La solidaridad internacional se sigue manifestando a favor de la ANEP. Nuestra organización sindical agradece el respaldo y apoyo de cada organización.




La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)
El Frente Interno de Trabajadores y de Trabajadoras del Instituto Costarricense de Electricidad (ASDEICE-FIT y SIICE-FIT)
La Unión del Personal del Instituto Nacional de Seguros (UPINS)
ANEP, FIT-ICE y UPINS comparten las opiniones y argumentos del Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH) en su escrito de “amicus curiae” a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, sobre el proyecto de ley para imponer límites y restricciones al derecho de huelga.
Sin apasionamientos políticos ni sesgos ideológicos, el Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), presentó a la Sala Cuarta un documento en el que técnicamente demuestra que el proyecto de ley-expediente legislativo Nº 21.049, Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos tiene vicios que contravienen otros derechos humanos contenidos en la Constitución y en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Costa Rica.
Las indicadas organizaciones sindicales invitan a que otras entidades académicas como facultades de Derecho, el Colegio de Abogados y de Abogadas, y de otras profesiones, así como cualquier otro tipo de organización civil, pero en especial a la Defensoría de los Habitantes de la República, para que se involucren activamente en el debate jurídico y que se manifiesten sobre la contundencia de los riesgos de que se apruebe una ley que sería, de inicio, inconstitucional y contraria a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y su Protocolo de San Salvador sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales; los Pactos Internacionales de Naciones Unidas sobre Derechos Civiles y Políticos y Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y criterios consolidados de su Comité de Libertad Sindical.
El documento del IIRESODH estudia la relación intrínseca entre la Libertad Sindical y los derechos colaterales que lo hacen viable (derecho a asociarse libremente a sindicatos, derecho a reuniones públicas y pacíficas y libertad de expresión), donde la libertad sindical y el ejercicio de la huelga son herramientas que ayudan no solo a balancear o a disminuir inequidades que afectan al sector laboral; sino a expresarse sobre temas de interés nacional, incluyendo asuntos de políticas públicas (mal llamadas huelgas políticas).
El debate lo centra el IIRESODH en que, si bien el derecho de huelga se puede y debe regular, esa reglamentación debe ajustarse a los estándares internacionales sin incurrir en un vaciamiento de los alcances y fines de esos derechos. Se concluye que el proyecto de ley no cumple con la validez de los límites o restricciones a los derechos de libertad de expresión, libertad de asociación y de reunión y de manifestaciones públicas y pacíficas. El documento realiza un test de control de constitucionalidad y convencionalidad que se resume a continuación:
El derecho a huelga no es absoluto, pero los límites a imponer también deben tener límites, que según la Sala Constitucional deben ser: razonables, necesarios, idóneos y proporcionales. En el marco de los compromisos internacionales asumidos por Costa Rica, deben ser restricciones previstas por ley y ser necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. El proyecto de ley no cumple con ese control de constitucionalidad y convencionalidad en muchos casos.
La prohibición de la huelga debe ser una medida extrema y únicamente para casos excepcionales, mas no así e.n situaciones donde la de los numerales 3 —los otros casos que no son controladores aéreos—, 4 y 8 del Artículo 376 del Código de Trabajo, tal y como están propuestos por el proyecto de ley 21.049 aprobado por la Asamblea Legislativa en el primer debate legislativo, sí imponen una prohibición a la huelga que contradice el derecho a la Constitución y a los Tratados. No es razonable el aumento de situaciones para calificar la prohibición de huelga en “servicios esenciales” en varios casos propuestos en el proyecto de ley, porque algunos rebasan o no implica que causen o representen una amenaza evidente e inminente para la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población.
La huelga puede ser restringida, mas no prohibida, en los “servicios de importancia trascendental”, por no poner en riesgo, como punto de partida, la vida, la salud o la seguridad de las personas en toda o parte de la población. En esos casos, la regulación debe ser a favor de la huelga permitiendo una prestación mínima de servicios que no prohíban la huelga, ni que anulen el ejercicio de otros derechos en servicios de migración y servicios aduaneros y conexos y los servicios de moneda y banca, por ejemplo.
A guisa conclusiva, no se observan violaciones a la Constitución en el tratamiento restrictivo de la huelga respecto de los denominados servicios de importancia trascendental.
No es posible prohibir las “huelgas políticas” o aquellas que no tengan conexión directa con la relación de empleo o incumplimientos laborales imputables al patrono porque sería una intromisión del Estado y censura previa para que los trabajadores puedan manifestarse públicamente sobre grandes problemas nacionales de políticas públicas, sociales y económicas que puedan afectar sus intereses y derechos.
Es inconstitucional declarar una huelga ilegal si no se cumple con el nuevo requisito de preaviso de la huelga por ser una medida arbitraria y desproporcional que carece de razonabilidad.
La duración de la huelga en servicios de importancia trascendental no puede ser preconcebida en ninguna circunstancia, puesto que el tiempo es parte de la estrategia sindical y laboral y depende del contexto y del estado de negociación, salvo que se llegue a un límite de fatalidad que obligue a imponer restricciones razonables por vía judicial en caso de riesgo para la vida, la salud o la seguridad y podría continuar por medio de planes de servicios mínimos.
Las siguientes medidas que podrían ser aprobadas por ley, son contrarias a la Constitución y a tratados internacionales de derechos humanos porque representan restricciones a la libertad de asociación y de reunión, libertad de opinión y expresión, derecho a manifestarse pública y pacíficamente y libertades sindicales: A) La posibilidad de disolución de un sindicato por delitos cometidos por algunos de sus dirigentes. B) El establecimiento de un mínimo de personas para la validez de una huelga. C) La lista ampliada de supuestos de ilegalidad manifiesta y automática de la huelga en caso de servicios esenciales que no requeriría de trámite de calificación de ilegalidad. D) La prohibición de “huelgas políticas”, sin especificar su definición ni caracterización. E) La prohibición de celebrar huelgas por motivos por los cuales ya se celebró una en el pasado. F) La reducción retroactiva de salarios como sanción en casos de que se determine que la huelga fue ilegal. G) Limitaciones temporales al ejercicio de la huelga.
Amicus Curiae Derecho Huelga (3) by Yariela Novo on Scribd
San José, 01 de noviembre del 2019.
Estimados (as)
Afiliados (as)
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados
ANEP
Honorables compañeros (as):
La Comisión Electoral de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), fundamentada en el art. 45 de sus estatutos, les informa que se estarán recibiendo hojas de vida de afiliados y afiliadas, que estén interesados (as) en postularse para participar como candidatos y candidatas para conformar el Órgano Fiscalizador.
Las elecciones se realizarán el día sábado 07 de diciembre del 2019, a partir de las 8:00 de la mañana en el Auditorio de la Conferencia Episcopal, en Calle 20 Norte.
Dichos postulantes deberán cumplir con los Artículos 21, 22, y 50 del Estatuto para su debida inscripción, el cual está conformado de la siguiente manera:
Cada propuesta de equipo de candidatos (as) deberán de venir conformado según lo estipulado anteriormente.
Para tales efectos la Comisión Electoral de la ANEP, estará recibiendo dicha documentación el día viernes 22 de noviembre de 2019 a las 17:00 horas, en la sede central de la ANEP, ubicada en Calle 20 Norte, 300 metros Norte del Hospital de Niños.
Sr. Rolando Fonseca Gutiérrez
Presidente
Comisión Electoral ANEP
El Tribunal Contencioso Administrativo dejó sin lugar la denuncia que se interpuso contra cuatro Guardaparques y el Estado, la cual buscaba pedido de daños y perjuicios consistentes en suma de dinero por el decomiso de madera, que en apariencia habría sido talada de forma ilegal en las inmediaciones del Área de Conservación Tempisque.
Los hechos se remontan al año 2007, cuando los guarda parques realizaron una inspección de rutina en la finca de un sujeto de apellidos Zúñiga Morales, quien habría solicitado el permiso para la tala de algunos árboles. Al realizar la inspección los guarda parques se percataron de que se había cortado un árbol de más a lo permitido por el Área de Conservación Tempisque, por lo que dispusieron realizar el decomiso de toda la madera.
Según indica el expediente N13-007631-1027-CA , Posterior al decomiso los guarda parques, siguiendo el procedimiento y lo estipulado por la ley interpusieron la denuncia ante la fiscalía de Nicoya, dejando a la orden de esta la madera decomisada. Ésta última nunca fue puesta en custodia ni trasladada por la Fiscalía, permaneciendo en el Área de Conservación Tempisque.
Posteriormente el caso contra Zúñiga Morales prescribió en junio del 2012, por lo que no se pudo comprobar la culpabilidad del denunciado, quien por consiguiente demando a los Guardaparques aduciendo “que le causaron daños y perjuicios con su actuación administrativa ilegal y negligente al decomisarle la madera arbitrariamente y haberla mantenido bajo su custodia en total estado de abandono por espacio de cuatro años, lo que ocasionó que la misma se destruyera en su totalidad”.
Sin embargo, para el Tribunal Contencioso Administrativo los guarda parques actuaron “conforme lo indica el artículo 54 de la Ley Forestal, los funcionarios denunciantes y aquí demandados, cumpliendo su deber legal, procediendo a emitir el “informe de policial” correspondiente, sea la denuncia y en ésta dejaron a la orden de la Fiscalía de Nicoya la madera decomisada, por lo que, a criterio de este Tribunal, una vez trasladado el asunto a la jurisdicción penal, en este caso a la Fiscalía de Nicoya, los bienes decomisados, quedaron precisamente a la orden de aquella autoridad, quien debía, como corresponde, a partir de ese momento tomar las disposiciones que fueran pertinentes respecto de los bienes decomisados”.
Ante este escenario, el Tribunal Contencioso Administrativo acogió la Falta de Legitimación Pasiva, declarando inadmisible la demanda de Zúñiga Morales contra las Guardaparques.
El caso fue llevado por la abogada Rosa Rivera Bejarano, integrante de la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP.
Luego de ocho largos años de espera, el próximo 23 de enero a las 9:00 a.m. vecinos de Ciudad Colón y Santa Ana, junto a la Asociación Rescate de Valores Patrióticos y la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (Apreflofas), iniciarán el juicio contra el Estado y la empresa Autopistas del Sol, en busca de anular la concesión de la Ruta 27 (San José – Caldera).
La denuncia interpuesta desde el 26 de junio del 2012, se tramita en el Tribunal Contencioso Administrativo bajo el expediente 12-003415-1027-CA, y figuran como demandados el Estado, el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi), el Consejo Nacional de Concesiones (CNC), la Contraloría General de la República (CGR), la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), así como la concesionaria Autopistas del Sol.
Roxiris Vargas, vecina de Santa Ana e integrante de la Asociación Rescate de Valores Patrióticos, se mostró muy esperanzada de que este proceso por fin llegue a su etapa final.
“Al fin después de ocho años podremos conocer el desenlace de esta lucha, y de una concesión que fue concebida desde un principio con una serie de irregularidades. El Estado ha fallado con la fiscalización de esta obra y ha sido muy complaciente con la concesionaria, afectando al pueblo costarricense”, manifestó Vargas.
Cuestionamientos y fallas
Dentro de los principales cuestionamientos que realizan los demandantes se encuentran la inseguridad que representa para los usuarios la ruta en general, el cobro de tarifas onerosas a base de convenios y adendas, lo que ha provocado, según estos el aumento de los costos que se le debe de reconocer a la concesionaria.
“Desde su génesis nunca se debió otorgar esta concesión, ya que el concesionario inicial Cartellone-Acosol no cumplía los requisitos, nunca debió traspasarse la concesión a Autopistas del Sol sin haber iniciado las obras. A esto se une que las tasas de descuento se incrementaron beneficiando a la concesionaria. De seguir con esta metodología el país terminará pagando más de 1.500 millones de dólares”, indicó Bernal Gamboa Mora, representante legal de los demandantes.
En el tema tarifario, critican que la Aresep no ha realizado una valoración adecuada para que la tarifa sea al costo, si no que la incrementaron un 30% “para que fuera atractiva a los inversionistas y esto creemos que también es ilegal”.
Con respecto a las obras desarrolladas en lo largo de la Ruta 27, aseguran que la carretera no cumple con el parámetro en la calidad del asfalto, ya que inicialmente el segmento Ciudad Colón-Orotina se construiría con concreto hidráulico, pero se colocó concreto asfáltico. Situaciones similares se presentan con otras obras, como con los taludes que van desde el kilómetro 30 al 46, que no se construyeron en terrazas como estaba contemplado en el inicio de la obra.
“Existen obras como el paso peatonal de Fórum que se eliminó del primer balance económico y se incorporó en el segundo balance, pero al doble de precio. Además, obras pendientes como los sistemas de pesaje automático, las áreas especiales de servicio, faltante de aceras, intercambios sin las especificaciones adecuadas, así como la reducción en los diámetros de las alcantarillas; provocando que la carretera se inunde en algunos tramos”, detalló Gamboa.
Para el representante legal y los demandantes es completamente “contradictorio o complicidad” de que, con estas fallas e incumplimientos por parte de la concesionaria, el Estado no accionará los mecanismos de sanción correspondientes, por lo que aportarán testigos expertos en temas de infraestructura vial para demostrar todas las falencias detectadas.
“Este juicio será bastante técnico por lo que aportaremos un ingeniero civil belga, dos funcionarios del Lanamme, así como al economista y quien fue el Gerente de Proyecto de la concesión, Stephan Brunner, este último para comprobar los fallos en el cálculo de tarifas”, manifestó Gamboa.
Petición de los demandantes
Ante esta serie de irregularidades solicitan al Tribunal Contencioso Administrativo, la imposición de las multas por los incumplimientos del concesionario en la construcción de las obras y mantenimiento.
Además, ante los graves incumplimientos, piden que los jueces valoren si amerita resolver (eliminar) la concesión. Adicionalmente si no se puede resolver la concesión, que se valore la nulidad de: los balances económicos (actualmente tres), adendas del contrato (actualmente cuatro) y el cartel de licitación.
Al ciudadano costarricense, “banco-mundializado”, Rodrigo Chaves Robles, le han encomendado hacerse cargo de la cartera de Hacienda, el ministerio de mayor relevancia en tiempos del ajuste estructural neoliberal.
Se destaca que ha estado laborando para el Banco Mundial durante los últimos 27 años, resaltándose su papel en Indonesia, un país de casi 270 millones de habitantes, el 52 % de los cuales tiene que vivir con menos de 2 dólares diarios.
Su antecesora en el cargo, Rocío Aguilar Montoya, desde la perspectiva de los sectores populares, sociales y cívicos, salió por la puerta de atrás: varias veces violó la Constitución Política, quedando impune por ello. Algo de extrema gravedad, pero no para los mercados.
Además, su ideológica macro-fiscalidad (con el aval de Carlos Alvarado Quesada), es la responsable de que miles de compatriotas se hayan empobrecido desde la entrada en vigencia del combo fiscal, impulsando el tránsito por la vía dolorosa de la confrontación social abierta al que parecen querer llevar al pueblo costarricense, insistiendo en políticas económicas fracasadas inspiradas en el neoliberalismo. Aunque ya tienen miedo y por eso buscan imponer la “ley mordaza”.
La coalición político-ideológica y económica-mediática que nos gobierna, celebra la designación de Rodrigo Chaves. Poco les duró el “llanto” por la salida abrupta de Rocío Aguilar. ¡Muerto el rey (o la reina), viva el rey! “Todo sigue en su lugar” (así decían en Chile, hasta hace poco).
Entendemos que Rocío Aguilar y Rodrigo Chaves son personas asociadas a la Academia de Centroamérica. De “casualidad”, el Presidente del Banco Central de Costa Rica (BCCR), Rodrigo Cubero Brealey, ¡también lo es! ¡Todo queda entre familia! La familia ideológica del neoliberalismo cubiertas por ese techo académico. ¡El Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial nos tutelan directamente!
Chaves, según le “pidió” Carlos Alvarado Quesada, vendrá para mantener, como su tarea principal, la estabilidad de las finanzas públicas de Costa Rica (muy alicaídas, por cierto, pues su antecesora nos dejó con más deuda, con más pago de intereses y con más déficit).
Se pretende, según él, “mejorar la eficiencia y calidad del gasto”, para que haya una “prosperidad” en beneficio de toda la población. Eso sí, “con un manejo macroeconómico responsable”.
Cuál “manejo macroeconómico responsable”, con una evasión tributaria y elusión fiscal entre los 6 y los 8.5 puntos PIB
Cuál “manejo macroeconómico responsable”, con el perverso sistema de exenciones-exoneraciones de 6 puntos PIB
Cuál “manejo macroeconómico responsable”, con un cobro de intereses de la deuda pública rondando los 4 puntos PIB
Cuál “manejo macroeconómico responsable”, si ya no se tienen, al menos, 2.5 puntos PIB dejados de percibir en aduanas por esos TLC del falso libre comercio
Cuál “manejo macroeconómico responsable”, si las grandes corrupciones, con ropaje legal o sin él, representan hasta un 7 % PIB, según el International Control Strategy Report (Volume I: Drug and Chemical Control), emitido por el Bureau For International Narcotics And Law Eforcement Affairs, del Unidad States Departament Of State (marzo 2018).
Cuál “manejo macroeconómico responsable”, si los dineros sucios del crimen organizado y del narcotráfico, circulando en nuestro país, podrían estar por encima de los 6 puntos PIB, según Central America Data/Global Financial Integrity, para 2014.
Básicamente, la preocupación de Rodrigo Chaves (como la fue la de Rocío Aguilar), es el “manejo macroeconómico responsable” que le interesa al sector bancario-financiero del país; ese mismo que tenía atesorado, a setiembre del 2018, casi 33 mil millones de dólares, según datos del propio BCCR.
Ese “manejo macroeconómico responsable” tiene a 1 de cada 4 costarricenses, en la pobreza; ese “manejo macroeconómico responsable” tiene a un millón de personas en la informalidad; ese “manejo macroeconómico responsable”, tiene precarizados los salarios, reducido en su poder adquisitivo y con alto endeudamiento personal; ese “manejo macroeconómico responsable” tiene en la quiebra a cientos y cientos de micro-pequeñas y medianas empresas; ese “manejo macroeconómico responsable”, tiene a casi toda la población agricultora del país en desesperante quiebra económica; ese “manejo macroeconómico responsable” tiene un desempleo abierto de casi el 12 %, aunque ya supera el 20 % si le agregamos el desempleo encubierto.
Ese “manejo macroeconómico responsable” es el que generó el estallido social en Chile. Ese “manejo económico responsable” es que hace el neoliberalismo. La gente no come macroeconomía. ! ¡La plata no alcanza! ¡Nos conducen por ese tormentoso camino!
San José, jueves 31 de octubre de 2019.
Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), celebra y aplaude la decisión de Corte Plena del Poder Judicial de rebelarse contra la imperial orden de la Contraloría General de la República (CGR), de imponerle a este poder soberano y constitucional de la República, un mandato administrativo, extralimitándose groseramente en sus atribuciones, con relación a modificaciones salariales estructural del funcionariado judicial del país que ya estaba laborando antes de la entrada en vigencia de la ley 9635-combo fiscal, de tanto rechazo popular y ciudadano.
La CGR, cual gendarme-policía de la hegemonía ideológica-económica dominante, pone en peligro la estabilidad de la República y lanza una provocación de contenido inflamable de impredecibles consecuencias.
La indicada legislación, impuesta con triquiñuelas jurídicas y torciendo el procedimiento reglamentario del parlamento, hizo una derogatoria de facto de disposiciones medulares de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, saltándose las vías que la misma estableció para reformas constitucionales. Estamos encarando ya las graves consecuencias de ello.
La rebeldía de Corte Plena se suma a otras rebeldías institucionales ya en curso, como las de las universidades públicas y la de las municipalidades; agobiadas ya éstas por la presión fiscalista del Ministerio de Hacienda que atrofia el desarrollo de las comunidades del país al imponer de topes de crecimiento a sus presupuestos, irracionales y abusivos.
Precisamente, en el caso de las municipalidades, la rebeldía institucional se materializará en las calles en fecha próxima, según lo tiene previsto la ANEP.
Irresponsables e ideologizados legisladores como Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Pedro Muñoz Fonseca, Víctor Morales Mora y Yorleny León Marchena, al servicio del ya más que evidente fracasado modelo neoliberal, deben ser señalados con el dedo acusador ciudadano por impulsar una legislación altamente confrontativa en varios planos, como el de la calle (que no está ni agotado ni acabado), y como el institucional, tal y como lo estamos presenciando.
La Constitución Política fue quebrantada por la misma Asamblea Legislativa y su mayoría mecánica de signo neoliberal que opera bajo el dictado del gran “empresauriado” del país, tal y como lo denunció (valientemente, hay que reconocerlo), una señora diputada de la bancada del propio oficialismo.
Tenemos un altísimo grado de optimismo en cuanto a que el retorno del equilibrio en la sociedad costarricense, tendrá un fuerte contenido de reacción social y popular de enorme expresión cívico-callejera.
La seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME), compareció ante la Comisión Permanente de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa, con el objetivo de que se apruebe y se envié al plenario legislativo el expediente Nº20.323, el cual busca dotar de un 5% de recursos provenientes del impuesto a personas jurídicas a la Policía Profesional de Migración y Extranjería.
La comparecencia de la Seccional estuvo liderada por su presidente Gerardo Mora Ordóñez, en compañía de la directiva Johana Fernández Sequeira y el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes quienes brindaron sus argumentos que justifican la solicitud de inyectarle recursos económicos a la PPME, y que estos sean utilizados en la contratación de nuevo personal policial.
Actualmente la Policía Profesional de Migración y Extranjería cuenta con 510 funcionarios quienes deben de atender el incremento en la visitación turística en aeropuertos y puertos, problemas con el fenómeno de inmigrantes, narcotráfico con la presencia de extranjeros involucrados, la trata ilegal y el tráfico de personas, así como; falsificación de documentos, fraude, falsedad ideológica y corrupción con participación de extranjeros que llegan al país a realizar este tipo de prácticas. A esto se suma la falta de infraestructura, el conflicto Crucitas y la crisis en Nicaragua que está provocando el incremento de solicitudes de refugio.
Por estas y otras razones la Seccional ANEP-PPME ha venido solicitando en la anterior y actual Asamblea Legislativa reformar el artículo 11 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, con el objetivo de dotar de recursos a la Dirección General de Migración y Extranjería, y estos sean destinados en fortalecer la Policía Profesional de Migración.
Lo anterior se debe a que en el Artículo 11 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas se dispuso que el 90% de los recursos recaudados se destinen al Ministerio de Seguridad Pública, el 5% al Ministerio de Justicia y Paz y el restante 5% al Organismo de Investigación Judicial, dejando por fuera a la Policía Profesional de Migración.
Durante la comparecencia de esta mañana, se barajó por parte de algunos legisladores la posibilidad de utilizar fideicomisos para dotar de nuevos recursos a la PPME, posibilidad que no es muy bien vista por la Seccional, debido a que se debe iniciar un nuevo proceso legislativo, dejando de lado el avance que se ha logrado con el expediente legislativo Nº20.323
Es importante resaltar que la Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME), es una dependencia jurídica y presupuestaria del Ministerio de Gobernación y Policía y no del Ministerio de Seguridad Pública
Más allá de las características personales e histriónicas que el Sr. Chaves Robles suele mostrar cada miércoles, para solaz esparcimiento de su fanaticada; estamos obligados a esforzarnos por auscultar las reales intenciones, ideológico-estratégicas, que mueven su irrupción abrupta en la desprestigiada política costarricense.
“Dios no quiera que llegue el momento en que tengamos que actuar”. Imposible para cualquier persona costarricense de firme convicción democrática, sin importar su ideología político-partidaria, dejar desaparecida esta clarísima amenaza del Rodrigo Chaves Robles de atentar y de desestabilizar el orden constitucional de la República, próximo a cumplir 75 años de su promulgación, el 7 de noviembre de 1949.
El próximo 7 de Noviembre se cumplirán los 75 años de la promulgación de la Constitución Política de Costa Rica, vigente desde 1949, que integró, entre otros importantes avances, el Voto Femenino, el acceso al agua potable y a un medio ambiente sano y equilibrado, Derecho a la Salud, la Paz Social, la Educación, las Garantías Sociales, la Jornada Laboral de 8 horas,
Es claro que el Presidente Chaves poco conoce sobre el significado de la fauna en nuestro país, ya que hasta ha llegado a utilizar este término en varias oportunidades para referirse de manera inapropiada a la prensa nacional; y, cuando se necesita referirse a la fauna, lo primero que podemos denotar es que su intención es reducir el problema a un asunto de economía ambiental, bajo la óptica del todo mercado-nada Estado.

