– Esta ya casi ley de la República es socialmente injusta, económicamente contraproducente y jurídicamente cuestionable
Atendiendo orientación político-ideológica del Gobierno de la República y su equipo económico, la Asamblea Legislativa acaba de aprobar, en primer debate, este día jueves 1 de octubre de 2020, el proyecto de ley que elimina el pago de las anualidades para las personas trabajadoras del sector Público, en los años 2021 y 2022 (Expediente Legislativo No. 21.917).
Este proyecto anticipa la eliminación definitiva del pago de anualidades para siempre, tal y como lo contempla la iniciativa de ley neoliberal sobre el empleo público, mucho más retrógrada y anti-obrera.
32 diputados y diputadas atendieron la “orden” ideológica en tal sentido; mientras que 8 personas legisladoras prefirieron mantenerse dentro de la Constitución y dentro de la ley: José María Villalta (Frente Amplio); Frangie Nicolás y David Gourzong, del PLN; Shirley Díaz, del PUSC; Wálter Muñoz y Patricia Villegas, del PIN; Dragos Dolanescu (independiente); y, Otto Roberto Vargas, del Republicano Calderonista.
Esta ya casi ley de la República es socialmente injusta, económicamente contraproducente y jurídicamente cuestionable.
Las medidas económicas que ha implementado el Gobierno para atender la emergencia cargan su peso, exclusivamente, en las espaldas de las clases populares, particularmente sobre la de las personas trabajadoras, lo que a todas luces resulta socialmente injusto.
Además, pretenden seguir apelando a los perversos criterios de estigmatización del empleo público, alimentando la campaña mediática de agresión psicológica y de terrorismo ideológico al que, cruelmente, han sido sometidas las familias trabajadoras asalariadas estatales; especialmente, las de ingresos medios y bajos, en los últimos tiempos.
Primero fue la ley de “alivio fiscal”, con la que, lejos de aliviar la carga tributaria a la ciudadanía, nos puso a financiar al sector empresarial permitiéndole la retención del IVA que pagamos todos y todas. Una medida que, vista en su justa dimensión, bien puede considerarse expolio puro y duro.
Luego fue la ley de reducción de jornadas, que permite al empresariado la rebaja sustantiva del salario a los trabajadores y a las trabajadoras, sin prever ninguna medida compensatoria a favor de estas personas.
Ahora, es la eliminación del pago de la anualidad que afecta a miles de personas trabajadoras del sector público; desnudándose en su demagogia porque, inicialmente, habían planteado que quedarían por fuera de la legislación el personal de los servicios públicos en combate a la pandemia del covid-19. Al darse cuenta de la flagrante inconstitucionalidad de esta discriminación, el Gobierno corrió a corregirla, demostrando que sigue fomentando ocurrencias de legislación antiobrera, por puro fanatismo ideológico en contra del empleo público.
La inequidad de trato en las medidas paliativas que lleva a cabo el Gobierno para atender el estado de emergencia es más que evidente. Hasta ahora, ni el Ejecutivo ni el Legislativo han planteado ninguna propuesta, ni una sola, que demande colaboración a los grupos de poder económico ni a las clases adineradas que perciben rentas de capital.
La solidaridad que se pregona como telón de fondo en el escenario de la emergencia, es mera retórica de unos dirigentes políticos a quienes parece preocupar más la defensa de los intereses de los poderosos que el asegurar el bienestar de las grandes mayorías.
En el ámbito económico, llama la atención ver cómo el dogmatismo ideológico de las autoridades de Gobierno prevalece sobre todo razonamiento. Dejaremos de lado el que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ha hecho ver a todos los países que en el contexto de la desaceleración económica producida por la pandemia del Covid-19 resulta especialmente pertinente mantener los niveles salariales; no solo como medida para proteger a las personas trabajadores, sino como mecanismo capaz de aumentar la demanda y así contribuir a la estabilidad económica. (https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—ed_norm/—normes/documents/publication/wcms_739939.pdf)
Sabemos que a nuestros dirigentes políticos hablarles de la OIT les resulta cosa de necios trasnochados. Pero sí queremos hacer ver que, desde los oráculos internacionales del neoliberalismo y la globalización, también se ha dicho que la reducción de salarios en el Sector Público es una medida contraproducente para la economía. ¡Sí!, para la economía, que no para los trabajadores, que nadie vaya a interpretarlo mal.
Autoridades del Banco Mundial sostienen que una reducción de salarios a los empleados públicos genera distorsiones a largo plazo, a la vez que ralentiza la reactivación económica.
En el artículo titulado “Deberían reducirse los salarios del sector púbico para financiar la respuesta al nuevo coronavirus”, el especialista superior en el sector público del Banco Mundial, Zahid Hasnain, señala que cualquier recorte en los empleos o los salarios de una parte tan grande de la fuerza laboral como lo es el sector público, generará un impacto significativo.
En palabras del especialista, “La partida de sueldos del sector público es una medida contracíclica natural que debería mantenerse. La prima salarial del sector público está también sesgada contra las mujeres y los trabajadores menos cualificados; por tanto, los recortes salariales de forma generalizada tendrán repercusiones desproporcionadas en grupos que necesitan mayor protección”. (https://blogs.worldbank.org/es/voces/Deberian-reducirse-los-salarios-del-sector-publico-para-financiar-la-respuesta-al-nuevo-%20oronavirus).
En nuestro medio, destacados economistas desde la plataforma académica del Observatorio Económico y Social de la Escuela de Economía de la Universidad Nacional (UNA), también han advertido de los perjuicios que generaría una reducción de salarios en el Sector Público. (https://www.economia.una.ac.cr/index.php/es/oes
Evidentemente, una reducción de salarios en el sector público, como lo es el no pago de la anualidad, aparte del perjuicio económico directo que ocasionará a miles de familias, muchas de ellas altamente endeudadas como lo hace ver el pronunciamiento del citado Observatorio Económico y Social; también generará mayor desazón e incertidumbre entre los empleados públicos, lo que redunda en mayor contracción del consumo y su consecuente impacto negativo para la reactivación económica-.
Desde el punto de vista jurídico, debemos decir que el no pago de la anualidad es improcedente por constituir una reducción del salario. La anualidad que devengan los servidores públicos es parte inescindible de sus salarios. La naturaleza salarial que tienen las anualidades hace de ellas un elemento inmodificable en perjuicio de los trabajadores.
Anular el pago de este rubro salarial a quienes ya les ha sido reconocido como parte de su remuneración, constituye un acto de ius variandi abusivo, sin importar que el mismo provenga de un acto legislativo.
Si bien el Estado puede introducir reformas al esquema remunerativo del sector público, esas reformas en todo caso deberán observar el principio de no retroactividad de la ley, resguardar las situaciones jurídicas consolidadas y respetar los derechos adquiridos de los trabajadores.
En la relación de empleo, sea ésta de naturaleza pública o privada, el salario es el derecho adquirido por excelencia, y ninguna reforma, provenga ésta de un acto privado, administrativo o legislativo, puede modificar a la baja el salario actual que devengan los trabajadores y las trabajadoras.
Los argumentos antes expuestos, nos permiten afirmar que la propuesta de ley planteada por el Gobierno y que 32 personas legisladoras votaron en primer debate, adolece de vicios de inconstitucionalidad que la ANEP, demandará próximamente, exigiendo la responsabilidad correspondiente al Estado como patrono.
Adicionalmente, los especialistas que vienen asesorando a la ANEP en materia de Derecho Internacional en cuanto a Derechos Humanos, de conformidad con todos los tratados que el país ha firmado y ratificado al efecto, están alertados de que éste tema será de obligado litigio internacional contra el país.
El actual parlamento costarricense viene emitiendo legislación contraria ya no solamente a la misma Constitución Política que nos rige, la de 1949; sino las convenciones de DD.HH. que son de obligada observancia por nuestro Estado; tanto a nivel continental (Corte Interamericana de Derechos Humanos), como la propia Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
San José, jueves 1 de octubre de 2020.
Albino Vargas Barrantes, Secretario General
Wálter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto.