Tras aprobación del expediente 24.642, ANEP plantea avanzar en proyecto clave para fortalecer financieramente al PANI

ANEP impulsa conversaciones con diputadas y diputados para promover el expediente 24.173, iniciativa orientada a dotar de mayores recursos al PANI y permitir la contratación de más personal.

Mientras otros únicamente señalan los problemas, ANEP impulsa propuestas concretas y mantiene gestiones legislativas orientadas a mejorar la capacidad de atención del PANI y fortalecer la protección de la niñez y adolescencia.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) considera importante la aprobación del expediente legislativo 24.642, denominado “Ley para el mejoramiento de la gestión del Patronato Nacional de la Infancia y fortalecimiento del proceso especial de protección de las personas menores de edad”, iniciativa que incorpora reformas relevantes para fortalecer distintos mecanismos de protección de la niñez y adolescencia en Costa Rica.

Desde ANEP respaldamos el avance de esta iniciativa y sostuvimos acercamientos y conversaciones con distintas diputaciones sobre la importancia de fortalecer los procesos de protección, el seguimiento de casos y distintas competencias técnicas institucionales del PANI.

No obstante, aunque este proyecto representa un avance relevante, resulta necesario señalar que el expediente 24.642 no resuelve uno de los principales problemas estructurales que actualmente enfrenta el Patronato Nacional de la Infancia: las limitaciones presupuestarias y operativas que afectan la capacidad institucional y limitan la contratación de más personal especializado.

Por esa razón, ANEP considera fundamental que la discusión legislativa avance ahora hacia el expediente 24.173, denominado “Ley para proteger la inversión social en niñez y adolescencia”, iniciativa que busca blindar financieramente al PANI frente a las restricciones derivadas de la regla fiscal y fortalecer la capacidad operativa de la institución.

Actualmente, el expediente 24.173 aún no ha sido convocado para avanzar en su discusión legislativa, pese a que busca dotar al PANI de herramientas financieras indispensables para fortalecer su capacidad operativa y humana.

Desde hace varias semanas, nuestra organización sindical mantiene conversaciones y gestiones con diputadas y diputados de la República para impulsar el conocimiento y eventual avance de este proyecto de ley, debido a la importancia que tiene para la sostenibilidad operativa de la institución.

El expediente 24.173 busca fortalecer financieramente al Patronato Nacional de la Infancia mediante medidas orientadas a proteger la inversión social en niñez y adolescencia. Entre sus principales propuestas destacan:

• Garantizar que el PANI reciba al menos el 4% de los recursos de Fodesaf.

• Impedir que el Ministerio de Hacienda deje de presupuestar recursos que legalmente corresponden a la institución.

• Permitir que determinados superávits actualmente limitados por la regla fiscal puedan ser utilizados por el PANI.

• Fortalecer la capacidad operativa institucional mediante mayores recursos para atención, funcionamiento y respuesta técnica.

• Generar condiciones para ampliar la capacidad institucional y fortalecer la atención de personas menores de edad frente al crecimiento sostenido de denuncias y casos de intervención.

La propia exposición de motivos del proyecto advierte que las restricciones fiscales han generado afectaciones sobre la capacidad operativa del PANI, incluyendo limitaciones para la contratación de personal, fortalecimiento territorial y atención de programas dirigidos a la niñez y adolescencia.

Asimismo, el expediente señala que el crecimiento sostenido de denuncias y la saturación institucional hacen necesario fortalecer progresivamente las Oficinas Locales, Direcciones Regionales y equipos técnicos especializados del Patronato Nacional de la Infancia.

ANEP ha venido advirtiendo desde hace mucho tiempo el colapso operativo que enfrentan las personas trabajadoras de las distintas oficinas y departamentos del PANI, situación que se refleja en sobrecarga laboral, acumulación de casos, recargos funcionales y dificultades institucionales para responder oportunamente al crecimiento de denuncias relacionadas con posibles vulneraciones de derechos de personas menores de edad.

Nuestra organización incluso compareció ante la Comisión Permanente Especial de Juventud, Niñez y Adolescencia de la Asamblea Legislativa, donde expuso las graves afectaciones operativas y humanas que enfrenta actualmente la institución.

Para ANEP, fortalecer verdaderamente al PANI implica no solamente reformar procedimientos y mecanismos de protección, sino también garantizar recursos suficientes para ampliar la capacidad operativa institucional, contratar más personal especializado y mejorar las condiciones de atención a la niñez y adolescencia costarricense.

La protección integral de las personas menores de edad requiere decisiones estructurales que permitan al Patronato Nacional de la Infancia responder adecuadamente al crecimiento de la demanda institucional y garantizar una atención oportuna, humana y efectiva.

Desde ANEP reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los servicios públicos, del Estado Social de Derecho y de un PANI fortalecido, con recursos suficientes y capacidad real para garantizar los derechos de la niñez y adolescencia en Costa Rica.

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Victoria para la clase trabajadores: la Corte Internacional de Justicia confirma el derecho de huelga de la OIT

En una victoria para los trabajadores y las trabajadoras, los sindicatos y los servicios públicos, la Corte Internacional de Justicia ha confirmado la interpretación establecida desde hace tiempo de que el derecho de huelga forma parte del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.

La Opinión Consultiva de la CIJ supone un espaldarazo para el Sistema de Control de la OIT, que hace que los Estados rindan cuentas sobre las normas laborales mundiales. La sentencia confirma la autoridad de la Comisión de Expertos de la OIT para interpretar el ámbito de aplicación de los convenios y recomendaciones de la OIT, y debe permitir a la OIT retomar sus funciones habituales tras más de una década de estancamiento.

El miembro de la ISP Asad Ur Rehman Aasi, de la Federación de Empleados del Sector Público de Pakistán, declaró

«Los trabajadores van a la huelga cuando se ignora el diálogo, cuando se incumplen las promesas y cuando se imponen decisiones sin consultar. El reconocimiento internacional del derecho de huelga es muy importante para lxs trabajadores de Pakistán y de todo el mundo. Recuerda a los gobiernos y a los empleadores que la huelga pacífica no es un delito».

En todo el mundo, la ISP ha apoyado a los sindicatos en el uso del derecho de huelga: cuando los lxs trabajadorxs de la electricidad toman las calles para resistirse a la privatización, cuando las enfermeras mantienen la línea de piquete para exigir una dotación de personal segura, cuando nuestros miembros hacen frente a los ataques contra los servicios vitales de los que dependen nuestras comunidades.

El Secretario General de la ISP, Daniel Bertossa, declaró: «Nuestra libertad de parar nuestro trabajo, si y cuando es necesario, siempre ha formado parte de nuestra libertad de organización. Hoy, la más alta corte del mundo ha afirmado nuestro derecho a la huelga».

La decisión llega en un momento en que las huelgas pacíficas y las protestas en general están siendo criminalizadas en todo el mundo y se están produciendo cada vez más ataques contra el derecho de huelga de los lxs trabajadores de los servicios públicos. La decisión proporciona apoyo internacional a los sindicatos de todo el mundo para que luchen cuando se atacan los derechos de huelga a escala nacional.

«La ISP apoyará a nuestros miembros para que utilicen la protección de la OIT cuando se ataque nuestra libertad sindical y nuestro derecho de huelga. La sentencia de hoy demuestra que lxs trabajadorxs se levantarán y serán escuchadxs, y que tenemos el derecho internacional de nuestro lado.»

Bertossa agradeció a la Corte por su Opinión Consultiva y dijo que proporciona una base autorizada para la resolución del impasse en la OIT. Refuerza el sistema de control de la OIT al proporcionar certidumbre y confianza. Afirmó que se trata de una decisión importante en un momento difícil para el multilateralismo, que fortalecerá a la OIT tripartita.

Por muy positiva que sea esta decisión, la capacidad de hacer realidad el derecho de huelga —en la OIT y a escala nacional— exigirá que profundicemos en nuestra organización y construyamos nuestro poder. Los tribunales pueden aclarar las normas, pero no consiguen el cambio por sí solos. La conquista y protección de los derechos sigue dependiendo de la sindicalización colectiva, de unos sindicatos fuertes y de un poder sostenido de los lxs trabajadores.

¿Y ahora qué?

La evaluación de la decisión y sus implicaciones puede llevar algún tiempo. Se ha pedido a la OIT que establezca directrices para aclarar su aplicación. La próxima Conferencia Internacional del Trabajo no abordará estas cuestiones y, en su lugar, el Consejo de Administración de la OIT de noviembre de 2026 será probablemente la primera oportunidad para que los mandantes de la OIT den los siguientes pasos a escala internacional.

Dado que los lxs trabajadorxs de los servicios públicos tienen algunas de las limitaciones legales más restrictivas y singulares del derecho de huelga, la ISP ha creado un grupo de trabajo jurídico para estudiar cómo se aplicará e interpretará la decisión en los servicios públicos. Este grupo se reunirá en breve, con el fin de informar nuestro asesoramiento a los sindicatos y nuestra aportación a los procesos de la OIT.

La ISP elaborará en las próximas semanas un informe para nuestras afiliadas, analizando la decisión y sus implicaciones, y organizará un seminario web para las afiliadas sobre la sentencia.

Antecedentes

El derecho de huelga se defiende a través de otros mecanismos. En toda la UE, tanto la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores (CCFSRW) como la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE (CFREU) reconocen el derecho de huelga. Asimismo, instrumentos legislativos como el «Reglamento Monti» y la «Directiva de servicios» de la UE contemplan el derecho de huelga. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea también ha reconocido el derecho de huelga en los asuntos Viking y Laval.

La Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA) identifica la huelga como un medio legítimo para defender y promover los intereses de lxs trabajadores. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) también incluyó la huelga en el ámbito de los derechos sindicales, una opinión consultiva de 2021, que reconoce explícitamente el derecho de huelga como un derecho humano fundamental y una parte inseparable de la libertad de asociación en virtud de las normas laborales internacionales.

Casi 100 países, entre estos Costa Rica, reconocen el derecho de huelga en su legislación superior, como las Constituciones nacionales, las leyes de derechos y las Cartas, donde los sindicatos lo ejercen a diario.

Trabajadores de la Dirección Regional Huetar Caribe del PANI reciben resolución para el reconocimiento y pago de anualidades

– La gestión impulsada por ANEP permitió plantear una propuesta orientada a evitar afectaciones salariales y laborales para las personas trabajadoras de la Región Huetar Caribe.

• ANEP reconoce y agradece la apertura, el análisis técnico y el compromiso de la Presidencia Ejecutiva, Recursos Humanos y demás instancias involucradas para alcanzar una solución en beneficio de las personas trabajadoras.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) informa que la situación relacionada con las evaluaciones del desempeño de las personas trabajadoras de la Dirección Regional Huetar Caribe y el reconocimiento de sus anualidades fue atendida favorablemente, permitiendo resguardar los derechos laborales y salariales de las personas funcionarias involucradas.

Mediante el oficio AS-JHR-0025-2026, ANEP solicitó formalmente a la Presidencia Ejecutiva del PANI que se reconociera que la ausencia de las evaluaciones del desempeño correspondientes a los períodos 2024 y 2025 obedecía a circunstancias administrativas ajenas a la voluntad de las personas trabajadoras de la Dirección Regional Huetar Caribe. Asimismo, se solicitó que, en aplicación del principio indubio pro operario, se adoptaran las medidas necesarias para garantizar el reconocimiento de las anualidades respectivas y evitar una afectación a los derechos laborales y salariales de las personas funcionarias afectadas.

ANEP considera importante reconocer que este resultado ha sido posible gracias al trabajo coordinado y articulado entre las distintas instancias institucionales involucradas. Como organización sindical, reafirmamos nuestro compromiso no solo de plantear las situaciones que afectan a las personas trabajadoras, sino también de impulsar propuestas y alternativas orientadas a la búsqueda de soluciones responsables, mediante el diálogo y el respeto institucional.

En ese sentido, expresamos nuestro agradecimiento a la Presidencia Ejecutiva, al Departamento de Recursos Humanos y a las diferentes dependencias y personas funcionarias que participaron en el análisis y atención de este tema, permitiendo construir una solución orientada a proteger los derechos de las personas trabajadoras de la Región Huetar Caribe.

ANEP reconoce que cuando existe disposición institucional, voluntad de diálogo y compromiso con el servicio público, es posible construir soluciones responsables y justas para las personas trabajadoras.Durante el día de hoy hemos recibido numerosas llamadas y mensajes de personas trabajadoras agradeciendo las gestiones realizadas y el resultado alcanzado, reflejando la relevancia e impacto que esta situación tenía para muchas familias trabajadoras.

Reiteramos nuestro compromiso permanente de continuar defendiendo los derechos laborales de las personas trabajadoras del PANI, promoviendo siempre propuestas y soluciones orientadas al bienestar de las personas funcionarias y al fortalecimiento institucional.

ANEP denuncia nuevas restricciones y discriminación sindical en el IAFA

Nueva actuación administrativa profundiza trato desigual frente a otras organizaciones sindicales

Administración mantiene decisiones arbitrarias pese a denuncias formales y proceso en el Ministerio de Trabajo

Dirección General pretende desconocer integración de la Seccional ANEP-IAFA previamente reconocida por la propia Administración

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) denuncia públicamente una nueva actuación del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) que no solo mantiene, sino que profundiza un patrón de discriminación sindical en perjuicio de la Seccional ANEP-IAFA.

Lejos de corregir las situaciones previamente denunciadas, la Dirección General del IAFA, bajo la conducción de la Dra. Delma Vaglio, ha optado por reiterar decisiones administrativas que, en los hechos, restringen y obstaculizan el ejercicio de la libertad sindical.

La emisión del oficio DG-0575-05-2026 constituye un claro ejemplo de esta conducta: la Administración introduce requisitos adicionales y nunca antes exigidos para la tramitación de licencias sindicales, a pesar de haber reconocido reiteradamente —mediante actos administrativos firmes— la legitimidad, integración y funcionamiento de la seccional ANEP-IAFA.

Para ANEP, este tipo de actuaciones no pueden entenderse como hechos aislados. Se trata de un patrón consistente, caracterizado por la aplicación de criterios restrictivos hacia esta organización, mientras que, en otros casos, se han otorgado condiciones significativamente más favorables sin la aplicación de estándares equivalentes.

Los hechos son claros y verificables: mientras a ANEP se le limitan las licencias sindicales a cuatro (4) horas mensuales, otras organizaciones sindicales dentro de la misma institución reciben hasta dieciséis (16) horas mensuales en jornadas completas, sin que exista una justificación objetiva, técnica o jurídica que respalde esa diferencia.

Este trato desigual ya ha sido denunciado formalmente por ANEP y actualmente se encuentra bajo conocimiento del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, lo que confirma la gravedad del conflicto y su dimensión institucional.

Sin embargo, en lugar de corregir esta situación, la Administración ha decidido profundizarla, introduciendo nuevas barreras administrativas que, en la práctica, limitan el ejercicio de derechos fundamentales.

ANEP es categórica: no se trata de un problema técnico ni de un simple trámite administrativo. Se trata de decisiones que generan efectos reales sobre el ejercicio de la libertad sindical y que evidencian una forma de gestión que no está garantizando condiciones de igualdad.

La organización advierte que la reiteración de este tipo de actuaciones compromete la responsabilidad de la Administración por la eventual vulneración de derechos fundamentales, particularmente la libertad sindical y el principio de igualdad.

ANEP deja claramente establecido que continuará ejerciendo, sin ningún tipo de restricción, sus funciones de representación, fiscalización y denuncia, y que no permitirá que prácticas administrativas restrictivas debiliten la acción sindical dentro del IAFA.

Seguiremos sesionando, denunciando, consultando e incomodando cada vez que sea necesario, porque esa es precisamente la función de una organización sindical comprometida con la defensa de los derechos de las personas trabajadoras y con la fiscalización de la actuación pública.

ANEP no renunciará, no retrocederá y no se rendirá bajo ninguna circunstancia en el ejercicio legítimo de la libertad sindical y la defensa de las personas trabajadoras.

Este caso será discutido en el Ministerio de Trabajo y, de persistir estas actuaciones, será llevado ante los tribunales de justicia correspondientes.

La libertad sindical no se restringe: se garantiza.

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Foto IMAS

Estalla escándalo en Tiendas Libres del IMAS (Duty Free) por audio oficial que expone irrespeto y desprecio laboral de jefaturas contra trabajadores

ANEP exige la renuncia inmediata de la Directora de Gestión de Recursos, la aplicación de las máximas sanciones y el inicio de procesos administrativos contra las personas funcionarias involucradas

Resulta vergonzoso e inadmisible que, desde cargos de dirección, se emitan expresiones despectivas y se minimicen problemáticas laborales, en medio de salarios insuficientes y fuga masiva de personal

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) denuncia públicamente hechos de extrema gravedad institucional en el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), específicamente en el área de Empresas Comerciales (Tiendas Libres Duty Free), tras el análisis de un audio oficial de una reunión del 23 de abril de 2026, en el que participan la Directora de Gestión de Recursos y Administradora General de Empresas Comerciales, la Jefatura de Mercadeo y Ventas y personal del área de Desarrollo Humano. En dicho registro, estas jefaturas reconocen salarios insuficientes, minimizan la fuga masiva de personal y evidencian fallas graves en la gestión administrativa y en el cumplimiento de la salud ocupacional, configurando un patrón de conductas incompatible con la función pública.

Resulta inadmisible y profundamente reprochable que, desde estos cargos de dirección y jefatura, se emitan expresiones despectivas y se utilicen calificativos ofensivos, así como que se minimicen problemáticas laborales críticas previamente reconocidas, lo cual compromete directamente su responsabilidad como jerarquías institucionales.

El contenido del audio revela una realidad alarmante: mientras se admite que el salario del personal de cajas es insuficiente, también se asume con indiferencia la salida masiva de trabajadores, alcanzando niveles críticos. Lejos de plantear soluciones, se trasladan las responsabilidades a las propias personas trabajadoras, insinuando que deben renunciar si no están conformes con sus condiciones laborales.

Particularmente grave resulta el uso de expresiones ofensivas y despectivas dentro del espacio institucional, incluyendo referencias peyorativas hacia el personal de cajas, así como manifestaciones de burla y menosprecio frente a la crisis laboral. A ello se suma el irrespeto hacia la organización sindical, con afirmaciones infundadas contra dirigentes sindicales que buscan deslegitimar su labor.

El audio también evidencia una preocupante normalización de incumplimientos en materia de salud ocupacional, así como debilidades estructurales en la toma de decisiones, el control interno y la gestión del recurso humano, todo ello reconocido por las propias autoridades participantes en la reunión.

El registro de audio deja en evidencia hechos particularmente escandalosos: jefaturas institucionales reconocen abiertamente que el salario del personal de cajas es insuficiente y, aun así, reaccionan con indiferencia y burla ante la renuncia masiva de aproximadamente 40 trabajadores, prácticamente la totalidad del personal. Se llega incluso a sostener que quienes no estén conformes “deberían renunciar”, trasladando la responsabilidad institucional a las propias víctimas de la precariedad laboral. De forma alarmante, se utilizan expresiones ofensivas para referirse a los cajeros —incluyendo calificativos como “ganado bravo”—, se minimizan denuncias en materia de salud ocupacional pese a reconocerse incumplimientos internos, y se evidencian contradicciones y falta de control en la aplicación de medidas básicas. Asimismo, el audio revela ataques directos y despectivos contra dirigentes sindicales, con afirmaciones infundadas que buscan desacreditar su labor, mientras se admite que los salarios se encuentran por debajo de niveles mínimos del mercado y que debieron ser ajustados desde hace tiempo. Todo ello configura un escenario de desorden administrativo, irrespeto institucional y grave afectación a la dignidad de las personas trabajadoras, reconocido por las propias autoridades participantes.

Ante la gravedad de los hechos, la ANEP exige:

1. La apertura inmediata de un proceso de investigación administrativa para esclarecer los hechos, determinar su alcance y establecer las responsabilidades individuales correspondientes.

2. La adopción de medidas cautelares inmediatas, incluyendo la separación temporal de funciones o la reasignación de puesto de las personas funcionarias involucradas —la Directora de Gestión de Ingresos y Administradora General de Empresas Comerciales, la Jefatura de Mercadeo y Ventas, y personal del área de Desarrollo Humano—, a fin de garantizar la objetividad del proceso, evitar interferencias y proteger a las personas trabajadoras.

3. La determinación y aplicación de las máximas sanciones disciplinarias previstas en el ordenamiento jurídico a las personas funcionarias involucradas, conforme a la gravedad de los hechos acreditados.

4. En atención a la gravedad de las conductas evidenciadas y una vez determinadas las responsabilidades administrativas:
a) La inmediata separación del cargo de la Directora de Gestión de Ingresos y Administradora General de Empresas Comerciales, así como la gestión de su renuncia, en razón de su responsabilidad jerárquica.
b) La adopción de las medidas disciplinarias correspondientes respecto de la Jefatura de Mercadeo y Ventas y el personal del área de Desarrollo Humano, incluyendo, de ser procedente, la separación de funciones, reubicación o sanciones conforme al régimen disciplinario aplicable.
c) El reemplazo de la persona funcionaria del área de Desarrollo Humano que ejerce funciones de mediación en el área de Empresas Comerciales, para garantizar imparcialidad, objetividad y confianza en los procesos internos.

5. La adopción de medidas inmediatas y efectivas para garantizar el respeto a la dignidad de las personas trabajadoras, así como la erradicación de prácticas contrarias al buen trato y a los principios de la función pública.

6. La revisión integral de la estructura salarial del personal de cajas, con base en criterios técnicos objetivos, actualizados y verificables.

7. La verificación del cumplimiento efectivo de las disposiciones en materia de salud ocupacional, así como la implementación urgente de las medidas correctivas necesarias.

8. El establecimiento de mecanismos efectivos de seguimiento y control que garanticen la atención oportuna de las problemáticas señaladas y la rendición de cuentas.

9. La remisión a la ANEP de un informe detallado, formal y debidamente fundamentado sobre la apertura del procedimiento administrativo, las actuaciones realizadas y las decisiones adoptadas, dentro del plazo legal correspondiente.

Resulta inaceptable que personas que ocupan cargos de dirección y jefatura se expresen en términos despectivos hacia las personas trabajadoras, utilizando calificativos ofensivos y minimizando problemáticas laborales que ellas mismas reconocen como graves.

Este tipo de conductas no solo vulnera la dignidad de quienes sostienen el funcionamiento de la institución, sino que evidencia una forma de gestión alejada de los principios básicos de respeto, responsabilidad y servicio público.

La ANEP advierte que lo ocurrido no puede ser tolerado ni normalizado, y exige una respuesta inmediata, firme y ejemplarizante por parte de las autoridades, acorde con la gravedad de los hechos.

Oficio enviado al IMAS sobre lo acontecido

Sala Constitucional declara con lugar amparo contra el PANI por violar el derecho de respuesta

La ANEP solicitó información detallada sobre nombramientos cuestionados por la Auditoría Interna; sin embargo, el PANI no respondió dentro del plazo legal.

La Sala Constitucional determinó la violación al derecho de petición y pronta respuesta, y evidenció que la institución contestó únicamente tras la intervención judicial.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) informa que la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo interpuesto contra el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), expediente N.° 26-010229-0007-CO, al comprobar que la institución no respondió dentro del plazo legal una solicitud de información relacionada con los nombramientos en propiedad cuestionados en un informe de Auditoría Interna, y que solo emitió respuesta tras la intervención de la Sala.

La gestión presentada el 4 de marzo de 2026 solicitaba información clara y detallada sobre: el estado de la investigación administrativa, la existencia de procedimientos disciplinarios, la cantidad de casos en trámite, las dependencias involucradas, los acuerdos adoptados por la Junta Directiva y la existencia de un informe jurídico sobre los hechos señalados.

Pese a ello, el PANI se limitó inicialmente a acusar recibo sin brindar respuesta de fondo dentro del plazo legal, lo que obligó a interponer el recurso de amparo. Posteriormente, y únicamente después de la intervención de la Sala Constitucional, la institución remitió el oficio PANI-PE-OF-804-2026, en el que indicó que conformó una comisión para analizar los casos y que el proceso se encuentra en revisión. Sin embargo, no proporcionó información concreta, resultados ni conclusiones sobre las eventuales responsabilidades, limitándose a señalar que el análisis continúa.

En su resolución, la Sala Constitucional determinó que esta conducta constituye una violación al derecho fundamental de petición y pronta respuesta, señalando que la Administración Pública está obligada a responder dentro de los plazos establecidos y que la falta de respuesta oportuna es contraria al ordenamiento jurídico.

Para la ANEP, este caso evidencia una falta de transparencia en un tema de alto interés público y confirma la necesidad de recurrir a instancias constitucionales para garantizar el acceso a la información.

La organización reitera que continuará dando seguimiento a este proceso, en busca de una respuesta final clara, completa y conforme a derecho, así como la determinación de las responsabilidades que correspondan.

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Destitución del Subgerente de Sistemas del GAM en AyA es oportuna ante debilidades en su gestión

La Seccional ANEP-AyA hace de conocimiento público la reciente destitución de Alejandro Calderón Acuña, como Subgerente Sistemas Gran Área Metropolitana de Acueductos y Alcantarillados (AyA), decisión que consideramos oportuna en el contexto de la situación actual de la institución.

Durante un tiempo considerable, se habían venido señalando debilidades en la gestión que impactaban el adecuado funcionamiento institucional, por lo que esta medida representa un paso importante hacia el fortalecimiento de la administración y la mejora en la toma de decisiones en AyA

Como organización sindical, reiteramos la importancia de continuar evaluando el desempeño de los distintos niveles jerárquicos, con el fin de garantizar que quienes ocupan cargos de alta responsabilidad contribuyan efectivamente al cumplimiento de los objetivos institucionales y al buen servicio público.

Asimismo, manifestamos nuestra disposición de colaborar de manera constructiva en los procesos de mejora que se impulsen, siempre en defensa de los intereses de las personas trabajadoras y de la ciudadanía en general

La seccional ANEP-AyA reafirma su compromiso con la transparencia, la eficiencia en la gestión pública y el fortalecimiento de la institucionalidad.

Presidencia electa debe aclarar versión sobre eventual nombramiento de Fabricio Alvarado en el PANI

Ante la información de fuentes internas del PANI y que circula en redes sociales sobre un eventual nombramiento del diputado Fabricio Alvarado como Ministro de la Niñez y la Adolescencia (PANI), resulta indispensable que la presidenta electa, Laura Fernández Delgado, aclare de forma inmediata si esta versión es cierta o falsa.

Se trata de un cargo de la más alta sensibilidad, vinculado directamente con la protección de la niñez y la adolescencia. En ese contexto, no puede ignorarse que sobre esta figura han circulado señalamientos y cuestionamientos públicos de carácter grave, lo que eleva el nivel de escrutinio que la ciudadanía exige frente a cualquier eventual designación.

La transparencia y la idoneidad en este tipo de nombramientos son fundamentales. La ciudadanía merece una aclaración clara, categórica y oportuna que confirme o descarte esta información y garantice que las decisiones en materia de niñez se adopten con los más altos estándares.

Incluso, la propia Laura Fernández acusó a Fabricio Alvarado de un supuesto acoso sexual ocurrido cuando ella era asesora en la Asamblea Legislativa.

En aquel entonces, La candidata presidencial del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Laura Fernández Delgado, acusó al aspirante presidencial de Nueva República, Fabricio Alvarado Muñoz, de haber incurrido en actos de acoso cuando ella trabajó como asesora en la Asamblea Legislativa.

El señalamiento ocurrió durante el debate presidencial organizado por Radio Columbia y la Universidad Latina de Costa Rica, el pasado mes de enero.

Ante estas graves situaciones, es que ANEP solicita una aclaración ante las informaciones que trasciende sobre el eventual futuro en la dirección del PANI.

Fallas graves de control y gestión provocan pérdidas millonarias en la Planta Miravalles 1

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) denuncia un hecho de extrema gravedad que pone en evidencia otro preocupante nivel de deterioro en la gestión administrativa y técnica del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Lo ocurrido en el proceso de adquisición de materiales para la impermeabilización de paredes y pintura epóxica de la torre de enfriamiento de Miravalles 1, tramitado bajo el pliego de condiciones tipo DG-0301-2024, no puede ser interpretado como un simple error operativo ni como una contingencia aislada. Se trata de un hecho que, por sus dimensiones y consecuencias, reviste características propias de otro verdadero escándalo institucional.

El aparente desecho de materiales por un monto aproximado de ₡47.851.896,01 constituye un indicio claro de una gestión profundamente deficiente, donde la falta de rigor técnico, la improvisación en la definición de requerimientos y la ausencia de controles efectivos convergen en un resultado inaceptable, recursos públicos, literalmente, arrojados a la basura. Este tipo de actuaciones compromete el patrimonio institucional y erosiona la confianza de la ciudadanía en una entidad estratégica para el desarrollo del país.

Desde una perspectiva técnica, resulta inconcebible que una intervención en infraestructura crítica como una torre de enfriamiento se haya ejecutado bajo condiciones tan precarias de planificación y especificación. La naturaleza misma de este tipo de obras exige precisión, conocimiento especializado y estrictos controles de calidad, por lo que lo sucedido sólo puede explicarse a partir de una combinación de negligencia, incompetencia o una cadena de decisiones irresponsables que no fue debidamente contenida por los mecanismos de control institucional. Cualquiera de estos escenarios es, por sí mismo, motivo suficiente para una investigación profunda por parte de las áreas competentes, dentro de ellas la Auditoría Interna del ICE y, sin lugar a dudas, debería ser motivo sanciones ejemplares.

En el plano jurídico, los hechos descritos podrían constituir una violación directa al principio de legalidad consagrado en la Constitución Política y en la Ley General de la Administración Pública, así como una transgresión al deber de probidad que obliga a todo funcionario público a resguardar con máxima diligencia los recursos del Estado. De igual forma, se evidencian posibles incumplimientos a los principios de eficiencia, eficacia y economía que rigen la contratación administrativa, así como eventuales responsabilidades derivadas de la Ley General de Control Interno, particularmente en lo relativo a fallas graves en la planificación, ejecución y supervisión del proceso contractual. No puede descartarse, además, la eventual configuración de responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales, en caso de comprobarse conductas gravemente negligentes o dolosas.

La ANEP considera inaceptable el silencio o la falta de reacción contundente por parte de la administración ante un hecho de esta magnitud. En este contexto, surge inevitable cuestionar quién definió las especificaciones técnicas que desembocaron en este resultado, quién validó la adquisición de materiales que terminaron siendo desechados, dónde estuvieron los controles que debieron prevenir esta situación y, sobre todo, quién asumirá la responsabilidad por el daño ocasionado al erario público.

La ANEP advierte que no permitirá que este caso sea minimizado, encubierto o diluido en trámites administrativos sin consecuencias reales.

El Instituto Costarricense de Electricidad no puede ni debe operar bajo esquemas de improvisación y ausencia de rendición de cuentas. Cada colón desperdiciado representa un golpe directo a la ciudadanía y a las personas trabajadoras que sostienen la institución con su esfuerzo diario. Lo ocurrido en Miravalles 1 no es un hecho aislado, es una señal de alerta que exige acciones inmediatas, firmes y ejemplarizantes, así como en otros casos denunciados.

La ANEP será categórica y persistente. No habrá silencio frente al despilfarro, no habrá complacencia frente a la negligencia y no habrá tregua en la exigencia de transparencia, responsabilidad y respeto absoluto por los recursos públicos.