Condenan a la Municipalidad de Aserrí por violentar el derecho constitucional al salario

La Sala Constitucional condenó a la Municipalidad de Aserrí por violentar el derecho constitucional al salario de una periodista de apellidos Solano Salas, luego de declarar con lugar un recurso de amparo presentado por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en defensa de la comunicadora afiliada a nuestra organización y quien desde el pasado mes de setiembre no recibe su salario.

Los hechos descritos en la resolución de la Sala Constitucional indican que la periodista fue despida de su cargo el 3 de julio de 2020, luego de casi dos años de laborar para el municipio. Sin embargo, una medida cautelar provisional del Juzgado de Trabajo ordenó su reinstalación a partir del 22 de setiembre del presente año, esto mientras se resuelve su proceso en instancias judiciales (expediente judicial N° 20- 0638-1550-LA). 

Pese a que la reinstalación fue aceptada por la Municipalidad de Aserrí, a la fecha la periodista no ha recibido el pago de salario, por lo que la Sala Constitucional dio con lugar el recurso de Amparo presentado por la ANEP, ordenado al municipio el pago correspondiente a la primera quincena de setiembre, así como la cancelación de millón de colones a la comunicadora por el daño moral subjetivo.

Es importante destacar que la presentación del recuso por parte de la ANEP se dio el 02 de noviembre del presente año, y ya se encuentra en desarrollo el reclamo por los otros salarios adeudados a la periodista.

“Se tuvo por constatado, que a la fecha la autoridad recurrida no ha cancelado el salario de la amparada correspondiente a la segunda quincena de setiembre, y a la primera y segunda quincena del mes de octubre, todos de 2020, por falta de contenido presupuestario. De manera que, la Sala considere que ha habido un plazo excesivo e irrazonable en el pago del salario de la tutelada, el cual no debe ser superior a dos quincenas”, indica el considerando del fallo.

Además, agrega en su conclusión “En virtud de lo expuesto, es responsabilidad de la Municipalidad recurrida, como patrono, pagar en forma oportuna y regular el salario a sus servidores, ya que de no hacerlo, deja sin protección a un trabajador constitucionalmente protegido. De modo, que la oportunidad del pago implica no sólo que se haga en tiempo y de forma regular, sino, además, que sea completo en relación con la labor realizada, ya que no hacerlo así lesiona de forma directa el derecho al salario. Por lo anterior, se considera de mérito declarar con lugar el recurso”.

La decisión de la Sala Constitucional se ampara en la Jurisprudencia existente (Sentencia N° 2019-008295, de las 09:20 horas del 10 de mayo de 2019) donde  este Tribunal ha reconocido que el salario es un derecho de rango constitucional de la persona trabajadora y una obligación para el patrono; no obstante, ha considerado que solo se da una lesión de rango constitucional cuando ha transcurrido un plazo irrazonable entre la prestación de los servicios y el pago correspondiente. Así, si se produce un retraso en el pago superior a las dos quincenas el retraso deviene amparable.

ANEP presentó acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Usura

La Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP) presentó ante la Sala Constitucional una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 9918 titulada “Reforma Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor”, también conocida como “Ley de Usura”, en defensa de los intereses difusos de todas las personas trabajadoras del país, y especialmente aquellos que presenten un nivel de endeudamiento superior a sus capacidades de pago, en donde se pone en riesgo su bienestar y existencia digna.

Conozca nuestra afiliación: ANEP al ritmo de la Orquesta Sinfónica Nacional

Actualmente el 70% de los integrantes de la Orquesta Sinfónica Nacional (OSN) se encuentra afiliados a nuestra organización, por lo que en esta ocasión le llevamos la historia de tres de sus integrantes en representación de la seccional ANEP-OSN.

ANEP buscará reconocimiento de pagos a guardaparques

Ese fue el acuerdo tras una reunión con la seccional en donde se intervendrá jurídicamente la institución para que los funcionarios dedicados al cuido y preservación de la flora y fauna costarricense reciben varios pagos que no se les reconocen actualmente.

ANEP rechaza, de manera contundente, proyecto de Empleo Público

De manera contundente, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), rechaza, con toda contundencia, el Expediente Legislativo No. 21.336, denominado Ley Marco de Empleo Público, a punto de dictaminarse en la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa.

Esta decisión, unánime y firme, de la Junta Directiva Nacional (JDN) de la organización, se adoptó en su sesión No. 2217, de este viernes 30 de octubre de 2020.

Luego de un profundo análisis de dicho proyecto de ley, en sus distintas versiones, todas surgidas de la más irresponsable improvisación gubernamental, los defectos y las aberraciones de naturaleza político-jurídica contenidas en ese proyecto, provocan el más fuerte rechazo de la ANEP, así como de todo el mundo obrero y gremial de la clase trabajadora asalariada del sector Público.

El Expediente Legislativo 21.336, denominado Ley Marco de Empleo Público constituye una “colección” de violaciones al orden constitucional todavía vigente en el país, surgido en 1949; atropella compromisos-país, mediando las correspondientes legislaciones, contraídos con el orden jurídico-legal global:  tanto a nivel de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como de los sistemas continental y mundial en materia de Derechos Humanos (DD.HH.); los correspondientes al propio Sistema Interamericano de Derechos Humanos como el que tutela la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Por otra parte, la creación de una mega-ministerio, una súper-cartera ministerial, por encima de la división constitucional de poderes, convertiría al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), en una entidad de verticalista corte autoritario, al mejor estilo de estados totalitarios que sumieron a sus respectivos pueblos en vivencias de inenarrable dolor y sufrimiento. Esta circunstancia, quizás la más aberrante de este nefasto proyecto de ley, le desnuda en cuanto su carácter profundamente antidemocrático.

La desaparición, prácticamente explícita, del concepto filosófico-político que animó la estipulación constitucional de Servicio Civil, lleva a la Dirección General de Servicio Civil a un estadio peor que el que presenta en la actualidad: del control de la Casa Presidencial pasa a “departamentalizarse” dentro del ente totalitario del Mideplan. El retroceso aquí es inaceptable para las conciencias democráticas de verdad.

El confuso e incomprensible sistema de evaluación de desempeño que propone este proyecto 21.336, convierte a la persona trabajadora empleada pública, en “esclava” de la jefatura intermedia, dado que dos evaluaciones consecutivas negativas, inferiores al 70 % produce el despido, ipso facto, sin indemnización alguna.

Decimos “esclava” por cuanto la negativa de concesión de favores sexuales, la diferencia de color partidario, los celos subjetivos por capacidades, malas relaciones interpersonales no canalizadas y más bien acumuladas, rencillas, militancia sindical, etc.; pueden convertirse en factores de peso al momento de la evaluación anual, sin que los derechos a la debida defensa y al debido proceso, sean considerados de peso como para imponer la máxima objetividad posible en el proceso evaluativo. Prácticamente, será la indefensión, la característica fundamental en tal sentido.

Las consideraciones críticas presentadas por la ANEP ante la indicada comisión legislativa, jamás fueron tomadas en cuenta. Pese a ser elaboradas por prestigiosos profesionales en el Derecho Laboral, de sólida formación y experiencia más que sobrada, nos sentimos burlados en cuanto al magno esfuerzo que realizamos para demostrar la perversidad antijurídica y anticonstitucional de ese proyecto 21.336.

Es por ello que pensamos que el sensible tema del empleo público debe discutirse en un foro “descontaminado” de los prejuicios ideológico-políticos y mediáticos que han vulnerabilizado las posibilidades de una discusión objetiva y transparente. Además, es más que notorio cuál es el clima sociopolítico reinante en el país y la naturaleza ultra-sensible de la paz social en estos momentos. Ese proyecto 21.336. solamente significa más gasolina en el fuego ardiente de la disconformidad social, prácticamente, generalizada.

El Foro Multisectorial de Diálogo Nacional que está desarrollando la Asamblea de Trabajadores y de Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (ATTBPDC), ofrece la posibilidad de que una discusión sana se dé en materia de empleo público. ANEP aspira a que así sea.

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Albino Vargas Barrantes, Secretario General

Wálter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto

 San José, viernes 30 de octubre de 2020.