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Organizaciones apoyan acción de inconstitucionalidad de la ANEP contra la Ley Antihuelgas
Luego de movimiento laboral, trabajadores municipales de Nicoya llegan a acuerdos con la Alcaldía
Narcotráfico se expande y MSP debilita Policía de Control de Droga
• Policías han perdido a sus familias por extenuantes jornadas
• ANEP se ha acercado al MSP, pero no ha habido interés en solucionar el problema.
Como ha quedado en evidencia tras los diversos operativos, Costa Rica dejó de ser un lugar de bodegaje de droga y pasó a ser un centro logístico muy atractivo para las organizaciones de tráfico internacional.
A pesar de la gran labor que hace el personal operativo, sus esfuerzos son casi en vano, ante el debilitamiento constante de la Policía de Control de Drogas (PCD)
Jonathan Flores Mata, Asesor sindical, manifestó que durante los últimos años le han externado la problemática de la falta de personal a los ministros de seguridad, pero más allá de lamentar la situación, no se han dignado a generar un cambio.
“O hay una falta de liderazgo o tienen más poder dentro de la institucionalidad las propias jefaturas de PCD o están protegiendo los intereses contrarios a los que la ciudadanía quiere. Es difícil no despertar ese morbo, ¿Para quién están trabajando?”, aseveró
Según datos otorgados por el MSP, desde el 2017 al 2020 participaron 2.900 personas por una plaza, pero solo se contrataron a 23.
La poca contratación de oficiales ha llevado a cabo un recargo de funciones importante, lo que le ha generado una afectación considerable a nivel de salud, familiar, entre otros factores para los policías.
“Les tienen roles que son contrarios a la salud. Ellos no tienen derecho prácticamente a una educación superior, no les dan ese permiso desde la Dirección General. Hay compañeros que han perdido a su familia, ya que prácticamente no los ven porque tienen jornadas extenuantes. Asimismo, hay compañeros y compañeras que tienen registro y las bitácoras que comprueban que han tenido jornadas de 32, 36 y hasta de 48 horas consecutivas, lo que es inhumano.”
Por parte de la seccional, se quiera dejar claro que a pesar de los múltiples esfuerzos en los que se ha buscado la solución, no hay mayor interés por parte del MSP. Además, de que la opinión pública pida cuentas del porqué la Administración no subsana este tipo de acciones que debilitan este cuerpo de policía técnico y especializado en combatir este flagelo que cada vez más se acrecienta en el país.
Movimiento laboral en la Municipalidad de Nicoya
La lógica de la Junta Directiva de la CCSS: fauleados 154,807 pensionados de IVM de pensiones bajas (I parte)
Por: Rodrigo Arias López. Actuario Matemático
Para quienes creen que la JD-CCSS se volvió cristalina y transparente como el agua de manantial solo por dar tres meses más de plazo para acordar elevar las edades de retiro, bajar beneficios y aumentar las cotizaciones del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), desafortunadamente sigo con malas noticias. Ya abordé el asunto por este mismo medio (https://surcosdigital.com/hablemos-de-ivm-vacilan-a-reymundo-y-a-todo-el-mundo-zancadillean-a-cotizantes-pensionados-y-mesa-de-dialogo-parte-iv/), ahora lo refresco y profundizo.
1) El artículo 29 del Reglamento de IVM dice: “La cuantía mínima de pensión no podrá ser inferior al 50% del ingreso o salario mínimo de contribución que se establezca conforme al artículo 34 de este Reglamento. Asimismo, el Estado, en su condición subsidiaria, cubrirá el financiamiento de las pensiones mínimas que otorgue el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en aquellos casos donde la pensión resultante es menor al monto mínimo vigente. Este financiamiento formará parte de la cuota del Estado como tal”. Destacados míos. A este salario mínimo de contribución también se le llama Base Mínima Contributiva (BMC).

2) En el artículo 26 de la sesión N° 8682 del 28 /11/2013 la JD-CCSS, acordó el plan de relación entre la BMC y el Salario Mínimo Legal (SML) del cuadro siguiente. Esto significaba que a partir del 1/10/2019 la pensión mínima de IVM sería igual a un 50% del SML según el artículo 29 del reglamento de IVM.
3) Sin embargo, en el Artículo 8 de la sesión N° 8992 del 27/9/2018 y el 25 de la sesión N° 9072 del 19/12/2019, la JD-CCSS se “arrepintió” y acordó que la BMC en IVM quedara en 87% del SML y en 92.95% del SML en el Seguro de Salud. Por lo tanto, topó la pensión mínima de IVM a un 43.5% del SML. Fue una zancadilla sin previo aviso, a escondidas y sin mesa de diálogo.
Así que, como desde enero de 2021 el SML es ₡319.574, el monto de la pensión mínima hoy hubiera sido ₡159.787 si la JD-CCSS no se hubiera arrepentido; pero gracias al arrepentimiento la topó en ₡139,015. ¿Será esto un favor al Estado-Gobierno? ¿O un desvío de fondos? Porque según el artículo 29 del Reglamento de IVM la CCSS le cobra al Estado -los contribuyentes- un 0.66% sobre los salarios de IVM para pagar esos beneficios.
Usando la planilla de IVM de noviembre de 2020 resultan 154,807 pensionados afectados, que representan la mitad del total de pensionados, según el detalle del cuadro siguiente:

Sumando la diferencia entre ₡159.787 y el monto de pensión pagado a esos 154,807 pensionados, considerando que son trece pagos al año, adicionando el costo diferencial de las pensiones nuevas del año 2021, un posible reajuste por inflación y el costo del seguro de salud, el ahorro estimado en 2021 que la JD-CC hizo a costa de las pensiones más bajas es de ₡42 mil millones (el faul o zancadilla).
Por otro lado, en el año 2021 el IVM dejaría de recibir unos ₡14 mil millones de colones de cuotas por tener una BMC de ₡278,030 en lugar del SML, mientras que el Seguro de Salud dejaría de recibir un monto similar por tener una BMC de ₡297,044 en lugar del SML. En adición, como la JD-CCSS usa la BMC para estimar el costo que le cobra al Estado por la atención de la salud de las personas de escasos recursos -Artículo 2 de Ley 5349- dicho fondo dejará de recibir del Estado unos ₡15 mil millones de colones en 2021.
Entonces restándole a la zancadilla que la JD-CCSS propinó a esos 154,807 pensionados, resulta un ahorro neto de ₡42 – ₡14 – ₡14 – ₡15 = -₡1 mil millones, un poco más, un poco menos, no importa, lo importante es que el “ahorro” más bien se traducirá en posibles pérdidas para la CCSS en 2021, como fue en 2020 y 2019; pero es castigo o garrote para la mitad de los pensionados que más necesitan de una pensión. Insisto: ¿Es o no es desvío de fondos? ¿Cómo le podríamos llamar a esto? ¿Será otro maquillaje? ¿Habrá sanciones? ¿O la torta la pagarán solo los pensionados?
Sobre el asunto existe una denuncia en la Auditoría Interna de la CCSS desde el 14 de setiembre de 2020 que tiene el número DE-126-2020 (https://drive.google.com/file/d/183VhpSfKdtCt8EUAHZRJhskzJa8Ck1m-/view?usp=sharing), con el fin de descartar cualquier maquillaje, abultamiento de cifras y violación al principio de legalidad. Estoy a la espera de que me notifiquen el resultado de la investigación.
Mencioné que a partir de enero de 2021 la pensión arrepentida debería ser de ₡139,015. Sin embargo, mejor revisen sus billeteras, pues no se descartan otras zancadillas aún en época de pandemia.
Rodrigo Arias López
Actuario Matemático
ANEP cuestiona nuevos contratos laborales en la Cruz Roja
La ANEP, por intermedio de su seccional en la Cruz Roja Costarricense y con el acompañamiento legal de la Unidad de Asesoría Jurídica, presentaron una serie de cuestionamiento por los nuevos contratos laborales ante el departamento de Talento Humano de la Cruz Roja Costarricense, por considerar que contiene vicios de nulidad e irrespeta los derechos de los trabajadores.
Zonas francas: ANEP aplaude acción jurídica de inconstitucionalidad emprendida por alcalde de Alajuela
– Zonas francas: les sobra protección jurídica y respaldo político
Expresamos nuestra más efusiva y sincera felicitación al señor Alcalde de la Municipalidad de Alajuela, don Humberto Soto Herrera, por la valiente y políticamente necesaria decisión de interponer una Acción de Inconstitucionalidad en contra de la Ley No. 9851; legislación que golpea duramente a aquellos gobiernos locales en cuyos territorios están instaladas empresas bajo el régimen de Zona Franca, pues obliga a esos municipios a la devolución de dineros cobrados por concepto de impuesto a bienes inmuebles.
La legislación cuestionada por el Sr. Alcalde de la Municipalidad de Alajuela es, además, sumamente necesaria pues sería nefasto para las arcas municipales devolución de dineros ya cobrados e incorporados al giro financiero ordinario de los correspondientes presupuestos; amén de que los tiempos de pandemia también han golpeado a los gobiernos locales.
Mientras en las comunidades, todas las personas propietarias honran el pago del impuesto a los bienes inmuebles, pese a la severidad de la crisis sanitaria y económica que estamos viviendo; de manera cínica las empresas de zonas francas pretenden la devolución de lo que han pagado por tal impuesto, sin mostrar ni la menor pizca de solidaridad activa con el sufrimiento y la angustia de miles de compatriotas.
Debemos rechazar, con especial énfasis, la manipuladora tesis política de los jerarcas ejecutivos de que tal acción de inconstitucionalidad interpuesta por don Humberto Soto Herrera, Alcalde de Alajuela, trae “inseguridad jurídica” a los grupos inversionistas; cuando éstos ya cuentan con tan amplia, diversa y sólida protección que, por el contrario, el régimen de zonas francas parece pretender que se le considere una “república independiente”.
Mal hicieron las señoras diputadas y los señores diputados que, de manera irresponsable y precipitada aprobaron tal ley 9851 (“Interpretación auténtica del inciso 4), del artículo 20 de la Ley No. 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas”). Probablemente, la “orden” de legislar así fue dada desde Casa Presidencial y en los tiempos del “superministro” André Garnier Kruze.
Se legisló, en tal sentido, retroactivamente, a contrapelo del principio constitucional respectivo; además, se legisló en contra de los intereses de las comunidades que tales personas diputadas dicen representar en el actual parlamento, por demás, el más anti-obrero de la época de la Segunda República.
El régimen de Zonas Francas ha gozado, durante sus más de tres décadas de existencia en el país, de una protección jurídica en exceso, sin hablar del poderoso respaldo político al más alto nivel de parte de los partidos coludidos en la promoción del neoliberalismo excluyente y depredador: Liberación, Unidad y PAC, básicamente.
Es así que la alta cúpula ejecutivo-macroempresarial de las empresas de las zonas francas se puede considerar parte importante dentro del conglomerado de la plutocracia gobernante de la actualidad.
El dispendioso sistema de exenciones tributario-fiscales muestra lo grotesco de su situación archi-privilegiada, comparada con la situación socioeconómica de miles de personas trabajadoras desempleadas y de salarios precarizados; además de las decenas de miles de micro-pequeñas y medianas empresas, tratadas de manera inmisericorde con relación a un sistema tributario que, aparte de su perversa naturaleza regresiva, está corrupto.
En algún momento habrá que realizar una profusa investigación ante sospechas crecientes de la gran manipulación jurídico-legal del régimen de Zonas Francas, de cara a eventuales maniobras de cierto empresariado tico para realizar sus correspondientes actividades productivas engañando al fisco para ser cubierto por tan dispendioso sistema de exenciones que tiene tal régimen.
ANEP hace formal instancia al personal trabajador de la Municipalidad de Alajuela para que promueve diversas acciones de apoyo a su alcalde, don Humberto Soto Herrera.
San José, domingo 11 de abril de 2021.
Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP
Wálter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto











