– Dentro de las presuntas irregularidades se encuentran: mal manejo de recursos públicos, la suspensión injustificada del contrato, omisión en la presentación de informes técnicos y financieros, así como deficiencias en la gestión de la información presupuestaria y posible fraude.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en su constante labor de velar por el correcto manejo de los recursos públicos, presentó ante la Fiscalía General, la Contraloría General de la República (CGR) y el Concejo de Gobierno, una denuncia en relación con el contrato de fideicomiso entre el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y el Banco Nacional de Costa Rica (BNCR), cuyo fin era la ejecución de obras públicas destinadas a la niñez y adolescencia.
El monto del fideicomiso para desarrollo de obra pública del PANI, firmado en noviembre del año 2019, era por un total de 15.000.000.000 (quince mil millones de colones a ejecutarse en 5 años), en los que se construirían un total de 12 oficinas locales, 10 Albergues y una Dirección Regional clasificados con prioridad “Alta”, así como 12 oficinas locales y 3 albergues con prioridad “Media”, para un total de 38 infraestructuras de obra pública
La denuncia presentada por la ANEP se fundamenta en una serie de presuntas irregularidades, omisiones y presuntas violaciones a la ley que han surgido durante la ejecución del contrato mencionado. Las presuntas acciones que se describen en la denuncia involucran de manera directa a la Presidenta Ejecutiva del PANI, Gerencia de Administración, así como a otras instancias vinculadas con la administración y supervisión del PANI, las cuales presuntamente han comprometido la correcta gestión de los recursos públicos y el cumplimiento de las normativas legales correspondientes.
La Fiscalía General ha confirmado a la ANEP, que la gestión adjunta se le asignó el número de referencia SICE FGR-127-2025, y fue remitida a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, con el fin de que puedan atender y dar respuesta a la denuncia.
Hechos presentados
1. Suspensión del Contrato sin Justificación Técnica, Jurídica y Económica:
El 22 de agosto de 2022, la Junta Directiva del PANI decidió suspender el contrato de fideicomiso suscrito entre el PANI y el Banco Nacional de Costa Rica. No obstante, según el informe de Auditoría Interna AII-010-2022, el PANI no presentó en tiempo y forma los informes técnicos, legales y económicos que justificaran esta decisión. Esto constituye un incumplimiento directo del Acuerdo No. 004, apartado 001, tomado en la Sesión Ordinaria 2022-026 del 22 de agosto de 2022, que claramente especifica que dichos informes debían ser entregados para la evaluación de la terminación del contrato.
2. Incumplimiento en la Ejecución Presupuestaria:
En 2023, se aprobó un presupuesto de ¢10,894,901,884.40 para concluir las actividades del fideicomiso. Sin embargo, hasta el 30 de junio de 2023, solo se había ejecutado un 0.63% de ese presupuesto (¢69,019,252.65). Esta ejecución deficiente pone en evidencia la falta de gestión adecuada y el desaprovechamiento de los recursos asignados, lo que es inadmisible tratándose de una institución pública que tiene la responsabilidad de velar por el bienestar de la niñez y adolescencia.
3. Falta de Registros de Información en el Sistema SIPP:
A pesar de la obligación de remitir los informes de ejecución presupuestaria al Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP) de la Contraloría General de la República, la administración del PANI incumplió con esta obligación durante el primer semestre de 2023, lo que constituye una grave omisión administrativa. Esto obstaculiza el control y la fiscalización de los recursos públicos, violando normas técnicas y legales sobre la rendición de cuentas.
4. Falta de Implementación de Procedimientos Internos para la Gestión Presupuestaria:
La administración del PANI no implementó los procedimientos internos necesarios para la correcta gestión de la información presupuestaria relacionada con el fideicomiso, lo que generó un incumplimiento de la normativa técnica en materia de presupuestos públicos. Esta deficiencia en los procedimientos internos pone en riesgo la transparencia en el uso de los recursos públicos.
5. Posibles Actos de Negligencia y Deuda Derivada del Contrato:
A pesar de que se alcanzó un acuerdo amistoso entre el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y el Banco Nacional de Costa Rica (BNCR), derivado de la terminación unilateral del contrato de fideicomiso, los contratistas y el Banco Nacional han solicitado el pago de honorarios y daños y perjuicios. El hecho de que el Banco Nacional haya interpuesto una demanda judicial por la terminación anormal del contrato, argumentando que la resolución fue realizada de manera irregular, plantea la posibilidad de que se haya generado una deuda adicional que pudo haberse evitado si se hubieran explorado otras alternativas viables antes de proceder con dicha decisión.Este contexto resalta la falta de una gestión adecuada y de medidas preventivas para resolver de manera más eficiente las implicaciones derivadas de la terminación del fideicomiso, lo que podría implicar responsabilidad por la gestión inapropiada de recursos públicos y la toma de decisiones precipitada.
PRESUNTOS DELITOS:
A partir de los hechos descritos, se identifican los siguientes posibles delitos:
1. Fraude:
La terminación unilateral del contrato sin la debida justificación podría haber dado lugar a un fraude, al provocar perjuicios tanto al PANI como a los contratistas involucrados, generando demandas por pagos adicionales que pueden considerarse como consecuencia de una decisión arbitraria e irregular.
La gerencia de administración del PANI destinaría en el año 2023 casi 11.000.000.000 (once mil millones de colones) para dar por terminado un fideicomiso que no se ejecutó y cuyo costo inicial era de 15.000.000.000 (quince mil millones de colones) sin justificación para la terminación anormal de la contratación y por otro lado durante el año 2023 grandes recortes presupuestarios a programas sustantivos del PANI, los cuales se mantuvieron durante el año 2024.
2. Malversación de Fondos Públicos:
El incumplimiento en la ejecución del presupuesto asignado y la no remisión de la información de ejecución al Sistema SIPP, podrían constituir una forma de malversación de los recursos públicos, ya que no se garantiza el uso adecuado de los fondos asignados para la finalización de las obras previstas en el contrato de fideicomiso.
3. Abuso de Autoridad:
La decisión de suspender el contrato sin justificación técnica, económica ni legal, podría configurar un abuso de autoridad por parte de los funcionarios encargados, en particular la Presidenta Ejecutiva del PANI, quien fue la responsable de tomar esta decisión sin el debido respaldo de los informes solicitados por la Junta Directiva.
4. Incumplimiento de los Deberes Públicos:
La omisión en la presentación de los informes técnicos, jurídicos y económicos solicitados por la Junta Directiva, así como la no remisión de los informes presupuestarios a la Contraloría General de la República, constituye un claro incumplimiento de los deberes públicos establecidos por la legislación costarricense, que obligan a la administración pública a actuar con transparencia y rendición de cuentas.
En virtud de los hechos expuestos, la ANEP solicita que la auditoría del PANI, la CGR, Fiscalía General de la República y el Consejo de Gobierno República de Costa Rica inicien una investigación exhaustiva sobre la gestión del fideicomiso entre el PANI y el Banco Nacional de Costa Rica, con el fin de determinar si existen responsabilidades administrativas, civiles o penales de los funcionarios involucrados, en especial de la Presidenta Ejecutiva del PANI y la Gerencia de Administración y otros involucrados, por los posibles delitos de malversación de fondos públicos, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes públicos y fraude.
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