Las Confederaciones Sindicales abajo firmantes en representación de varias federaciones y una importante proporción de sindicatos a nivel nacional, regional y local, y de la clase trabajadora del país, agradecemos las invitación hecha a través del oficio DS-156-2016 del 18 de mayo del presente año para que nos pronunciemos ante este importante órgano tripartito en torno al ajuste a los salarios mínimos que deberá hacerse para el segundo semestre del presente y que mandata el Decreto Ejecutivo No. 39370-MTSS publicado en la Gaceta N° 239, Alcance Digital N°111 del 09/12/2015, y que rigen desde el 1º de enero de 2016
Creemos importante recordar que hace un año hicimos referencia a la necesidad de revisar la fórmula aprobada en octubre 2011, pero lamentablemente no encontramos avances en esa revisión, a pesar que reconocemos que el tema se ha tratado, pero no se ha consolidado ningún tipo de acuerdo, en torno a este importante mecanismo de ajuste incluso en el voto salvado que la delegación sindical dejó constando en el acta Nº 5364 del 28 de octubre de 2015, expresamos entre otros aspecto lo siguiente: En primer lugar, destacamos que como organizaciones, se planteó la urgencia que tiene el país de reactivar la economía, siendo la mejora salarial un paso importante para ese propósito., En segundo lugar, propusimos salirnos de la fórmula, por cuanto la misma debió revisarse en el transcurso del año y no se hizo. En tercer lugar la propuesta del sector empresarial consistía en un ajuste prácticamente imperceptible, y si bien es cierto, el Gobierno planteo la inaplicación de la cláusula de salida en torno a la consideración del crecimiento del PIB Per cápita, se debió haber propuesto entonces la aplicación del límite superior de la banda del 40% del promedio, y no el inferior como se hizo (20%), Por otra parte, en el párrafo final se expresó: ”Además dejamos constancia que es urgente retomar el tema de la revisión integral de la fórmula, la cual desde nuestra perspectiva ha generado una deuda desde enero 2015, y que expondremos en dicha discusión”.
Para las organizaciones sindicales es difícil hacer una propuesta sujetándose a una fórmula que no ha sido revisada y que requiere de ajustes, no solo en las cláusulas de salida, sino en la propia conceptualización sobre el tema de costo de vida, que si bien es cierto, fue concebida en un marco de un proceso de crecimiento inflacionario, no se previno situaciones con respecto a un proceso de deflación, donde perfectamente podrían existir mecanismos para fortalecer el valor real de los salarios, además del previsto en la utilización del crecimiento del PIB.
Además de ello, desde nuestra perspectiva existe una deuda, la que se generó en el primer semestre 2015, la cual es del 2.13% en virtud de que la inflación del primer semestre 2014 fue superior a la proyectada para ese mismo semestre la que debió compensarse a partir de enero 2015.
Reiteramos que mientras no se revise la fórmula del aprobada en octubre 2011, seguir utilizándola, no es procedente, por lo que solicitamos, que hasta que no se proceda a su revisión, no se aplique la misma para revisar los salarios del segundo semestre 2016.
Solicitamos a este Consejo que se cancele la diferencia producida en el primer semestre 2014.
Por tanto, proponemos:
a- Un ajuste general para todas las categorías ocupacionales, del decreto en el 2.13%, correspondiente a la deuda generada según se explica en párrafos anteriores
b- Un ajuste del 2.5% adicional a las siguientes categorías específicas contempladas en el inciso c) del artículo Iº del Decreto: servidoras domésticas, kilo de coyol, cajuela de café, y a las tarifas establecidas para estibadores por caja de banano, tonelada y movimiento