¡Cuerpos policiales excluidos de la regla fiscal!: Triunfa tesis de ANEP

Desde la aprobación de la Ley 9635 nuestra organización fue claro en que los cuerpos policiales no debían quedar amarrados presupuestariamente hablando y con el tiempo y la lucha dada por ANEP nuestra tesis queda comprobada.

Pago del reajuste por costo de vida en la Municipalidad de Buenos Aires será judicializado

Ante la negativa del Concejo, la seccional tomó la determinación de acudir a la vía judicial para que se honre este pago para toda la clase trabajadora de la Municipalidad de Buenos Aires de Puntarenas.

OIT en Costa Rica: ¿nuevo proceso?

Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP

Este próximo lunes 25 de setiembre, en el auditorio de la sede de la Oficina Regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ubicado en San Pedro de Montes de Oca, tendrá lugar la presentación del nuevo Director de la Oficina Regional de OIT, el señor Juan Felipe Hunt Ortiz.

Como Director Regional de OIT, el señor Hunt Ortiz tiene un radio de acción que abarca los 7 países de la América Central, más Haití y la República Dominicana.

Bien se sabe que en nuestro país hay varias corrientes sindicales.

En la que nosotros militamos, para efectos de la OIT y de las diferentes expresiones del sindicalismo continental y global, es conocida como Central Social Juanito Mora Porras-Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), siglas CSJMP-ANEP; coloquialmente, se le puede nombrar como La Juanito Mora-ANEP.

La Juanito Mora-ANEP incluye, entre otros grupos y por ejemplo, a la propia Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), al Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), el cual es la más importante organización sindical nacional del personal trabajador en banano y en piña; así como a una agrupación ligada a la actividad productiva de corte estatal como lo el Sindicato de Profesionales del Consejo Nacional de la Producción y de la Fábrica Nacional de Licores (SiproCNP-Fanal).

La CJSMP-ANEP decidió, unilateralmente, suspender sus relaciones con la OIT-Regional desde el funesto período constitucional de la República de Costa Rica, 2018-2022, en el cual se promulgaron las tres leyes más anti-obreras desde la promulgación de la Carta Magna de 1949, el 7 de noviembre de 1949.

Hablamos de las leyes números 9635 (combo fiscal), la anti-huelgas, No. 9808; y, finalmente, la perversa Ley Marco de Empleo Público, No. 10.159.

Precisamente, nuestro distanciamiento con respecto a la OIT-Regional tuvo que ver con unas negociaciones, turbias en nuestro criterio, acerca de la redacción final de esa ley anti-huelgas 9808. Nosotros creemos que nunca debió haberse prestado la sede de la OIT, para fraguar-redactar la traición al sagrado Derecho Humano de la Huelga, constitucional y humano, que habíamos logrado con la promulgación de la histórica legislación de la Ley de la Reforma Procesal Laboral, No. 9343. Queremos pasar la página, mas no olvidar. Y quedamos en espera de la autocrítica.

Hemos aceptado la invitación que se ha formulado a la CSJMP-ANEP para participar en el nuevo proceso de la OIT a cargo del señor Juan Felipe Hunt Ortiz y acudiremos con nuestra representación a conocerle y a expresarle nuestra visión actual del gran ataque anti-obrero que hemos sufrido en los últimos años en el país; así como nuestras expectativas para la defensa de las conquistas sociolaborales de la clase trabajadora costarricense a través de sus organizaciones sindicales.

En el período en que hemos tenido el indicado distanciamiento ya mencionado, la corriente sindical objeto de nuestra militancia cotidiana, La Juanito Mora-ANEP, ha podido aquilatar el mar de posibilidades que nos da vincular, estratégicamente hablando, la defensa obrero-social con la doctrina de los Derechos Humanos (DD.HH.); a partir de la pregonada actitud-país de Costa Rica de firmar y ratificar la práctica totalidad de los tratados internacionales en materia de DD.HH.

Será muy importante que el señor Hunt Ortiz y su nuevo equipo constante, de viva voz nuestra (y la de las otras corrientes sindicales), así como con sólido apoyo documental que le proporcionaremos, la doble moral de Costa Rica en Derechos Humanos: candil de la calle y oscuridad de la casa

Ajuste fiscal anti-obrero 2018-2022: fracaso total

Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP

Hemos venido sosteniendo que el período constitucional 2018-2022 ha sido el más anti-obrero de lo que va del 7 de noviembre de 1949, cuando entró en vigencia la actual Constitución Política de Costa Rica, a la fecha.

Es el período que, en lo visible a la opinión pública, gestionaron, de manera principal, dos individuos: uno en el Poder Ejecutivo, de nombre Carlos Alvarado Quesada; el otro, en el Legislativo, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.

Para afirmar lo anterior, señalamos tres leyes aprobadas en ese cuatrienio que hoy día, en el actual período constitucional 2022-2026, estamos notando su caída, su pérdida de efectividad, aunque se ha venido notando el daño que causaron a la mayoría de la población.

Por demás, esas tres leyes han sido cuestionadas ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, interponiéndose por parte de la corriente sindical en la cual militamos, sendas acciones de inconstitucionalidad y, para grata sorpresa nuestra, el más alto tribunal de la República, conocido popularmente como Sala Cuarta, admitió las tres.

Hablamos de la ley 9635, conocida por el pueblo como “combo fiscal” y aprobada en medio de gran conflicto social, en el 2018; de seguido, en el año 2020, el autoritarismo neoliberal-plutocrático impuso la antidemocrática ley 9808, ley “anti-huelgas”; y, para terminar ese descomunal ataque anti-obrero del período constitucional 2018-2022, se impuso la ley 10.159, Ley Marco de Empleo Público, en el 2022, al término de dicho período.

La deuda pública del país y, especialmente el pago obsceno de sus intereses sigue estrangulando las finanzas públicas, cinco años después de que se promulgara la Ley No. 9635, cuyo nombre oficial es Fortalecimiento de las finanzas públicas.

Para el ejercicio fiscal de la República del próximo año 2024, prácticamente la mitad de la totalidad del mal llamado “Presupuesto de la República”, el que pasa por la Asamblea Legislativa, se destinará para el pago de los intereses; pago éste que, ¡al fin!, empieza a ser cuestionado por otras voces e instancias calificadas, muchos años después de que la corriente sindical en la cual militamos empezara a tocar este tema.

Las finanzas públicas siguen sin fortalecerse y la dependencia abusiva del endeudamiento público para sostenerlas, sigue incólume. La deuda pública y su pago de intereses sigue siendo un negocio privado de turbios intereses.

Por otra parte, uno de los contenidos fundamentales de esta Ley 9635, conocido como la Regla Fiscal, en el presente período constitucional, lo vemos quebrarse en mil pedazos. No pasa un solo día del actual período parlamentario 2018-2022 en que se hable de que tal institución pública, que aquella, que esta otra, queda fuera o quedará fuera de la arbitrariedad fiscalista fanática de la tal regla fiscal. Se contabilizan ya unas 60 entidades públicas que han sido “liberadas” de la misma, según decisiones legislativas de las actuales diputaciones.

Por otra parte, la ley anti-huelgas, aprobada en el 2020, con el pomposo título de Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos, está mostrando su ineficacia, sencillamente no está sirviendo para nada… sencillamente, las huelgas se siguen haciendo, como la más reciente del personal trabajador de la Municipalidad de Belén, de tres días de duración.

La fortaleza de la huelga obrero-social como Derecho Humano fundamental es de tal calibre que, sencillamente, hace inaplicable la ley 9808, la ley-antihuelgas, también cuestionada constitucionalmente. Reparte usted en este articulado constitucional:

“ARTÍCULO 7º.- Los tratados públicos, los convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán desde su promulgación o desde el día que ellos designen, autoridad superior a las leyes”. Los tratados internacionales de Derechos Humanos, firmado y ratificados por Costa Rica, protegen el Derecho Humano Fundamental a la Huelga y, por tanto, esa ley 9808, queda obsoleta.

Y, la tercera ley de esta tríada de legislación anti-obrera, de corte plutocrático-neoliberal, la No. 10.159, Ley Marco de Empleo Público, no solamente está mostrando su sucia cara de desigualdad entre iguales en puestos laborales de la misma naturaleza funcional; sino que, está causando un grave caos jurídico-institucional, in crescendo, amén de un creciente malestar social multi-institucional que, desde nuestra perspectiva sindical, hay que potenciar para que se exprese abiertamente ante la comunidad costarricense. La “colección” de violaciones a los Derechos Humanos (DD.HH.) que tiene esta ley, es impresionante.

El reacomodo fiscal que necesita Costa Rica es de otra naturaleza. El lado correcto para entrarle al mismo, es el de las ganancias de la plutocracia neoliberal y del lado de quienes a ésta le sirven, medrando de sus dádivas; ya sea desde los ámbitos del periodismo de odio, desde los partidos políticos que a esa plutocracia le sirven, desde ciertas estructuras jurídico-institucionales que legitiman su orden; del lado del gran empresariado evasor-elusor de responsabilidades tributarias.

A ese reacomodo fiscal nosotros lo denominamos como Transformación Tributaria Estructural y en eso andamos.

LMEP: la más grande violación de DD.HH. de las últimas décadas (Parte 1)

Por Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP

Desde el pasado 30 de mayo de 2023 se está tramitando en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y bajo el Expediente No. 23-003122-CO, la Acción de Inconstitucionalidad interpuesta por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en contra la perversa Ley Marco de Empleo Público (LMEP), No. 10.159; perversa legislación que, según nuestra visión sindical, persigue dos objetivos estratégicos de corte antidemocrático: la imposición del salario global a como dé lugar, violentando Derechos Humanos (DD.HH.) como los de situaciones jurídicas consolidadas y derechos adquiridos, castrando la negociación colectiva y dando un golpe mortal a la Libertad Sindical. Esto, por una parte.

Por otra parte, el segundo objetivo de esta ley es imponer un Estado al mayor nivel posible de autoritarismo centralizado con verticalismo de corte totalitario; similar al que había antes de los sucesos armados de lo que fue la Guerra Civil entre costarricenses, en el año 1948 del siglo pasado.

La Acción de Inconstitucional que interpuso la ANEP fue la primera en denunciar la gran cantidad de inconstitucionalidades contenidas en la perversa LMEP, al punto de que afirmamos que ésta ha representado la más grande violación de Derechos Humanos (DD.HH.) de las últimas décadas.

ANEP está pidiendo a la alta magistratura constitucional del país que se declaren inconstitucionales los artículos 2, 5, inciso b), 6, 7, incisos a), c), d) f), l) y m), 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 19, 21, 23, 24, 25, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 43, 44, 49 incisos a), c), d), e) f). De la misma manera, los transitorios VII, XI, XII y XV de la Ley Marco de Empleo Público N°10.159 (LMEP), también deben ser declarados inconstitucionales.

Según los expertos de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP, así como los especialistas del Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), contratado por la organización para este y otros aspectos; la perversa LMEP violenta-lesiona los artículos 1, 9, 11, 34, 39, 50, 56, 57, 62, 73, 74, 84, 85, 87, 99, 156, 170 y 188 y siguientes de la Constitución Política de Costa Rica.

De la misma manera, han sido violentados los principios de división de poderes, igualdad, progresividad y no regresividad, seguridad jurídica, libertad sindical, el derecho a la negociación colectiva, el debido proceso, las autonomías constitucionales, el principio de retroactividad, los derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas. Todos estos derechos están establecidos en la Constitución Política y en diversos tratados de derechos humanos ratificados por Costa Rica en materia de derechos económicos y sociales.

En ANEP somos del criterio de que la perversa Ley Marco de Empleo Público representó un verdadero Golpe de Estado parlamentario a la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949; de tal suerte que a quienes la impusieron debieran asumir sus responsabilidades político-históricas si la Sala IV certifica, en todo o en parte, las atrocidades que tal ley cometió contra nuestra Carta Magna; juicio al que deberían ser sometidos, al menos, dos sujetos: Carlos Alvarado Quesada y Carlos Ricardo Benavides Jiménez.

En nuestro criterio estas dos personas deben ser consideradas como vándalos políticos; líderes los dos de una pandilla de facinerosos que en el período constitucional de la República 2018-2022, se coludieron para legislar a favor del poder plutocrático que tiene a la República aherrojada, expoliando a las grandes mayorías populares, atizando un voraz proceso de concentración de riqueza.  Espere la segunda parte la próxima semana.