¿Por qué nos oponemos al impuesto de 1,75% al recibo de luz para financiar a los bomberos?

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En el 2006 nos manifestamos sobre el TLC y los bomberos: Cuerpo de Bomberos de Costa Rica terminará como la Cruz Roja, pidiendo limosna y vendiendo rifas
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Nos oponemos a la aprobación del proyecto de Ley (expediente legislativo No. 17.881), para financiar al Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, porque es el primer paso para que los que promovieron el TLC, tengan una justificación para eliminar el costo de manutención que por Ley Reguladora del Mercado de Seguros se le impone al Instituto Nacional de Seguros (INS), así como a las compañías privadas de seguros para financiar a los bomberos.

Nos oponemos a este proyecto de ley porque es uno de los engaños más elaborados a partir de la aprobación del TLC. Esto queda demostrado en la comparecencia de don Guillermo Constenla Umaña, actual Presidente Ejecutivo del INS y Presidente de la Junta Directiva del Cuerpo de Bomberos, ante la Comisión de Asuntos Especiales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa, en el acta No. 33 de agosto del 2006 (pagina No. 12), de la misma cuando dice:

“Definimos en los proyectos de ley presentados que el Cuerpo de Bomberos, como entidad de máxima desconcentración, lo cual va a ser bueno, porque al Cuerpo de Bomberos le va a dar mayor autonomía de actuación, le va a dar oportunidad de actuar como una empresa, aún cuando sea el Instituto y los demás proveedores del mercado quienes vayan a darles el financiamiento necesario, de forma alícuota a las primas vendidas, es decir, el Cuerpo de Bomberos no va a quedar desfinanciado, como se ha dicho en algunas instancias.” (El resaltado no es del original)

Nos oponemos a este proyecto porque una supuesta falta de recursos no es real, toda vez que este estratégico servicio público sigue estando bajo la responsabilidad del INS, según lo establece la “Ley Reguladora del Mercado de Seguros”. La misma establece que para el financiamiento del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, se tienen los ingresos del 4% de las primas de los seguros que se vendan en el país. Asimismo se establece en dicha ley en su artículo No. 53 que modifica el artículo No. 2 de la Ley Bomberos lo siguiente:

“En adición a la obligación establecida en el inciso a) del artículo 40 de esta Ley, la Junta Directiva del INS deberá ordenar el giro oportuno, al Fondo del Cuerpo de Bomberos, de las sumas de dinero que determine como necesarias, según justificación técnica presupuestaria avalada por la Contraloría General de la República para que el Cuerpo de Bomberos pueda brindar servicios en forma eficaz y eficiente a la población de Costa Rica…”

Entonces, ¿por qué este impuesto sobre las espaldas, básicamente, de la clase trabajadora?…

Exhortamos, respetuosa pero vehementemente, a los honorables señores diputados y a las honorables señoras diputadas que, inicialmente, votaron en primer debate este proyecto de ley; para que rectifiquen y le retiren su apoyo, pues como quedó demostrado, la máxima autoridad política del INS reconoció que no era necesario para el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica otro tipo de financiamiento.

San José, 1 de setiembre de 2011.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General de la ANEP
Presidente de la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP)

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