Patria Justa reitera su posición de no asistir a diálogo sobre IVM convocado por CCSS

Después de analizar en detalle la propuesta realizada de participar en un diálogo social, para efectos de buscar posibles soluciones al régimen más importante de pensiones del país, el cual cobija el interés del 84 % de la población trabajadora activa para disponer de una pensión digna al momento de la jubilación, el Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, de manera seria, responsable y honesta, ha decido no ser parte de este proceso por las siguientes razones:

Primero: PATRIA JUSTA considera que la estructura diseñada para este proceso de concertación es rígida y hegemónica, ya que es un espejo de la estructura diseñada en la Junta Directiva de la CCSS: sectores empresarial, gubernamental y laboral (representado éste por el Solidarismo, el Cooperativismo y el Sindicalismo); pero que, evidentemente deja por fuera sectores importantes que deben ser actores activos en este proceso, como por ejemplo: el sector campesino y la Iglesia Católica.

Segundo: PATRIA JUSTA es del criterio de que la diversidad de criterios, en el respeto y en la libertad de pensamiento radica la verdadera democracia, por tal razón no se puede obligar a ningún miembro de un mismo sector a pensar igual que los demás; y, por el contrario, siempre el bienestar colectivo debe prevalecer sobre los intereses individuales y/gremiales; por lo que bajo esta estructura el sector laboral que representa el interés de la masa trabajadora se encuentra en franca desventaja.

Tercero: PATRIA JUSTA estima que para entrar al proceso de análisis sobre el régimen de pensiones IVM-CCSS, lo primero que debe ser objeto de estudio, de manera expedita pero profunda, son los alcances y falencias obtenidas con la entrada en vigencia de la Ley de Protección al Trabajador (LPT). El estudio actuarial efectuado por la Universidad de Costa Rica (UCR), para efectos nuestros no es razón de cuestionamientos; pero si indicamos que este estudio contiene el resultado de una sumatoria de elementos a lo largo del tiempo, que sí son cuestionables y que de manera imperiosa deben ser subsanados.

Cuarto: PATRIA JUSTA resalta que otro punto relevante surge de los contenidos vertidos a través de los últimos meses en los diferentes foros efectuados por distintos entes sobre la materia del Régimen de Pensiones IVM-CCSS, mismos que han contado con la participación de personalidades foráneas y nacionales expertas en la materia de regímenes de jubilaciones. De manera sublime, discreta y tendenciosa han transmitido la idea de que la solución integral a este problema del IVM, es tomar medidas paramétricas, como elevar la edad de retiro, equiparar la edad de retiro entre hombres y mujeres, disminuir beneficios entre y aumentar la cotización obrera, entre otras; propuestas que a nuestro entender dejan por fuera otros escenarios y no se aborda el verdadero génesis del problema con relación a pensiones, como lo es una verdadera política de estado, en materia de empleos y salarios dignos para todas y todos los costarricenses, sin descuidar los graves problemas que presenta la preservación de un sistema tributario regresivo. En el tema de salarios, un enfoque parcial del problema IVM-CCSS significa aplicar en estos momentos una reducción del 1 % en el salario de las personas trabajadoras.

Quinto: PATRIA JUSTA contempla que bajo esa misma perspectiva explicada en el punto anterior, a sabiendas de que existe un congelamiento salarial de años en el sector privado y público en nuestro país y que el informalismo en el empleo sobrepasa las 800 mil personas que no cotizan para el Régimen IVM, ni cotizan para la pensión complementaria; el no priorizar esta situación, el no buscar de manera conjunta una solución a este tema de empleo, de política salarial y de regresividad tributaria, sería la mesa de dialogo social sólo un débil paliativo al problema del IVM-CCSS. Bajo nuestra óptica y estando así las cosas, pasarán unos cuantos años, de pronto una década, y van a estar convocando, nuevamente a “otra” mesa de diálogo social porque las decisiones tomadas hoy no serán la soluciones definitivas al problema de este régimen de pensiones; y, por el contrario, las medidas que se vislumbran son un deterioro de las grandes conquistas sociales de nuestro Estado Social de Derecho.

Sexto: PATRIA JUSTA indica a nuestros gobernantes no olvidar que las políticas de Estado deben responder a la naturaleza de la organización y valores sociales que tenemos; y, que el pueblo costarricense ha luchado siempre por forjar una verdadera democracia con real paz social, teniendo en la Caja su más sólido baluarte.

Sétimo: PATRIA JUSTA defenderá esta noble institución con propuestas claras y concretas, con la legalidad como arma y, si es necesario, con la “Democracia de la Calle” para preservar lo que es nuestro, del pueblo trabajador; en contra de los pocos que la quieren privatizar, o bien colocar en una situación de riesgo y en una agonía irreversible al Régimen de Pensiones IVM-CCSS.

ANEP comprometida con la lucha por la justicia social, laboral y salarial en los CEN-CINAI

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), reafirma su compromiso sociolaboral y gremial-sindical de brindar el mayor respaldo a la justa lucha de las trabajadoras y trabajadores de los CEN-CINAI.

A lo largo de los últimos 4-5 años ANEP, junto a su Seccional ANEP-CEN-CINAI y contando el apoyo abnegado y comprometido en el día a día de la compañera Ivannia Espinoza Sandoval, como consta a todas, la ANEP ha mostrado una actitud totalmente consecuente con esta lucha.

Próximamente, la ANEP realizará una asamblea nacional de personas trabajadoras asociadas a nuestra organización y que laboran en CEN-CINAI, evento en el cual brindaremos un amplio panorama de cómo vemos esta lucha en los actuales momentos sociopolíticos que vive el país, las perspectivas de la misma en el corto plazo y las propuestas de acciones compartidas para llegar a la anhelada y justa meta.

Lea el documento: MARCHA PRO DERECHOS MAESTRAS DE CEN CINAI

CEN CINAI Manifiesto del 31 de marzo 2017 by Yariela Novo on Scribd

Papeles de Panamá: Informe revela maniobras usadas por grandes evasores de impuestos asesorados por abogados y contadores

Facturar por debajo del valor real, usar testaferros para actividades ilegítimas, fijar residencia en otro país, usar organizaciones de bien social o caritativas, registrar empresas en off shore, son algunas de las maniobras que actualmente se utilizan en nuestro país para evadir y eludir el pago de impuestos.

La Comisión Especial Investigadora sobre las publicaciones del bufete Mossack Fonseca terminó su periodo este 31 de marzo, a un año de la publicación de los llamados Papeles de Panamá. Integrantes de la comisión: Marcela Guerrero Campos (presidenta de la Comisión) y Marco Redondo Quirós del Partido Acción Ciudadana (PAC), Patricia Mora Castellanos del Frente Amplio (FA) y la diputada independiente Carmen Quesada Santamaría presentaron su informe de resultados y recomendaciones.

“En concreto, la maniobra que utilizan es constituir empresas offshore que funcionan por debajo de los radares de la legislación fiscal del país de origen de sus beneficiarios. Estos bufetes disponen de una infraestructura logística y legal para aprovechar cualquier portillo y crean condiciones legales para dirigir los fondos de sus clientes a países con reglas tributarias menos rígidas” explicó la diputada del FA, Patricia Mora Castellanos.

“Hablamos de bufetes que se dedican a vender como servicio el encubrimiento o camuflaje de las leyes. Estas maniobras vienen a representar una cortina de humo para la especulación financiera, la corrupción, el lavado de dinero y el crimen organizado” agregó el diputado del PAC, Marco Redondo Quirós.

Prácticas engañosas de Asesores Legales y Contables. El informe recomienda a los colegios profesionales incluir normas y sanciones para evitar que sus agremiados emitan asesorías legales y contables con el fin de defraudar o burlar la ley tributaria.

Así operaban

“La constitución de sociedades dentro o fuera del país no constituye delito, pero concluimos que la gran mayoría de las actividades ilícitas pasan por personas jurídicas como medio facilitador. Es grave que interpretamos de la comparecencia del Colegio de Abogados del 4 de julio de 2016, que para ese órgano eludir las cargas tributarias mediante el uso de maniobras legales no debe ser motivo de persecución” señaló la diputada del PAC y presidenta de la Comisión, Marcela Guerrero Campos.

La posición de los diputados y diputadas difiere a la del Colegio de Abogados, ya que el informe concluye que mientras exista un ánimo de engañar, burlar o eludir el pago de tributos, aunque no se viole ninguna norma, debe sancionarse e inclusive tipificarse como delito, ya que se estaría ante una práctica abusiva del Derecho.

“Tan responsable es el sujeto que se beneficia directamente de la maniobra elusiva o evasiva como el sujeto que aconsejó dicha maniobra, así que recomendamos sanciones administrativas en contra de los profesionales que faciliten, aconsejen y presten sus servicios con el fin de eludir o evadir la Autoridad Tributaria Nacional” aseveró la diputada independiente Carmen Quesada Santamaría.

En la audiencia del Colegio de Contadores Públicos del 8 de agosto del 2016 se indicaron los principales mecanismos identificados para eludir y evadir impuestos:
 Declaración de subfacturación, o sea facturar por debajo del valor real.
 Registrar empresas en off shore o lo que también se pueden llamar Guaridas Fiscales sin conocerse quienes son los dueños ni las actividades.
 Uso de testaferros para actividades ilegítimas.
 Fijar residencia en otro país.
 Uso de organizaciones de bien social o caritativas.
 Uso de estructuras paralelas, que son las sociedades que se utilizan para diluir o evadir impuestos.

Nuevos proyectos de ley. Los diputados y diputadas presentaron también 3 propuestas legales para reducir los vacíos legales que permiten las maniobras mencionadas para eludir y evadir impuestos:
1. Clausula anti-elusiva general
2. Reforma al tipo penal del delito de legitimación de capitales.
3. Regulación de las personas jurídicas no inscritas ante la Administración Tributaria.

Los y las integrantes de la Comisión firmantes del informe se comprometieron a presentar otros 6 proyectos de ley en un plazo no mayor a los próximos dos meses, y a impulsar su pronta aprobación, para lo cual se propone la conformación de una Comisión Especial Dictaminadora. Los contenidos de esos proyectos son:
1. Prohibición a altos cargos públicos para realizar actividades comerciales en paraísos fiscales.
2. Retención de impuesto sobre remesas.
3. Reforma al Código de Comercio para que se protocolicen aportes extraordinarios de capital.
4. Bancarización obligatoria de todas las transacciones de bienes inscritas ante Registro Público.
5. Reforma a la sanción a asesores tributarios que aconsejan mecanismos de defraudación fiscal.
6. Posibles reformas parciales a la Ley de Impuesto Sobre la Renta, ante probable imposibilidad de acuerdo para reforma integral.

El informe recomienda la aprobación de los siguientes proyectos de ley que actualmente están en corriente legislativa:
1. Expediente N° 19.679 Proyecto del Impuesto sobre la Renta.
2. Expediente N° 19.571 Proyecto de Ley Especial de Extinción de Dominio.
3. Expediente N° 19.951 Proyecto de Ley de Regulación de Actividades Riesgosas.
4. Expediente N° 19.645 Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada.
5. Expediente N° 19.282 Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial y Supervisión Consolidada de entidades financieras.
6. Expediente N° 19.640 Reforma al Código de Normas y Procedimientos Tributarios para modernizar definiciones, deberes y régimen jurídico.
7. Expediente N° 19639 Reforma al Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
8. Expediente N° 18213 Levantamiento del velo de la Personalidad Jurídica.

Sobre los llamados Papeles de Panamá. La investigación periodística internacional en torno al bufete panameño MOSSACK FONSECA arrojó la filtración de documentos inicialmente confidenciales que revelaban que cierta población acaudalada del planeta utiliza los paraísos fiscales para mantener oculta su riqueza debajo de los radares tributarios.

El 3 de abril de 2016 se publicó por medio de más de 109 medios de comunicación de 76 países la investigación periodística con mayor cuantía de datos de la historia. Cerca de un mes después de la primera publicación, el 9 de mayo de 2016, el ICIJ publicó la base de datos completa.

El 23 de mayo de 2016, la Asamblea Legislativa aprobó la instalación de la Comisión Especial Investigadora, de conformidad con el artículo 121 inciso 23 de la Constitución Política, así como los numerales 90 y 91 del Reglamento Legislativo.

Así operaban para evadir impuestos

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ANEP con apoyo 19 diputados presentan proyecto para incluir a la Policía de Migración en el impuesto a Personas Jurídicas

La ANEP con el apoyo de 19 diputados presentaron el día de ayer (29 de marzo) un proyecto de ley para reformar el artículo 11 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, con el objetivo de dotar de recursos a la Dirección General de Migración y Extranjería, para fortalecer la Policía Profesional de Migración.

Lo anterior se debe a que en el Artículo 11 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas se dispuso que el 90% de los recursos recaudados se destinen al Ministerio de Seguridad Pública, el 5% al Ministerio de Justicia y Paz y el restante 5%al OIJ del Poder Judicial, dejando por fuera a la Policía Profesional de Migración.

Para Gerardo Mora Ordoñez, Presidente de la Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración este es un gran paso para fortalecer a este cuerpo policial que ha sido olvidado, pese a cumplir un trabajo estratégico para el país.

Es importante destacar el apoyo y gestión del Diputado, Edgardo Araya; así como el Asesor Legislativo de la ANEP, Roberto Zeledoón

El Artículo 11 vigente indica:

“ARTÍCULO 11 (10).- Destino del impuesto
Los recursos provenientes de la recaudación de este impuesto, una vez deducidas las comisiones pagadas a las entidades recaudadoras, serán destinados a financiar los siguientes rubros:

a) Un noventa por ciento (90%) de la recaudación total de este impuesto será asignado al Ministerio de Seguridad Pública para que sea invertido en infraestructura física de las delegaciones policiales, compra y mantenimiento de equipo policial, en la atención de la seguridad ciudadana y el combate a la delincuencia. Dichos recursos no podrán ser utilizados para el pago de remuneraciones, horas extra, viáticos y transporte al interior o exterior del país, servicios de gestión y apoyo.

b) Un cinco por ciento (5%) de la recaudación total de este impuesto será asignado al Ministerio de Justicia y Paz para apoyar el financiamiento de la Dirección General de Adaptación Social. Dichos recursos no podrán ser utilizados para el pago de remuneraciones, horas extra, viáticos y transporte al interior o exterior del país, servicios de gestión y apoyo.

c) Un cinco por ciento (5%) de la recaudación total de este impuesto, se destinará al Poder Judicial de la República para que lo asigne al Organismo de Investigación Judicial para la atención del crimen organizado. Dichos recursos no podrán ser utilizados para el pago de remuneraciones, horas extra, viáticos y transporte al interior o exterior del país.”

Como se puede observar, los Sres. Legisladores y las Sras. Legisladoras establecieron que la proporción de recursos indicada en el inciso a) del Artículo 11 se destina al Ministerio de Seguridad Pública, siendo que quedó excluido el Ministerio de Gobernación y Policía, que corresponde a una cartera separa, en términos presupuestario, respecto al Ministerio de Seguridad Pública.

Al no incorporarse el Ministerio de Gobernación y Policía como parte de los entes a los que se destinan recursos del tributo en cuestión, la Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME) no recibirá recursos provenientes de esta nueva fuente.

Reforma Del Artículo 11 La Ley No. 9428 Ley de Impuesto a Las Personas Jurídicas, Del 22 de Marzo de 2017,… by EugenioGuerrero on Scribd