Cruz Roja tiene dos años de no contratar socorristas a pesar de tener recursos para hacerlo

Desde el 2020 se modificó la ley 8690 con el fin de brindarle recursos a la benemérita para la contratación de socorristas, pero, luego de dos años esto no se ha hecho, generando que muchos conductores tengan que salir solos a atender las emergencias, a pesar de que es prohibido por la Ley de Atención Prehospitalaria.

Municipalidad de Garabito mejora instalaciones y dota de uniformes a trabajadores

Desde ANEP se había denunciado como los trabajadores tenían varios años sin que se les dieran uniformes nuevos ni los implementos necesarios para sus tareas. La nueva coordinación de servicios ambientales y municipales se ha avacado en este tema y por fortuna, ya los funcionarios cuentan con todo nuevo. Además se han acoplado diferentes instalaciones para que las condiciones sean optimas.

Herencias del pasado que jamás debemos deshonrar

Albino Vargas Barrantes, Secretario General (ANEP)

Una de las principales motivaciones que todavía permite nuestra propia permanencia en la lucha social y sindical costarricense, tienen que ver con esas herencias del pasado que jamás debemos deshonrar; legados vinculados con postulados, valores, principios y legislaciones centradas en dos grandes ejes que, articulados, deben permitir una convivencia en sociedad, si no total, medianamente sana.

Hablo, por una parte, del proceso que significa la eterna lucha por la búsqueda y por la promoción del bien común, mediando la justicia social. Por otra, y de la mano del anterior y en paralelo, del proceso perseguido en la no menos eterna lucha por la inclusión social y económica, impulsando la reducción de las desigualdades al máximo posible.

Nací un 3 de abril de 1956 en una Patria que ya había tenido tres grandes conmociones sociales, entrando en la etapa histórica de la segunda parte del siglo XX; y, en el marco del desarrollo, nada unilineal, de tres procesos sociohistóricos que se derivan de esos dos grandes ejes:

1) La conmoción sufrida en la década de los años 40’s del siglo veinte anterior, misma que podemos nombrar como la de las Garantías Sociales.

2) Los acontecimientos reseñados como la Guerra Civil del 48; ese conflicto armado entre costarricenses que arrojó entre 2 mil y 3 mil compatriotas abatidos por las armas de un bando en contra del otro, en los meses de marzo-abril de 1948; proceso bélico que generó una dictadura de 18 meses, denominada Junta Fundadora de la Segunda República, bajo la dirección de José Figueres Ferrer (el legendario “Don Pepe”).

3) El proceso sociopolítico, parlamentariamente deliberante, conocido como Asamblea Constituyente, desarrollado entre el 15 de enero de 1949 y el 7 de noviembre de ese mismo año de 1949, el cual estableció la actual Constitución Política de Costa Rica, precisamente conocida como la Carta Magna del 7 de noviembre de 1949.

Más concretamente, deseo resaltar la circunstancia de que la abrumadora mayoría de las personas costarricenses que están vivas hoy día, nacieron en alguno de los años que se marcan en los anteriormente citados tres procesos.

Dicho de otra manera, los y las costarricenses que en la actualidad tienen 80 o menos años, nacieron en la década de los 40’s del siglo anterior; nacieron en el marco del proceso bélico-político de 1948-1949; y, la abrumadora mayoría viviente, nació luego del 7 de noviembre de 1949.

¿A dónde quiero llegar? Los tres procesos citados, producto de la articulación de los dos ejes citado al inicio del presente artículo, dieron origen a lo que conocimos como Estado Social de Derecho; considerando que la institucionalidad que se estableció a partir de las Garantías Sociales, fue la que ha prevalecido hasta la fecha, si bien, ahora en franco retroceso.

Nuestra generación, básicamente la que nació luego del establecimiento de la actual Carta Magna de Costa Rica, prácticamente tuvo a su alcance, sin mayor esfuerzo, diversas posibilidades de desarrollo personal y sociofamiliar a partir de los contenidos fundamentales de ese Estado Social de Derecho y de la amplia diversidad de políticas públicas que se generaron bajo su alero.

Sin embargo, corrientes económicas foráneas, centradas en fundamentalismos ideológicos radicalmente opuestos a los valores contenidos en lo que denominamos Estado Social de Derecho, han abierto el peligroso sendero de su involución, de su retroceso y de la reversión de sus basamentos fundamentales; poniéndose en entredicho y en serio cuestionamiento la persecución del bien común y de la inclusión social y económica en la Costa Rica del Siglo XXI. Por ello, afirmamos y reafirmamos que hay herencias del pasado que jamás debemos deshonrar; y, siendo así, hay sólido terreno abonado para reconstruir la lucha social y cívica en las actuales y difíciles circunstancias que se ven en el escenario político nacional que se abrirá a partir del domingo 3 de abril de 2022.

7 de noviembre de 1949 – 9 de marzo de 2023 (Primera parte)

Albino Vargas Barrantes, Secretario General (ANEP)

Entre el 7 de noviembre de 1949 y el 9 de marzo de 2023, median 73 años, 4 meses y 2 días.

El día 7 de noviembre de 1949, entró a regir la hoy vapuleada Constitución Política de la Republica, nuestra Carta Magna.

El 9 de marzo de 2023 entrará a regir (si no media algún acontecimiento extraordinario que lo impida), la Ley Marco de Empleo Público, No. 10159, la que provoca una tácita violación del principio clásico de las democracias republicanas, la división de poderes: Ejecutivo, Legislativo, Judicial. Para el caso costarricense, se ha considerado que la institucionalidad vigente ha consolidado un cuarto poder, el electoral, materializado en el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), también violado en su independencia por la indicada legislación.

73 años, 4 meses y 2 días, según nuestra visión obrero-social, al margen de la hegemonía político-ideológica dominante, es, en consecuencia, el período de duración de la institucionalidad republicana basada en la división de poderes que establecía la indicada Carta Magna.

A partir del 9 de marzo de 2023, la institucionalidad será de corte totalitario, hegemónicamente autoritaria, pues la indicada Ley Marco de Empleo Público da origen a la preponderancia del poder Ejecutivo sobre los otros dos poderes clásicos (incluso, sobre el TSE): surge una peligrosa involución en el desarrollo de la Democracia.

Es más, durante el período constitucional próximo a concluir, 2018 – 2022, en el seno de la Asamblea Legislativa que finaliza sus funciones el 30 de abril venidero, ocurrió un Golpe de Estado Parlamentario a la Constitución de 1949. ¡Sí! Así lo sostenemos: Un Golpe de Estado Parlamentario a la carta magna del 7 de noviembre de 1949. Y lo que es más impactante y conmovedor, es que éste ocurrió con la connivencia jurídica del más alto tribunal de la República, el guardián de la Carta Magna de 1949, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

La mayoría diputadil del congreso saliente emitió tres leyes de peso determinante para la transformación estructural de la institucionalidad republicana salida de la Constitución Política de 1949: a) La Ley No. 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas; b) la Ley No. 9808, Ley para brindar seguridad jurídica sobre las huelgas y sus procedimientos; y, c) la Ley No. 10159, Ley Marco de Empleo Público; las cuales constituyen un todo armónico, de concatenación estratégica y con profundo contenido ideológico-hegemónico, político y económico, del todo mercado-nada Estado, ese de corte neoliberal extremista, a fin de avanzar en el camino hacia la desaparición plena de lo que hemos conocido como Estado Social Derecho.

Estado Social de Derecho que se asienta, particularmente, en las Garantías Sociales de los años 40 del siglo XX anterior, pasando por los valores en pugna armada con ocasión del conflicto bélico de abril de 1948 entre costarricenses; resultando de ello una dictadura de 18 meses de duración, liderada por José Figueres Ferrer, bautizada como la Segunda República; para luego, con un retorno a la institucionalidad republicana plasmada en la Constitución Política que entró a regir el 7 de noviembre de 1949… hasta el próximo 9 de marzo de 2023.

Tal tríada de legislación neoliberal, todo mercado-nada Estado, está contaminada con violaciones más allá de lo constitucional, pues se pisotearon valores universales consagrados en los tratados de Derechos Humanos (DD.HH.). Estos son compromisos legales-internacionales del país de obligado acatamiento para Costa Rica, habida cuenta de su ratificación por nuestra Asamblea Legislativa, según los casos; y, más grave aún, por la emisión de una voluntad explícita como nación de someternos a los dictados-sentencias-opiniones consultivas de las respectivas cortes de DD.HH, que se vean apeladas por las fuerzas sociales y las personas ciudadanas violentadas en sus más diversos derechos; específicamente, por las violaciones contenidas en las leyes (popularmente designadas), del combo fiscal (No. 9635, de 2018), de la ley anti-huelgas (No. 9808, de 2020) y, la de empleo público (No. 10159, de 2022). La semana próxima estaremos con usted en una segunda parte de este comentario.

El impuesto sobre el precio de los combustibles

Albino Vargas Barrantes, Secretario General (ANEP)

Es muy probable que la temida cifra de mil colones (₡ 1.000), que podría alcanzar el valor de un litro de gasolina, esté muy cerca de convertirse en una cruda realidad.

Al momento de escribir este comentario, sábado 12 de marzo, el grave conflicto bélico en desarrollo producto de la invasión de Rusia a Ucrania, no da para pensar en una baja internacional del precio del petróleo, en el corto plazo, que sigue por encima de la barrera psicológica de los 100 dólares por barril.

La mayoría de la población costarricense sigue sin tener la debida conciencia de que en Costa Rica (mucho antes de la actual situación geopolítica mundial), la gasolina resulta carísima porque debe soportar una elevada carga de impuestos, expresada en lo que se conoce como el impuesto único a los combustibles.

Tal impuesto lo deben pagar todas las personas consumidoras, de todo tipo de vehículos, sin discriminar la capacidad de ingreso; y pagar el mismo monto en todos los puntos geográficos del país.

En promedio, el impuesto único a los combustibles anda entre el 40 y el 42 %. Hablemos de un 40 % para trabajar con cifras redondeadas la argumentación siguiente.

Si el litro de gasolina va a costar ₡ 1.000., el impuesto único a los combustibles será de 400 colones. Dicho de otra forma, si no existiera tal impuesto, el consumidor pagaría en la bomba solamente 600 colones por ese litro de gasolina.

El problema fundamental es que los sucesivos gobiernos, incluido el actual (y de seguro, el que llegue, sea cual sea el candidato ganador); tienen en ese impuesto único a los combustibles, un “botín”, una gigantesca posibilidad de recursos “frescos” para mantenerse a flote, al día, funcionando, dada la alicaída situación fiscal y el gigantesco déficit que siguen arrastrando a lo largo de los últimos años.

Pensamos nosotros que esos 400 colones de impuesto que el consumidor paga en la bomba, deben ser sustituidos por medio de una transformación tributaria estructural que el país necesita, que la sociedad requiere con urgencia, a fin de atajar el crecimiento de la desigualdad y de la exclusión económica.

Planteamiento éste que es una de las banderas fundamentales de lucha en la corriente sindical en la cual militamos.

Esos 400 colones de impuesto único a los combustibles pueden ser sustituidos de varias maneras: a) Atacando de manera fuerte y decidida la evasión fiscal y la elusión tributaria. b) Estableciendo un impuesto fuerte a las transacciones financiero-bancarias cotidianas; o, mínimamente, aplicándolas por un tiempo determinado para mientras dure la coyuntura que determina los altísimos precios del petróleo en los mercados internacionales. c) Imponiendo modificaciones tributarias sustanciales a las grandes fortunas y a los enormes capitales para que, a nivel de renta, dejen de estar pagando montos ridículos o no correspondientes a los niveles en que han acumulado riqueza.

Si se eliminase o atenuase el monto del actual impuesto único a los combustibles, gran beneficio se generará para las economías familiares y los emprendimientos productivos de todo tipo. Sabemos bien que el aumento en el precio de la gasolina y del diésel, es la “excusa perfecta” para que todo suba; resultando con más afectación los sectores pobres y medios de la clase trabajadora asalariada.

En síntesis, tenemos lo siguiente: 1- Esta estructura del precio de la gasolina y su elevada carga de impuestos, también es aplicable al diésel. 2) El denominado impuesto único a los combustibles es totalmente injusto pues se aplica sin discriminación de capacidad de ingreso de las personas consumidoras. 3) Quienes más sufren son los sectores medios y populares por los encadenamientos de aumentos de precios que genera el alto precio de los combustibles. 4) Hay alternativas para cambiar esta injusta situación que tienen que ver con: a) Que se dé una real voluntad político-gubernativa; b) Que tengamos una férrea organización ciudadana que presione a esos cambios estructurales. Por ahora, ni lo uno ni lo otro.

Unidad Jurídica logra reinstalar trabajador de la Municipalidad de Escazú tras orden judicial

Al miembro de la seccional se le abrió un proceso por la perdida de unos alternadores, lo que concluyó con el despido sin responsabilidad patronal, pero gracias a la gestión legal de la ANEP se logró que fuera reinstalado, debido al mal proceder legal de el Gobierno Local.

“Es cierto que el país está quebrado”

El pasado lunes 7 de marzo, en las páginas de este prestigioso medio de comunicación colectiva que es Diario Extra, el señor Álvaro Ramírez Bogantes, candidato a la Primera Vicepresidencia de la República por el Partido Liberación Nacional (PLN), pronunció el siguiente criterio: “Es cierto que el país está quebrado, pero se puede levantar con oportunidades.” Así lo afirmó en la entrevista que Extra le publicó en la fecha mencionada.

Imposible dejar pasar de manera desapercibida el indicado criterio de don Álvaro pues, él (junto a don José María Figueres Olsen, como candidato a la Presidencia; así como junto a la señora Laura Arguedas Mejía, quien aspira a la Segunda Vicepresidencia del país), podría compartir la dirección política fundamental del Poder Ejecutivo si ganan las elecciones de segunda ronda previstas para el domingo 3 de abril.

Don Álvaro, por una parte, nos dice lo siguiente: “Es cierto que el país está quebrado…”; por otro lado, indica: “…pero se puede levantar con oportunidades”.

Sorprende que, a las puertas de llegar al Gobierno, si ganan las votaciones de segunda ronda, tan alta autoridad política admita que el país está quebrado. Desde la corriente sindical en la cual militamos, hemos venido alertando ya, durante mucho tiempo, que Costa Rica está en una crisis fiscal tan grave que podría caer en default (quiebre del Estado-cesación de pagos). Don Álvaro fue más lejos y afirma, categóricamente, que estamos, como país, quebrados.

Seguramente don Álvaro estaba pensando en que, si son gobierno, les tocará enfrentarse a pagos de deuda pública por el orden de los 10 billones de colones; es decir, en promedio, a razón de 7 mil millones de colones cada 24 horas.

Para comprender la magnitud de tal cantidad, se lo ponemos de esta manera: En la primera hora de un gobierno liberacionista, tendrán qué pensar en que deberán honrar compromisos de deuda pública por unos 290 millones de colones, en promedio; y, así, cada hora de cada día de los 1.460 días en que serían Poder Ejecutivo.

Estamos hablando de que deberá atenderse, en el cuatrienio de gobierno 2022-2026, pagos de créditos de deuda pública de una cifra por el orden de los 15 mil millones de dólares, calculados a 650 colones. ¡Sin contar intereses!

Cómo no, entonces, negarnos a aceptar la realidad de que el país está quebrado. ¡Tiene razón don Álvaro! Y, de un modo u otro, se nos da la razón pues llevamos, repetimos, enorme cantidad de tiempo hablando de que esta quiebra del Estado es inminente. ¡Ya llegó! Él nos lo confirmó.

Que Costa Rica, ya quebrada, se pueda levantar con “oportunidades”, nos hace fruncir el ceño pues, según nuestra visión-país, tales oportunidades son prácticamente inviables con la carga de deuda pública y su obsceno pago de intereses que pesa sobre las espaldas del pueblo costarricense, aunque no fue éste quien la generó.

De seguro la papeleta presidencial liberacionista tiene que tener escondida una “fórmula mágica”: dar oportunidades con un Estado quebrado. Es más, don Álvaro afirmó que “el Estado debe ser amigo de los que la pulsean” y nosotros decimos ¡por supuesto que sí! Pero, ¿cómo?…

Nos indigna muchísimo que, tanto de un lado como del otro que competirán por la silla presidencial el próximo domingo 3 de abril, la contundencia en afirmar cómo harían, con una Costa Rica quebrada, con un Estado quebrado, para que éste sea “amigo de los que la pulsean”, esté ausente.

Empleo Público: se traen al suelo el estado democrático del 49

Albino Vargas Barrantes, Secretario General (ANEP)

Personas profesionales serias y estudiosas del proceso constitucional costarricense que se ha desarrollado a partir de la entrada en vigencia de la Carta Magna, el 7 de noviembre de 1949, consideran que el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, abre las puertas para dar paso a la acción ejecutiva del Estado con carácter autoritario colocando, en cuanto a hegemonía política, al Poder Ejecutivo por encima del Legislativo y del Judicial. ¡Esto es grave!

Por ejemplo, don Manuel Hernández Venegas, abogado especialista en Derecho Laboral y con gran conocimiento de la cuestión constitucional del país, nos indica que el contenido de este, ahora votado en segundo debate, proyecto de Empleo Público, tiene fuerte connotación ideológica pues recoge postulados de pensadores neoliberales como los señores Friedrich Hayek, James Buchanan y Milton Friedman.

Los agentes políticos promotores de esta legislación están en su derecho de promover, a su gusto ideológico, este tipo de leyes; sin embargo, el grave problema que surge es si el contenido de fondo del constitucionalismo costarricense puede ser modificado mediante una ley ordinaria.

Me dirán que la Sala Cuarta avaló este proyecto, sin embargo, sus pronunciamientos (divididos, en algunos casos), indican que otro conjunto de pensamientos no neoliberales han sido pisoteados; y, por el contrario, ha ocurrido el alineamiento de varios magistrados integrantes de tan alto tribunal, con posiciones de cierta prensa que defiende, precisamente, la imposición absoluta del mercado sobre el Estado.

La preponderancia del Estado central, vía un ministerio hasta ahora de “segunda”, como lo es el de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), viola, de manera sensible, la división de poderes que hemos conocido como piedras angulares de la democracia republicano-representativa.

Además, la violentación de varias de las autonomías constitucionales, como la municipal, borradas de un plomazo, nos pone en un punto de inflexión en cuanto al estado calamitoso en que quedan varios de los valores fundamentales de la Carta Magna de 1949.

El texto final de este expediente legislativo de Empleo Público, necesariamente, tendrá que ser visto con la lupa de los compromisos jurídicos del país con el Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos; particularmente, con los compromisos de obligado acatamiento de Costa Rica para con los diversos instrumentos y procedimientos que se establecen en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Particularmente, valorar lo que está pasando con esta Ley Marco de Empleo Público, a la luz de la recientemente emitida Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en los sensibles temas de Negociación Colectiva, Huelga y Libertad Sindical; pondrá contra la pared la decisión-país de seguir pregonando su apego irrestricto al respeto pleno de los Derechos Humanos y su “humilde” decisión política de acatar y someterse a los dictados-pronunciamientos y sentencias de dicha corte, por demás, con sede oficial en el país. Esto que, de seguro, implicará un fuerte proceso de litigio internacional, desnudará a la clase gobernante matriculada con el constitucionalismo neoliberal del Estado autoritario.

Las supuestas economías en cuanto a lo que el Estado tendrá al aplicar esta detestada legislación en el seno del sector obrero-social del país, son como una especie de gota de agua en el desierto fiscal en que está sumido el país, pues no pocas son las personas para las cuales el nivel de endeudamiento público es de tal calibre que un riesgo de quiebra del propio Estado está más cerca que nunca. La historia completa del tema de la arbitraria y totalitaria legislación de Empleo Público no ha terminado de escribirse.

ANEP y administración de AyA en desacuerdo por duración de la dedicación exclusiva en los contratos

Desde la seccional se pretende que sea indefinido el tiempo en el contrato de los profesionales por concepto de dedicación exclusiva, mientras que la representación patronal afirma y lo seguirá aplicando en que se debe realizar por cinco años. Ambas partes acudieron razón al Ministerio de Trabajo para ver el tema, pero no hubo acuerdo entre las partes.