-Para nuestra organización esta propuesta obedeció a un show político presidido por Juan Manuel Quesada, expresidente ejecutivo y apoyado por Alejandra Mora, Gerente General
El criterio PRE-J-2025-03057 de la Dirección Jurídica del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), respalda plenamente las advertencias que la ANEP, y su seccional ANEP-AyA han expuesto ante la opinión pública, Asamblea Legislativa y otras instancias, sobre la propuesta de reorganización institucional parcial presentada en el Estudio Técnico de Julio 2025.
Ambos pronunciamientos coinciden en que la reorganización carece de sustento legal, técnico y operativo, y que su ejecución en el estado actual pondría en riesgo la estabilidad institucional, el servicio público y la seguridad jurídica, tal y como ha venido advirtiendo la seccional ANEP-AyA
Confirmaciones clave de los informes de Dirección Jurídica
La Dirección Jurídica del AyA concluye que el acuerdo de Junta Directiva 2025-200, mediante el cual se aprobó la reestructuración institucional, adolece de nulidad absoluta, evidente y manifiesta por incumplir requisitos esenciales para la validez de un acto administrativo, según la Ley General de la Administración Pública y la doctrina administrativa.
Dentro de las conclusiones de la Dirección Jurídica se encuentran:
1.Deficiencias en la motivación y justificación
• El acuerdo carece de información técnica mínima necesaria (estudios, informes y análisis) para fundamentar el organigrama aprobado.
• La motivación se limita a citar normas procedimentales, sin desarrollar contenido, motivo y fin del acto administrativo.
• Esta omisión genera vicio por exceso de poder, afectando la proporcionalidad y el interés público.
2. Violaciones a normativa general vinculante
La propuesta elimina, rebaja de jerarquía o modifica de forma indebida dependencias cuya existencia y ubicación están protegidas por leyes y reglamentos:
• Dirección de Igualdad de Género e Interculturalidad → desaparece y se diluye en Capital Humano, lo que implica retroceso en materia de derechos humanos y compromisos internacionales.
• Contraloría de Servicios → cambio de nombre y funciones que genera confusión y contradice la Ley N.° 9158.
• Oficina de Cooperación Internacional → desintegrada, contraviniendo el Reglamento del Art. 11 de la Ley de Planificación Nacional.
• Oficina de Control Interno → no se ubica a nivel de jerarca, incumpliendo la Ley General de Control Interno.
• Laboratorio Nacional de Aguas → rebajado a nivel operativo, pese a su rol de rector nacional en calidad del agua.
• Dirección de Planificación Estratégica → trasladada de Presidencia Ejecutiva a Gerencia General, en contravención a la Ley de Planificación Nacional.
3. Debilitamiento de la Dirección Jurídica
• La propuesta desintegra áreas especializadas, elimina el principio de uniformidad de criterio legal y crea duplicidades e inseguridad jurídica.
• No se presenta evidencia técnica que justifique el cambio ni que demuestre deficiencias actuales.
• Se pone en riesgo la independencia de control de legalidad, por ejemplo, subordinando áreas legales a las mismas dependencias que deben fiscalizar (caso de Proveeduría y Contratación Administrativa).
Posición de ANEP
La ANEP reitera que la reorganización institucional planteada es inviable y perjudicial, y que representa un uso político y antitécnico de la gestión institucional.
Ante este escenario se solicita a las máximas autoridades de la institución:
• Suspender de inmediato su ejecución.
• Transparentar todos los gastos asociados a este proceso y la rendición de cuentas para los Jerarcas que estuvieron detrás de este proceso fallido.
• Iniciar un rediseño real y participativo, con respaldo técnico, legal y financiero, en beneficio de la institución y del servicio público.
EL AGUA ES UN DERECHO HUMANO, SU GESTION DEBE MANTENERSE PUBLICA TRANSPARENTE Y PARTICIPATIVA.