Municipalidad de Oreamuno: Reinstalan a dirigente despedido arbitrariamente

De conformidad con la Resolución Vinculante emitida por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social DAJ- AE- 186-2010, comunicada mediante oficio DVM- 0213-09-2010, en la cual se determinó técnicamente la improcedencia del despido sin responsabilidad patronal del señor Wilberth Zamora Fernández, dirigente sindical de ANEP en la Municipalidad de Oreamuno.

El pasado miércoles 6 de octubre, desde las 5:30 a.m., se acompañó a Wilberth Zamora a la sede municipal en la cual se cumplió con el acto administrativo en el cual se dispone la reinstalación del trabajador.

Entre dirigentes de la Unidades de ANEP de Desarrollo Organizacional e Información y Comunicación, la coordinadora a.i. de la Unidad Jurídica de la ANEP, Susan Quirós Díaz, realizó la gestión ante la oficina de recursos humanos de la municipalidad.

El documento que reinstala al trabajador a su puesto ya se encontraba listo y solo requería de la firma del Alcalde Marco Vinicio Redondo Quirós del PAC, acto que realizó a eso de las 8:00 a.m. . Con esto se ejecuta lo resuelto mediante el arbitraje, del Ministerio de Trabajo, mecanismo de resolución de conflictos de carácter vinculante al cual ambas partes nos sometimos para dirimir el asunto.

Felicitamos al compañero trabajador Wilberth Zamora Fernández, dirigente sindical de ANEP en la Municipalidad de Oreamuno, que el próximo viernes 8 de octubre se presentará a trabajar de nuevo, quedando pendiente el pago de salarios caídos desde la fecha en que fue cesado arbitrariamente.

Video de ANEPtv

Potestad de patronos para modificar las condiciones de trabajo tiene un límite

Compañeros y compañeras:

Esta sentencia corresponde a un juicio tramitado por mi persona, en representación de la ANEP, en el que demandamos a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PAQUERA, ADIP, porque conformamos una seccional de ANEP y menos de una semana después, a una compañera que quedó electa dentro de la Junta Directiva, la trasladaron de su puesto como auxiliar de contabilidad a tiquetera y dependiente de soda.

La Sala Segunda llegó a la conclusión de que en este caso existió lo que se denomina ius variandi abusivo.

¿Qué quiere decir esto?

Que si bien es cierto el patrono tiene la potestad de modificar unilateralmente las condiciones de trabajo, esta potestad tiene un límite: que no se afecten los elementos esenciales del contrato de trabajo y que además, no se cause perjuicio a la persona trabajadora. En estos casos, cuando el patrono incurra en esta conducta, paradójicamente el Código de Trabajo la única posibilidad que le brinda a la persona afectada, es dar por roto el contrato de trabajo con responsabilidad para el patrono, privándole del ejercicio de su derecho fundamental al trabajo!!!

Pues bien, como se indicó, la Sala Segunda, gracias al recurso de casación presentado por nuestra asesoría, consideró que la ADIP había incurrido en uso abusivo del ius variandi, pero además y lo más importante, logramos convencer a la Sala de que el rompimiento del contrato de trabajo no era una opción para nuestra representada, toda vez que además de haber sido lesionados sus derechos laborales, se quedaría sin empleo, por lo que ganamos la tesis y logramos que la Sala Segunda condenara a la ADIP a reinstalar a nuestra compañera en el puesto que venía ocupando antes de ser electa representante de las personas trabajadoras afiliadas a la ANEP, es decir, ordenó la restitución en su puesto original, del que había sido ilegal y antisindicalmente despojada.

Les transcribo la parte más sustanciosa de la sentencia, en la que se analiza el caso concreto:

“En el caso que nos ocupa existió una modificación sustancial del puesto de la actora pues las funciones que venía realizando eran propias de una oficina de contabilidad y las que se le asignaron son actividades del área de servicio al público específicamente ejerciendo de tiquetera y atendiendo la soda lo cual equivale a un descenso de categoría –aunque se le haya mantenido el salario-, lesionándose de ese modo su dignidad, pues aunque no contaba con un título que la acreditara como auxiliar de contabilidad, esa situación no fue óbice para que se le mantuviera por varios años desempeñando dicho cargo. Además es evidente que dicha modificación fue abusiva debido a que se trasladó a la actora de una oficina a un barco donde las condiciones para trabajar son completamente distintas.

La asociación demandada estaba obligada a actuar de buena fe y de manera razonable cuando de modificar esa situación se tratase y, sobre todo, tenía vedado disponer la modificación de las condiciones laborales de la actora de manera unilateral y sorpresiva, sin individualizar el interés superior o la necesidad que la justificaba, explicitársela a su contraparte, darle la oportunidad de renegociar la relación laboral y, en su caso, asumir las ineludibles consecuencias económicas de su decisión. (Ver en este sentido el voto n° 228 de las 9:20 horas del 20 de marzo de 2009 de esta Cámara).

Por todo lo expuesto y en virtud del menoscabo moral sufrido por la actora, esta Sala considera que el hecho de que surgiera una vacante en un puesto no obligaba a la trabajadora a aceptar, en aras de la buena fe y la lealtad que deben reinar en las relaciones laborales, un descenso de categoría. Por ese motivo al haber incurrido la accionada en un ius variandi abusivo resulta procedente la pretensión de la actora tendiente a su reubicación en el puesto que desempeñaba, a saber, como auxiliar de contabilidad, lo anterior al amparo del artículo 41 de la Constitución Política que reza “Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes”.

Lleva razón el recurrente cuando indica que brindarle a la actora, como único remedio, la posibilidad de dar por roto el contrato con responsabilidad patronal atenta contra los principios rectores del derecho laboral, toda vez que dicha opción equivaldría más bien a una sanción. En efecto de los autos se desprende que la actora labora para la Asociación de Desarrollo Integral de Paquera desde 1999, es decir goza de cierta estabilidad laboral. Obligarla a renunciar vulnera su derecho al trabajo pues aunque en ese caso sería acreedora de las prestaciones laborales respectivas no tendría garantía de encontrar otra fuente de trabajo lo cual sería endilgarle un riesgo que no le corresponde”.

Para terminar, hacer una reflexión con relación a la importancia de los medios de comunicación alternativos como los nuestros. Es increíble como las empresas de comunicación, al servicio del modelo neoliberal, tergiversan la información y desinforman a la población. ¡¡¡¿Cómo es posible que de una pieza jurisprudencial como ésta, saquen esa conclusión?!!!!

Para quienes quieran leer el texto completo de la sentencia, se las podemos proporcionar con muchísimo gusto.

Saludos fraternos,

Susan Quirós Díaz
Coordinadora a.i.
Unidad Jurídica de ANEP
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La “noticia” de La Nación S.A.

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Patronos pueden cambiar condiciones de trabajador, sin perjudicarlo

Irene Vizcaíno 02:43 p.m. 05/10/2010

San José (Redacción). Los patronos pueden modificar las condiciones del contrato laboral de un trabajador, siempre y cuando no incurran en perjuicios o abusos.

Así lo ratificó la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, que conoce los recursos de casación en materia laboral, en un fallo dado a conocer esta mañana por la oficina de prensa del Poder Judicial.

La sentencia fue el resultado de un reclamo por parte de una trabajadora de una asociación privada, por “cambios sustanciales” en su contrato.

Ella se desempeñaba en una oficina de contabilidad y se convirtió en vendedora de tiquetes y dependiente de una soda en una embarcación, lo que representó un “descenso en la categoría”, aunque se le mantuvo el salario.

De acuerdo con el fallo 2010-000831de la Sala Segunda, es evidente que dicha modificación fue “abusiva”.

Taxistas cuentan con nueva alternativa de financiamiento

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Video de ANEPtv

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Entrevista Rigoberto Aguilar, Presidente Seccional ANEP – Taxistas

La Seccional de Taxistas de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) firmó un convenio con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC) para dotar de una nueva opción de financiamiento a los taxistas.

Rigoberto Aguilar Solís, presidente de la Junta Directiva Seccional ANEP-Taxistas, indicó que lo que se pretende con este convenio es dar posibilidad de acceso a créditos más blandos a los existentes en el mercado para cumplir con la reglamentación que obliga a los taxistas a no brindar el servicio con carros con más de 15 años de antigüedad.

El convenio se firmó con el Departamento de Banca para el Desarrollo, mediante el programa de AsodeMiPyme y ofrece intereses más favorables (alrededor de 11%) pero además, quienes tengan limitaciones para dar una garantía se les puede aplicar el fondo de avales que responde por un porcentaje de la deuda.

“Por ejemplo, cuando se trate de un carro nuevo, la prenda del vehículo puede responder por un 60%, el restante 40% lo cubre el fondo de avales por lo que el taxista no tendría que aportar una prima”, detalló Aguilar.

La Seccional de la ANEP servirá como enlace brindando asesoría gratuita a los taxistas para gestionar sus préstamos, pero serán los mismos trabajadores quienes deberán buscar la información del vehículo que quieran comprar y que mejor se ajuste a sus posibilidades económicas.

Una vez que se presenten los requisitos ante la entidad bancaria, esta lo someterá a estudio de acuerdo a la legislación vigente en ese sentido y cada taxista deberá correr con los gastos de formalización del crédito.

Los representantes de la ANEP también estudian la creación de un comité de vigilancia o seguimiento para orientar y velar porque los taxistas que hayan sido sujeto de préstamo estén pagando puntualmente a fin de mantener una buena relación con el banco y continuar con las puertas abiertas para que más taxistas que ocupen en el futuro el acceso al crédito, lo tengan. “En caso de surgirles alguna dificultad que se lo impida, buscar alguna solución para ese caso en específico”, recalcó el presidente de la asociación sindical.

TAXISTAS SATISFECHOS

Alberto Mejía
“Me parece excelente. Es una facilidad más para nosotros los que brindamos un servicio público”.

Jorge Morera
“Muy bueno. Hace cuatro años financié mi carro con el Banco Popular y en la entidad tratan muy bien a la gente”.

Fuente: Diario Extra
Karen Fernández Monterrosa

Imprenta Nacional: Hay que honrar el acuerdo que puso fin a la huelga de fin y principio de Gobierno

San José, 4 de octubre de 2010.
S.G. 09-11-1086-10

Licenciada
Sandra Pizk Feinzilber
Ministra

Licenciado
Álvaro Sojo Mendieta
Viceministro del Área Laboral

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS)
Sus despachos

Honorables señores:

Reciban vuestras autoridades, el más atento y respetuoso saludo de nuestra parte.

Con base en las potestades legales que son en competerle a la cartera ministerial de Trabajo y Seguridad Social, respetuosa y oficialmente por esta vía, solicitamos la valiosa intervención de la misma a efectos de lograr la operacionalización en lo concreto del acuerdo político que terminó con la pasada Huelga General de la Imprenta Nacional; conflicto laboral que como ustedes bien saben, se desarrolló al final de la presente administración gubernativa y abarcó varios días del inicio de la presente.

La ANEP y la Seccional ANEP-Imprenta Nacional han estado insistiendo ante las correspondientes autoridades institucionales competentes en el asunto y, luego de varios contactos, consideramos que lo más prudente, lo más oportuno y lo más necesario es lograr una nueva mesa de diálogo y de negociación, con la intervención del MTSS, para los efectos apuntados.

Es así que, respetuosamente, les estamos solicitando que se convoque al Lic. Mario Zamora Cordero, Viceministro de Gobernación y Policía, y Presidente de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional; así como al Lic. Jorge Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional y Director Ejecutivo de su Junta Administrativa; resaltando la enorme importancia de la más urgente convocatoria con el fin de asegurar un clima de paz laboral en las actuales circunstancias.

Con la mayor consideración y respeto,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto ANEP

cc.: Lic. Mario Zamora Cordero, Viceministro de Gobernación y Policía; Presidente, Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional.
cc.: Lic. Jorge Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional; Director Ejecutivo, Junta Administrativa
de la Imprenta Nacional.
cc.: Junta Directiva, Seccional ANEP-Imprenta Nacional.
cc.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
cc.: Sr. Guillermo Murillo Castillo, Responsable ANEP-Imprenta Nacional, Unidad de Desarrollo Organizacional
(UDO), ANEP.
cc.: Archivo.

UTN-Sede del Pacífico: Un año sin resolver a profesores de Inglés

San José, 4 de octubre de 2010.
S.G. 09-11-1089-10

Honorables señores y señoras
Procuraduría General de la República (PGR)
Su despacho

Estimados señores y estimadas señoras:

Luego de saludarles con el mayor respeto y consideración de nuestra parte, hacemos referencia a la consulta que a ustedes les ha sido efectuada, por parte de la Auditoría Interna de la sede del Pacífico de la Universidad Técnica Nacional (UTN), mediante oficio de la misma AIUTN-065-09; consulta que tiene que ver con una deuda salarial que tal institución ha contraído con los profesores de Inglés, un asunto al cual la ANEP le ha dado seguimiento sistemático.

Valga indicar que tal consulta tiene fecha de 23 de setiembre de 2009, constatándose así la ausencia de respuesta por parte del ente procurador luego de un año de formulada, al menos, hasta donde esta organización tenemos conocimiento.

Vistas así las cosas, de manera anticipada, les damos las gracias si nos hacen el favor de responder a la presente indicándonos el estado de situación actual de la mencionada consulta.

Reiterándoles nuestra mayor consideración y respeto,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Javier Valerín Villegas
Responsable ANEP-UTN
Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO)

cc.: Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector, Universidad Técnica Nacional (UTN).
cc.: Lic. Fernando Varela Zúñiga, Decano, Sede del Pacífico, UTN.
cc.: Lic. Marvin R. Sibaja Castillo, Auditor Interno, Sede del Pacífico, UTN.
cc.: Junta Directiva Seccional ANEP-UTN-Sede del Pacífico.
cc.: Junta Directiva Nacional (JDN) de ANEP.
cc.: Archivo.

CSI: Crisis se combate con más empleo

Ver ARCHIVOS ADJUNTOS en la columna derecha:

Devolver al mundo al trabajo: Estrategias de los Sindicatos mundiales para la recuperación.

Día Internacional del Trabajo: Empleos, justicia y servicio público – Lograr que la economía funcione
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CONFEDERACIÓN SINDICAL INTERNACIONAL

Bruselas, 5 de octubre de 2010 (CSI EnLínea): Preocupados por el ritmo vacilante de la recuperación económica mundial, que todavía no ha dado como resultado una recuperación real para millones de trabajadores y trabajadoras así como para quienes buscan empleo, la CSI y sus asociados en la Agrupación Global Unions han exhortado durante las reuniones anuales en 2010 del Banco Mundial y el FMI a desechar los programas de austeridad y apoyar la aplicación de medidas de estímulo centradas en el empleo así como las inversiones en servicios públicos de calidad para contribuir a una recuperación económica global.

“El Banco Mundial y el FMI deberían prestar mayor atención a los problemas subyacentes que explican el estancamiento y el declive de los salarios reales, incluyendo la violación generalizada de los derechos de los trabajadores”, comentó la Secretaria General de la CSI, Sharan Burrow. “Corregir el declive de los ingresos de los trabajadores y reducir la brecha de género deberían ser objetivos centrales de ambas instituciones. Las IFI deben contribuir a lograr una recuperación económica mundial más equilibrada y firme, lo que implicaría alentar y apoyar a los países que adopten políticas laborales y de protección social encaminadas a reducir las desigualdades”.

En la declaración de la Agrupación Global Unions hecha pública el 5 de octubre, el movimiento sindical internacional apunta a que el impacto negativo de las condiciones de austeridad aplicadas en los recientes créditos del FMI se ha hecho ya sentir para los trabajadores y trabajadoras, incluyendo un rápido declive en la calidad de los servicios públicos, que podría comprometer a largo plazo el desarrollo de los países.

Constatando que la capacidad de crédito del FMI se triplicó en 2009 para hacer frente a la crisis económica mundial, la Sra. Burrow comentó: “El FMI debería hacer uso de sus recursos financieros ampliados para alentar a los países afectados por la crisis mundial a desplegar políticas fiscales anti-cíclicas durante un período de tiempo más largo, hasta haber salido enteramente de situaciones de recesión. Adicionalmente, la situación de Grecia y de muchos otros países subraya la necesidad de un mecanismo de restructuración de la deuda soberana justo y transparente, que pueda ser utilizado por aquellos países con niveles de deuda insostenibles”.

La nueva recesión que apunta en el horizonte amenaza con frenar aún más los progresos para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la ONU, seriamente amenazados ya por el crecimiento económico negativo registrado en 2008-2009 y el incumplimiento respecto a los compromisos de ayuda al desarrollo. Por otro lado, muchos países no han avanzado respecto a la adopción de las regulaciones necesarias de las actividades financieras de alto riesgo – que condujeron al colapso financiero en 2008. La Agrupación Global Unions pide al FMI que contribuya en el diseño y la aplicación de una tasa sobre las transacciones financieras (TTF) en tanto que un medio justo y efectivo para generar ingresos a fin de reparar el daño ocasionado por la crisis financiera (incluyendo niveles inaceptables de desempleo) y al cumplimiento de los importantes compromisos contraídos respecto al desarrollo y el cambio climático.

05-10-10

¡FCL sigue en peligro inminente!

Con relación al proyecto que se discute en la Asamblea Legislativa para modificar la Ley de Protección al Trabajador, me permito hacerles llegar algunas consideraciones:

1. ¿Qué hizo la LPT en materia de cesantía?

Básicamente lo que la LPT hizo en materia de cesantía fue disminuirla del 8.33% al 5.33%. La disminución equivalente al 3% dejó de ser auxilio de cesantía, y se convirtió en lo que se denomina fondo de capitalización laboral (FCL) que no es sino una prima de antigüedad, es decir, una suma de dinero que el patrono deposita a favor de cada trabajador-a, a un fondo de su propiedad, durante todos los meses y años de trabajo sin tope alguno, y que éste recibe en dos supuestos: cuando la relación laboral termine por cualquier causa, o bien cada cinco años.

Sin embargo, como parte del proceso de negociación de la LPT, se acordó que anualmente, la mitad de los aportes fuera trasladado a otro fondo propiedad de los trabajadores: el fondo de pensión complementario obligatorio, que también se financia con otros recursos provenientes de otras fuentes. Obviamente este segundo fondo, en tanto un fondo de pensiones individual, no puede retirarse ni cuando termina el contrato de trabajo, ni cada cinco años, sino solamente cuando el trabajador se pensione.

Así podemos esquematizar la LPT de la siguiente manera

1. Cesantía antes de la LPT: 8.33% por mes laborado con tope de ocho años (o lo que es lo mismo, 1 mes por año laborado con un tope de 8 años)

2. Cesantía después de la LPT: 5.33% por mes laborado con tope de ocho años (o lo que es lo mismo, la cantidad de días indicados en la tabla del artículo 29 del Código de Trabajo que va de 19 a 22 días por año laborado.

3. Fondo de capitalización laboral (FCL): antes de la LPT no existía. Se crea con la LPT y se financia con un aporte patronal mensual del 3% (equivalente a lo que se le disminuyó al auxilio de cesantía)

4. Fondo de pensión complementaria obligatoria (FPCO): antes de la LPT no existía. Se financia con el 50% de los aportes hechos por el patrono al FCL, es decir con el 1.5% del aporte mensual patronal, y que anualmente se trasladan de un fondo a otro. Adicionalmente se financia con aportes patronales adicionales equivalentes a un 1.5% de cotización patronal adicional derivada de una disminución de los aportes al seguro de riesgos de trabajo y al INA; así como del traslado del ahorro de las personas trabajadoras al Banco Popular (1%) y del traslado del 50% de cuota patronal al Banco Popular (0,25%). Es decir, en total, el FPCO se financia con un aporte del 4.25%

2. ¿Qué recibe actualmente la persona trabajadora?

    • recibe un auxilio de cesantía del 5,33%, que sumado al 3% que el patrono le deposita mes a mes en el FCL, equivale al 8,33% que existía antes de la reforma.
    • recibe los beneficios de la existencia de un FCL en el que el patrono le deposita mes a mes lo que se disminuyó a la cesantía, y sobre ese dinero gana intereses. Esos recursos son de su propiedad sin importar cómo termine la relación laboral.
    • adicionalmente puede, si lo desea, retirar el acumulado del FCL (menos los traslados hechos al fondo de pensión complementaria obligatoria) cada cinco años. Esto equivale aproximadamente a un salario adicional cada cinco años, es decir, una especie de aguinaldo quinquenal.
    • finalmente, recibe una pensión complementaria a su pensión principal, cuando se pensione por su régimen principal. Esta pensión la financia solo parcialmente el trabajador (con lo que antes se le devolvía por ahorro al banco popular), mientras que el resto de las cotizaciones las hace el empleador.

3. ¿Cómo se llegó a esa negociación?

Para llegar a esa negociación en la LPT había básicamente tres intereses en juego: lo sindicales, los empresariales y los de gobierno.

Los sindicatos habían logrado demostrarle a la OIT que la regulación de auxilio de cesantía existente antes de la LPT, era discriminatoria con el ánimo de favorecer al solidarismo. Esto lo tuvo por comprobado la OIT que reiteradamente empezó a exigirle al gobierno modificar las regulaciones sobre cesantía para eliminar esa discriminación. Adicionalmente, los sindicatos tenían la aspiración de transformar la cesantía en un derecho adquirido y de romper el tope de cesantía.

El Gobierno por su parte tenía la presión de muchos años de OIT, que le exigía esa modificación.

Por su parte los empresarios, incluyendo los políticos-empresarios, querían dos cosas: primero la creación de fondos de cesantía y de pensión, que permitieran la generación de ahorro nacional al que pudieran tener acceso vía préstamos para financiar sus actividades empresariales. Adicionalmente el sector empresarial financiero quería todo o parte del negocio de administrar esos fondos.

Por razones distintas, era claro que todos esos actores querían crear fondos de cesantía similares a los que ya funcionaban para los solidaristas.

Ahora bien, lo que posibilitó el acuerdo fue un principio general: la transformación de la cesantía no podía significar que el trabajador recibiera menos que el 8.33% por mes laborado (o mes por año laborado) y tampoco podía significar que el empleador tuviera que pagar más que el 8.33 por mes laborado (o mes por año laborado).

Fue así como se acordó que la cesantía se disminuyera del 8.33 al 5.33% y que la diferencia del 3% financiaría el FCL.

4. Consecuencias del proyecto de ley de la SUPEN y del sector finaciero privado

Este acuerdo fundamental es el que se quiere romper con el proyecto de ley de la SUPEN, y que hace frotar las manos al sector financiero privado.

Por qué rompe el acuerdo? Pues precisamente porque el FCL se disminuirá del 3% al 1.5%, y el restante 1.5% pasará directo, sin generarle ganancias al trabajador, a su fondo de pensión complementario obligatorio, que podrá recibir hasta que se pensione, lo que generará mayores ganancias a las operadoras de pensiones.

Adicionalmente, el sector financiero y la SUPEN, quieren que los recursos de las personas trabajadoras del FCL no sean accesibles a para esas personas trabajadoras sino solo en el caso de que pierdan el empleo, a diferencia de lo que sucede actualmente, en que las personas trabajadoras, si han permanecido 5 años en el empleo, pueden, si lo desean retirar los recursos del FCL en lo que viene a ser un aguinaldo quinquenal. Algunos “expertos” quieren quitarle esa posibilidad a los trabajadores, de forma tal que se le obligue a que el sector financiero le administre por más años eses fondo.

De mucha gravedad además es lo que el proyecto pretende con respecto al Banco Popular, ya que pretende que el banco de los y las trabajadoras no reciba el ahorro de ellos-ellas, ni el aporte patronal, sino que de forma directa, sin que pase por el Banco Popular, el sector financiero privado reciba esa plata. Esto evidentemente es un intento más de debilitar al Banco Popular en beneficio del sector financiero privado que como sabemos es insaciable.

Finalmente, frente a la voracidad del sector financiero privado, el sector sindical planteó al final del proceso de negociación de la LPT, que las operadoras de pensión y de FCL públicas, debían repartir entre las personas trabajadoras el 50% de las utilidades generadas anualmente. Esto genera un incentivo adicional para el fortalecimiento de las operadoras de pensión y de FCL de naturaleza pública. Esto también molesta a la SUPEN y sin duda al sector financiero privado que plantea en el proyecto de ley que las personas trabajadoras que hayan decidido abrir sus fondos (FPCO y FCL) en una operadora pública, ya no recibirán esas utilidades.

CONCLUSIONES

En general podemos decir que el proyecto busca:

1. Que las personas trabajadoras tengan menos recursos en su FCL y tengan menor acceso a esos recursos.

2. Adicionalmente busca aumentar los recursos que administran las operadoras de pensiones en el FPCO y que alejan por al menos 30 años a los trabajadores de esos fondos, generándole mayores ganancias al sector financiero.

3. Busca golpear fuertemente al Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

4. Busca descincentivar la afiliación a las operadoras públicas de pensiones.

Lic. Mauricio Castro Méndez
Unidad de Asesoría Jurídica de ANEP
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Estimadas compañeras y estimados compañeros:

Como es de conocimiento general, durante la ausencia del compañero Mauricio Castro, me ha correspondido asumir la Coordinación de la Unidad Jurídica de la organización, lo que implica darle seguimiento a los procesos que el compañero había venido impulsando desde este puesto. Uno de esos procesos el el de Reforma Procesal Laboral, proyecto de ley de reforma procesal laboral, que busca modifical más o menos la mitad del Código de Trabajo.

Este proyecto ya fue dictaminado afirmativamente de manera unánime en la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa y probablemente será convocado para su discusión en plenario, en las sesiones extraordinarias de diciembre.

El texto dictaminado en términos generales contiene avances importantes que representan un salto cualitativo con respecto a la regulación actual, sin embargo, hay asuntos que deben ser mejorados y otros que deben ser modificados radicalmente,. Entre los primeros está la regulación de la huelga y de la negociación de convenciones colectivas en el Sector Público, y entre los segundos el tema de los comités permanentes de trabajadores y los arreglos directos.

Es importante el estudio y análisis de este proyecto por parte de las dirigencias sindicales. Estamos llevando a cabo un proceso en un espacio intersindical facilitado por la Fundación Eberth, buscando una posición común del movimiento sindical costarricense. En los últimos días nos llegó la posición de APSE, que recoge en gran medida los aportes y el análisis elaborados por la suscrita.

Les adjunto dos cuadros que he elaborado y que ayudarán a comprender el tema de la reforma procesal laboral. Uno nos ilustra con relación a los avances que contiene el proyecto y el otro, nos permite ir conociendo las posiciones del movimiento sindical con respecto al mismo.

Saludos,

Susan Quirós Días
Coordinadora a.i.
Unidad de Asesoría Jurídica

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Cuadros en ARCHIVOS ADJUNTOS en la columna derecha

Santa Ana: Trabajadores municipales protestan

La presencia de trabajadores y trabajadoras, organizados en la Seccional ANEP-Municipalidad de Santa Ana, se presentaron ante el Concejo municipal la noche del martes 28 de setiembre con el fin de tratar de lograr que las regidoras del PAC y del Sol dejaran de boicotear el incremento de la anualidad que no se hace desde hace más de 18 años.

Lydia Lacayo Mena, Presidenta de la Seccional y Directiva Nacional de ANEP, y Douglas Carrillo Azofeifa, dirigente sindical de ANEP y responsable de atender la Municipalidad, intervinieron ante el Concejo Municipal. En esta intervención fueron contundentes sobre la actitud mezquina de las representantes del PAC y del Sol de no reconocer el necesario y urgente aumento de anualidades, que es mínimo, a trabajadores que a los que no se les aumenta desde hace casi dos décadas.

“Hacemos un vehemente y respetuoso llamado, para que las regidoras reconsideren su posición con respecto a un acuerdo tomado por el Concejo Municipal anterior para que se incremente en un 2% la anualidad, que se aprobó en forma unánime.”, dijo Lacayo Mena.

Por su parte Douglas Carrillo manifestó que, _ “para no afectar presupuestos municipales y que la Contraloría General de la República no objetara un incremento que es justo, y que no se les hace desde hace 18 años, acordaron junto a regidores y regidoras que se hiciera en dos tractos. Se acordó que se pagara un 1% en el 2011 y el otro 1% en el 2012. Más justo y flexible no se puede ser, hemos negociado y llegado a acuerdos con todos los partidos políticos menos con el que se supone legisla para el pueblo.”_

Al respecto la regidora Norma Solís Gómez, del PAC manifestó que:”Justifico mi voto negativo porque se me arrojan dudas con respecto a la sesión ordinaria 197 celebrada el 20 de abril del 2010, en la cual el Concejo Municipal deja en firme el acuerdo de aprobar el dictamen de la Comisión de Gobierno y Administración en el cual establece aprobar un aumento al personal de la Municipalidad de Santa Ana un 2% de la anualidad a partir del 2011.”

Por su parte la regidora del Partido del Sol, Rosa María Múñoz Giró, sostiene, entre otros argumentos que “que la partida aprobada en este presupuesto relacionadas a las anualidades aprobadas por el Concejo Municipal en sesión ordinaria 196 del 23 de abril del 2010 solo podrá ejecutarse si se respeta con un estudio técnico profesional.”

Para Douglas Carrillo este criterio de las regidoras es incorrecto ya que la negociación y el acuerdo del Concejo municipal anterior fue bien estudiado y aprobado por unanimidad, “a los trabajadores no les revisan la anualidad desde hace 18 años, eso quedó muy claro, por ello es que todos los partidos políticos, incluso con los que tenemos diferencias, lo aprobaron…solo el PAC no.”

_ “Creemos que esta lucha es justa y dejamos claro que en gran parte esta pelea la han sostenido los compañeros que laboran en las actividades de campo, siempre en su gran mayoría se han hecho presentes en todas las jornadas que se han realizado, por ello los felicitamos y los respaldamos para lograr esta importante reivindicación.”_, concluyó Carrillo Azofeifa.

Según los dirigentes sindicales de ANEP “en la Convención Colectiva se establece que cuando hay aumentos salariales en el Gobierno Central, inmediatamente se revisarán los salarios en la Municipalidad de Santa Ana, y han habido aumentos como por ejemplo el 9.81%, y presupuestariamente la Municipalidad no contaba con contenido para hacerlo efectivo, no se les aumentó y ahora les ponen trabas con un 2%, eso es inadmisible.”

Municipalidad de Oreamuno: ANEP solicita reinstalación de trabajador

San José, 28 de setiembre de 2010

Sr. Marco Vinicio Redondo Quirós
Alcalde Municipal
Municipalidad de Oreamuno

Por este medio, el suscrito Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, con el debido respeto manifiesto lo siguiente:

Que de conformidad con la Resolución Vinculante emitida por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social DAJ- AE- 186-2010, comunicada mediante oficio DVM- 0213-09-2010, en la cual se determinó técnicamente la improcedencia del despido sin responsabilidad patronal del señor Wilberth Zamora Fernández; solicito se sirva emitir acto administrativo en el cual se disponga la reinstalación del trabajador. Lo anterior, a efecto de ejecutar lo resuelto mediante el arbitraje, mecanismo de resolución de conflictos de carácter vinculante al cual ambas partes nos sometimos para dirimir el asunto.

No omito indicar, que la resolución emitida es clara en establecer que no se configuraron jurídicamente las causales invocadas para el despido del funcionario, por lo que procede ordenar su reinstalación inmediata.

Sin otro particular, atentamente, a las siete horas del día veintinueve de setiembre del año dos mil diez.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

cc.: Honorable Concejo de Oreamuno.
cc.: Honorable Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
cc.: Honorable Junta Directiva Seccional ANEP-Municipalidad de Oreamuno.
cc.: Honorable Junta Directiva Nacional (JDN), ANEP.

Panamá: Continúa acoso a dirigentes sindicales

Como ya habíamos comunicado por este medio, en días pasados el Secretario General de SUNTRACS, señor Saúl Méndez, fue detenido en la terminal aérea del aeropuerto panameño indicándole que no podía abandonar el país.

Después de gestiones legales y presiones políticas dicha prohibición fue revocada ya que no tenía ningún asidero legal. Logramos entrevistar en tierras costarricenses a este dirigente sindical quien nos cuenta lo sucedido y nos hace una reflexión sobre la situación actual de los derechos humanos en Panamá.

El sindicalista panameño del gremio de la construcción y afines, junto con otros representantes sindicales también del SUNTRACS y de FRENADESO, visitaron la sesión de la Junta Directiva de la Central Social Juanito Mora Porras, donde expusieron la actualidad de sus luchas reivindicativas. Además, agradecieron toda la solidaridad mostrada por nuestras organizaciones sociales, principalmente por nuestro Sindicato ANEP. Como muestra de agradecimiento nos entregaron una placa que deja registrada la hermandad de nuestras organizaciones.

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NUEVA INFORMACION 29-09-10
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Por Martín Rodríguez Espinoza
martinrodriguez@ anep.or.cr

Fallo de la Corte Suprema de Justicia confirma que existe una Gestapo al servicio de Martinelli

Se ha dado a conocer que el pleno de la Corte Suprema de Justicia de forma unánime advirtió al Ministerio Público (MP) que las órdenes de conducción para la comparecencia de una persona en un proceso no pueden convertirse en un “régimen preliminar de detención”.

El pronunciamiento del 23 de julio está contenido en un fallo que declaró no viable un recurso de hábeas corpus a favor de Saúl Méndez, Secretario General del SUNTRACS (para la fecha ya no existía orden de conduccioón ni de detención contra el dirigente popular), y señala que la orden de conducción “debe manejarse con prudencia”, de manera que sólo se aplique cuando “se hayan agotado los trámites ordinarios para conseguir la presencia voluntaria y oportuna de la persona requerida al proceso”. (La Prensa)

Los medios de comunicación se han hecho eco de la información y diversos grupos de la sociedad civil, gremios profesionales y organizaciones del movimiento social se han pronunciado en concordancia con el hecho de que la forma de proceder del Ministerio Público viola la Constitución Nacional.

Pero la noticia ha obviado las denuncias previas de FRENADESO.

El 10 de julio pasado, cuando arreciaba la represión en Bocas del Toro y era cobardemente asesinado el hoy mártir Virgilio Castillo, unos 300 participantes del Encuentro de Dirigentes Populares convocado por la Coordinadora de Lucha por el Respeto a la Vida y Dignidad del Pueblo y FRENADESO, eran arrestados por manifestarse pacíficamente en solidaridad con el pueblo bocatoreño.

El Hotel Soloy, que había sido sede del Encuentro, fue rodeado por unidades del Control de Multitudes, la Policía ingresó al edificio, allanó habitaciones, y presionó a los dirigentes allí presentes a entregarse sin presentar orden alguna ni los motivos del arresto.

Durante varias horas se mantuvo en vilo a los dirigentes, situación que se resolvió gracias a la oportuna intervención de representantes de la Iglesia Católica, grupos de abogados y de la sociedad civil.

Ese mismo día, luego de ser liberados los casi 300 manifestantes, el compañero Ronaldo Ortíz, dirigente kuna, del FER-29 y miembro de la Dirección Nacional de FRENADESO se le mantuvo en prisión sin que se le dieran a conocer los motivos.

Mientras tanto en David, Chiriquí, el compañero Jaime Caballero, Sub Secretario General del SUNTRACS y miembro de la Dirección Nacional de FRENADESO, era arrestado y su residencia allanada en presencia de su esposa e hija.

Caballero fue trasladado a la ciudad capital en un avión junto a detenidos y heridos de la Masacre de Bocas del Toro. Nunca se le dieron a conocer las causas de su detención ni quien la ordenaba. Tampoco se le permitió la asistencia de un abogado.

Paralelamente, un bloque de búsqueda de la Policia Nacional montaba una feroz cacería y allanaba la residencia del compañero Saúl Méndez, miembro también de la Dirección Nacional de FRENADESO, así como también las de su madre y otros familiares.

Horas después se sabía que la casa de Genaro López y otros familiares también eran allanadas en persecución contra este reconocido dirigente nacional de CONUSI, SUNTRACS y FRENADESO.

Luego se conoció que el Fiscal Auxiliar, Angel Calderón, en base a la supuestas informaciones de un testigo sin nombre y sin rostro, identificado sólo por un número, había acusado a 17 dirigentes populares de participar de una reunión en la Universidad de Panamá donde se preparaba un complot contra el Canal. No se aportaba ninguna prueba al respecto.

La situación de arbitrariedad era tal que a la abogada que inicialmente asistió a Jaime Caballero, se le comunicó de parte de la Policía, que el caso del dirigente chiricano era de tal gravedad que no permitía siquiera que fuera atendido por un profesional del Derecho (sic).

Jaime Caballero, demostró que nunca estuvo en semejante reunión, pues el día y la hora en que el testigo fantasma señalaba que se había realizado, él se encontraba junto a su hermano moribundo, en el Hospital en Chiriquí donde luego éste lamentablemente fallecería.

Aún así el Fiscal Calderón persistió en su detención, por lo que el compañero Jaime Caballero inició de inmediato una huelga de hambre que se prolongó por casi 7 días.

Desde las mismas mazmorras se logró conocer que la intención de la Fiscalía era trasladar a Jaime Caballero, junto a los demás dirigentes que fueran detenidos, al Centro Penitenciario de La Joya y La Joyita, para allí exponerlos a la acción criminal de delincuentes comunes al servicio de los organismos de seguridad del Estado.

Estos aviesos y miserables propósitos de la Fiscalía se lograron frenar gracias a las denuncias, a la acción legal de los abogados, de los grupos de derechos humanos y a la solidaridad nacional e internacional.

Pero el expediente amañado contra 17 dirigentes sindicales y populares sigue abierto, pendiendo como una espada de Damocles sobre sus cabezas.

Por este hecho el Fiscal Auxiliar ha sido denunciado y demandado ante los tribunales por las organizaciones populares. Sin embargo, poca confianza tenemos que se haga justicia, pues aquí persiste el reino de la impunidad, tal como se demostró recientemente con el fallo absolutorio en favor de los policías que asesinaron en Isla Viveros al obrero de sólo 23 años, Luiyi Argüelles.

Lo más seguro es que se tendrá que buscar en otros tribunales y foros internacionales, la Justicia que en Panamá le es negada a los pobres, trabajadores y demás ciudadanos honestos.

Para esos mismos días, 28 trabajadores en Colón que se solidarizaban con sus compañeros de lucha en el proyecto de Ampliación del Canal eran detenidos por el Comisionado de la Policía Nacional, Mauricio Nelson, hoy separado de su cargo por su presunta relación con un caso de narcotráfico. Luego de que los trabajadores estuvieran más de una semana en prisión, los arrestos fueron declarados ilegales.

El Goberno autoritario de Ricardo Martinelli, no conforme con el baño de sangre causado al pueblo bocatoreño en su lucha contra la repudiada Ley 30 (Ley Chorizo), fomenta el terrorismo de Estado y la persecución selectiva contra los luchadores sociales.

El fallo unánime del pleno de la Corte Suprema de Justicia refleja el proceder de un Ministerio Público y de una Fiscalía Auxiliar que actúan al margen de la Ley y que se han convertido en una especie de Gestapo de Ricardo Martinelli que pincha teléfonos, promueve el terrorismo judicial y actúa políticamente contra la dirigencia sindical, popular y los opositores al régimen autoritario.

Esta Gestapo, tal como ya hemos advertido, actúa en combinación con la Policía Nacional, institución plagada por agentes corruptos, tumbadores de droga, narcotraficantes, coimeros, protectores de mafiosos, envueltos en escándalos de robos, violaciones carnales, violencia intrafamiliar, homicidios, abuso de la fuerza, que pisotean los derechos humanos y las garantías fundamentales de los ciudadanos; que fomentan el terrorismo de Estado y atropellan a los panameños pobres a quienes diariamente someten con el injusto sistema “pele-police” arrestando a cientos de trabajadores por delitos no comprobados y convirtiéndose con el mismo en una simple agencia recaudadora de un Gobierno autoritario sediento de ingresos y afanado en saquear los bolsillos de los panameños humildes.

A todo esto, mientras en México se anuncia el arresto de otras personas vinculadas a un banda que lavaba en Panamá dinero prodente del Narcotráfico, y de la que hacían parte el primo del Presidente y ex Tesorero de Cambio Democrático, Ramón Ricardo Martinelli Corro, preso en una cárcel de máxima seguridad en aquel país junto a otros copartidarios del mandatario panameño; en Panamá nadie conoce que el Ministerio Público esté realizando investigación alguna sobre este sonado caso.