Precondiciones para el debate sobre el futuro del IVM

En la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) estamos por la sostenibilidad del Régimen de Pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), por lo que estamos dispuestos al debate sobre el futuro de nuestro sistema jubilatorio, siempre en el marco de su carácter colectivo, como lo hicimos en el año 2005.

Estamos en contra de que se eleve la edad de jubilación a los 70 años, se aumente la cotización obrera, y/o se reduzca el monto a recibir por pensión.

Desde ya establecemos como representantes genuinos de una importante parte del conglomerado laboral cotizante al IVM, lo que denominamos como: Precondiciones necesarias para la discusión del tema en el marco de una eventual mesa de trabajo de los actores sociales y productivos de nuestro país.

Primero: Consideramos que la Dirección Actuarial de la institución debe ser objeto de una cuidadosa transformación profesional.

Segundo: La Junta Directiva de la CCSS debe tomar acuerdo en la dirección de que los fondos del régimen de IVM y los del SEM (Seguridad y Maternidad) deben separar su administración, tal y como resulta concluyente del estudio realizado por la Universidad de Costa Rica (UCR).

Tercero: La sociedad costarricense, y particularmente los depositarios del fondo de jubilación de IVM, deben ser informados de previo a la discusión de cualquier medida respecto a las decisiones tomadas por parte de la alta cúpula gerencial sobre inversiones realizadas entre los años 2011-2012 pues, presuntamente, se utilizaron fondos del seguro de pensiones IVM para gastos y operaciones ordinarios del seguro de salud SEM, situación que incluso fue objeto de denuncia penal ante el Ministerio Público .

Cuarto: Iniciar el debate conociendo cuál ha sido el avance de lo acordado en el año 2005 en lo relativo a fortalecimiento del sistema de inspección de la institución para el control de la evasión morosidad y sub-declaración.

Quinto: Revisión del carácter filosófico de la creación del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) (segundo pilar), concretamente tomando en cuenta que éste fue creado para salir en defensa del IVM (primer pilar) si se presentaban problemas financieros o de desfinanciamiento. En este particular, se debe conocer el informe de auditoría de la institución.

Sexto: Revisión de la Ley de Protección al Trabajador (LPT) del año 2000, en su artículo 78, para auscultar la naturaleza de su incumplimiento y las necesarias medidas a tomar para que el mismo se siga dando.

Sètimo: Conocer la política actual y futura de inversiones que aplica la institución aseguradora con fondos de IVM y propuestas para traer recursos frescos al IVM.

Nuestra posición define claramente que antes de realizar cualquier variante paramétrica en edad, cuotas o cotización obrera, la discusión debe pasar por un riguroso análisis de los aspectos NO PARAMÉTRICOS como los apuntados, que deben emprenderse para garantizar la sostenibilidad futura del régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).
San José, domingo 1 de enero de 2017.

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