Seccional de bibliotecólogos y afines piden a Servicio Civil recalificación de funciones

La Seccional ANEP-Bibliotecólogos y afines solicitó en una reunión con representantes del Servicio Civil una recalificación de las funciones en la profesión de bibliotecología.

Karla Torres Vargas, presidenta de la Seccional de ANEP explicó que en el encuentro se analizaron dos aspectos importantes; uno está relacionado con las funciones que se están dando bajo el Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas (SINABI) y el otro, es de aquellos profesionales que también trabajan en educación para el Ministerio de Educación Pública (MEP).

Torres agregó de que son varios factores los que influyeron para que se generara ese cambio de funciones en los bibliotecólogos, por lo tanto, solicitan un reajuste por el recargo adicional a las labores que anteriormente realizaban.

Además, lucharán para que se resuelva un nuevo problema con el cambio de funciones, ya que muchos debieron estudiar una segunda carrera para acoplarse a los cambios implementados, sin embargo, no reciben reconocimiento por ello.

El Ministerio de Educación Pública cuenta con alrededor de 960 bibliotecas en todo el territorio nacional y 389 Bibliocra (Centros de Recursos para el Aprendizaje).

ANEP y el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José logran acuerdos laborales tras varios años de discusión

Mediante una audiencia conciliatoria celebrada el pasado, lunes 10 de febrero del 2020, la Seccional de ANEP Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José (CCDRSJ) y representantes del Comité lograron resolver el conflicto obrero-patronal que arrastraban desde hace más de tres años por incumplimiento en varios artículos de la Convención Colectiva.

Dentro de los puntos conciliados en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) se contempla el pago retroactivo de homologación salarial del 09/06/2016 hasta el 31/12/2017. Dicho pago se realizará en tractos, los montos y las fechas quedan pendientes por definir.

Con respecto, al incumplimiento del artículo 17 de la Convención Colectiva de Trabajo las partes acordaron la homologación salarial para ocho trabajadores del Comité Cantonal de Deportes.

Foto Ministerio de Salud

ANEP logra reconocimiento de la peligrosidad para Gestores Ambientales en el Ministerio de Salud

La Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP ganó el reclamo al Estado para que se reconozca el rubro de peligrosidad a los gestores ambientales del Ministerio de Salud.

Fotografía del Ministerio de Salud

El reclamo se planteó mediante una demanda al Estado por parte de un afiliado de apellido Rojas quien labora en el ministerio y quien había dejado de percibir el pago de ese incentivo salarial desde el año 2006, cuando fue suprimido.

Para nuestra organización sindical, la sentencia es un precedente ya que los Tribunales de Trabajo reconocieron el pago a favor del trabajador y, además, se obtuvo el pronunciamiento de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, voto 2019-001524, en el cual se reconoce el incentivo salarial de peligrosidad de un 5% en favor del trabajador desde el momento en que se demostró que hacía funciones peligrosas.

Este caso ha sido pionero, pues le abre las puertas a que más gestores ambientales del Ministerio de Salud se animen a formular sus respectivos reclamos por el pago de dicho incentivo.

Tribunal Contencioso declara inadmisible denuncia contra Guardaparques por decomiso de madera ilegal

-Unidad Asesoría Jurídica de la ANEP asumió la defensa de los Guardaparques

El Tribunal Contencioso Administrativo dejó sin lugar la denuncia que se interpuso contra cuatro Guardaparques y el Estado, la cual buscaba pedido de daños y perjuicios consistentes en suma de dinero por el decomiso de madera, que en apariencia habría sido talada de forma ilegal en las inmediaciones del Área de Conservación Tempisque.

Los hechos se remontan al año 2007, cuando los guarda parques realizaron una inspección de rutina en la finca de un sujeto de apellidos Zúñiga Morales, quien habría solicitado el permiso para la tala de algunos árboles. Al realizar la inspección los guarda parques se percataron de que se había cortado un árbol de más a lo permitido por el Área de Conservación Tempisque, por lo que dispusieron realizar el decomiso de toda la madera.

Según indica el expediente N13-007631-1027-CA , Posterior al decomiso los guarda parques, siguiendo el procedimiento y lo estipulado por la ley interpusieron la denuncia ante la fiscalía de Nicoya, dejando a la orden de esta la madera decomisada. Ésta última nunca fue puesta en custodia ni trasladada por la Fiscalía, permaneciendo en el Área de Conservación Tempisque.

Posteriormente el caso contra Zúñiga Morales prescribió en junio del 2012, por lo que no se pudo comprobar la culpabilidad del denunciado, quien por consiguiente demando a los Guardaparques aduciendo “que le causaron daños y perjuicios con su actuación administrativa ilegal y negligente al decomisarle la madera arbitrariamente y haberla mantenido bajo su custodia en total estado de abandono por espacio de cuatro años, lo que ocasionó que la misma se destruyera en su totalidad”.     

Sin embargo, para el Tribunal Contencioso Administrativo los guarda parques actuaron “conforme lo indica el artículo 54 de la Ley Forestal, los funcionarios denunciantes y aquí demandados, cumpliendo su deber legal, procediendo a emitir el “informe de policial” correspondiente, sea la denuncia y en ésta dejaron a la orden de la Fiscalía de Nicoya la madera decomisada, por lo que, a criterio de este Tribunal, una vez trasladado el asunto a la jurisdicción penal, en este caso a la Fiscalía de Nicoya, los bienes decomisados, quedaron precisamente a la orden de aquella autoridad, quien debía, como corresponde, a partir de ese momento tomar las disposiciones que fueran pertinentes respecto de los bienes decomisados”.   

Ante este escenario, el Tribunal Contencioso Administrativo acogió la Falta de Legitimación Pasiva, declarando inadmisible la demanda de Zúñiga Morales contra las Guardaparques.

El caso fue llevado por la abogada Rosa Rivera Bejarano, integrante de la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP.             

Combo fiscal-ley 9635: miles a la expectativa sobre cruciales fallos constitucionales

Poder Judicial, universidades públicas y municipalidades confrontadas con el “gendarme financiero”: la contraloría

Hace ya 9 meses de que la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), presentó en Sala IV una Acción de Inconstitucionalidad contra los contenidos más estratégico-esenciales de la denominada Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, No. 9635, popularmente conocida como combo fiscal.

Concretamente, se presentó el pasado 22 de marzo y se centró en dos ámbitos: el cuestionamiento profundo de que dicha legislación violentó las autonomías institucionales de rango constitucional establecidas en la Carta Magna del 7 de noviembre de 1949; por parte de las diputaciones actuales de signo ideológico-neoliberal (que son mayoría cuantitativa en la actual Asamblea Legislativa), ocurriendo así una derogatoria de facto de las estipulaciones en la materia de la actual Constitución Política, en primer lugar.

Aquí resaltamos los sensibles casos de las autonomías constitucionales violentadas del Poder Judicial, de las cinco universidades públicas, del régimen municipal, de la Caja, del ICE, del INS (entre otras).

En segundo lugar, una violentación abusiva y una no menos derogatoria constitucional de facto con relación a situaciones jurídicas consolidadas, afectando derechos sociolaborales y económico-reivindicativos de todas aquellas personas trabajadoras asalariadas de todo el sector Público costarricense, con fecha de ingreso a labores anteriores al 4 de diciembre de 2018.

Es criterio de los especialistas de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP, a cargo de la elaboración y presentación de la mencionada acción de inconstitucionalidad, que ninguna de estas personas asalariadas estatales debió recibir ni un centavo de rebaja en su remuneración, ni tampoco variación alguna en el método de cálculo-composición de las mismas.

A poco más de un año de la aprobación-imposición de, podríamos afirmar, la más detestada legislación aprobada desde la fundación de la Segunda República, en 1949, ni el Poder Judicial ni las universidades públicas están aplicando los contenidos abusivos de la ley 9635; y, por tanto, están en espera de que desde la misma Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia surja la reparación del más grave daño sufrido por la carta magna desde dicho año, 1949.

A nivel de la propia institucionalidad republicana afectada por la arbitraria legislación, se han presentado diversas acciones de inconstitucionalidad contra la misma, resaltando los casos de las universidades públicas y de diversas alcaldías municipales, encabezadas éstas por la de Alajuela, que fue la primera en salir a defender la autonomía constitucional del régimen municipal.

En el caso del Poder Judicial, los propios magistrados definieron, desde marzo anterior, que las nuevas regulaciones en materia de salarios para su propio personal definidas en la indicada y cuestionada ley, solamente aplicarían para el personal de ingreso con posterioridad al 4 de diciembre de 2018; precisamente la tesis de ANEP en la acción de inconstitucionalidad que están tramitándose en la Sala IV.

Ahora resulta que para el año 2020, la Contraloría General de la República (CGR), cual “gendarme financiero” del bloque neoliberal en el poder, decide pasarle por encima a la propia institucionalidad republicana que, aunque maltrecha, todavía está vigente, al ordenarle al Poder Judicial imponerle a su personal con fecha de ingreso anterior al 4 de diciembre de 2918, regulaciones salariales que, precisamente, están cuestionadas en sede constitucional (como lo plantea la acción de la ANEP), por una parte.


Por otra, rechaza a las universidades públicas el presupuesto por éstas presentado para el 2020, debido, precisamente, a las acciones inconstitucionalidades pendientes de resolución definitiva sobre su naturaleza independiente a partir del rango autonómico constitucional que tienen.

Algo gravísimo puede estar pasando que no podemos dejar de mencionar. Una de dos. O la Contraloría General de la República (CGR), sabe ya, anticipadamente, cómo será la resolución final de lo que tiene en sus manos la Sala Cuarta en los dos ámbitos de escrutinio constitucional en desarrollo, lo cual la ha envalentonado como para rechazar las aprobaciones presupuestarias del Poder Judicial y de las universidades públicas para el 2020, ejerciendo ese repudiable rol de “gendarme financiero”.

O, más grave aún, el ente contralor asume el rol de tribunal constitucional de facto, presionándole indebidamente, acrecentando así la sensación de miles de personas de que la democracia autoritaria actualmente instaurándose en el país, solamente nos augura tiempos tormentosos de imprevisibles tempestades sociales.

Finalmente, nos preguntamos: ¿Se cree la Contraloría un tribunal constitucional paralelo?; ¿ó, tendrá una coordinación política con éste en la sombra?…

San José, 22 de diciembre de 2019.

Albino Vargas Barrantes Secretario General Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Presidencia Ejecutiva del SINART restringe participación de representación laboral ante Consejo de Gobierno

La presidenta ejecutiva del Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART) S.A, Lorna Chancón Martínez, impidió la participación de la representación laboral del canal del Estado, en la reunión que sostuvo este martes el Consejo del SINART con el Consejo de Gobierno y la Junta de Accionistas del SINART, donde se realizó una presentación sobre informes financieros de la institución, así como diversos aspectos relativos a la gestión de la entidad y la actividad que desarrolla.

Así lo denuncia la Seccional ANEP-SINART quien cuestiona el accionar de la jerarca, ya que limitó la representación del Consejo del Sinart a quienes solo tienen voz y voto dentro de este, aduciendo que era una restricción proveniente desde el mismo Consejo de Gobierno. Sin embargo, en la invitación girada desde Casa Presidencial no existe tal limitación, tan solo que se debe de entregar el nombre de los participantes antes del viernes 22 de noviembre.

Según Vielka Valenciano, representante de los trabajadores ante el Consejo Ejecutivo y presidenta de la Seccional ANEP-SINART, el jueves anterior (21 de noviembre) la Presidenta Ejecutiva informó que el Consejo Ejecutivo del SINART era citado ante el Consejo de Gobierno, Junta de Accionistas del SINART, ante la consulta de la representación laboral a la Jerarca sobre los participantes respondió que “tenían prioridad de participación los miembros con voz y voto”.

Está decisión de la Jerarca del SINART ha levantado una serie de cuestionamientos a lo interno de la institución, como el por qué la insistencia en querer anular una representación (laboral) que está legitimada por la Ley del SINART o bien qué le quieren esconder a los trabajadores.

“Esa decisión es recibida por la Representación de las personas trabajadoras del SINART como una actitud desleal, falta de transparencia y totalmente contraria al espíritu de transformación que promueve la OCDE que, incluso, impulsa que las representaciones de trabajadores en los órganos directivos, tengan voz y voto, y que exista una comunicación entre los órganos directores (Consejo Ejecutivo) y las autoridades de Gobierno, con potestad sobre la empresa. La actitud de bloqueo, reiteradamente asumida por la Presidenta Ejecutiva hacia nuestra labor, no nos amedrentará en nuestro compromiso proactivo por el desarrollo del SINART”, manifestó Valenciano

Valenciano agregó que “esta actitud, impide que la Junta de Accionistas del SINART conozca las tesis de las personas trabajadoras del SINART, pero haremos llegar nuestra posición al Consejo de Gobierno en pleno, por las vías correspondientes. Reiteramos que, con las políticas OCDE, el procedimiento seguido en este caso, es totalmente inaceptable”, finalizó Valenciano.

Adjuntamos invitación del Consejo de Gobierno.

FECTSALUD solicita a la CCSS tomar en cuenta propuesta sobre jornadas extraordinarias, ante “confusión y angustia en la institución”

Por medio de una carta dirigida al Gerente General de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), Roberto Cervantes Barrantes, la Federación Costarricense de Trabajadores de la Salud (FECTSALUD), solicita a la institución tomar en cuenta sus propuestas sobre las jornadas extraordinarias, ya que según la Federación actualmente existe un caos sobre el tema.

“La CCSS ordenó poner en marcha ese nuevo instrumento regulador del tiempo extraordinario, a partir del día 01 de noviembre de 2019, bajo la circular GG-518-2019. Sin embargo, como lo demostramos con elementos probatorios a sus representantes institucionales y a la Ministra Geannina Dinarte Romero y el Vice Ministro Ricardo Marín Azofeifa, MTSS, en pocos días de su ejecutoria, la angustia y confusión es imperante”, indica el documento.

Según FECTSALUD, luego de la entrada en vigencia del nuevo modelo regulador del tiempo extraordinario “sobrevino un caudal de interpretaciones y manejos antojadizos en las propias bases de la representación de la Administración Activa y ponen a sudarlas Oficinas de Recursos Humanos, por cuanto, son por excelencia receptoras de un sinfín de quejas y malestares”.

Documento firmado por los representantes de FECTSALUD

Otra de las molestias de la Federación es que la CCSS no habría consultado a FECTSALUD y sus organizaciones adscritas criterio alguno respecto a las jornadas extraordinarias, esto durante las negociaciones que se dieron con otros sindicatos de la institución, el mes anterior.

“Si bien es cierto la Caja responsablemente solicitó opinión a algunas representaciones laborales sobre las directrices de su tesis normativa instrumental para regular y fundamentar su aplicación en legitimidad jurídica, el tiempo extraordinario, ésta misma deferencia no se trasladó a los sindicatos que conformamos FECTSALUD. Además, que en el periodo hubo factores incidentes en la desatención justificada laboral, como eventos de Huelga y procesos negociadores de partes, que justifican la tardía reacción laboral”, indica el documento.

Compartimos las solicitudes presentadas por la Federación Costarricense de Trabajadores de la Salud a la CCSS

Solicitamos se adicionen las siguientes propuestas a la circular GG-0518-2019 de fecha 21-05-19:

1.- Las jefaturas pueden autorizar la realización y pago de tiempo extraordinario en los siguientes casos:

  1. Funcionarios que realizan en la jornada ordinaria perfiles de una clase distinta y categoría superior a la que se requiere realizar en el tiempo extraordinario, cuando las categorías salariales entre ambas clases sean similares en lo que respecta al salario base. En casos de inopia de personal u otra causa debidamente justificada, se autoriza realizar tiempo extraordinario a funcionarios (incluso jefaturas), de una categoría salarial muy superior a la clase que se requiere suplir en el tiempo extra.
  1. Funcionarios que han colaborado realizando tiempo extraordinario previo a la puesta en vigencia de la circular GG-0158-2019, que cuenten con el requisito legal y/o la preparación equivalente para el perfil que se requiere cubrir en el tiempo extra.
  1. El tiempo extraordinario se otorga en el siguiente orden de prioridad: primero el personal disponible en el servicio o departamento, de la misma clase y categoría en la jornada ordinaria; en segunda instancia, funcionarios de la unidad programática y como tercera opción, funcionarios de otras unidades programáticas que cumplan con los requisitos legales y/o preparación equivalente para el perfil que se requiere cubrir en el tiempo extra. El reclutamiento mediante el sistema web, se puede utilizar únicamente de forma justificada, una vez agotadas todas las opciones mencionadas anteriormente.

2.- Adicionalmente solicitamos SE INSTRUYA DE INMEDIATO A LAS JEFATURAS SUPERIORES, INTERMEDIAS Y EN GENERAL:

2.1. Se abstengan de genera “reglamentación” y directrices adicionales a la circular oficial institucional, con interpretaciones impropias.

2.2. Se aplique una comunicación efectiva y literal del contenido de la circular.

2.3. Se desaplique de inmediato el reclutamiento de personal para laborar el tiempo extraordinario, mediante la página web, sistema no autorizado ni incluido en la circular GG-0518-2019.

Documento presentado por FECTSALUD

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Seccional PANARE logra acuerdo para que trabajadores conozcan sobre traslados ante cierre técnico de la institución

La Seccional ANEP-PANARE logró un importante acuerdo en la sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el cual establece que los trabajadores del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), podrán conocer, analizar y revisar las condiciones en las que serán trasladados de sus puestos ante el cierre técnico de la institución.

Así lo explicó Tatiana Quesada, Presidenta de la Seccional ANEP-PANARE quien indicó que la incertidumbre que existe en el seno de los trabajadores es bastante grande desde que el Ministerio de Salud emitió una orden sanitaria contra el PANARE, lo que provocó el cierre de la institución y por ende el traslado de funcionarios a instituciones como CONAPDIS, CONAPAM y Ministerio de Salud.   

Tatiana Quesada sobre situación en PANARE

Otros de los acuerdos alcanzados, es que la Junta Directiva del PANARE facilitará a la seccional de ANEP el borrador del proyecto de ley de cierre del PANARE, una vez les sea brindado por el Ministerio de Planificación. Además, la seccional podrá conocer la información correspondiente al presupuesto institucional del año 2020, en el momento que sea aprobado.

También es importantes destacar, que en el acuerdo quedó plasmado que las autoridades del PANARE se comprometen a respetar los derechos laborales de todos los trabajadores de la institución, así como a mantener la estabilidad laboral de los trabajadores en el tanto que cumplan con los requisitos de idoneidad del puesto

Compartimos acuerdos alcanzados entre las partes en el MTSS   

Acuerdo Panare by EugenioGuerrero on Scribd