Oferta de frijol orgánico solidario para 2009

Como parte de nuestro apoyo a la comunidad indígena Ngobe de Las Vegas, en la región de Conte Burica, frontera Sur, el Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense (MAOCO) y Bioproductos Oro Verde estamos realizando una campaña para la colocación de su producción de fijol de fin de año 2008 y principio del 2009.

Esta comunidad produce de manera tradicional (frijol tapado), al menos 30 familias indígenas tienen la disposición y capacidad de producir una cantidad significativa de frijol orgánico certificado y colocarlo a nivel del Valle Central y otras regiones, pero para ello necesitamos estimar junto con ellos y ellas, las cantidades que pueden ser vendidas.

Les estamos invitando a participar de la campaña como clientes solidarios y solidarias, con la oportunidad de comprar un frijol de primera calidad a un precio muy razonable y con ello contribuir al desarrollo de la comunidad indígena y a su incorporación a los circuitos de un comercio justo y respetuoso.

¿Cómo poder participar?

El frijol seco y limpio se ofrecerá a partir del mes de febrero del 2009, puesto en San José y otras regiones, en dos presentaciones:

– Cubetas plásticas, con el equivalente a 20 bolsas de frijol orgánico de 900 grs. (más o menos lo que consume una familia en unos 4-5 meses). Este frijol vendrá curado con ajos, para evitar los gorgojos, tal y como lo hacían nuestros abuelos y abuelas, y de esta manera evitaremos tener que utilizar bolsas plásticas, porque los clientes podrán volver a utilizar su cubeta, que estará comprando con la compra del frijol. El precio de la cubeta vacía es de aproximadamente 800 colones, y el del frijol estará entre los 20.000 y los 25.000 colones.

– Bolsas plásticas de 900 grs. Aunque no es la modalidad priorizada, también es una presentación que se estará ofreciendo.

La forma de pago será de contado y en efectivo, al retirar el producto o por medio de depósito bancario, en una cuenta que se habilitará para este propósito.

Si usted y su familia están interesados e interesadas, pues simplemente necesitamos que nos brinde algunos datos en la fórmula que se anexa abajo y nos mantengamos en contacto. A través de la dirección electrónica que aparece en la fórmula también podremos recibir dudas, sugerencias, nuevas ideas y toda la buena energía de parte de ustedes para que esta iniciativa tenga éxito.

La información de la ficha es de suma importancia para poder planear junto con las familias indígenas la cantidad de frijol rojo y negro que deberá sembrarse a partir de octubre de este año. De esta manera las familias podrán sembrar con seguridad de acuerdo a los datos que este sondeo de mercado especial arroje. Con su información usted contribuye a incrementar la capacidad empresarial de las familias indígenas.

Esperamos contar con sus oraciones y buenas intenciones para que el clima este año nos permita una buena cosecha.

Muchas gracias.

Jorge Ulate (jorgearturoulate@gmail.com) cel:83502844
El equipo MAOCO – Oro Verde

Ficha de recolección de datos:

Nombre:____________________________________________

E-mail:_____________________________________________

Dirección física: ______________________________________

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Nos interesa participar como clientes en la iniciativa

Si _______ * No* _______

En mi familia nos gustaría comprar un total de:

_______ Cubetas frijol rojo
_______ Cubetas frijol negro
_______ Bolsas frijol rojo
_______ Bolsas frijol negro

Sugerencias, comentarios, ideas, etc:

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Enviar esta formula al correo: frijoltico@oroverdeorganico.com

Exigen renuncia de Ministro y Viceministro del MINAET

“Estamos indignados por la defensa de la minera destructora del ambiente que realizan los jerarcas que se suponen deben defender el ambiente” dijo Heidy Murillo, presidenta de la Federación.

El grupo sancarleño UNOVIDA, quien preside la Federación Ecologista, fue el responsable de interponer un recurso de amparo que logró suspender la tala de miles de árboles en la zona, aunque la minera ya había comenzado con el proceso destructivo.

“Llevamos muchos años tratando de detener este proyecto y aunque estamos contentos por este recurso sabemos que todavía no esta ganada la batalla y es por eso que queremos llamar a toda la población consciente de este país y que ama la naturaleza a que se manifieste frente al MINAET este lunes a las 11.30am en San José, dijo Edgardo Araya, presidente de UNOVIDA y abogado que interpuso el recurso de amparo contra el decreto presidencial.

La actividad es convocada por Frente de Oposición a la Minería de la Zona Norte, la Federación Ecologista y otros grupos y personas._ “Hemos canalizado el sentir de la gente preocupada por el ambiente”_ dijo Mauricio Álvarez, uno de los organizadores. “Tenemos que ir todos a expresar nuestra indignación y a demostrar que nosotros sí queremos paz con la naturaleza”, agregó.

“Vamos a demostrarle al gobierno con sorpresas que llevaremos a la puerta del ministerio que no queremos su destrucción, que la tala de bosque no puede ser de interés nacional“, dijo Álvarez. Los ecologistas pretenden “detener definitivamente este proyecto destructivo y poner atención en la forma en que estamos administrando nuestros recursos naturales, que apenas los tenemos prestados de las futuras generaciones” consignó la Federación en un comunicado.

Asimismo, Heidy Murillo no vaciló en exigir “la renuncia de aquellos funcionarios que en vez de proteger nuestros recursos atentan contra ellos. Exigimos que tanto el Ministro como el Viceministro de Ambiente renuncien, con un mínimo de dignidad, a sus cargos que no pueden cumplir”.

Este tema ha sido centro de debate de las últimas horas ya que una investigación de la Fiscalía pretende elucidar si hubo delito de prevaricato por parte del presidente Oscar Arias y el ministro Roberto Dobles que declararon “de utilidad pública y conveniencia nacional” la actividad minera en Crucitas. Mientras tanto las operaciones de tala de las 260 hectáreas están paralizadas, pero la actividad de la empresa minera continúa.

Lugar: MINAET. Día: lunes 27 de octubre. Hora: 11.30am
Más información: Heidy Murillo (88 72 49 54); Edgardo Araya (88589525) y Mauricio Álvarez (88 70 91 65)

Ataque a la naturaleza: Objetivo del Gobierno de Arias

(San José de Costa Rica, 15 de octubre de 2008)

Como uno de los resultados de un intenso taller interdisciplinario con destacados especialistas del país en la materia, nuestras organizaciones y participantes individuales, seriamente preocupados por el futuro de nuestros ecosistemas marinos y de las comunidades costeras, y con base en un análisis científico serio del proyecto de ley tendiente a modificar algunos artículos de la Ley de Concesión y Operación de Marinas Turísticas No. 7.744 (Expediente No. 14.836), llegamos a las siguientes conclusiones:

1. El proyecto carece del enfoque científico y técnico requerido para asegurar la protección y sostenibilidad de los ambientes marinos implicados.

2. En ausencia de un plan regulador basado en estudios de impacto ambiental y sensibilidad de nuestros ecosistemas costeros, es riesgoso e irresponsable propiciar un marco legal que permita dar curso a los proyectos de construcción y operación de marinas y atracaderos turísticos, veintidós a la fecha, en áreas altamente sensibles de nuestros litorales.

3. Desde la perspectiva de las políticas nacionales para la conservación y el desarrollo sostenible de los diversos ecosistemas y de los recursos naturales que les caracterizan, se hace necesario y urgente justipreciar las consecuencias de un cambio en el modelo de desarrollo turístico que hasta ahora ha privilegiado la conservación y la sostenibilidad, a uno que es necesariamente selectivo, excluyente y de alto impacto ambiental.

4. El país no tiene una Ley de Navegación ni dispone de un estudio de ordenamiento espacial del territorio marino, estas herramientas de base deben ser prioridad antes de propiciar el arribo de miles de embarcaciones particulares que darán uso a una “red de navegabilidad marítima” en nuestro territorio.

5. Las instituciones a las que correspondería otorgar los permisos y concesiones para la construcción de marinas y atracaderos turísticos, carecen de infraestructura, organización y marco jurídico apropiado, así como de recursos humanos debidamente preparados para ofrecer una garantía real de que las actividades asociadas a ese tipo de desarrollos, no impactarían negativamente los ecosistemas costeros, ni determinarán la exclusión progresiva de los ciudadanos que habitan las áreas adyacentes.

6. De aprobarse este Proyecto la nueva ley conducirá inexorablemente a una transformación cultural de las comunidades costeras, cuyas consecuencias inmediatas serán, por una parte, el debilitamiento de su identidad y, por otra, la pérdida de oportunidades laborales propias son aquellas que generan las pequeñas y medianas empresas turísticas y las diversas actividades a las que los pobladores están acostumbrados.

7. En cuanto a las demandas de servicios que implica la instalación de marinas, además de la infraestructura de acceso, la electricidad y los combustibles, debe tenerse en consideración el abastecimiento de agua, un recurso vital y escaso para las comunidades y asentamientos costeros.

8. Tal y como está planteado, el proyecto prioriza la inversión foránea, sobre los genuinos intereses nacionales, amenazando el patrimonio de todas y todos los costarricenses, los de hoy y los de mañana.

9. En este proyecto de ley no se prevén las medidas necesarias ni los altos costos que implicaría la existencia de 22 nuevos puertos, por donde sería muy fácil el trasiego ilegal de mercaderías, armas, drogas y personas

10. Como ha sido señalado, el proyecto de ley, y las intenciones e intereses subyacentes, dejan mucho que desear desde las perspectivas social, cultural, económica y ecológica. Por una parte, se trata de un conjunto de normas mal hilvanado que carece de garantías para asegurar la preservación y defensa de la identidad cultural de las comunidades costeras; y, por otra, ignora o subvalora los riesgos asociados a la alteración e impacto sobre los ecosistemas marinos y las comunidades de organismos que les caracterizan, especialmente el riesgo de derrames de aguas residuales y de combustibles y otras sustancias utilizadas regularmente en las embarcaciones, que tienen un reconocido efecto tóxico sobre los organismos que crecen naturalmente en nuestros ambientes marinos. Además, debe tenerse en consideración el riesgo biológico que implica el transporte desde sitios remotos, de organismos patógenos y, en general, la eventual introducción de especies propias de otros ambientes marinos.

Por lo tanto:

Declaramos nuestra oposición a un proyecto de ley, cuya aprobación sería una afrenta al compromiso nacional de velar por la conservación y uso sostenible de los ecosistemas y recursos naturales, compromiso que ha colocado a Costa Rica en una posición privilegiada y ejemplar a nivel mundial. Por ello, conscientes de que el proyecto quebranta los criterios científicos técnicos y ambientales vigentes privilegiando los intereses de los inversionistas en aras de la competitividad y la seguridad jurídica de los inversionistas, instamos a todos los ciudadanos e instituciones interesadas en la defensa de nuestro patrimonio natural a analizar los alcances de la propuesta y manifestar su oposición este proyecto de ley.

Le solicitamos a la Sala Constitucional, de manera respetuosa pero vehemente, que declare inconstitucional el proyecto de ley, mediante el cual se busca modificar varios artículos de la Ley No. 7744, para la concesión y operación de marinas (expediente legislativo No. 14836).

En la eventualidad de que la Sala Constitucional no dictamine el proyecto en la forma que esperamos, recurrimos a las señoras y señores diputados, quienes en su condición de representantes de todos los ciudadanos y para solicitarles que se abstengan de aprobar este proyecto en el segundo debate.

En concordancia con nuestros principios y determinación, ofrecemos nuestra participación decidida para realizar un gran foro nacional con el propósito de evaluar, de manera integral, el desarrollo de nuestras áreas costeras, con la meta de ofrecer soluciones y alternativas para corregir la falta de orden en la gestión sostenible de un sector que es patrimonio de todos los costarricenses.

Organizaciones y personas participantes:

Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre
Gino Biamonte,
Director Ejecutivo
ginob@apreflofas.or.cr
www.apreflofas.or.cr

Bosques Nuestros
Juan Figuerola
quijongo@gmail.com
Tel. 2283-7193
Centro de Investigación en Ciencias del Mar y Limonología (CIMAR)

Universidad de Costa Rica
Tel.: (506) 2207-3007
Fax: (506) 2207-3280
Alvaro Morales, Director
www.cimar.ucr. ac.cr

Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales
Rolando Castro
Abogado Ambiental
rcastro@cedarena.org
www.cedarena.org

Escuela de Geografía
Universidad de Costa Rica
www.fcs.ucr.ac.cr/~geografia
Carmen González, profesora
Tel. 2207-5566

Fundación Keto
Andrea Monge/José David Palacios
www.fundacionketo.org
Telefax: (506) 2281-2205
info@fundacionketo.org

Instituto de Costas
Guillermo Quirós
Director
oceano@racsa.co.cr ,
Tel. 2244 3926
International Fund for Animal Welfare

IFAW México
www.ifaw.org
Aimee Leslie
aimee_lb@yahoo.com
International Student Volunteers

ISV Costa Rica
www.isvonline.com
Wagner Quirós Pereira.
Proyecto Baulas y Negras, Ostional
wagner@isvonline.com

Programa Restauración Tortugas Marinas
www.pretoma.org
Randall Arauz
Presidente
rarauz@pretoma.org

Red Nacional para la Conservación de las Tortugas Marinas
Julio Barquero
Coordinador
www.tortugasmarinascr.org (en construcción)
julichcr@yahoo.com
Fax 2260 5789 Tel. 8841 3794

Talamanca por la Vida y por la Tierra
Cristina Zeledón
zeledon.cristina@gmail.com

Rosa Díaz y Eduardo Montes
rosadiazq@yahoo.com
Puerto Viejo de Talamanca

WIDECAST
www.latinamericanseaturtles.org
Didiher Chacón Chaverri
Presidente
dchacon@widecast.org

Denise Echeverría Robert
Consultora independiente
nini.echeverria@gmail.com, Tel. 8393 6554

Esteban Arroyo Retana
Biólogo
estarroyo@yahoo.com, Tel. 8365 2105

Fabián Sánchez, biólogo marino
fsanchez@tnc.org

Felipe Montoya, abogado
milpa99@gmail.com

Mónica Gamboa
Bióloga marina
orcinus_2000@yahoo.com

Patricia Vega
Colegio de Abogados
patvega@racsa.co.cr, Tel. 2280 0764

Ricardo Hernández
Biólogo, UNA
tatocean@hotmail.com , Tel. 2237 3438

Vivienne Solís
Patricia Madrigal
info@coopesolidar.org
Tel. Fax: (506) 2225 0959

Las Crucitas: El crimen de los Arias contra la naturaleza

Lea también:
– Sala IV suspendió efectos de decreto que favorece minería a cielo abierto

– Fiscalía investiga a Arias por presunto Prevaricato

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Expresamos nuestra más enérgica condena y el mayor repudio a medida gubernamental.

El mundo debe saber que el falaz discurso de “Paz con la naturaleza” es una escandalosa estafa política.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), expresa su más enérgica condena y manifiesta todo su repudio, en contra del decreto gubernamental firmado por el Presidente Arias y su ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), Roberto Dobles Mora, dando luz verde para el proyecto de minería a cielo abierto en una de las zonas de mayor biodiversidad de la zona norte de nuestro país, como lo es Las Crucitas.

Estamos hablando de un verdadero crimen que los hermanos Arias Sánchez comenten contra la Ecología, al declarar la pena de muerte de una especie en extinción como la lapa verde; una de las tantas consecuencias perniciosas que se derivan del cuestionado decreto gubernamental.

Es necesario que la comunidad ecológica y ambientalista mundial, sepa que el pregonado discurso de_ “Paz con la Naturaleza”_ no es más que una nueva expresión de la estafa política cometida en nuestro país, con la segunda presidencia de Oscar Arias Sánchez; del mismo calibre, por ejemplo, que la estafa política cometida con los ofrecimientos de vivienda a los sectores marginales para que votaran a favor del TLC con los Estados Unidos de América.

En ANEP vemos este decreto como un verdadero ataque al movimiento ecologista nacional, así como a todas las organizaciones sociales de carácter patriótico que, de un modo u otro, resistimos el descarado proceso de entrega de las riquezas de Costa Rica a las empresas transnacionales, impulsado a mansalva por la “dictadura en democracia” de los hermanos Arias Sánchez.

Expresamos toda nuestra solidaridad para con los y las valientes ciudadanos y ciudadanas que desde sus respectivas agrupaciones ecológicas y ambientalistas, han venido enfrentando, en el caso de Las Crucitas, el poder desmedido y sin freno de la oligarquía neoliberal abusiva representada en los hermanos Arias Sánchez.

Ofrecemos toda la cooperación que a nuestro alcance esté para enfrentar esta vulgar agresión por parte de un gobierno cuya deslegitimación política es más que evidente.

San José, 20 de octubre de 2008.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto
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Que dice el Código Penal

SECCION IV

Prevaricato y Patrocinio Infiel

Prevaricato

ARTÍCULO 350.- Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos.

Si se tratare de una sentencia condenatoria en causa criminal, la pena será de tres a quince años de prisión.

Lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo será aplicable en su caso, a los árbitros y arbitradores.

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Más información sobre el tema de Las Crucitas en: Fuera de Crucitas

Sardinal: Asamblea Ciudadana el domingo

EN SARDINAL EL DOMINGO

No se deje sorprender.

Hay circulando invitaciones con datos erróneos.

La actividad la convoca
El Comité Pro Defensa y Desarrollo de Sardinal

Es en la Escuela a la 1:00 p.m.

La Agenda es:

1. Bienvenida
2. Exposición de la posición de Sardinal
3. Respuesta de Roberto Dobles
4. Preguntas y respuestas
5. Exposición de estudio preliminar
6. Preguntas y respuestas
7. Cierre

La actividad tendrá como moderadores a un grupo de profesionales invitados por el comité para lograr un clima de orden y respeto.

También tendremos la presencia de diputados, funcionarios públicos y diversas organizaciones.

Lo invita a participar

Comité Pro Defensa y Desarrollo de Sardinal

Salario Escolar exonerado del pago de impuesto sobre la Renta

ANEP apoyó e impulsó el Proyecto de Ley

Amigos y amigas

El día de ayer, el Plenario Legislativo convirtió en Ley de la República la exoneración al Salario Escolar del pago del impuesto sobre la Renta. Eso significa que para enero del 2009 los empleados públicos recibirán ese ahorro sin la carga de dicho impuesto.

Ese proyecto lo presenté al inicio de mi gestión como diputado para acabar con la injusticia que representaba cargar con ese impuesto, cuando hay que hacerle frente a los crecientes gastos del inicio del curso lectivo.

Además, por los mecanismos existentes en Hacienda, quienes normalmente tributan durante el año, en enero se les aumenta la carga impositiva, y muchos de los que están exentos, al aumentar sus ingresos en ese mes, deben cargar con el pago de renta.

¡A partir de ahora, ya eso se acabó!

Falta más por hacer. Hay que liberar a ese salario escolar del peso de la devaluación, a fin de que el dinero que los servidores públicos reciben en enero por ese concepto, mantenga el poder adquisitivo, y también debemos despojar ese ahorro de otras cargas sociales.

Ya estoy trabajando en esa dirección. Aprovecho para informarles que tengo presentados a la corriente legislativa dos proyectos relacionados con el tema de salarios, para que éstos se reajusten automáticamente con el aumento en el costo de la vida, sin tener que esperar meses, como ocurre actualmente.

Agradezco que transmitan esta información a otros sindicatos y trabajadores del Sector Público, y espero contar con su apoyo para convertir en ley las iniciativas que les he comentado.

Atentamente,

José Luis Vásquez Mora
Diputado

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Esta es la respuesta del Ministerio de Hacienda a la pregunta:
¿Qué es el salario escolar?

El “salario escolar” consiste en un ajuste adicional al aumento de salarios por costo de vida otorgado a partir del segundo semestre de 1994, pagadero en forma acumulativa en el mes de enero de cada año, para hacer frente a las erogaciones del ciclo lectivo.

Nuestra definición para los usuarios: conceptualmente el salario escolar es un aumento salarial a funcionarios activos de servicio interno, que se “contabiliza mensualmente” a lo largo del año calendario y se paga acumulado a la segunda quincena del mes de enero del año siguiente, en tanto resulta un concepto económico diferido, sujeto a todas las cargas sociales que por ley, se encuentran sujetos todos los salarios, y es afectado por la figura el embargo judicial tanto en lo que atañe a deudas comunes y a pensiones alimentarias, en los términos que dispone el artículo 172 del Código de Comercio.

Adicionalmente puede ser afectado por las deducciones porcentuales que aplican a las asociaciones, cooperativas, etc. a los que el beneficiario este afiliado.

Pueblos indígenas exigirán consulta de Proyecto de Ley del TLC

El próximo martes 14 de octubre una delegación de las comunidades indígenas bribri de Talamanca visitarán la Asamblea Legislativa para exigir a los diputados que cumplan con el Convenio 169 de la OIT y la orden de la Sala Constitucional y realicen la consulta a las comunidades indígenas de todo el país del proyecto “escoba” de la agenda de implementación del TLC (Exp. 16.955)

Con el apoyo de la Escuela de Psicología de la Universidad de Costa Rica se harán presentes integrantes del Consejo de Awapas y de las mujeres Kekepa, quienes cumplen la función de ser guardianes(as) y protectores(as) del conocimiento tradicional y ancestral de estas comunidades.

Ellos exigirán a las y los diputados que cumplan con su obligación de hacer la consulta porque este proyecto contiene reformas a la Ley de Biodiversidad y otras leyes nacionales que afectan directamente los derechos de los pueblos indígenas y ponen en grave peligro su cultura y sus tradiciones, ya que debilitan notablemente las protecciones existentes para evitar que su conocimiento milenario sea usurpado por empresas trasnacionales.

El Partido Frente Amplio invita a los diputados y diputadas de todas las fracciones legislativas, a los medios de prensa nacionales e internacionales y al pueblo costarricense en general a hacerse presente a escuchar y apoyar los legítimos reclamos de los pueblos indígenas.

INCOP: La necedad de «la nación» contra la ANEP

San José, 13 octubre de 2008.
S.G. 07-09-0890-09

Señor Alejandro Urbina, Director
Señora Vanesa Loaiza, Periodista
Diario La Nación
Presente

Estimado señor y estimada señora:

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 29 constitucional, 14 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 66 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Constitucional; ejercemos el derecho de rectificación y respuesta sobre las siguientes publicaciones, de la edición de ese diario del día jueves 9 de octubre de 2008, sobre titular de primera plana que dice: “Costo de muelle en Caldera se duplicó por atraso en Sala IV” y “Sala rechazó reclamo: ANEP alegaba que muelle “amenaza el derecho de ciudadanos a un ambiente sano”; así como sobre la publicación realizada en la página 4ª, titulada “Costo de muelle en Caldera se duplica por atraso en Sala IV”.

Por ser esta “información” destacada en la primera plana y en página 4a de noticias nacionales, exigimos que esta rectificación sea publicada en condiciones equivalentes, o sea en esas mismas páginas, a la mayor brevedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69, inciso b) de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que dice: “ARTICULO 69. El derecho de rectificación o respuesta se ejercerá de conformidad con las siguientes reglas y, en su defecto, por las restantes del presente título (…) b) La rectificación o respuesta deberá publicarse o difundirse, y destacarse en condiciones equivalentes a las de la publicación o difusión que la motiva, dentro de los tres días siguientes, si se tratare de órganos de edición o difusión diaria, en los demás casos en la próxima edición o difusión materialmente posible que se hiciere después de ese plazo”.

El texto que solicitamos se publique es el siguiente:

INCOP: LA NECEDAD DE “LA NACIÓN” CONTRA LA ANEP

CUÁL ES LA NECEDAD DE “LA NACION” EN QUERERNOS ACHACAR UNA IRRESPONSABILIDAD QUE FUE COMETIDA POR LOS ADMINISTRADORES SUPERIORES DE INCOP Y LAS AUTORIDADES RECTORAS DE LA MATERIA PORTUARIA NACIONAL.

Con respecto a los artículos publicados en la edición de la “La Nación” del día 9 de octubre, titulados “Costo de muelle en Caldera se duplicó por atraso en Sala IV” y “Sala rechazó reclamo: ANEP alegaba que muelle “amenaza el derecho de ciudadanos a un ambiente sano”, publicado en la primera plana y “Costo de muelle en Caldera se duplica por atraso en Sala IV”, publicado en la página 4ª; aclaramos lo siguiente.

“La Nación” insiste en este “refrito”, en achacarle a la ANEP la responsabilidad en los atrasos de la construcción de la terminal granelera. No es cierto que el atraso en la construcción de la terminal granelera (y no “muelle”, como insiste en confundir “La Nación”), se deba a las legítimas acciones constitucionales que la ANEP tramitó ante la Sala IV.

Los atrasos son el resultado de la forma irresponsable y contraria a los procedimientos establecidos en la ley y de la “ligeraza” con que las autoridades portuarias manejaron el proceso de privatización de este importante puerto.

Si esas autoridades “competentes” hubieran cumplido con lasdisposiciones legales y los requisitos establecidos para la protección del ambiente, tales supuestos atrasos hoy no servirían de justificación para los incumplimientos del concesionario.

“La Nación” lo sabe aunque nos ataque a nosotros, que los responsables de todo lo sucedido en ese proceso, son esas autoridades, por su irrespeto al orden jurídico establecido. Ellos, por tanto, deberían responder con su peculio por los imprevistos que se han dado en el puerto.

Considérese que las acciones constitucionales de la ANEP se formularon con base en la ley y en la jurisprudencia dictada sobre la materia por la propia Sala IV.

Dice “La Nación” que nuestras acciones carecen de seriedad, peroesconde, que en el expediente judicial, incluso la Defensoría de los Habitantes de la República y La Procuraduría General de la República, emitieron criterio a favor de nuestra posición.

Por otra parte respetamos, pero no compartimos, las sentencias de la Sala Constitucional que rechazaron nuestras pretensiones, apartándose de su propia jurisprudencia, pues ya en el pasado había acogido acciones idénticas de otras personas.

Dicha sala, en la resolución 2002-1221 de las 14:49 horas del 6 de febrero del 2002, estableció, reiteradamente, que las evaluaciones de impacto ambiental y la emisión de los certificados de viabilidad ambiental debe realizarse en todos los casos, previo al incio de las licitaciones correspondientes y NO cuando éstas se hayan iniciado y adjudicado.

La imprudencia de los administradores de INCOP, los llevó a ignorar que el humedal de Mata Limón se encuentra dentro de la zona protectora Tivives, de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 17023, del 2 de junio de 1986; y que el estuario de Mata Limón (sitio donde se ubica puerto Caldera), es un lugar de gran riqueza biológica, en el que viven desde tiempo inmemoriales topo tipo de especies animales y vegetales que conforman ecosistemas muy complejos. Inclusive existen especies endémicas del sitio, que se podrían ver dañadas por su alteración.

Y sin olvidar que dicho lugar es de gran importancia para los habitantes del Pacífico Central y del Golfo de Nicoya. Como es bien conocido por todos, una alteración significativa de las condiciones bióticas del estuario puede afectar de manera significativa e irreparable la continuidad biológica, vegetal, animal y humana, de todo el Golfo de Nicoya.

Y recuérdese que en Mata Limón y la bahía de Caldera, se encuentra un humedal y un manglar que, junto con el de Tivives, son de los pocos que se conservan en el Pacífico Central, propios del bosque tropical seco.

Ante todo lo anterior y con la facultad que nos confiere la Constitución Política y sobre todo, con el ánimo de proteger el patrimonio marino y humano de la zona, procedimos a exigir el cumplimento de la ley por lo que nos vimos obligados a acudir a la Sala Constitucional.

Nos preguntamos, aunque comprendemos, ¿porqué la Nación no acusa a los verdaderos responsables del desaguisado proceso de privatización del INCOP?

Que la Sala IV no se haya apegado a la jurisprudencia ya emitida por ella misma anteriormente, y más bien haya interpretado razones técnicas dentro del concepto legal, deja mucho que desear. Es por esto y por otros asuntos que este alto tribunal hoy se encuentra seriamente cuestionado, por sus infortunios fallos y la intromisión del Poder Ejecutivo en sus asuntos.

Basta de refritos y de medias informaciones. Retamos a La Nación a un debate, cara acara, con ANEP, en igualdad de condiciones y ante la ciudadanía, sobre el proceso de privatización del INCOP y lo caro que estamos pagando y pagaremos los ciudadanos y ciudadanas por tal desafuero.

Esperamos favorable acogida a esta solicitud, plenamente legal, de Derecho de Respuesta.

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto
Céd. 1-468-584

Douglas Carillo Azofeifa
Directivo Nacional
Céd. 6-178-818

C.c.
Oscar Arias Sánchez, Presidente de la República.
Ministros de Estado.
Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Fracciones parlamentarias, Asamblea Legislativa.
Colegio de Periodistas de Costa Rica.
Medios de comunicación colectiva.
Movimiento Sindical Costarricense.
Junta Directiva Nacional de ANEP.
Archivo.

Segunda consulta sobre el «proyecto de Ley escoba» del TLC

ASPECTOS DE PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO:

-Nueva omisión de información y consulta previa a los pueblos indígenas de Costa Rica de reforma realizada al artículo 78 de la Ley de Biodiversidad, No. 7788, sobre la aplicación de diversas formas de propiedad intelectual a “inversiones esencialmente derivadas del conocimiento asociado a prácticas biológicas tradicionales o culturales de dominio público”. Incumplimiento por parte de la Asamblea Legislativa del procedimiento de consulta establecido en el artículo 6 del Convenio No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales.

En criterio de las y los consultantes, la negativa del Parlamento a realizar la consulta a los pueblos indígenas del expediente N° 16.955 en su versión aprobada en primer debate el 16 de octubre de 2008 configura un vicio sustancial del procedimiento parlamentario, por las siguientes razones:

1.- Las reformas legislativas dirigidas a permitir la aplicación de formas de propiedad intelectual a “las invenciones esencialmente derivadas del conocimiento asociado a prácticas biológicas tradicionales o culturales en dominio público” de los pueblos indígenas afectan directamente a este sector de la población y por lo tanto, son materia cubierta por la obligación de consulta establecida en el artículo 6.1.a) del Convenio N° 169 de la OIT.

2.- El texto del expediente 16.955 aprobado en primer debate el 16 de octubre de 2008 contiene reformas al artículo 78 de la Ley de Biodiversidad que permiten que a las invenciones asociadas al conocimiento tradicional de los pueblos indígenas se apliquen diversas formas de propiedad intelectual que en la actualidad NO SON APLICABLES a estas invenciones.

3.- La Sala Constitucional advirtió expresamente sobre los efectos de la reforma introducida al encabezado del párrafo segundo del artículo 78 de la Ley de Biodiversidad.

4.- La reforma al encabezado del párrafo segundo del artículo 78 de la Ley de Biodiversidad contenida en el expediente 16.955 modifica legislación dictada para cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el país en el Convenio de Diversidad Biológica, en cuanto a la protección del conocimiento tradicional de las comunidades indígenas.

CONSTITUCIONALIDAD POR EL FONDO

Se consulta sobre la constitucionalidad por el fondo de las normas del proyecto de ley, que se detallan a continuación:

*MODIFICACIÓN DEL INCISO 1) DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE BIODIVERSIDAD N° 7788, CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 10 DEL PROYECTO DE LEY. *

En criterio de las y los legisladores que suscribimos esta consulta, tal disposición sería contraria a nuestra Constitución Política por las razones que de seguido explicaremos:

ÚNICO.- VIOLACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 20 Y 21 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA. INVIOLABILIDAD DE LA VIDA HUMANA. PROTECCIÓN DE LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD HUMANA Y PROHIBICIÓN DE CUALQUIER FORMA DE ESCLAVITUD.

La posibilidad de patentar o aplicar sistemas de propiedad intelectual sobre el material genético humano implica permitir que determinadas personas físicas o jurídicas se apropien con derechos de exclusividad de parte de la esencia constitutiva del ser humano e incluso ostenten el derecho de autorizar o denegar su uso.

Se trata sin duda de un primer paso para permitir la cosificación y la mercantilización de la vida humana, al convertir elementos esenciales del cuerpo humano, sus genes, su información genética en mercancías susceptibles de apropiación y comercialización. En criterio de las y los consultantes tal posibilidad constituye una afrenta a la dignidad humana y por ende una trasgresión al principio constitucional de que la vida humana es inviolable contenido en el artículo 21 de la Constitución Política.

Al respecto debe recodarse lo dicho por la Sala Constitucional en el sentido de que:
“Es preciso cuestionarse si todo lo científicamente posible es compatible con las normas y principios que tutelan la vida humana, vigentes en Costa Rica, y, hasta qué punto, la persona humana admite ser objeto o resultado de un procedimiento técnico de producción. Cuando el objeto de la manipulación técnica es el ser humano, (…) el análisis debe superar el plano de lo técnicamente correcto o efectivo. Debe prevalecer el criterio ético que inspira los instrumentos de Derechos Humanos suscritos por nuestro país: el ser humano nunca puede ser tratado como un simple medio, pues es el único que vale por sí mismo y no en razón de otra cosa.” (Voto Nº 2000-2306)

En efecto, permitir el patentamiento y, en general, su sometimiento a sistemas de propiedad intelectual de material genético humano, implica tratar al ser humano, al cuerpo humano a los elementos que lo constituyen como “cosas”, objetos que puede ser apropiados por particulares y convertidos en bienes comerciales.

Igualmente, constituye una violación al principio constitucional contenido en el artículo 20 de la Carta Magna, el cual proscribe cualquier forma de esclavitud para todos los seres humanos bajo la protección de las leyes de la República. El patentamiento de material genético humano de cualquier naturaleza equivale a establecer un régimen de propiedad privada sobre las mismas bases de la vida humana. Este régimen puede degenerar en formas perversas y hasta hace unos años insospechadas, de sometimiento del ser humano a condiciones similares a la esclavitud.

La sola posibilidad de permitir que elementos constitutivos del cuerpo humano sean sometidos a un régimen de patentes, implica aceptar que alguien puede considerarse como titular exclusivo de esos elementos, lo que constituye un primer paso en la dirección de admitir que alguien puede ser “titular” de otro ser humano de partes de su cuerpo ¿Cuál es el límite?

De hecho, el patentamiento de material genético humano puede convertirse en un eficaz punto de partida para promover y favorecer la proliferación de otras prácticas violatorias de la dignidad humana derivadas del uso abusivo de las técnicas del manipulación del material genético humano. Prácticas como la clonación humana o la manipulación genética hereditaria con fines como el “mejoramiento de la especie”, que hasta hace poco, repetimos, parecían salidos de historias de ciencia ficción, hoy ya son una realidad que causa gran preocupación a nivel mundial. Evidentemente, la posibilidad de lucrar mediante el patentamiento de material genético humano modificado, constituye un peligro y perverso incentivo para el desarrollo de estas prácticas.

Por las razones expuestas, las y los suscritos diputados estimamos que en el presente asunto debe aplicarse el “principio Pro Homine”, definido por la Sala Constitucional de la siguiente manera:

“El principio pro homine postula que el derecho debe interpretarse y aplicarse siempre de la manera que más favorezca al ser humano. (…) En efecto, el ser humano es el fin último de las normas jurídicas, y no meramente un destinatario de ellas, de tal modo que éstas –y especialmente las que consagran derechos fundamentales–, deben interpretarse en la forma en que más favorezcan a la persona humana” (Voto N° 2002-4153)

Lo anterior, en razón de los graves riesgos que la norma consultada implica para protección de la vida y la dignidad humana, al abrir la posibilidad de patentar material genético humano.

Proyecto Isla Moín: Nota técnica

*Oceanógrafo Físico

Una nota de prensa llama la atención esta semana 1:

2 El Caribe nacional albergará a una de las marinas más grandes del mundo. Consiste en Isla Moín Marina & Resort, un complejo de $180 millones que permitirá el atraque simultáneo de 500 yates de entre 15 y 76 metros de eslora.

Contará con dos marinas; una de 23 hectáreas que se edificará a la orilla del mar y otra en forma circular que se construirá entre la playa y el río Moín.

Ambos atracaderos ofrecerán servicio de abastecimiento de combustible, Internet, electricidad y agua potable.

El plan incluye además un hotel cinco estrellas de lujo, condominios, villas, residencias, un centro comercial y áreas de recreo y entretenimiento.
En total el complejo abarcará 35 hectáreas en la bahía de Moín, en Limón.

La magnitud de la obra es tal que publicaciones internacionales especializadas en la materia la ubican entre las más ambiciosas del orbe.
Por ejemplo, la edición de mayo de la revista Power & Motoryacht apuntala al proyecto costarricense en la selecta lista de los cinco más “monstruosos” del mundo.

Asimismo los periódicos norteamericanos The New York Times y Miami Herald han destacado a Isla Moín Marina & Resort en sus ediciones.
Solo en fuentes de empleo se estima que el desarrollo en el Caribe requerirá unas 5 mil personas, entre directos e indirectos, adelantó Adrián Polini, director del proyecto.

La demanda de personal es tan alta que ya se comenzó con la formación de las personas que contratarán, mediante convenios suscritos con el Instituto Nacional de Aprendizaje y colegios técnicos, informó Polini.”

“En cuanto a los permisos, el complejo ya cuenta con el de impacto ambiental otorgado por la Setena y se está en los trámites para obtener la certificación de viabilidad ambiental.

Además dispone del plan maestro concedido por el Instituto de Vivienda y Urbanismo y está programada para esta semana la visita de campo por parte de técnicos de la Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos (Cimat), para la aprobación del proyecto.

Una vez que se cuente con todos los permisos en orden se solicitará la concesión ante la Municipalidad de Limón.

Los inversores solicitarán la concesión por 35 años, como lo establece la reforma a la Ley de Marinas recientemente aprobada en primer debate en la Asamblea Legislativa. Hasta ahora solo se extienden permisos por 20 años.”

Sus dimensiones aproximadas son el doble del proyecto de la marina de Puerto Viejo. El 60% de los barcos se hallan en la sección aguas adentro.

La ubicación se detalla en la figura 1 de ARCHIVOS ADJUNTOS.

Las empresas responsables son varias y aparecen en sitio web referido. Destaca la empresa Arias y Muñoz como gestora nacional.

El proyecto se ubica en la ZMT del Caribe Central, en un área despoblada, donde inician los canales del Tortuguero. Es un humedal protegido, para el cual se aplica la ley 6043 de la ZMT y su reglamento, los cuales textualmente establecen:

“*Ley. Art. 10.-* La zona marítimo terrestre se compone de dos secciones: la ZONA PUBLICA, que es la faja de cincuenta metros de ancho a contar de la pleamar ordinaria, y las áreas que quedan al descubierto durante la marea baja; y la ZONA RESTRINGIDA, constituida por la franja de los ciento cincuenta metros restantes, o por los demás terrenos en caso de islas.

Art. 11.- Zona pública es también, sea cual fuere su extensión, la ocupada por todos los manglares de los litorales continentales e insulares y esteros del territorio nacional.

  • Reglamento. Art. 2.-*

e. Estero: Terreno inmediato a la orilla de una ría por la cual se extienden las aguas de las mareas;

f. Ría: Parte del río próximo a su entrada en el mar y hasta donde llegan las mareas;
g. Marea: Movimiento periódico y alternativo de ascenso y descenso de las aguas del mar debido a las atracciones combinadas del Sol y la Luna;

h. Litoral: Orilla o costa del mar, que se extiende por las rías y esteros permanentes hasta donde éstas sean sensiblemente afectadas por las mareas y presenten características marinas definidas;

Reglamento. Art. 4. – De acuerdo con el decreto No.7210-A de 19 de julio de 1977, los manglares o bosques salados que existen en los litorales continentales o insulares y esteros del territorio nacional y que forman parte de la zona pública en la zona marítimo terrestre, constituyen Reserva Forestal y están afectos a la Ley Forestal y a todas las disposiciones de ese decreto. Partiendo de la línea de vegetación a la orilla de los esteros y del límite de los manglares o bosques salados cuando éstos se extiendan por más de 50 metros de la pleamar ordinaria, comienza la zona restringida.

*Art. 5.-*Corresponde a la Procuraduría General de la República por sí o a instancia de cualquier entidad, institución o parte interesada, ejercer el control jurídico para el debido cumplimiento de las disposiciones de la Ley. Asimismo, conocerá de las denuncias que respecto se formulen, dará el respectivo pronunciamiento y ejercerá las correspondientes acciones judiciales contra los infractores. Además, gestionará cuando se trate de anular concesiones, permisos, contratos, actos, acuerdos o disposiciones en contravención a la Ley. Todo, sin perjuicio de lo que competa a otros organismos.

Art. 10.- En la zona marítimo terrestre es prohibido cortar árboles, tirar basura, modificar la topografía del terreno, o llevar a cabo cualquier acción que altere el equilibrio ecológico del lugar, sin la debida autorización.

Art. 11.- De acuerdo con lo que establece el artículo 22o. de la Ley, en la zona pública no se permitirá el desarrollo de obras de infraestructura ni construcciones que no sean para uso público, o se trate de instalaciones turísticas estatales.”

Por lo tanto, es jurídicamente imposible que el proyecto se realice en esta región del humedal costero al noreste de Moín.

En el orden ambiental, debe tenerse presente algunos de los impactos ambientales de este proyecto:

1. Efluentes, sólidos, hidrocarburos, aguas de sentina, sobre la red de canales del Tortuguero, un humedal clásico, bien definido, con circulación termosalina marcada y con alto efecto de marea interna.
2. Afectación por ruido de motores y exceso de luz nocturna a tortugas, delfines y manatíes, especialmente. Ignoro composición y cantidad de fauna presente en esa región.
3. Alteración de la circulación sobre el litoral, incluyendo transporte de sedimentos y estabilidad de obras portuarias en Limón.
4. Otros propios de la actividad económica.

Notas
1. Destaca el diseño híbrido, de una marina interna y otra externa, primero en su género a nivel regional.

2. Los impactos sobre el humedal son potencialmente muy severos, por lo que requieren examinarse de acuerdo a una exigencia ambiental que nuestro ordenamiento ambiental no considera en su articulado.

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1 Este proyecto no fue considerado, ni siquiera mencionado, durante el taller del PAC en la EARTH sobre el desarrollo portuario de Limón, cuyas conclusiones aparecen esta semana en la Extra.

2 Danny Canales dcanales@larepublica.net La República, 22 sept. 2008

Fuentes
Isla Moin
http://www.larepublica.net/app/cms/www/index.php?pk_articulo=16072
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El Poder Ejecutivo ahora entrega las islas

Ocean. Guillermo Quirós Alvarez

oceano@ racsa. co.cr

Desde hace varios años se viene denunciando por los medio de prensa la entrega descarada de nuestra zona costera a manos de la poderosa empresa foránea, que con su gran capital compra voluntades, tierras y ahora islas en nuestro país. Si analizan a fondo la situación, advierten que obedece a un plan bien trazado que acompaña el Poder Ejecutivo, el cual mediante dudosos decretos y leyes, que bien denuncia la Contraloría en su último informe (mayo 2008), orquesta la mayor escalada de acciones en contra de los intereses de nuestro pueblo.

¿Sabía Ud. que la zona costera de Costa Rica es un recurso natural que tiene un valor aproximado de dos mil billones de colones (¢2.000,000.000, 000.0000) ? ¡Ese es el tamaño del botín que quieren escamotearnos si los dejamos!

La última moda en esta escalada de agresiones, son las marinas. Mediante una ley hecha a la medida de los desarrollistas, pretenden enlazar una disminución drástica de las condiciones establecidas para los estudios de impacto ambiental con las normas del TLC. Así, una vez aprobada en primera instancia la marina (concesión a priori), el país no podrá echar marcha atrás si los estudios técnicos lo indican, pues en los tribunales ad hoc que establece el TLC nos obligarán a indemnizarlos por las inversiones hechas y por las utilidades dejadas de percibir en los próximos cien años. ¡Menuda herencia para nuestros exiguos fondos estatales!

Un buen ejemplo de lo afirmado, lo constituye el proyecto Isla Moín (www.islamoin.com), el cual ya cuenta con aprobación del INVU, la SETENA/MINAET y del ICT (La República, 15 sept. 20008), quienes les permiten adueñarse de 35 hectáreas para construir una guápil de marinas en el Caribe Central, para 650 yates; por encima inclusive de atribuciones exclusivas de la Asamblea Legislativa (art. 42, ley 6043). Con una inversión inicial de 500 millones de dólares, solo aguarda la nueva ley para iniciar obras en el Tercer Monstruo de la navegación marítima internacional (The Tico Times, junio 2007).

Y por irónico que parezca, se construirá sobre una isla, que bien define nuestro ordenamiento jurídico como zona pública (art.9, 10 de Ley 6043), terrenos reservados para el exclusivo disfrute del pueblo. Es un lugar donde no se permite levantar ningún tipo de construcción, razón por lo cual se desalojan y derriban los ranchos de los pescadores en la islas del Golfo de Nicoya, en Costa de Pájaros y en Chomes; pero que dependiendo del color del billete se vuelve la tortilla.

Pero además de la total falta de derecho, el proyecto se ubica en medio de un humedal costero, inicio de la red interconectada de los Canales de Tortuguero, el cual a través de convenios internacionales y de leyes propias, nuestro país se ha comprometido formalmente a respetar o al menos en otros gobiernos.

Esta es una marina donde circulan centenares de yates, algunos hasta de 275 pies de largo, que alejan para siempre de la costa Caribe a tortugas y delfines, debido al ruido de sus motores y a la competencia por un mismo espacio vital. Una marina es una actividad industrial donde se cambian aceites de máquinas, se raspan cascos y se tiran aguas de sentina y la carga de sanitarios en los yates, largamente guardados. Tal actividad va acompañada por hoteles de lujo y 250 condominios, de tal forma que unas 7.000 personas y sus desechos habitarán el humedal. ¿Dónde evacuarán estas miles de toneladas cada año? ¿Las echarán en las comunidades de Portete, Cieneguita o Buenos Aires, tal como hicieron con los liberianos los del Golfo de Cacagayo? Conociendo nuestras leyes y autoridades, terminarán también en los Canales del Tortuguero, asfixiando al manatí y al gaspar, a la vieja y al robalo.

¿Es este el modelo de desarrollo costero que desea nuestro pueblo?

Para el desarrollo de Limón se ha propuesto un desarrollo portuario con visión de futuro, que empleará a miles de personas en una actividad económica digna. No vale la pena entregar por una miseria y a un proyecto insostenible ambientalmente enormes riquezas naturales, al desarrollismo que acabará con la vida silvestre y contaminará por siempre aquella bella franja costera, tal como lo han hecho ya en Asia.

¡Alerta! Está de por medio el patrimonio de un digno pueblo que, estoy seguro, con hidalguía sabrá defender sus derechos y los de futuras generaciones.