Trabajadores del INS denuncian aumento de jornada de trabajo pisoteando la Ley Laboral

San José, 14 de enero de 2008.
S. G. 07-09-0249-08

¡URGENTE!

Ingeniero
Guillermo Constenla Umaña, Presidente Ejecutivo
Msc.
Luis Ramírez Ramírez, Gerente General

Instituto Nacional de Seguros
Sus despachos

Estimados señores:

Nos referimos al comunicado de su administración, de fecha 4 de enero de 2008, en el cual se comunica al personal de Instituto Nacional de Seguros (INS), sobre el cambio de horario de servicio de las Sedes e Indemnizaciones, abriendo la atención al público hasta las 5:00 p.m. y, consecuentemente, variando la jornada de trabajo de los funcionarios de dichos servicios de 7:45 a.m. a 5:21 p.m., a partir del 28 de enero del año que acaba de comenzar.

Las razones, por cierto no de fondo, que asumen para variar la jornada de labores corresponden a criterios de competencia de cara, según su nota, a acciones comerciales que ejerzan futuras empresas que eventualmente decidan incursionar en el mercado costarricense. Aducen además, que de acuerdo a “estudios realizados”, se ven obligados a diseñar un nuevo modelo de servicio.

La variación de la jornada planteada por ustedes, es en nuestro criterio no sólo desproporcionada, sino ilegal, a parte de ser una clara manifestación de la incapacidad en buscar alternativas de verdadera calidad para mejorar el servicio y la atención (como por ejemplo mecanismos tecnológicos, productos más atractivos y accesibles, etc.). Y en esto queremos ser contundentes, la calidad nunca podrá ser sustituida por la cantidad.

Este aumento de jornada atenta contra la capacidad productiva y la calidad de vida de los funcionarios y funcionarias del INS, pues tendrían que laborar diariamente jornadas de 9 horas con 36 minutos, afectando la vida familiar, el estudio y otras actividades personales sin lugar a dudas.

En la ANEP nos oponemos rotundamente a esta medida, propia de los inicios del siglo pasado y que se constituye en un claro retroceso en los derechos humanos y laborares de los funcionarios del Instituto; sin dejar de lado que se convierte en una negación del propio ser de la institución misma que es la rectora y pilar de la seguridad social al ser el administrador del Seguro de Riesgos del Trabajo.

Entendemos que este cambio de jornada lo pretende realizar su administración de manera unilateral, situación que sería violatorio a lo que establece la Convención Colectiva de Trabajo en su artículo No. 5, indicando que la jornada laboral en el INS es de 8 horas con 20 minutos.

Cualquier cambio en la disposición antes indicada, debe ser negociado y pactado de acuerdo a las normas de la negociación colectiva y con estricto apego al debido proceso. Lo contrario se interpretaría como una violación a la Libertad Sindical. Por otro lado, la variación de la jornada a más de nueve horas, violenta el Convenio Internacional No. 1 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece que no se pueden laborar diariamente más de nueve horas. Costa Rica tiene un expediente abierto por OIT, por violación a esta norma.

Dejamos claro nuestra oposición a esta medida por las condiciones antes mencionadas y solicitamos a su administración una rectificación, manteniendo la jornada actual.

Formalmente y por considerarse información pública, solicitamos se nos entreguen los estudios que mencionan en su comunicado, en donde se demuestra la necesidad de variar los horarios de atención, así como la variación de la jornada de los funcionarios de las Sedes del INS; petición que formulamos al amparo del artículo 27 de nuestra Constitución Política y del 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.

Anticipadamente agradecemos la atención diligente que se brinde a esta solicitud.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Rafael Ángel Mora Solano
Secretario de Gestión Política
Junta Directiva Seccional ANEP-INS

cc.: Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social. Fax No. 222 80 85.
cc.: Dra. Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes de la República. Fax 248 09 91.
cc.: Personal del Instituto Nacional de Seguros (INS) involucrado.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-INS.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Archivo.

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