Empleo Público: se traen al suelo el estado democrático del 49

Albino Vargas Barrantes, Secretario General (ANEP)

Personas profesionales serias y estudiosas del proceso constitucional costarricense que se ha desarrollado a partir de la entrada en vigencia de la Carta Magna, el 7 de noviembre de 1949, consideran que el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, abre las puertas para dar paso a la acción ejecutiva del Estado con carácter autoritario colocando, en cuanto a hegemonía política, al Poder Ejecutivo por encima del Legislativo y del Judicial. ¡Esto es grave!

Por ejemplo, don Manuel Hernández Venegas, abogado especialista en Derecho Laboral y con gran conocimiento de la cuestión constitucional del país, nos indica que el contenido de este, ahora votado en segundo debate, proyecto de Empleo Público, tiene fuerte connotación ideológica pues recoge postulados de pensadores neoliberales como los señores Friedrich Hayek, James Buchanan y Milton Friedman.

Los agentes políticos promotores de esta legislación están en su derecho de promover, a su gusto ideológico, este tipo de leyes; sin embargo, el grave problema que surge es si el contenido de fondo del constitucionalismo costarricense puede ser modificado mediante una ley ordinaria.

Me dirán que la Sala Cuarta avaló este proyecto, sin embargo, sus pronunciamientos (divididos, en algunos casos), indican que otro conjunto de pensamientos no neoliberales han sido pisoteados; y, por el contrario, ha ocurrido el alineamiento de varios magistrados integrantes de tan alto tribunal, con posiciones de cierta prensa que defiende, precisamente, la imposición absoluta del mercado sobre el Estado.

La preponderancia del Estado central, vía un ministerio hasta ahora de “segunda”, como lo es el de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), viola, de manera sensible, la división de poderes que hemos conocido como piedras angulares de la democracia republicano-representativa.

Además, la violentación de varias de las autonomías constitucionales, como la municipal, borradas de un plomazo, nos pone en un punto de inflexión en cuanto al estado calamitoso en que quedan varios de los valores fundamentales de la Carta Magna de 1949.

El texto final de este expediente legislativo de Empleo Público, necesariamente, tendrá que ser visto con la lupa de los compromisos jurídicos del país con el Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos; particularmente, con los compromisos de obligado acatamiento de Costa Rica para con los diversos instrumentos y procedimientos que se establecen en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Particularmente, valorar lo que está pasando con esta Ley Marco de Empleo Público, a la luz de la recientemente emitida Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en los sensibles temas de Negociación Colectiva, Huelga y Libertad Sindical; pondrá contra la pared la decisión-país de seguir pregonando su apego irrestricto al respeto pleno de los Derechos Humanos y su “humilde” decisión política de acatar y someterse a los dictados-pronunciamientos y sentencias de dicha corte, por demás, con sede oficial en el país. Esto que, de seguro, implicará un fuerte proceso de litigio internacional, desnudará a la clase gobernante matriculada con el constitucionalismo neoliberal del Estado autoritario.

Las supuestas economías en cuanto a lo que el Estado tendrá al aplicar esta detestada legislación en el seno del sector obrero-social del país, son como una especie de gota de agua en el desierto fiscal en que está sumido el país, pues no pocas son las personas para las cuales el nivel de endeudamiento público es de tal calibre que un riesgo de quiebra del propio Estado está más cerca que nunca. La historia completa del tema de la arbitraria y totalitaria legislación de Empleo Público no ha terminado de escribirse.

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