Continúan el proceso legal y el respaldo de ANEP para el Secretario general del sindicato del TSE luego de que lo despidieran por denunciar irregularidades dentro de la institución.
Categoría: Acción Sindical
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Posición de ANEP de cara a la reunión sindical con la delegación del FMI
- Reunión se llevará a cabo de forma virtual, este lunes 4 de octubre a las 2 pm.
- ANEP insiste en que el país no necesita de un préstamo con el FMI.
Ante la invitación formulada por la señora Manuela Goretti, Jefa de la Misión del Fondo Monetario Internacional (FMI), para una reunión con representantes sindicales, en el marco de lo que esta entidad financiera denomina “primera revisión del Servicio Ampliado”, según lo pactado por el Gobierno de Alvarado; cita virtual que tendrá lugar este día lunes 4 de octubre, a las 2 de la tarde, la ANEP indica a toda su distinguida membresía de los sectores público y privado, a todo el conglomerado sindical y de los movimientos sociales del país, así como a la ciudadanía patriótica costarricense los contenidos principales de su presentación con tal motivo:
El país no necesita de un “convenio”, préstamo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Gran cantidad de sectores de diversa naturaleza, han estado planteando alternativas, sólidamente fundamentadas. Alvarado y su gobierno las han despreciado todas.
En términos generales, la mayoría del pueblo trabajador costarricense ha rechazado un convenio con el FMI. Incluso, en setiembre de 2020, hubo una gran conmoción social, con fuertes acciones de manifestaciones en las calles, repudiando este tipo de convenios.
Alvarado y su gobierno han venido promoviendo, como proyecto “estrella” del convenio con FMI, un proyecto de empleo público cargado de violaciones a la actual Constitución Política del país, según el propio tribunal constitucional de la República. Es una iniciativa de ley que, además, tiene un alto potencial de una nueva confrontación social. Adicionalmente, el espacio político de este proyecto se ha reducido sustancialmente, ante la cercanía del proceso electoral nacional, de carácter presidencial y diputadil.
Creemos que antes de que el país se vea atado a un convenio-préstamo con el FMI, debe realizarse una Auditoría Ciudadana de la Deuda Pública, puesto que el 99 % del pueblo costarricense desconoce quiénes son los acreedores de la misma, así como no se sabe nada de todos los aspectos inherentes a las condiciones en que fue contraída.
Se tiene certeza, ¡eso sí!, de que gran parte, hasta un 75 % de la deuda interna del país, es entre entidades del propio Estado, lo cual abre grandes posibilidades de una reestructuración y de una reingeniería de la misma; o, bien, de renegociación con relación al pago de sus obscenos intereses. Sí creemos que hay un reducido círculo de sectores bancario-bursátiles y de firmas jurídicas que hacen grandes negocios con la deuda pública del país.
Resulta necesario, por otra parte, que la ciudadanía sepa cómo es el proceso que sigue el FMI al otorgar este tipo de préstamos: ¿por cuántos bancos pasa?; cuando llega a Costa Rica, ¿a qué bancos llega?; ¿cuánto de paga en comisiones y a quién? El pueblo trabajador costarricense está sumamente afectado por una estructura tributaria altamente regresiva y por un sistema de administración de impuestos sumamente injusto, lo cual le da legitimidad a un cuestionamiento como el que se ha planteado.
Finalmente, no sabemos qué pasa con los contenidos que los grupos sindicales aportan en este tipo de reuniones, pues nunca hay devoluciones por parte de las delegaciones del FMI, acerca de cómo se procesan las críticas, los señalamientos y hasta las propuestas. Creemos, por tanto, que este tipo de reuniones son insulsas y acudimos a ellas por cortesía y como vitrina de denuncia; jamás puede interpretarse, que estamos legitimando, al menos desde la corriente sindical en la cual militamos, este tipo de préstamos.
San José, lunes 4 de octubre de 2021
Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP.
Wálter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto ANEP
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ANEP presenta Recurso de Amparo contra medida cautelar atípica girada por jueza contra Ministerio de Justicia y Paz
Con la medida se vulneran los derechos de libertad de expresión, de opinión y de acceso a la información, así como a la separación de poderes y la libertad de prensa.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó, la mañana de este viernes, un recurso de amparo contra la medida cautelar atípica girada por una jueza de la república que impide al Ministerio de Justicia y Paz referirse a temas carcelarios ante la opinión pública y medios de comunicación.
La acción de la ANEP se presenta en favor de los funcionarios y servidores del Ministerio de Justicia y Paz, de las personas periodistas del país y de la ciudadanía en general, al considerar que se vulneran derechos fundamentales.
“Nos parece que esta decisión de la señora jueza constituye una acción intimidante, que desincentiva los principios democráticos y republicanos del ser costarricense. Por consiguiente, se vulneran los derechos de libertad de expresión, de opinión y de acceso a la información, así como a la separación de poderes. Se vulnera la libertad de prensa y los principios de proporcionalidad, racionalidad y razonabilidad”, manifestó el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes.
Para la ANEP, no existe una fundamentación previa por parte de la juzgadora que indique cómo se vulnerarían los principios de independencia judicial y de juez natural, no razona por qué considera estos elementos por encima de otros principios y derechos humanos.
Afectación de derechos
1. Se considera violentada la libertad de prensa, no solo como una de las mayores manifestaciones de la libertad de expresión y de conciencia, bajo la cual las personas pueden expresar libremente y sin temor a coacción o represalias sus opiniones y pueden informar a la población, sino también, como el derecho que les asiste a las personas periodistas y comunicadoras a informar sobre la gestión de las administraciones y el deber de los servidores públicos de brindar la información de interés público que les sea solicitada. Así, como el derecho de petición y pronta respuesta que les asiste a todos los ciudadanos de acuerdo con el artículo 27 y 30 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.
2. Se vulnera el artículo 28 de la Constitución, que indica que: “Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley.” El término nadie incluye a las autoridades penitenciarias. De igual manera, la medida de la juzgadora contraría lo que estipula el artículo 29 de la Constitución Política que indica que: “Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura…”
3. Se vulnera el principio de rendición de cuentas que menciona el artículo 11 de la Constitución Política y el derecho de acceso a la información pública que se desprende del artículo 30 constitucional. Esto, por cuanto la medida cautelar atípica interfiere en el libre acceso de la ciudadanía a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Como las autoridades penitenciarias no podrán comentar o referirse a la temática del Sistema Penitenciario Nacional, la ciudadanía durante lo que dure el proceso no podrá ejercer control sobre la legalidad, eficacia y eficiencia de la función administrativa desplegada por este ente público.
4. Se considera violentado el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en cuanto a la libertad de Pensamiento y de Expresión
5. La medida impuesta a las autoridades penitenciarias por la juzgadora sigue una lógica que contraviene el espíritu y los instrumentos internacionales de derechos humanos citados en los párrafos,4, 5 y 6 del preámbulo de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión:
6. Esta decisión de la Juzgadora tiene roces con el principio de separación de poderes (separación de funciones) del artículo 9 de la Constitución Política.
Ante los diversos argumentos presentados por la ANEP en el Recurso de Amparo se solicita a la Sala Constitucional que, deje sin efecto, de manera inmediata, la medida cautelar atípica dictada por la Jueza Mayra Acevedo Matamoros en contra de las autoridades penitenciarias, hasta que se resuelva el presente Recurso de Amparo, así como que se declare con lugar en todos sus extremos el presente Recurso de Amparo con las consecuencias legales que ello implique
Por último, que se declare que la “medida cautelar atípica” es contraria al derecho de la constitución y vulnera los derechos fundamentales de los funcionarios penitenciarios, de las personas periodistas y de la ciudadanía en general.