10 razones para retirar el ROP

Dr. Leiner Vargas Alfaro Economista, catedrático e investigador CINPE-UNA

1.    El ROP es propiedad plena del trabajador al ser un régimen de capitalización individual.

El primer fundamento para permitir el retiro total del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP) al cumplir los 65 años, o al obtener la condición de pensionado por invalidez en el IVM o estar pensionado de en un régimen distinto al IVM, se basa en su naturaleza jurídica y económica: el ROP es un sistema de capitalización individual cuyos recursos pertenecen íntegramente al trabajador.

Aunque el financiamiento del ROP es bipartito —una parte proviene del trabajador y otra del patrono— esto no altera la titularidad del derecho. Alegar que el trabajador no puede disponer libremente de sus fondos porque el patrono aporta un porcentaje sería equivalente a afirmar que el salario no le pertenece al trabajador por el hecho de ser pagado por el empleador. Toda contribución obligatoria vinculada al trabajo, incluido el componente patronal, forma parte de la remuneración diferida del trabajador.

Este principio proviene del diseño original del ROP. La ley que lo creó reorganizó cargas laborales existentes y sustituyó tres puntos porcentuales del antiguo régimen de cesantía para constituir este ahorro obligatorio. Es decir, se trató de una transformación de un derecho laboral ya adquirido y no de un nuevo impuesto o contribución ajena al trabajador.

Como régimen de capitalización individual, cada afiliado es propietario exclusivo de su cuenta, y su saldo no depende ni afecta la situación financiera de otros miembros del sistema. El retiro total de los fondos por parte de un trabajador al pensionarse no compromete ni la base de capitalización ni la rentabilidad de las cuentas de los demás afiliados, puesto que no existe solidaridad financiera entre cuentas ni se comparte riesgo actuarial.

En síntesis, la propiedad del ROP es privada, individual y jurídicamente protegida. Por tanto, la facultad de retirarlo en su totalidad al cumplir la edad legal de pensión o al acceder a una pensión anticipada en cualquier régimen contributivo es coherente con la naturaleza misma del sistema, tal como reza el artículo 45 de la Constitución Política de Costa Rica.

2.     Las comisiones de las operadoras son excesivas y no reflejan la maduración del fondo

Un segundo argumento para permitir el retiro total del ROP radica en el costo desproporcionado de las comisiones cobradas por las operadoras de pensiones, especialmente en la etapa final del ciclo de vida del ahorro. Los propios datos de la SUPEN muestran que, con un rendimiento histórico real cercano al 8% anual, y aplicando la conocida Regla del 72, el capital de un trabajador se duplica aproximadamente cada 9 años. Esto implica que, conforme el fondo crece aceleradamente por capitalización compuesta, los costos de administración deberían disminuir en proporción al saldo, pues la operadora no realiza un esfuerzo equivalente al crecimiento del capital.

Sin embargo, la estructura actual de comisiones no ha acompañado esta dinámica. Después de 25 años de operación del ROP, las comisiones siguen siendo altas y rígidas, incluso leoninas para quienes permanecerán en el sistema hasta 2035, pagando —según estimaciones basadas en las tarifas vigentes— entre 4 y 5 veces más de lo que sería una comisión razonable para un fondo maduro y estabilizado.

Más grave aún, durante la fase de pensión, cuando la gestión se reduce casi exclusivamente a la administración pasiva del portafolio, las comisiones deberían caer a una décima parte de lo que se cobra hoy. No existe justificación técnica para que una operadora mantenga tarifas elevadas cuando:

  • ya pasó la fase intensiva de inversión,
    • el portafolio está prácticamente consolidado,
    • el riesgo del afiliado disminuye,
    • y la rotación de activos se reduce significativamente.

A pesar de esto, la SUPEN muestra que no existe diferenciación tarifaria real entre la fase de acumulación y la fase de retiro, lo cual incentiva a las operadoras a retener los fondos de manera indefinida, aun cuando el afiliado no desea asumir estos costos desproporcionados. La ausencia de tarifas ajustadas a la etapa de vida del fondo y la persistencia de comisiones elevadas atentan directamente contra el principio de propiedad individual del ROP y fortalecen el derecho del trabajador a optar por el retiro total de sus recursos.

3.  No existe competencia real entre operadoras: el sistema funciona como un cartel y carece de supervisión independiente

Una tercera razón para permitir el retiro total del ROP es la ausencia estructural de competencia efectiva entre las operadoras, lo que convierte la administración del fondo en un proceso meramente formal sin beneficios reales para el afiliado. Aunque la normativa permite trasladar el ROP entre operadoras, en la práctica esto no genera verdaderos incentivos de eficiencia. La existencia y actuación coordinada de la Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (ACOP) funciona como un cartel regulado de facto, en el cual las operadoras:

  • mantienen tarifas similares, sin diferenciarse por costos,
    • reportan rendimientos casi idénticos, lo que evidencia estrategias de inversión homogéneas,
    • aplican políticas comunes de retención de saldos, dificultando la salida del afiliado,
    • y responden como bloque frente a cualquier intento de reforma que afecte sus ingresos.

El afiliado, por tanto, no tiene acceso a mejoras sustantivas ni a presión competitiva que obligue a las operadoras a reducir costos o elevar rendimientos. A esto se suma un problema institucional delicado: la débil independencia regulatoria. Las denominadas sillas giratorias entre operadoras, bancos y cargos de alto nivel en la SUPEN deterioran la credibilidad del sistema. Cuando directores, gerentes o mandos medios pasan de supervisados a supervisores —o viceversa— sin periodos de enfriamiento, se crea una percepción fundada de captura regulatoria.

En este contexto, los inversionistas del ROP no confían en que:

  1. exista una competencia real entre operadoras,
  2. haya transparencia plena en la gestión de los fondos,
  3. ni que el supervisor actúe con independencia suficiente para defender al afiliado.

Con operadoras alineadas en sus prácticas, escasa diferenciación, tarifas homogéneas y un supervisor cuya estructura se percibe demasiado cercana a los intereses de la industria, el mecanismo de “administración” del ROP pierde valor económico y legitimidad social. Por ello, permitir el retiro total del ROP se convierte en una opción racional para proteger el patrimonio del trabajador, ante un mercado que no opera bajo principios de competencia ni de supervisión efectiva.

4.  El ROP no fue diseñado para sustituir al IVM y su retención forzosa no resuelve los problemas estructurales del sistema de pensiones

Un cuarto argumento central para permitir el retiro total del ROP es que este régimen nunca fue concebido como sustituto ni complemento directo del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). Confundir ambos instrumentos es un error técnico que ha distorsionado el debate público y ha generado expectativas equivocadas sobre el papel del ROP.

El IVM enfrenta un desafío estructural asociado al envejecimiento poblacional y al estrechamiento de la pirámide demográfica, lo cual presiona las finanzas del régimen solidario. Sin embargo, los problemas del IVM no se solucionan forzando a los afiliados a mantener su ROP cautivo, porque:

  1. El ROP es un régimen de capitalización individual, no solidario. Los beneficios dependen exclusivamente de lo ahorrado por cada trabajador.
  2. Quien tiene un ROP alto casi siempre tiene también un IVM alto, porque ambos dependen de la trayectoria salarial formal.
  3. No existe base legal ni técnica para usar el ROP como “parche” del IVM. Son regímenes

totalmente distintos y su mezcla solo oculta la falta de decisiones oportunas sobre el IVM.

Pretender suplir la ausencia de reformas en el IVM por medio de la retención obligatoria del ROP es impropio, además de socialmente regresivo.

El retiro del ROP genera beneficios directos y medibles para la población adulta mayor.

Liberar el ROP al cumplir los 65 años o cuando la persona adquiera la condición de pensionado por invalidez, tendría efectos positivos que la retención actual impide:

  1. Reducción   inmediata   del   sobreendeudamiento   a   tasas   altas Muchos adultos mayores mantienen deudas con tasas muy superiores a los rendimientos que ofrece el ROP en su fase final, especialmente bajo los fondos generacionales, que están  diseñados  para  minimizar  riesgos  pero  sacrifican  rendimiento. Pagar deudas con el ROP genera un retorno financiero superior y directo para el afiliado.
    1. Libertad            financiera            para            atender           emergencias                        reales La evidencia muestra que la cesantía —otro instrumento individual— no se “desperdicia”: se usa principalmente para inversión, salud, vivienda o apoyo familiar. El ROP tendría usos similares, pero hoy esa libertad está bloqueada.
    1. Apoyo   efectivo   en   la   fase   final   de   vida   del   trabajador A los 65 años, los gastos en salud, mantenimiento del hogar y cuidados personales aumentan. Mantener el ROP retenido en un sistema de muy bajo rendimiento limita el bienestar del adulto mayor.

Debemos saber que la salud física y mental de los inversionistas se ve afectada por la llegad de la vejez, por lo que en muchos casos no poder disponer de estos recursos significa un sacrificio a la calidad de vida de las personas. El retiro programado no protege al trabajador, prolonga costos y reduce beneficios. El esquema de retiro programado, tal como se aplica hoy, no garantiza mejores rendimientos ni evita la continuidad de comisiones altas, pese a que el portafolio ya está maduro y requiere poca gestión. Por el contrario,

  • prolonga las comisiones por años,
  • ofrece rendimientos marginales o incluso negativos en términos reales,
  • y reduce la autonomía del afiliado sobre su propio ahorro.

En síntesis, lo que garantiza es pérdida patrimonial para el trabajador y su familia.

5.  No existe evidencia económica que demuestre efectos macroeconómicos negativos por el retiro del ROP: las alarmas sobre inflación e intereses son infundadas

Un quinto argumento a favor del retiro total del ROP es que no existe fundamento económico ni evidencia empírica que sugiera que la liberación ordenada de estos recursos pueda generar presiones inflacionarias, incrementos en tasas de interés o desbalances macroeconómicos. Esto no sucedió cuando en el marco de la ley 7983 se estuvo entregando la totalidad del ROP a la hora de pensionarse. Las afirmaciones de que liberar el ROP provocaría distorsiones significativas son falsas, carecen de sustento técnico y contradicen principios básicos de la macroeconomía moderna.

El retiro del ROP no tiene la magnitud ni la simultaneidad necesarias para afectar variables macroeconómicas clave

El retiro del ROP ocurre únicamente cuando las personas cumplen 65 años, o adquieran la condición de pensionado por vejez o invalidez, lo que implica una salida gradual, predecible y distribuida en el tiempo, coherente con la estructura etaria del país.

Pretender que esta liberación afecte la inflación sería equivalente a afirmar que pagos masivos totalmente previsibles, como:

  • el aguinaldo,
    • el salario escolar,
    • devoluciones tributarias,
    • o incluso la cesantía,

provocan inflación estructural, lo cual nunca ha sido el caso.

Costa Rica no enfrenta presiones inflacionarias, sino un proceso deflacionario.

Durante los últimos años, Costa Rica ha mostrado inflaciones muy bajas e incluso deflación parcial, asociada a:

  • menor demanda agregada,
    • costos internacionales decrecientes,
    • apreciación del tipo de cambio,
    • alto desempleo y subempleo.

En este contexto, la liberación de recursos del ROP no solo no genera inflación, sino que constituye un estímulo moderado y saludable para la economía doméstica, justo en momentos en que la demanda interna es débil.

El retiro del ROP diversifica la inversión y fortalece ecosistemas locales Lejos de ser un riesgo, la liberación del ROP permitiría:

  • mayor inversión en cooperativas, asociaciones solidaristas y modelos comunitarios,
    • reducción del endeudamiento personal, que libera ingresos para consumo básico,
    • circulación de recursos en sectores de menor escala, con alta propensión marginal a consumir.

Estos efectos no generan presiones macroeconómicas nocivas.

Tampoco existe evidencia internacional que respalde las advertencias regulatorias. Países que han permitido retiros parciales o totales de pensiones complementarias —en condiciones muy superiores en magnitud a las del ROP costarricense— no han registrado efectos significativos en:

  • inflación,
    • tasas de interés,
    • estabilidad financiera,
    • o liquidez del sistema bancario.

Por ello, afirmar que el retiro del ROP generaría una crisis macroeconómica es una falacia regulatoria, alimentada por intereses sectoriales y no por análisis técnico real. Los trabajadores sí tienen capacidad para administrar sus recursos.

Finalmente, el argumento paternalista de que los trabajadores “malgastarían” el ROP carece de evidencia.  La  experiencia  con  la  cesantía  demuestra  exactamente  lo  contrario, la mayoría de las personas la utiliza para inversión, salud, vivienda o reducción de deuda.

Las advertencias de inflación, riesgo sistémico o distorsiones macroeconómicas no tienen base técnica. El retiro del ROP no solo es macroeconómicamente seguro, sino que representa un impulso positivo para la economía nacional y una herramienta de bienestar directo para los adultos mayores.

6.     La estructura de inversión del ROP oculta costos cambiarios y comisiones dobles que reducen significativamente el capital del afiliado

Una sexta razón fundamental para permitir el retiro total del ROP radica en que la forma en que se administran los portafolios —regulada por la SUPEN y ejecutada por las operadoras— oculta costos relevantes que erosionan el patrimonio del trabajador, costos que no son transparentados adecuadamente en los estados de rendimientos.

La distribución obligatoria del portafolio entre mercado nacional y mercados internacionales genera tres capas de costos adicionales, todas pagadas por el afiliado sin que existan alternativas reales de elección.

  1. Comisiones cambiarias ocultas: hasta un 3% del fondo solo por convertir dólares

Las inversiones en el exterior obligan a realizar conversiones de colones a dólares y posteriormente dólares. a colones. Cada una de estas operaciones está sujeta a diferenciales cambiarios cobrados por los bancos, usualmente del mismo conglomerado financiero al que pertenece la operadora.

  • El costo típico ronda ₡12 por dólar en la compra, y
    • ₡12 por dólar en la venta.

Esto implica que, al tipo de cambio actual, el trabajador pierde cerca de un 3% del capital invertido, únicamente por comisiones cambiarias. Este costo no se presenta como “comisión”, pero reduce directamente el valor del fondo, afectando el rendimiento neto del afiliado.

  • Comisiones internacionales: pago adicional a gestores externos

Además de la comisión que cobra la operadora local, los fondos internacionales donde se invierte el ROP cobran comisiones propias por administración y gestión. Estas comisiones internacionales:

  • no son negociadas por el afiliado,
    • no son visibles con claridad en los reportes,
    • y se trasladan como “gastos de operación” del fondo.

El resultado es que el trabajador paga doble comisión, una a la operadora costarricense y otra al fondo extranjero.

  • Comisiones acumuladas que duplican o triplican el costo real del sistema Cuando se suman:
  • comisiones cambiarias,
  • comisiones internacionales,
  • comisiones locales de administración,

el costo real del ROP para el afiliado se duplica o incluso triplica, respecto de lo que se presenta formalmente como comisión regulada.

La SUPEN permite que estos costos se carguen directamente como “gastos de inversión”, lo que disminuye silenciosamente el capital del trabajador, sin que éste pueda oponerse, cambiar el portafolio o elegir estrategias de menor costo.

La estructura actual de inversión del ROP, lejos de maximizar la rentabilidad del afiliado, transfiere costos innecesarios a los trabajadores, generando pérdidas directas de capital y reduciendo el rendimiento final del ahorro obligatorio. Esta opacidad es incompatible con un sistema que pretende proteger el patrimonio de la población adulta mayor. Por ello, el retiro total del ROP se vuelve no solo razonable, sino económicamente necesario para evitar que continúe la erosión sistemática del capital del trabajador a través de comisiones ocultas y dobles cargas operativas.

7.  El retiro del ROP por parte de algunos afiliados no afecta el valor ni el rendimiento del ROP de los demás trabajadores

Un séptimo argumento esencial para permitir el retiro total del ROP es desmontar la afirmación —

repetida sin fundamento por operadoras y voceros del sistema— de que pagar el ROP a 1, 1.000,

  1. o 30.000 jubilados     reduciría el valor del ahorro del resto         de             los afiliados. Este argumento es falso, técnicamente incorrecto y desconoce la naturaleza misma del ROP.

El ROP es un régimen de capitalización individual, no una olla común. Cada afiliado tiene una cuenta individual, con sus propios:

  • aportes,
    • rendimientos,
    • y saldo acumulado.

Aunque las inversiones se gestionan de forma conjunta en un portafolio global, los derechos sobre ese portafolio son proporcionales al saldo individual. Por ello, el valor de mercado del fondo total se distribuye con exactitud entre las cuentas de cada persona según su participación.

Ejemplo:

Si el fondo tiene ₡13 billones, cada afiliado posee una fracción equivalente a su contribución neta y sus rendimientos. El pago del ROP a otros afiliados simplemente implica entregar la parte que ya era suya, sin afectar la porción de quienes permanecen en el sistema.

El retiro de algunos no reduce el saldo de los demás

A diferencia del IVM —que sí funciona como una “olla común”— el ROP:

  • no redistribuye recursos entre generaciones,
    • no depende de la cotización de nuevos trabajadores para sostener beneficios,
    • y no comparte riesgos demográficos ni de longevidad.

Confundir ambos modelos es un error conceptual grave. El ROP es estrictamente individual, por lo que el retiro parcial o total de un afiliado no impacta a terceros, ni en valor ni en rendimiento.

Tampoco afecta la capacidad de inversión ni genera “ventas forzadas” de activos, el argumento de que las operadoras “tendrían que vender activos apresuradamente” para pagar los ROP es incorrecto porque:

  1. Los retiros se producen al cumplir 65 años o adquieran la condición de pensionado por vejez o invalidez, lo cual es perfectamente es previsible y permite programar liquidez con años de anticipación.
  2. El flujo de entrada y salida del sistema es continuo: cada mes entran nuevos cotizantes y otros alcanzan la edad de retiro.
  3. Los portafolios modernos pueden ajustarse gradualmente sin afectar rendimientos ni provocar pérdidas.

La operadora puede simplemente administrar la curva de vencimientos y liquidez, tal como lo hacen fondos de pensiones en todo el mundo.

No existe pérdida de economía de escala significativa. Las operadoras argumentan que si disminuye el tamaño del fondo, se perderían economías de escala. Esto tampoco es cierto:

  • El grueso de las inversiones del ROP se realiza en instrumentos estandarizados (bonos soberanos, corporativos, fondos internacionales) que no requieren grandes volúmenes para operar con eficiencia.
    • El ahorro en escala adicional es marginal frente al costo de mantener retenidos los fondos de los jubilados.

Por lo tanto, la salida de algunos afiliados no encarece ni compromete la operación del sistema.

El retiro del ROP por parte de quienes ya cumplieron los requisitos no reduce el valor del ahorro de los demás, no afecta la estructura de inversiones y no genera presiones financieras en el sistema. Sostener lo contrario implica desconocer los principios básicos de la capitalización individual y confundir el ROP con el IVM. Liberar el ROP a quienes ya alcanzaron la edad de retiro es técnica y financieramente seguro, y constituye un ejercicio legítimo del derecho de propiedad del trabajador sobre su ahorro.

8.     Los pensionados entre 2020 y 2030 no completaron el ciclo de maduración del ROP y han sufrido pérdidas reales; por ello, deben tener prioridad para retirar la totalidad de sus fondos

Una octava razón, especialmente relevante para miles de personas ya pensionadas o próximas a pensionarse, es que quienes alcanzaron la edad de retiro entre 2020 y 2030 no lograron completar el ciclo de maduración del ROP. Los fondos acumulados durante este periodo no generaron la rentabilidad esperada a largo plazo, debido a shocks financieros globales, estrategias de inversión cuestionables y pérdidas significativas en mercados internacionales. De acuerdo con las estadísticas de la SUPEN se estarían liquidando alrededor de 945 mil millones de colones, aproximadamente un 6,7% del total del fondo de 14.16 billones existente a octubre del 2025. Este monto promedio distribuiría 10, 6 millones de colones a cada inversionista, algo que no significa una cifra escandalosa a pagar por las operadoras, considerando la recaudación promedio actual y un plazo de entrega de 6 meses. La verdad es que la SUPEN y las operadoras han estado asustando a los costarricenses con la vaina vacía, no existe ningún riesgo en la devolución efectiva del fondo a los pensionados actuales que no han madurado su ROP.

Los shocks 2020–2023 impidieron el crecimiento natural del fondo, durante la pandemia y los años inmediatamente posteriores, los portafolios del ROP enfrentaron:

  • caídas pronunciadas en activos internacionales,
    • incrementos abruptos en tasas de interés globales,
    • minusvalías prolongadas,
    • y una lenta recuperación de los mercados emergentes y corporativos.

Como resultado, el efecto acumulado de la capitalización compuesta —que debería favorecer a quienes han cotizado 20 o 25 años— no se materializó. Los trabajadores que se pensionaron en estos años no recibieron el beneficio pleno del rendimiento prometido por las operadoras.

Las pérdidas reales (“minusvalías”) no fueron transitorias: redujeron el capital disponible

La narrativa oficial de SUPEN y de ACOP ha insistido en que las minusvalías son “pérdidas temporales” y que “se recuperan a largo plazo”. Sin embargo, para quienes se pensionan en 2020– 2030, ese largo plazo ya no existe. Las pérdidas de 2020–2023 se registraron en sus estados de cuenta y:

  • redujeron directamente su saldo,
    • limitaron la acumulación de intereses posteriores,
    • y dejaron un monto final inferior al esperado.

Estas pérdidas son reales, no contables, porque impactan a personas que ya están en fase de retiro y

que no pueden esperar 10 o 15 años más para “recuperaciones futuras”.

Permanecer en un sistema de comisiones altas solo agrava la situación. A lo anterior se suma que:

  • la permanencia obligatoria en el ROP mantiene comisiones elevadas,
    • las estrategias de inversión para mayores de 65 años están sujetas a fondos generacionales de bajo rendimiento,
    • y las operadoras siguen trasladando al afiliado gastos ocultos y costos de intermediación.

Para quienes no lograron madurar su fondo en el periodo esperado, continuar pagando comisiones es financieramente irracional. Los pensionados 2020–2030 merecen prioridad en el retiro total.

Estas personas han sido las más afectadas por:

  • la combinación de pérdidas,
    • la baja rentabilidad,
    • y la no finalización del ciclo de capitalización.

Por ello, tienen una razón adicional —y muy poderosa— para solicitar la entrega inmediata e íntegra de su ROP, con el fin de:

  • compensar parcialmente su descapitalización,
    • reducir deudas,
    • mejorar su liquidez,
    • o reinvertir según sus propias necesidades y criterios.

El argumento de que las minusvalías “no afectan a largo plazo” es técnicamente falso para quienes ya entraron en la etapa de pensión. Los retiros realizados entre 2020 y 2030 fueron penalizados por pérdidas acumuladas que no se recuperarán, y por tanto, estas personas deben tener prioridad moral, técnica y financiera para retirar completamente su ROP.

9.   La libertad de retirar totalmente el ROP no elimina la opción de una pensión vitalicia ni otros esquemas; por el contrario, fomenta competencia real y decisiones informadas

Una novena razón para permitir el retiro total del ROP es que la libertad de acceso a los fondos no impide que quienes lo deseen opten voluntariamente por esquemas de renta vitalicia, retiros programados u otros instrumentos de inversión. El retiro total no anula alternativas; simplemente restaura el derecho del afiliado a elegir.

El retiro total es un derecho adicional, no una eliminación de opciones. Los trabajadores podrían:

  • retirar la totalidad del ROP al cumplir los requisitos legales,
    • o mantenerlo dentro de la operadora bajo un plan de inversión alternativo,
    • o contratar una renta vitalicia,
    • o migrar a otros instrumentos financieros, si así lo desean.

La libertad de retiro no obliga a nadie a sacar sus recursos; únicamente evita la situación actual en que las operadoras obligan al afiliado a permanecer, incluso cuando los rendimientos son bajos y las comisiones son altas. La competencia auténtica surge solo si el trabajador puede elegir libremente

La estructura actual —un cartel operativo bajo ACOP, con productos casi idénticos y rendimientos homogéneos— elimina la competencia real. Si las operadoras quieren retener a los afiliados, deberán hacerlo ofreciendo:

  • mejores rendimientos,
    • comisiones más bajas,
    • productos diferenciados,
    • servicios de valor agregado,
    • transparencia plena,
    • asesoría profesional certificada,
    • y mayores garantías.

La libertad de retiro obliga a las operadoras a competir, condición indispensable para cualquier mercado sano. Los fondos pueden permanecer voluntariamente en esquemas especiales de inversión Si una operadora ofrece un plan competitivo, el afiliado puede elegir dejar ahí su capital. Ese fondo podría operar bajo:

  • cuentas individuales de liquidez controlada,
    • portafolios especiales con retiro flexible,
    • instrumentos combinados de ahorro e inversión,
    • o modelos de administración delegada voluntaria.

El punto central es que la permanencia debe ser voluntaria, no obligatoria. La decisión sobre el ahorro es del inversionista, no de la operadora

El ROP es propiedad del trabajador. El derecho de propiedad implica:

  • decidir cómo usarlo,
    • cuando retirarlo,
  • dónde invertirlo,
    • y qué riesgos está dispuesto a asumir.

Las operadoras son administradores, no dueñas del ahorro. El Estado, mediante la Asamblea Legislativa, debe proteger este derecho frente a intentos de retención forzosa que no tienen justificación económica ni jurídica. La libertad de retiro amplía el menú de opciones y fortalece al sistema

Lejos de debilitar el sistema, la libertad de retiro:

  • incentiva eficiencia,
    • reduce costos,
    • democratiza decisiones financieras,
    • evita abusos de posición dominante,
    • y mejora la relación entre afiliado y operadora.

Fomenta un ecosistema financiero donde el afiliado escoge, no donde es retenido.

La opción de retirar el ROP no excluye las pensiones vitalicias ni las alternativas que las operadoras quieran ofrecer. Más bien, obliga a crear un mercado competitivo y obliga a las operadoras a ganarse la confianza del afiliado, en vez de retenerlo por decreto.

10.  La modalidad de renta mensual es poco atractiva y competitiva

Las modalidades de retiro actualmente disponibles para el ROP —rentas vitalicias y pagos programados— presentan una serie de debilidades estructurales que explican por qué los pensionados reciben montos mensuales muy bajos en comparación con el capital acumulado. Esto genera desconfianza y alimenta la percepción de que el sistema no ofrece un retorno justo sobre la inversión de una vida laboral completa.

A continuación, se precisan los elementos centrales del problema:

  1. Las rentas vitalicias aplican fuertes descuentos actuariales

Las aseguradoras que ofrecen rentas vitalicias operan bajo esquemas de prudencia actuarial extrema:

  • utilizan tasas de descuento muy conservadoras,
    • estiman esperanzas de vida elevadas,
    • incorporan recargos por riesgo,
    • y aplican estructuras de costos propias de productos de seguros.

El resultado es que el capital acumulado se transforma en una renta mensual muy baja, y una parte significativa del ahorro se pierde en reservas técnicas, costos administrativos y margen de utilidad.

  • Los pagos programados dividen el capital en horizontes muy largos

En esta modalidad, las operadoras deben garantizar que el dinero dure durante una proyección estándar de longevidad, por lo que aplican fórmulas que dividen el capital entre períodos que pueden superar los 20 o 25 años. Además, deben protegerse ante fluctuaciones de mercado, lo que reduce aún más el monto mensual. Así, un trabajador con ¢12 millones o ¢15 millones puede terminar recibiendo rentas inferiores a ¢50.000 mensuales, lo cual es desproporcionado frente al ahorro acumulado.

  • Los instrumentos de renta mensual no compiten con alternativas del mercado financiero Las operadoras no están obligadas a competir con:
    • depósitos a plazo,
    • fondos de inversión,
    • bonos del gobierno,
    • instrumentos de bajo riesgo,
    • o incluso inversiones privadas con retornos más atractivos.

En el mercado financiero, un capital de ¢10–20 millones puede generar retornos mensuales muy superiores a los que otorgan rentas vitalicias o pagos programados. Con el agravante de que la persona se está comiendo su capital y en inversiones propias sólo se referiría a los intereses, teniendo la flexibilidad de usar el capital ante cualquier eventualidad de la vejez, sobre todo de salud, dónde son mucho más frecuentes. La falta de competencia hace que el pensionado no reciba un rendimiento acorde con las condiciones reales del mercado.

  • Los costos administrativos reducen aún más el beneficio. Las operadoras aplican comisiones y costos que impactan directamente el capital disponible para la renta. En muchos casos, la suma de los

costos —de administración, de comercialización, de reservas actuariales— puede representar una porción relevante del ahorro.

Esto produce una transferencia regresiva desde el pensionado hacia las entidades administradoras.

  • El resultado final erosiona la legitimidad del sistema, dado que el pensionado compara el monto recibido con su capital acumulado y concluye que el sistema:
  • no es transparente,
    • no es eficiente,
    • no respeta la proporción entre ahorro y beneficio,
    • y no entrega un resultado que compense décadas de aporte.

Esta percepción, confirmada por los montos finales, deteriora la confianza en el modelo previsional y limita su sostenibilidad política.

  • El retiro total corrige de inmediato esta falla estructural El retiro total permite al pensionado:
    • gestionar su patrimonio con libertad,
    • colocarlo en instrumentos financieros más rentables,
    • aplicarlo a necesidades inmediatas o inversiones propias,
    • y evitar los descuentos actuariales y administrativos que reducen la renta mensual.

Además, restaura la relación directa entre ahorro acumulado y beneficio recibido, fortaleciendo el principio fundamental de la capitalización individual.

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