los servidores públicos de brindar la información de interés público que les sea solicitada. Así, como el derecho de petición y pronta respuesta que les asiste a todos los ciudadanos de acuerdo con el artículo 27 y 30 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.

2.         Se vulnera el artículo 28 de la Constitución, que indica que: “Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley.” El término nadie incluye a las autoridades penitenciarias. De igual manera, la medida de la juzgadora contraría lo que estipula el artículo 29 de la Constitución Política que indica que: “Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura…”

3.         Se vulnera el principio de rendición de cuentas que menciona el artículo 11 de la Constitución Política y el derecho de acceso a la información pública que se desprende del artículo 30 constitucional. Esto, por cuanto la medida cautelar atípica interfiere en el libre acceso de la ciudadanía a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Como las autoridades penitenciarias no podrán comentar o referirse a la temática del Sistema Penitenciario Nacional, la ciudadanía durante lo que dure el proceso no podrá ejercer control sobre la legalidad, eficacia y eficiencia de la función administrativa desplegada por este ente público.  

4.         Se considera violentado el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en cuanto a la libertad de Pensamiento y de Expresión

5.         La medida impuesta a las autoridades penitenciarias por la juzgadora sigue una lógica que contraviene el espíritu y los instrumentos internacionales de derechos humanos citados en los párrafos,4, 5 y 6 del preámbulo de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión:

6.         Esta decisión de la Juzgadora tiene roces con el principio de separación de poderes (separación de funciones) del artículo 9 de la Constitución Política.

Ante los diversos argumentos presentados por la ANEP en el Recurso de Amparo se solicita a la Sala Constitucional que, deje sin efecto, de manera inmediata, la medida cautelar atípica dictada por la Jueza Mayra Acevedo Matamoros en contra de las autoridades penitenciarias, hasta que se resuelva el presente Recurso de Amparo, así como que se declare con lugar en todos sus extremos el presente Recurso de Amparo con las consecuencias legales que ello implique

Por último, que se declare que la “medida cautelar atípica” es contraria al derecho de la constitución y vulnera los derechos fundamentales de los funcionarios penitenciarios, de las personas periodistas y de la ciudadanía en general. 

ANEP nutre con historia de lucha social a la Biblioteca Nacional

Anteriormente se realizó una donación al Archivo Nacional sobre el aporte que ha realizado la organización a lo largo de los años. En esta oportunidad, la Biblioteca Nacional recibió otra serie de libros que serán de utilidad para la ciudadanía.

Urgen recursos: Vulnerabilidad en control migratorio es evidente en puestos y zonas fronterizas

La Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería realizo su segunda gira por oficinas regionales y puestos fronterizos del país, en esta ocasión fue el turno de la zona norte, donde constataron diversas situaciones que ponen en evidencia la necesidad de fortalecer este cuerpo policial.