Colaborador vs. Trabajador

Teníamos pendiente desde hace bastantes días y semanas, escribir acerca de la “moda” corporativo-gerencial de los macro-negocios, misma que se ha venido extendiendo, actualmente, a todo el ámbito empresarial, de imponer el concepto de “colaborador” para designar a todas las personas que salarialmente son contratadas para laborar en todas esas actividades que se emplean en el mundo de las vinculaciones obrero-patronales del modelo capitalista de relaciones de producción.

Lo peor de tal “moda” es que la categoría “colaborador”, también se quiere imponer para nombrar a las personas asalariadas que laboran para el aparato del Estado, incluido el municipal.

Visitando el sitio web oficial de la Real Academia Española (RAE), www.rae.es, específicamente el Diccionario de la Lengua Española, encontramos bajo el vocablo “colaborador” tres acepciones del mismo: 1) Como adjetivo: “que colabora” (utilizable también como sustantivo). 2) Como sustantivo masculino y femenino: “Compañero en la formación de alguna obra, especialmente literaria”. C) También como sustantivo masculino y femenino: “Persona que escribe habitualmente en un periódico, sin pertenecer a la plantilla de redactores”.

En este último caso, por ejemplo, quien esto escribe es un “colaborador” de La Prensa Libre.

Ahora bien, note usted que en ninguna de las tres acepciones (significados) del vocablo-palabra “colaborador” aparece alguna alusión, mención, característica que plantee intermediación de un valor monetario-económico, digamos como una “retribución”.

Por el contrario, el concepto-vocablo “trabajador” según el diccionario de la RAE nos plantea lo siguiente: 1) Como adjetivo: “que trabaja”. 2) También como adjetivo: “muy aplicado al trabajo”. 3) Como sustantivo masculino y femenino: “Persona que tiene un trabajo retribuido”.

¡He aquí la clave!: “persona que tiene un trabajo retribuido”. “Retribuido” viene del verbo transitivo “retribuir” y el diccionario de la RAE indica que la segunda acepción de “retribuir” es “recompensar o pagar un servicio, favor, etc.”

“Se denomina trabajador (o su variante en femenino, trabajadora) a la persona que presta servicios que son retribuidos por otra persona, a la cual se encuentra subordinado, pudiendo ser una persona en particular, una empresa o también una institución” (https://definicion.mx/trabajador/).

En el caso de nuestro país, el artículo 4 del Código de Trabajo nos dice lo siguiente”: “Trabajador es toda persona física que presta a otra u otras sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros en virtud de un contrato de trabajo expreso o implícito, verbal o escrito, individual o colectivo”.
En realidad, lo que hemos apuntado como “moda” corporativo-empresarial de sustituir el vocablo-concepto “trabajador” por la palabra “colaborador” para designar a la fuerza laboral asalariada, tiene un profundo contenido político-ideológico que puede tener varias perspectivas de análisis.

Una de ellas es quitarle el contenido de clase al carácter dual de la contradicción capital-trabajo, pretendiendo homologar el carácter del trabajo asalariado explotado, con el carácter explotador del propietario de los medios de producción.

No es una cuestión de mera terminología ni mucho menos de “inocente” semántica. En estas épocas del dominio político-ideológico de la hegemonía del capital neoliberal, especialmente su rama más criminal y sangrienta, la del capital financiero; el concepto-palabra “trabajador” está como satanizado pues está asociado a factores socio-históricos, político-económico y filosóficos-culturales que han determinado procesos y devenires importantes de etapas de la historia de la Humanidad y de numerosos pueblos de la Tierra que, en medio de grandes confrontaciones de clase y de luchas épicas, tanto nacionales como internacionales, le han arrancado al capital derechos y conquistas para confrontar la razón lógica de la explotación obrera: acumular más y más – pagar menos y menos.

El concepto “colaborador”, por tanto, impuesto (por ejemplo), en esos grandes conglomerados de comida rápida, usado en la prensa cotidiana del capital y en la jerga empresarial del mundo de los negocios (y ahora hasta en el sector público), es una intentona del capital neoliberal por desideologizar el concepto profundamente ideológico del vocablo-palabra “trabajador”; pero, paradójicamente, buscan ideologizar a sus respectivas fuerzas obreras-laborales dándoles en rango de “colaboradores” para asimilarles a la cultura propietaria de las empresas como si fueran accionistas y/o co-dueños de las mismas.

Además, podríamos decir que desde un punto de vista de técnica jurídica y en estricto apego al Código de Trabajo costarricense y a la jurisprudencia laboral, la empresa que utiliza el concepto-vocablo “colaborador” para designar a la fuerza asalariada que tiene contratada, estaría al margen de la ley dado que ésta solamente admite el concepto-vocablo “trabajador” en las relaciones obrero-patronales.

Esta acción ideológica del capital neoliberal para desideologizar el concepto socio-histórico, político-económico y filosófico-cultural que significa el vocablo “trabajador”; lleva a extremos como llamar al despido con la palabreja “desvinculación”; o bien, aplicarle el despido puro y simple a una persona trabajadora indicándole que “hemos decidido dejarle en libertad…”.

¡Quiéranlo o no! La contradicción-confrontación de clase capital vs. trabajo, completamente histórica y más actual que nunca, también (como se ha sabido por siempre), es plenamente ideológica: colaborador vs. trabajador es un episodio más de la dicotomía explotador-explotado.

Dejar una respuesta