Llamado urgente: alerta ante el retroceso de los Derechos Laborales en Costa Rica

Las organizaciones firmantes, Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), Asociación de Trabajadoras Domésticas (ASTRADOMES), y el Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), expresamos nuestra profunda preocupación ante el alarmante retroceso en los derechos laborales que se está produciendo en nuestro país y las condiciones injustas y regresivas de trabajo que continúan presentes.

 Las organizaciones de personas trabajadoras que firmamos este pronunciamiento, desde nuestras particularidades: trabajo remunerado del hogar, plantaciones agricolas, seguridad privada, conductores y conductoras de autobuses, compartimos una preocupación común: la violación constante de algunos derechos laborales fundamentales a las personas trabajadoras en Costa Rica, ya que observamos con alarma la proliferación de prácticas que vulneran los principios más básicos de la justicia social y el trabajo digno, según se comenta a continuación:

Salarios indignos y pagos irregulares: Muchos trabajadores y trabajadoras obtienen remuneraciones insuficientes que no les permiten cubrir sus necesidades básicas, así como retrasos y arbitrariedades en el pago de sus salarios. Las trabajadoras remuneradas del hogar siguen siendo las personas peor pagadas del país, donde no se alcanza ni siquiera el salario mínimo establecido según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En el caso del trabajador(a) agrícola también laboran por un tipo salarial mínimo, y su ajuste salarial períodico se da por costo de vida, sin embargo, los entes institucionales encargados no cuentan con información sobre el origen de la base salarial que se debe ajustar anualmente, lo que significa que no existe un estudio que garantice si ese salario cubre las necesidades básicas de vida digna.

● Incumplimiento en el pago de las horas extra. Grupos de personas trabajadoras vulnerables como las trabajadoras remunerada del hogar o los trabajadores y las trabajadoras de las plantaciones agrícolas no reciben pagos por sus jornadas extraordinarias; y, en las pocos casos en que los reciben, muchas veces son víctimas de retrasos injustificados y/o reciben montos inferiores que no se ajustan a la legislación del país. También se crean modalidades de pago (destajo) que producen el no pago justo, y donde se premia el esfuerzo físico, generando a su vez un inhumano desgaste físico, aprovechándose de las necesidades de las personas. Sobra decir que estos esfuerzos excesivos generan enfermedades y aumentan los riesgos laborales.


● Jornadas laborales extenuantes: La imposición de horarios laborales excesivos que superan los límites legales y afectan la salud y el bienestar de las y los trabajadores, se ha convertido en una práctica cada vez más frecuente. Sobra decir que negarse a cumplir con esas jornadas excesivas se convierte, solapadamente, en un justificante para próximos despidos.


● Condiciones laborales insalubres y peligrosas: Numerosos centros de trabajo presentan condiciones que ponen en riesgo la seguridad y la salud de las trabajadoras y los trabajadores, debido a la falta de medidas de protección adecuadas y al incumplimiento de las normativas de higiene y seguridad ocupacional; como por ejemplo, la utilización de agroquímicos en los trabajos de plantaciones agrícolas que se sabe son perjudiciales para la salud, además, las y los trabajadores sufren de la constante exposición al sol sin los materiales adecuados para ello (protectores solares, mangas y sombreros protectores de la luz solar en la epidermis, entre otros).


● Restricciones al derecho de huelga: Además, las recientes prohibiciones legislativas a la huelga establecidas en la nefasta Ley 9808 (denominada irónicamente Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos), representan un grave atentado contra uno de los derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores, limitando su capacidad para defender sus intereses y reivindicaciones; y donde la ley laboral vigente del país, establece que el salario de la persona trabajadora debe retenerse en el momento que este va a huelga, y sólo le es devuelto si se cumple con una serie de exigencias del Estado para la realización de huelgas.

Procedimientos ineficientes para garantizar la atención médica en los accidentes laborales. Si bien existe en el país un procedimiento, supuestamente obligatorio, para la atención de los accidentes laborales por parte de los patronos y del Estado; en la práctica no se brinda de forma eficiente, por cuanto los patronos no denuncian el accidente y no utilizan los seguros obligatorios en beneficio de sus trabajadores y trabajadoras, para evitar aumentos posteriores del costo de las pólizas. De esta forma, muchas personas trabajadoras no son atendidas, o no lo son de forma oportuna, ante accidentes laborales.

Necesidad urgente de mejorar el servicio de Inspección Laboral que brinda el Estado. Se ha determinado una serie de fallas en el sistema indicado, iniciando por una insuficiente cantidad de personas inspectoras laborales en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; así como “malas prácticas” en el momento en que se realizan las inspecciones (entrevistas privadas sólo con la parte patronal, invisibilización de “partes” importantes del proceso como los sindicatos, informes parcializados, falta de procesos de transparencia en la presentación de resultados de los informes de las inspecciones, entre otros).

Persistencia de restricciones y represión sindical. Si bien existe legislación clara sobre la libertad sindical en el país, existen también algunas “malas prácticas” solapadas para generar restricciones al trabajo de dirigencia sindical. Iniciando por el “mal ambiente” que se genera a las personas sindicalizadas y sus dirigentes, y continuando con la ineficacia de los órganos contralores de estas situaciones, para en algunas ocasiones resolverlos de forma efectiva.

Estas situaciones no solo perjudican a las trabajadoras y a los trabajadores y a sus familias, sino que también socava el desarrollo económico y social de nuestro país, al generar desigualdad, pobreza y exclusión.


Ante esta grave situación, exigimos a las autoridades nacionales e internacionales, en particular al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al Consejo de Salarios de este Ministerio, y a la Sala Constitucional del Poder Judicial, que adopten medidas urgentes para garantizar el pleno cumplimiento de los derechos laborales establecidos en nuestra Constitución, en las leyes laborales, y en los tratados internacionales de derechos humanos que el país ha asumido libremente.


De esta forma hacemos un llamado vehemente a:


● El respeto irrestricto al derecho de huelga como herramienta fundamental para la defensa de los derechos laborales.
● La implementación de políticas públicas que promuevan el trabajo decente, la igualdad salarial y la seguridad laboral y ocupacional.
● El fortalecimiento de la inspección laboral y la sanción efectiva de las empresas que vulneren los derechos de las y los trabajadores.
● El cumplimiento de los tratados internacionales de los que Costa Rica forma parte, y que establecen de forma categórica el respeto por los derechos humanos y laborales de las personas trabajadoras. Estimamos que este cumplimiento es obligatorio ya que al firmarlos libremente, asumimos la responsabilidad de hacerlos cumplir a cabalidad.
Comprometidos con la defensa y promoción de los derechos laborales, ANEP, SITRAP, ASTRADOMES e IIRESODH se complacen en anunciar las siguientes acciones futuras:

1. Foro Internacional sobre Derechos Laborales en Latinoamérica:

Con el objetivo de analizar a profundidad la situación de los derechos laborales en la región, en el próximo mes de mayo de 2025 se llevará a cabo un foro internacional de alto nivel. Este evento reunirá a personas destacadas, expertas, académicas, dirigentes sindicales y representantes de organizaciones internacionales, para exponer y debatir sobre las diversas circunstancias que afectan a los trabajadores y trabajadoras en Latinoamérica.

Objetivos Específicos del Foro:

-Identificar las principales tendencias y desafíos en materia de derechos laborales en la región.

-Promover el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los diferentes actores.

-Generar propuestas concretas para fortalecer la protección y promoción de los derechos laborales.

-Fomentar la colaboración y la solidaridad entre las organizaciones y movimientos sociales de la región, que promueven y defienden los derechos laborales de los grupos de personas trabajadoras vulnerables.

2. Creación del Observatorio de los Derechos Laborales en Costa Rica:

Con el fin de velar por la protección efectiva de los derechos de las personas trabajadoras costarricenses y migrantes, en el mes de junio de 2025 se iniciará con la construcción de un observatorio especializado en derechos laborales. El cual tendrá como misión monitorear, analizar y denunciar las violaciones a los derechos laborales y sindicales, así como promover el cumplimiento de la legislación nacional e internacional en la materia.

Objetivos Específicos:

-Recopilar y sistematizar información sobre la situación de las violaciones de los derechos laborales en Costa Rica.

-Realizar investigaciones y estudios sobre temas relevantes para el mundo del trabajo.

-Monitorear el cumplimiento de la legislación laboral y los convenios internacionales sobre el tema.

-Denunciar públicamente las violaciones a los derechos laborales.

-Elaborar informes y recomendaciones para las autoridades nacionales e internacionales, y para la sociedad en general.

-Promover la educación y la sensibilización sobre la necesidad de cumplimiento de los derechos laborales.

No permitiremos que se sigan pisoteando los derechos de las personas trabajadoras. Nos mantendremos vigilantes, activos y activas en la defensa de nuestros derechos y de una sociedad más justa y equitativa.

¡Por la defensa de los derechos laborales y la justicia social!

Atentamente,

Didier Leitón Valverde, Secretario General SITRAP

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

Maria del Carmen Martínez Cruz, Presidente Astradomes

Víctor Rodríguez Rescia, Presidente IIRESODH

ANEP y SITRAP reafirman su compromiso en fijar un salario digno para la clase trabajadora agrícola

Ambos sindicatos, visitaron diferentes fincas en la zona Caribe a donde se le explicó a la afiliación las acciones que se han realizado para que este grupo de trabajadores y trabajadoras tengan un salario digno.

ANEP exige condiciones dignas para trabajadores subcontratados por la Municipalidad de San José

Para nuestra organización esta conducta es catalogada como esclavitud moderna, por lo que se busca que la Municipalidad capitalina tome mano dura contra la empresa MCG, pues no se vale que ante la labor importante que realizan, no tengan ninguna garantía de ley.

Organizaciones sindicales se unen en la defensa del Seguro de Riesgos del Trabajo y Seguro Obligatorio de Automóviles

-Ante intentos de privatizar y hacer negocio con ambos seguros

Las organizaciones sindicales ANEP, SINAE, SEC, UPINS y ANDAS anunciaron esta tarde en conferencia de prensa, que realizarán una campaña conjunta en defensa del Seguro de Riesgos del Trabajo (RT), y el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA), ambos de carácter social; luego de darse a conocer que la Superintendencia General de Seguros (SUGESE), autorizó a una compañía de seguros denominada MNK, de capital inglés, a la comercialización de ambos seguros.

Desde las organizaciones sindicales se cuestiona, fuertemente, que ambos seguros de carácter social, sin fines de lucro y sin generar utilidades, es decir al costo; ahora se conviertan en seguros meramente mercantiles, administrados por una empresa internacional (MNK), que recientemente llego al país, adquiriendo la aseguradora OCEÁNICA DE SEGUROS, acá en Costa Rica.

El seguro de Riesgos Del Trabajo es un seguro social obligatorio y universal, el cual los patronos deben contratar con el INS para proteger a sus trabajadores; siendo su objetivo primario brindar a las personas trabajadoras, la protección y beneficios de compensación económica para cubrir las prestaciones médicas y económicas que se deriven de un accidente o enfermedad laboral; servicios que presta el Instituto Nacional de Seguros (INS).

Por su parte, el Seguro Obligatorio Automotor, conocido como SOA y que, desde sus inicios, en setiembre de 1973 (Ley 5322) y hasta la fecha lo administra el INS, es un seguro social solidario, universal y obligatorio para todos los propietarios de vehículos del país, inscritos en el Registro Público, y que cubre las lesiones y la muerte de las personas (peatones y ocupantes del vehículo), víctimas de un accidente de tránsito, con una indemnización de 6 millones de colones por accidente.

La apertura en la comercialización de ambos seguros se da con la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio (TLC) Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos, en 2007 y la consecuente Ley No. 8653 “Ley Reguladora del Mercado de Seguros” del 2008, en donde quedó estipulado, en el “Transitorio III.,  apertura en la prestación de seguros obligatorios”, a partir del 01 de enero del año 2011, la comercialización de RT y SOA. Sin embargo, es hasta la fecha que una compañía muestra interés en su comercialización.

Ante este escenario, el Instituto Nacional de Seguros (INS), presentó recientemente una demanda (expediente número 24-006842-1027-CA-7) ante el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), contra el Reglamento de Requisitos de Funcionamiento de los Seguros Solidarios, aprobado por el CONASIFF en el año 2010, tachándolo de ilegal, así como contra el Banco Central y la SUGESE.

Precisamente, otra de las acciones anunciadas por los sindicatos será apoyar las acciones legales iniciadas por el INS contra el reglamento, por medio de la coadyuvancia al proceso contencioso administrativo.

Otro de los cuestionamientos que realizan las organizaciones sindicales, es si esta entidad privada, asumirá todos los servicios ligados a estos dos seguros sociales, tal cual los brinda el Instituto Nacional de Seguros (INS), por medio de la subsidiaria INS Red De Servicios de Salud S. A., que administra la Red De Servicios De Salud, y que comprende una moderna infraestructura de servicios médico-hospitalarios.

Los servicios del INS incluyen terapias especializadas de recuperación de altos estándares, distribuida por todo el país, encabezados por el Hospital Del Trauma del INS; y un distinguido, altamente especializado y experimentado grupo de profesionales y técnicos de más de 2100 personas que brindan los servicios.

“Todo  lo anterior permite brindar seguridad a los trabajadores sobre la prestación certera de servicios, incluso aquellos de alto costo o de orden permanente (rentas, tratamientos vitalicios y costosos; cobertura sin límite en monto y plazo, entre otros); situación que no vemos posible ni viable en una entidad privada, cuyo norte es el lucro, nunca el bien social per se, por más que los señores de SUGESE dicen garantizar y tutelar con su reglamento”, manifestaron desde las organizaciones sindicales.

Este respaldo que ha brindado el INS a través de los años, aumenta los cuestionamientos de las organizaciones sindicales, sobre, cómo, está nueva aseguradora privada, asumirá la atención de pacientes en todo el país, así como, su respectiva indemnización.

“De pronto, dos seguros sociales, por arte de magia, se convierten en SEGUROS COMERCIALES, que como tales, deberán dejar ganancias para la empresa MNK y otras que se alienten. Situación que vemos con mucha cautela y profundas reservas y preocupación sobre los verdaderos objetivos de esta empresa en nuestro mercado de seguros”, detallaron.

Desde las organizaciones sindicales, manifestaron que este escenario, obliga a todos, incluyendo SUGESE, a investigar a fondo y estar muy atentos a su evolución. Sobre todo, preocupa, el respaldo y garantías financieras; el conocimiento del seguro en sí mismo y sus condiciones operativas acorde con nuestro marco jurídico; de dicha empresa privada, a efectos de enfrentar los futuros eventos laborales de los trabajadores en el corto y mediano plazo; y lo relativo a las obligaciones legales de los patronos, ante un incumplimiento de la nueva compañía de seguros que oferte RT; o peor aún, un escenario de quiebra o salida del mercado.

Por este motivo ANEP, SINAE, SEC, UPINS y AMBAS, también, estarán solicitando y cuestionado ante la SUGESE, varios elementos sobre la apertura de mercado a estos dos seguros sociales.

ANEP se reunió con trabajadores de la Finca San Cayetano ante rebajos salariales irregulares

La ANEP visitó la comunicad de Zapote, de Puerto Viejo de Sarapiquí, para reunirse con trabajadores de la Finca San Cayetano, propiedad de la Corporación del Monte, ante rebajos irregulares de salarios que están sufriendo durante la cosecha de la piña.

Fijación salario mínimo 2025: poca esperanza en posición gubernamental

Este lunes 21 de octubre el Gobierno expondrá ante el Consejo Nacional de Salarios (CNS), su propuesta de reajuste por costo de vida al salario mínimo aplicable a la clase trabajadora del sector privado a partir de enero 2025.

Poca esperanza hay de que sea una postura pro-obrera para favorecer las posiciones sindicales expuestas el pasado miércoles: a) Que se vuelva a la fijación semestral y no anual como está sucediendo hoy; b) que se empiece a negociar una nueva base de cálculo del salario mínimo empleando la metodología Anker que goza de reconocimiento internacional; c) que apoye la propuesta sindical de corte numérico del 4.37 %.

Por el contrario, es probable que avale la propuesta patronal-empresarial del 2.37, con lo cual la decisión del CNS quedaría 2 a 1.

Un acuerdo tripartito, intermedio, de cifra intermedia, entre el 2.37 y el 4.37, seguirá siendo muy desfavorable para las personas trabajadoras
si no contempla lo de la fijación semestral y lo de la metodología Anker.

San José, domingo 20 de octubre de 2024.

Firmas responsables:
SITRAP-Didier Leitón Valverde, Secretario General
ANEP-Albino Vargas Barrantes, Secretario General

ANEP y SITRAP solicitarán una nueva metodología de cálculo para salario mínimo del sector privado

Esta tarde, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y el Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), plantearán al Consejo Nacional de Salarios (CNS) una nueva metodología de cálculo para el salario mínimo del Sector Privado.

Para la ANEP y SITRAP es necesario que se discuta e implemente un nuevo cálculo salarial que cumpla con estándares mundiales y que cumpla con el precepto constitucional del Artículo 57 de nuestra Carta Magna: “Todo trabajador tendrá derecho a un salario mínimo, de fijación periódica, por jornada normal, que le procure bienestar y existencia digna”. En este sentido, consideramos que debe Costa Rica emplear la metodología Anker, desarrollada por Richard Anker y Martha Anker, la cual ha sido ampliamente aprobada y aceptada a nivel mundial.

ANEP y SITRAP, también solicitarán al Consejo Nacional de Salarios regresar a la fijación semestral y no anual.

«El cálculo del salario mínimo, tal y como se ha desarrollado históricamente, se encuentra obsoleto si seguimos tendencias de crecimiento social que responden a términos macroeconómicos que no pueden establecer elementos de movilidad social ni de calidad de vida», manifestaron las organizaciones sindicales.

El Instituto de Investigación Anker es una organización sin ánimo de lucro fundada por Richard Anker y Martha Anker en 2020 con el apoyo de la Coalición Mundial por un Salario Digno. El Instituto produce referencias de salario e ingresos dignos en todo el mundo, así como más de 100 valores de referencia Anker y estimaciones subnacionales de salario e ingresos dignos en un número creciente de países. Asimismo, el ARI elabora estudios de alta calidad relacionados con el salario digno y la renta digna sobre género, migración, salarios vigentes, entre otros.

«Como hemos indicado en al menos los últimos tres períodos y consecuentes fijaciones salariales mínimas, la manera en la que se fija actualmente el salario mínimo, persigue la inflación y utiliza información general del Producto Interno Bruto (PIB) y del Índice de Precios al Consumidor (IPC), siendo indicadores macroeconómicos que reflejan la situación de la economía a nivel país, pero que nada dicen sobre el consumo real y la calidad de vida de los hogares con los ingresos mínimos; teniendo como resultado un cálculo de salario mínimo que termina únicamente persiguiendo la inflación y ajustándose a las variantes macroeconómicas, perpetuando estados de vulnerabilidad y condenando a la población al endeudamiento de usura, así como al estancamiento en los quintiles más bajos del ingreso» indicaron desde la ANEP Y SITRAP.

Compartimos propuesta, así como declaraciones de Albinos Vargas Barrantes, Secretario General ANEP y Didier Leitón Valverde, Secretario General de SITRAP.

Tribunal de la Inspección Judicial reafirma suspensión de la ley antihuelgas, mientras que Corte IDH la sepulta

La ratificación que realiza el tribunal de la inspección judicial se da en el proceso disciplinario que se sigue en contra de una jueza de apellidos Brenes Quesada, luego de la denuncia de ANEP, ya que la jueza en el año 2023 calificó la huelga de 2 días realizada por los trabajadores de la Municipalidad de Abangares como ilegal, pese a existir la resolución de la Sala Constitucional que imposibilita dictar una resolución final sobre las huelgas.