JPS incumple directriz del ICD en lotería electrónica

Tal y como lo ha venido denunciando la ANEP, junto con sus secciónales de Trabajadores de la Junta de Protección Social y de Vendedores de Lotería, sobre los riesgos de haber privatizado y trasladado la venta de lotería electrónica a la transnacional de juegos de azar GTECH AND BOLD GAMMING; el Instituto Costarricense sobre Drogas )ICD), por medio de su Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), advierte sobre el riesgo de legitimación de capitales (lavado de dólares), que conlleva la forma irregular en que la empresa GTECH opera con la venta de las loterías electrónicas de la JPS.

En su oficio O-UIF-037, del 12 de febrero de 2014, dirigido al Gerente General de la JPS, Lic. Milton Vargas y a la Junta Directiva de esa institución, la UIF, del ICD, indica lo siguiente:

  • Que la actividad de loterías desarrolladas por la Junta de Protección Social, ha evidenciado el pago de sumas considerables en forma reiterada a un mismo apostador
  • Que la perdida que representa para este apostador no supera el 50% de los recursos jugados o invertidos lo cual podría resultar atractivo para legitimadores de capitales bajo esquema de pagos de premios.
  • Que uno de los aspectos fundamentales para lavar dinero es garantizar el anonimato de beneficiario final y distanciar los flujos de utilidades del delito precedente, siendo que actualmente se obvia la recaudación de datos importantes como la identificación del apostado.
  • Que no existen controles que validen en forma efectiva los datos de identificación contra un documento válido conforme a los estándares de identificación establecidos en el país.
  • Que por las funciones propias de la Junta de Protección Social, le corresponde, como regulador natural, aplicar los controles necesarios que reduzcan al mínimo los riesgos de lavado de dinero bajo los esquemas de los juegos que ofrece.

Indica además la UIF del ICD que desde el mes de febrero de 2013 viene trabajando con las autoridades de la JPS, una labor consultiva y no vinculante, referente a la prevención del lavado de dinero, pero que el proceso ha sido lento, es decir, la implementación de las recomendaciones; entonces se optó por la vía de emitir dichas recomendaciones, según lo que establece el artículo 126 de la Ley 8204, que dice lo siguiente:

“Artículo 126.—El acatamiento de las recomendaciones propuestas por la Unidad y avaladas por el Consejo Directivo del Instituto, tendrá prioridad en el sector público y, especialmente, en las entidades financieras o comerciales, a efecto de cumplir las políticas trazadas para combatir la legitimación de capitales y, con ello, incrementar la eficacia de las acciones estatales y privadas en esta materia.”

Pero también insiste la UIF del ICD en que la JPS tiene que realizar una serie de acciones que a pesar de que se han comentado bastante al parecer no se han cumplido como lo es Emitir y aprobar políticas y normativas preventivas del lavado de dinero.

Pero a esto se une lo externado por la misma procuraduría General de la República en su oficio OJ-001-2014 fechado 07 de enero de 2014, dirigido a la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público (Comisión que investiga las actividades de la JPS y la lotería electrónica a cargo de la transnacional GTECH), y que en sus conclusiones, puntualmente en su puntos 4 y 6, indica lo siguiente:

“4- El dictamen C.060-2013 señala que corresponde a la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas dictar la normativa sobre registro y reporte de transacciones de los sujetos obligados conforme el artículo 15 bis de la Ley 8204. Reconocimiento que parte, precisamente, de que en el tanto en que la Junta de Protección Social organice, administre y lleve a cabo, directa o indirectamente, apuestas u otros juegos de azar distintos de la lotería quedará comprendida por lo dispuesto en dicha ley.

6- Por ello, si la UIF y el Instituto Costarricense sobre Drogas determinan que existe un riesgo de que la lotería sea utilizada para legitimar capitales o financiar el terrorismo puede incluirla entre las actividades que se sujetan a las disposiciones de la Ley y, por ende, respecto de las cuales regirán las distintas obligaciones que establecen la ley sobre Estupefacientes y su Reglamento.”(el resaltado no es del original)

Es por todo lo anterior, que la ANEP, y sus seccionales en la JPS, exigimos a la Junta Directiva y jerarcas de la Junta de Protección Social, prescindir y anular el contrato para la venta de sus loterías electrónicas que tiene con la transnacional GTECH AND BOLD GAMMING, pues ésta no cumple con lo exigido por la Unidad de Inteligencia Financiera del ICD; exigencias que con el equipo actual de venta de lotería electrónica que ha instalado dicha transnacional, resultan prácticamente imposibles de cumplir.

Para poner un ejemplo de lo grave de esta situación, en una reunión sostenida días atrás con el señor Gerente de la JPS, Lic. Milton Vargas y varios subgerentes de la institución, el mismo nos comentaba que tuvieron que intervenir un puesto de los administrados por GTECH, debido a que un comprador de lotería electrónica había llegado a comprar con tres millones de colones y le apostó a cada número (del 00 hasta el 99), treinta mil colones. Eso lo hizo en la mañana y en la tarde pasó a retirar la suma de dos millones cien mil colones (ya que la apuesta paga 70 veces lo invertido); es decir, aunque aparentemente perdió, en realidad lo que ocurrió es que se lavaron 2.100.000,00 colones.

Asimismo, solicitamos se intervenga por parte de las autoridades competentes la Junta de Protección Social (JPS), y se obligue a sus jerarcas al cumplimiento inmediato de las disposiciones de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).

Por último nos preguntamos: ¿Qué intereses hay detrás de defender a la transnacional de juegos de azar GTECH AND BOLD GAMMING?, y ¿quiénes en la junta la están defendiendo?…

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