Impugnan la negociación del TLC en acción de inconstitucionalidad

Lisbeth Barboza González
lbarboza@prensalibre.co.cr

Una acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado y ex diputado Rodrigo Gutiérrez Schwanhauser pretende que se señale como contrario a la Carta Magna el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (expediente legislativo 16.047), antes de que sea sometido a votación el documento.

En la petitoria Gutiérrez solicita, como ciudadano, que se ordene la desaplicación “del proceso de incorporación del Tratado en cuestión al orden normativo interno, se ordene al órgano legislativo suspender definitivamente el conocimiento y trámite de dicho proyecto de ley”.

De declararse con lugar la impugnación, haría que el expediente legislativo se retrotraiga a su fase inicial, por lo que “esto constituirá una segunda oportunidad para que se hagan las cosas bien y se negocie un tratado de libre comercio de forma bilateral con Estados Unidos”, afirma.

La acción de inconstitucionalidad, particularmente, se orienta a objetar las omisiones del Poder Ejecutivo con motivo de la negociación y firma del TLC, ya que el accionante considera que se violan las disposiciones del artículo 7 de la Constitución Política.

En ese artículo se establece que los tratados internacionales que estén ratificados tendrán rango superior a las leyes, pero inferior al mandato constitucional.

“El problema es que la sola aprobación del TLC en la Asamblea Legislativa, sin la aprobación previa de una legislación complementaria o agenda complementaria, como le llaman popularmente, provoca automáticamente fuertes vicios de inconstitucionalidad”, destaca Gutiérrez.

El abogado además citó preocupado el informe emitido por el Departamento de Servicios Técnicos del Congreso, en que se detalla la posibilidad de que Costa Rica, como nación, resultará responsable pecuniariamente por el incumplimiento en la aprobación de la agenda complementaria que exige el tratado.

Seguros y telecomunicaciones

En la acción presentada ante la Sala Constitucional, Gutiérrez se refiere al principio de gradualidad que debe prevalecer para que se garantice una apertura de las telecomunicaciones y seguros, y a la conveniencia y oportunidad de las fechas planteadas y acordadas en el TLC, las cuales a su criterio_ “hoy no son razonables ni proporcionadas”_ tal y como lo entiende el Derecho de la Constitución.

Asegura que se impone al Poder Legislativo una responsabilidad que no le compete a causa de la precipitación del Poder Ejecutivo, visto en la actualidad en el incumplimiento de las fechas planteadas y acordadas en el Tratado en materia de telecomunicaciones, y otras próximas a vencer en materia de seguros, ya que no se vislumbra aprobación legislativa de la legislación complementaria a corto plazo.

En ese sentido, opina, no habrá período de acomodo del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) a las nuevas condiciones de apertura, lo que pone en riesgo al Estado costarricense y sus servicios inalámbricos.

De igual manera, cita Gutiérrez, ocurriría en el caso del Instituto Nacional de Seguros (INS), cuya administración de seguros de riesgos de cualquier género es monopolio del Estado, institución que “nunca fue consultada durante el proceso de Ronda de Negociaciones del TLC”, según lo hizo saber el entonces presidente ejecutivo, Germán Serrano Pinto.

Recordó que los actuales presidentes ejecutivos del ICE y del INS han manifestado que esas instituciones públicas no están preparadas para entrar en competencia de libre mercado tan pronto se apruebe el TLC, y que_ “demandará aproximadamente de 4 a 6 años ajustar estructural y administrativamente a cada una de estas instituciones autónomas”_.

Nombramientos cuestionados

Gutiérrez también considera que el nombramiento de los negociadores del acuerdo comercial fue irregular, ya que “según un informe de la Contraloría General de la República esa designación se hizo por medio de servicios profesionales, procedimiento que no es correcto ni el más idóneo”.

Ello por cuanto no medió un concurso para los puestos de los negociadores, con lo que asegura se violaron las normas constitucionales contenidas en el artículo 182 de la Carta Magna.

“¿Cuál facultad, norma legal, acuerdo ejecutivo o acuerdo legislativo autorizó al señor ministro de Comercio Exterior, Alberto Trejos Zúñiga, a la jefa del equipo de negociadores Anabel González Campadabal, y a los negociadores (funcionarios públicos) a incluirlos (telecomunicaciones y seguros) en la Ronda de negociaciones?”, acotó.

Razones de peso

Para el abogado, es necesario el control de constitucionalidad antes de que Congreso apruebe o no el TLC, ya que es inconstitucional debido a que no puede ser aplicado directamente, pero aún así rompería de inmediato los monopolios de seguros y telecomunicaciones.

“Ahora es el momento más indicado y oportuno para ejercer el control de constitucionalidad de las omisiones hechas por el Poder Ejecutivo acometidas durante el proceso de negociación y suscripción para evitar gravísimos perjuicios a la Nación, evitar lesionar los principios que uniforman el Derecho de la Constitución y los principios de legalidad y de supremacía de la Constitución”, afirma.

Finalmente Gutiérrez recordó que no sólo él ha cuestionado el TLC, sino que también los ex presidentes de la República, Luis Alberto Monge y Rodrigo Carazo Odio, así como la Conferencia Episcopal, la Comisión de Notables, las cuatro universidades públicas, el ICE y el INS, entre otros, han manifestado ya sus dudas respecto al contenido del tratado.

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