Carta al Licenciado Alex Solís Fallas, Contralor General de la República, detallándole sobre las anomalías del “Proceso de Modernización” del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).

Señor Contralor:

En días pasados, a través de un comunicado de prensa, usted se comprometió con las y los costarricenses, a enfrentar, desde la Contraloría General de la República, una batalla contra la corrupción, pública y privada y a favor de la transparencia en la función pública. Asimismo, en el Periódico de circulación nacional “La Prensa Libre” de hoy miércoles 7 de julio de 2004, usted reafirma que hará una revisión exhaustiva de algunos contratos del Estado.

Permítanos hacer eco de sus manifestaciones, para exponerle una situación que insistentemente planteamos al Contralor que le antecedió, a los señores Diputados y a las señoras Diputadas, a las autoridades del INCOP, y al propio Presidente de la República, Doctor Abel Pacheco de la Espriella.

Es precisamente el tema del mal llamado “Proceso de Modernización” que viene afrontando el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), desde el año 2001; mismo que a nuestro criterio, contiene una serie de irregularidades que le exponemos a continuación:

Tres licitaciones fueron adjudicadas, la de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puntarenas, la de Servicios Públicos de Remolcadores y la de Servicios Públicos de la Terminal de Puerto Caldera.

Nuestra organización sindical, con aportes de algunas organizaciones que también se han opuesto públicamente al proceso, ha detectado gravísimas irregularidades, tanto en el proceso licitatorio, como en los borradores de

contratos que han elaborado la administración de INCOP y las empresas adjudicatarias.

A continuación le exponemos las más relevantes:

Licitación Pública Internacional 003-2001 “Servicios Públicos de Remolcadores en el Pacífico”.

En el cartel de licitación se estableció la obligación del operador privado de adquirir los dos remolcadores propiedad del INCOP: “Don Pepe” y “Don Beto”, fijándose el valor por los dos en 3 millones de dólares.

Mediante Modificación No. 05 del cartel, se redujo el precio de 3 millones de dólares a 2 millones seis mil quinientos cuarenta y ocho dólares, sin que mediara estudio técnico.

El Remolcador “Don Pepe”, no era propiedad del INCOP al momento de sacarse a licitación, lo cual, además de acarrear la nulidad de la licitación, podría constituir un delito, puesto que en el cartel, el INCOP comprometió la venta de un bien que no le pertenecía.

Recientemente el INCOP inscribió ante el Registro de la Propiedad, el Remolcador “Don Pepe” con el nombre de “Don Hugo”, pasando por alto los trámites que se deben cumplir para cambiarle nombre a un barco.

En la inscripción se pagaron ¢87.576.112, pese a que existía la posibilidad de solicitar la liberación de impuestos. No obstante, de haberse dado esta posibilidad, hubiera existido una prohibición durante cinco años, de traspasar el remolcador a un tercero.

En los contratos aparecen dos servicios públicos como el pilotaje y el servicio de lanchas, servicios que están regulados con tarifas de ARESEP que en un primer momento se había indicado que quedarían en manos del INCOP, y que fueron incluidos en el cartel mediante una aclaración después de haber sido adjudicada la concesión.

El contrato establece el servicio de remolcadores en la denominada Boya de FERTICA, instalaciones que no le pertenecen a INCOP y que, por lo tanto, no cuenta con competencia alguna sobre las mismas.

Licitación Pública Internacional No.002-2001 “Concesión de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puntarenas”

En el proyecto de contrato se establece la obligación de dragar el puerto cada año.

El dragado deberá pagarlo el INCOP, puesto que en el proyecto de contrato se establece que el INCOP compensará al concesionario las obras de dragado con un pago anual a partir del primer año de concesión de 75.000 dólares.

La construcción de la nueva terminal en un lugar distinto al que estaba señalado en el cartel.

Licitación Pública Internacional No.001-2001 “Concesión de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puerto Caldera”

En el proyecto de contrato se incluye la atención de la terminal de cruceros, cuya licitación se había declarado desierta.

En el cartel correspondiente se estableció que ni el edificio administrativo ni los edificios restantes serían objeto del contrato, y en el contrato se establece como áreas y bienes de la concesión, todas las construcciones, estructuras, bodegas de almacenamiento, patios, parqueo, edificio administrativo y casetas; así como la red contra incendios, la red de acueducto y alcantarillado y red eléctrica.

En el contrato se obliga a la administración a garantizar al concesionario que dentro del área de concesión, será el único prestatario del servicio público de carga; situación anómala, pues no puede limitarse la potestad de la administración de decidir como dar en concesión los servicios portuarios.

En el cartel se indicó que la administración tendría en todo momento acceso a todos los libros y medios de control que debe llevar el concesionario, y en el contrato se pretende limitar este derecho de fiscalización por parte de la administración concedente.

En el contrato se está trasladando a los concesionarios la atención de cruceros, cosa que no fue objeto de la licitación adjudicada.

En la oferta los concesionarios aceptaron someterse al ordenamiento jurídico costarricense, y mediante el contrato, pretenden que se les indemnice en casos de dudosísima procedencia, como sería la creación de leyes o impuestos o se implementen medidas ambientales por el Estado.

Se le permitiría al consorcio Caldera II adoptar la estructura tarifaria aprobada por ARESEP para el INCOP, cuando lo procedente es que se apruebe una tarifa de servicios a este.

Respetuosamente consideramos, señor Contralor, que ante las irregularidades apuntadas, que han sido señaladas insistentemente, por nuestra organización sindical, por la Agencia Costarricense de Agentes Portuarios (ACAPOR), y varios diputados y diputadas del Partido Acción Ciudadana, Bloque Patriótico Parlamentario, y Liberación Nacional, los contratos de la concesión de Puerto Caldera no deben ser avalados o refrendados por la Contraloría General de la República.

Todo lo contrario, este ente fiscalizador debería advertir a la administración activa del INCOP que no firme los contratos y proceda a dejar sin efecto todo lo actuado hasta el momento, incluyendo las adjudicaciones, puesto que este es un proceso totalmente ilegal, que contiene serios vicios de nulidad.

Conforme a su palabra, vertida en los medios de comunicación colectiva, esperamos que su Autoridad, realice un estudio exhaustivo del Proceso de Modernización, así como del proceso tendiente a concesionar los servicios de esta institución

Por último, y con el afán de ampliar al respecto cuando usted tenga a bien concedernos una audiencia para referirnos al particular, nos suscribimos atentamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Fabio Espinoza Gómez
Presidente Seccional ANEP-INCOP.

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c.:Señoras Diputadas, Señores Diputados, Asamblea Legislativa.
c.:Doctor Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República.
c.:Lic. Javier Chaves Bolaños, Ministro de Obras Públicas y Transportes.
c.:Ing. Enrique Montealegre Martín, Presidente Ejecutivo INCOP.

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