Estimado compañero Didier Leitón Valverde, Secretario General, Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP):
Respetuosos saludos.
Le expresamos, con toda sinceridad, nuestra más grande admiración y respeto por toda la acción que realiza SITRAP, bajo su digna conducción clasista, a favor de uno de los sectores laborales más desprotegidos y más explotados dentro del conglomerado laboral asalariado del país: los compañeros y las compañeras que laboran en los plantíos agrícolas del país.
Nos alegra muchísimo este importante triunfo político-sindical, mismo que se agiganta ante las adversidades de la actividad sindical agrícola, radicalmente distintas de las facilidades que existen para la acción sindical en el sector Público. Sinceramente, “nos quitamos el sombrero” ante vuestra perseverancia y convicción profunda en esta noble y difícil causa: la de las libertades democráticas y la del pleno respeto a los Derechos Humanos, como el de la Libertad Sindical, en las plantaciones agrícolas costarricenses.
Es un verdadero honor el que tiene la ANEP de compartir con SITRAP, los mismos ideales en el seno de la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), cuya recomposición operativa y político-ideológica empezó el pasado viernes 26 de julio de 2013. Por cierto que estamos urgidos de honrar nuestra palabra empeñada en cuanto a un compromiso solidario de la ANEP para con SITRAP más concreto y esperamos resolverlo en próximo días, reconociendo de manera autocrítica que nos hemos “lerdeado” en el asunto.
Nuevamente, estimado y respetado compañero Didier, reciba usted y su equipo de trabajo de SITRAP la más sincera admiración y respeto de nuestra parte.
Servidor atento,
Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP y Presidente de la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP).
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SITRAP continúa cosechando triunfos en su ardua lucha por la liberad sindical en las Plantaciones Agrícolas en Costa Rica
Desde el día 29 de agosto de 2007 se le comunicó despido sin responsabilidad patronal a la trabajadora Albertina Muñoz Castrillo, en la empresa CARIBBEAN BEST SOCIEDAD ANÓNIMA, empresa productora y exportadora de Yuca, por lo que a través de departamento legal de SITRAP, la trabajadora presentó ante las autoridades laborales competentes acción para que en sentencia se condenara a la demandada a la reinstalación en su puesto de trabajo, así como al pago de los salarios caídos, aguinaldo, vacaciones, cargas sociales, intereses y ambas costas del proceso.
Con esa misma suerte corrió la trabajadora Consuelo Soto Jiménez, en esa misma Empresa, y en agosto de 2008, se le comunicó el despido sin responsabilidad patronal, por lo que también debió recurrir a los tribunales de trabajo para presentar demanda para que se hiciera justicia.
En los dos casos las verdaderas causas de los despidos fueron por persecución sindical, sin embargo la empresa como es costumbre de ella, y de la mayoría de las empresas Privadas en Costa Rica, se inventó faltas que nunca existieron para despedir a las trabajadoras y así impedir el desarrollo del sindicato.
En el caso de Albertina, casi 6 años duró todo el proceso para su efectiva reinstalación, y se hiciera justicia, después de una gran lucha legal la SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San José, a las Nueve horas cuarenta y cinco minutos del tres de junio de dos mil once se declara nulo e ineficaz el despido de la trabajadora y se ordena a la empresa la reinstalación en el puesto de trabajo en las mismas condiciones que disfrutaba antes del despido. Exp: 08-000489-0929-LA / Resolución: 2011-000445, y se condena a la empresa a pagar los salarios dejados de percibir por la trabajadora desde la fecha del despido y hasta su efectiva reinstalación al trabajo, así como los aguinaldos que correspondan a ese periodo, tomando en cuenta los ajustes de salario que se den por parte del Consejo Nacional de Salarios.
Además, la empresa debe cubrir las cuotas obreros patronales omitidas a la Caja Costarricense de Seguro Social durante el periodo indicado sobre los respectivos salarios a pagar. Asimismo, sobre las sumas que conciernen, se impone el pago de los intereses al tipo otorgado por el Banco Nacional de Costa Rica para los certificados de depósito a plazo por seis meses; desde que se hizo exigible cada obligación y hasta su efectivo pago.
En el caso de Consuelo, casi 5 años duró todo el proceso para que se hiciera justicia, y la SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas cinco minutos del primero de febrero de dos mil trece. Exp: 09-000811-0929-LA / Res: 2013-000129, Se ordena a la empresa la reinstalación de la trabajadora en las mismas condiciones a que se encontraba trabajando antes del despido. Se le condena a pagarle los salarios caídos, desde su despido y hasta su efectiva re-instalación así como los intereses de las sumas conforme a las fechas de su recepción, acorde con lo que establece el Banco Nacional para sus depósitos a plazo fijo, por seis meses.
Se condena a la demandada a pagar las costas personales y procesales, fijándose las primeras en un quince por ciento de la condenatoria.
En acatamiento a la orden del tribunal, Albertina Muñoz Castrillo, y Consuelo Soto Jiménez, en compañía de mi persona en mi condición de Secretario General de SITRAP, el día 23 de julio de 2013, y en coordinación con el Dpto Legal de SITRAP, nos presentamos en la finca ante la señora Irene Carvajal de Recursos Humanos, esto con el fin de coordinar lo concerniente a la efectiva reinstalación al puesto de trabajo de ambas trabajadoras, en dicha reunión se acordó, después de hacer la empresa algunas propuestas de trasporte, y de previo a algunas averiguaciones del mismo, las trabajadores se reincorporaron al trabajo el día 24-07-2013. Debemos aclarar que en el caso de Albertina, si bien es cierto la sentencia quedó en firme desde el 2011, la empresa no había querido reintegrarla al trabajo, hasta en la fecha ya mencionada.
Las trabajadoras están muy satisfechas con el resultado, y dan las gracias a SITRAP y a su depto. Legal por el gran esfuerzo que han hecho para que se diera este triunfo, también dan las gracias a los y las testigos que tuvieron el valor de ir a los tribunales a dar el testimonio de las acciones anti-sindicales que practica esta empresa.
Es muy importante decir que con estos dos casos, ya son 6 los casos que se ganan en esta empresa, y a ella no la ha quedado más remedio que acatar la orden de los tribunales, y ha tenido que reintegrar a los y las trabajadores despedidos a sus puestos de trabajo, estos triunfos se deben a la ardua lucha que ha venido dando SITRAP en la defensa de los y las trabajadoras, cada día nos acercamos mas a la preciada libertad sindical, solo que tenemos que mantenernos en pie de lucha para recoger los resultados del sacrificio hecho durante todos los años anteriores, otra parte que es de mucha importancia resaltar es que además de que en estos casos se hace justicia, es un gran precedente para que las esta y demás empresas inicien a respetar la libertad sindical en las Plantaciones en Costa Rica
Por otra parte queremos dar la gracias a todas la organizaciones y amigos, nacionales e internacionales que nos han tendido su mano para que SITRAP continúe en lucha por los derechos de la clase trabajadora en las Plantaciones Agrícolas en Costa Rica.
Saludos cordiales a todos y todas
Didier Alexander Leiton Valverde
Secretario General
SITRAP
Teléfono: 2768-88-45
Fax: 2768-82-49