TSE aprueba el Referéndum

El grupo liderado por José Miguel Corrales y Alvaro Montero Mejía ha logrado que el Tribunal Supremo de Elecciones vote a favor de que el TLC con los Estados Unidos sea votado en referendum por el pueblo costarricense.
Esto deja en manos de todos los ticos y ticas la decisión si entramos o no al Tratado con el país del norte y el resto de países centroamericanos.
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Resolución
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Señor
José Miguel Corrales Bolaños
Presente

Referencia: Expediente Nº 1024-Z-2006

Estimado señor:

Para los efectos legales que estime pertinentes, por la presente me permito transcribirle el voto emitido en “ Gestión presentada por el señor José Miguel Corrales Bolaños tendiente a que este Tribunal proceda a convocar a un referéndum vinculante mediante el cual los ciudadanos aprueben o imprueben el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América, Centroamérica y República Dominicana (TLC)” y que dice:

“No. 790-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas del doce de abril de dos mil siete (…).

POR TANTO:
Se autoriza la recolección de firmas, en los términos señalados en los artículos 6 inciso e), 7 y 8 de la Ley sobre Regulación del Referéndum. Por innecesario, se omite ordenar la publicación del proyecto en La Gaceta. Se ordena a la Coordinación de Programas Electorales diseñar el formulario que este Tribunal debe autorizar para la recolección de firmas, el cual contendrá la siguiente leyenda: Respaldo la convocatoria de un referéndum para que la ciudadanía apruebe o impruebe el “Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica-Estados Unidos” (TLC), expediente legislativo n.º 16.047, según el texto dictaminado por la Comisión Especial de Asuntos Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa y que fuera publicado en el Alcance n.º 2 a La Gaceta n.º 19 del 26 de enero del 2007. Se aclara que la autorización conferida no suspende la tramitación legislativa del referido proyecto, lo cual únicamente se produciría con la eventual convocatoria a referéndum, en los términos del artículo 11 de la indicada ley, y que dicho efecto suspensivo sólo alcanzaría su votación en el plenario legislativo. Notifíquese.”.

Atentamente,

Lic. Alejandro Bermúdez Mora
Secretario
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Carlos Campos, del grupo que impulsó el referéndum explica en qué consiste este.

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