¿ESTA EL TLC POR ENCIMA DE LA CONSTITUCION POLITICA?

En los últimos días se ha discutido a través de los medios de comunicación sobre si, en caso de aprobarse, el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos quedaría por encima o por debajo de la Constitución Política de Costa Rica.

¿Tendrían nuestras leyes valor por encima del TLC? ¿Podrían en el futuro los diputados emitir nuevas leyes que afecten el contenido del tratado? ¿Tendría el Estado costarricense la posibilidad de demandar a una empresa inversionista cuyas operaciones afecten los intereses del país?

Conozca más sobre este importante tema este lunes 12 de febrero en su programa Punto por Punto en Canal 15.

En este programa se realiza un debate entre el abogado constitucionalista y académico Wálter Antillón y el Director de la Escuela Judicial, Marvin Carvajal.

No se pierda Punto por Punto el próximo lunes 12 de febrero a las 7 p.m. en Canal 15 de la Universidad de Costa Rica (también en Cable Canal 15 y Canal 65-), con repetición el viernes 16 de febrero a la misma hora.

Rechazan comparecencias en Comisión para privatizar telecomunicaciones

A lo anterior hay que sumar la negativa a recibir a las personas representantes de la Federación para la Conservación del Ambiente Costarricense (FECON) y a los Consejos Universitarios de la Universidad de Costa Rica (UCR), la Universidad Nacional (UNA) y el Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR).

Igualmente se rechazó la comparecencia de las personas que integran la Comisión Especial de Telecomunicaciones de la Universidad de Costa Rica, presidida por el Dr. Manuel María Murillo, y a la que pertenecen también el Dr. Luis Baudrit, la Dra. Margarita Bolaños, el Ing. Víctor Hugo Chacón, el Lic. Rodrigo Madrigal Montealegre, el Ing. Ismael Mazón, el Dr. Jaime Ordóñez, el Dr. Jorge Rojas y el Lic. Juan Manuel Villasuso.

Se rechazó además la comparencia los presidentes de las organizaciones gremiales del ICE: José Joaquín Porras (ANTTEA), Jorge Muñoz (AJEICE) y Sergio Saborío (SITET).

El diputado Merino señaló que se trata de un tema sobre el que no ha habido acuerdo en la sociedad costarricense durante los últimos años y sobre el que pueden aportar no sólo los expertos en telecomunicaciones, sino también diversas organizaciones sociales y académicas, sin embargo “la búsqueda acelerada de la privatización de los mercados de las telecomunicaciones, conducen a la “mayoría mecánica” a un irracional calendario simplificado de comparecencias, que excluye sobre todo a las personas y sectores con visiones alternativas, tal el caso de la Comisión de la UCR que ha presentado a la consideración de la sociedad propuestas de ley para fortalecer el ICE y regular las telecomunicaciones; de expertos como los ingenieros Cob y Fumero y de las organizaciones sociales de los trabajadores y los ambientalistas que participaron en las comisiones mixtas formadas en periodos anteriores de la Asamblea Legislativa”.

Ciudadano denuncia a Oscar Arias ante Ministerio Público

Señores :
Ministerio Publico
Corte Suprema de Justicia
San José

Por este medio, Yo, Marco Antonio Sánchez Villalta, cedula 9-057-478, en calidad de Ciudadano , me presento ante este honorable Tribunal , con el objeto de denunciar al Presidente de La Republica, Doctor Oscar Arias Sánchez, por violación de la Constitución Política de la Republica de Costa Rica, en el articulo 149 , numeral 6 y la violación a la ley 8422 contra la Corrupción y el enriquecimiento ilícito en lo pertinente al articulo 48 : Legislación o administración en provecho propio


1-HECHOS

1.1 Que en el Diario Oficial La Gaceta numero 101 del viernes 26 de Mayo del año 2006, se publico el Acuerdo Presidencial numero 001-P , en el cual , entre otros, el Presidente de la Republica nombra a su Hermano Rodrigo Arias Sánchez , Cedula numero 4-091-058 , como Ministro de la Presidencia.

1.2 Que según la Constitución Política de La Republica de Costa Rica, en su articulo 149 , numeral 6) dice : El Presidente de la Republica y el Ministro de Gobierno que hubieran participado en los actos que en seguida se indican , serán también conjuntamente responsables:…….. 6) En todos los demás casos en que por acción u omisión viole el Poder Ejecutivo alguna ley expresa.

1.3 Que según ley numero 8422 publicada en el Diario Oficial La Gaceta numero 212 del 29 de Octubre del 2004 , en su articulo 48 : Legislación o Administración en provecho propio ´´ Será sancionado con prisión de uno a ocho años , el funcionario publico , que sancione , promulgue , autorice , suscriba o participe con su voto favorable , en las leyes , decretos , acuerdos , actos y contratos administrativos que otorguen , en forma directa , beneficios para si mismo , para su cónyuge , compañero , compañera , o conviviente , sus parientes incluso hasta el tercer grado de consaguinidad o afinidad ´´

1.4 Que el acuerdo Presidencial 001-P , violenta la Constitución Política de La Republica de Costa Rica en lo estipulado en el Articulo 149 , numeral 6) y violenta el articulo 48 de la ley 8422.

2- LEGITIMACIÓN

En mi condición de Ciudadano , mi legitimación se fundamenta en:

2.1 El Reglamento de la ley 8422 , del 29 de Octubre del 2004 , establece en el Capitulo II PARTICIPACIÓN CIUDADANA en los artículos : Art. 3 Participación Ciudadana , ´_´ El derecho a la participación Ciudadana en la lucha contra la corrupción , se fundamenta en el libre acceso a la información , en la educación , en la organización y en el poder Ciudadano de denuncia_ , Art. 4 Deber de Fomento,´_´ El Estado y demás ente y empresas Publicas deberán fomentar la Educación , la organización y el poder de denuncia Ciudadana en el combate y el control de la corrupción ._

2.2 El reglamento de la ley 8422 , del 29 de Octubre del 2004 , establece en el Capitulo III , PODER CIUDADANO DE DENUNCIA , en los artículos : ´´ Art. 8 Derecho de Denunciar. Los Ciudadanos tienen el derecho a denunciar los presuntos actos de corrupción .Esta denuncia podrá presentarse en forma escrita , verbal o por cualquier otro medio ante las autoridades contempladas por la ley y el presente reglamento ´´ , ´´ Art. 9 Deber de denunciar , Los Funcionarios Públicos tienen el deber de denunciar ante las autoridades competentes los actos presuntamente corruptos que se produzcan en la función Publica, de los que tengan conocimiento.´´

*3-PRUEBA *

3.1 Copia del acuerdo Presidencial numero 001-P , del 8 de Mayo del 2006.

4– DERECHO

4.1 Constitución Política de la Republica

4.2 Reglamento a la ley contra la Corrupción y el enriquecimiento ilícito

4.3 Ley 6422, ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito.

5– PETITORIA

5.1 que el Misterio Publico juzgue al Presidente de la Republica , por violación a la ley 8422, articulo 48. y anule el Nombramiento del Ministro de al Presidencia.

6 – NOTIFICACIONES

las mías las oiré al telefax numero 260-2223
Heredia, 21 de Enero del 2007

Marco A. Sánchez Villalta
9-057-478

Diputado Merino interpela al presidente del PUSC

“Son muy preocupantes y graves las declaraciones al Diario Extra el día de hoy, del presidente de la Unidad Social Cristiana, don Luis Fishman, al referirse a las actuaciones de la fracción parlamentaria de este partido en relación con el trámite del TLC y otros proyectos del gobierno”, dijo el diputado José Merino del Río.

“Dice don Luis que algunos diputados y diputadas del PUSC están entregados al gobierno, y califica a la fracción de allanada, deficitaria y complaciente, lo cual está a la vista de la ciudadanía, pero lo que no se conocía es que esto ocurre porque, según sus palabras, están ‘vendidos para proteger intereses privados y hasta familiares’ a cambio de sus votos a favor del TLC”, continuó diciendo el parlamentario del Frente Amplio.

“Siendo el presidente de la Unidad Social Cristiana una persona generalmente bien informada, y que ha ocupado puestos relevantes en la vida pública nacional, me siento en la obligación de interpelarlo y solicitarle de manera respetuosa a don Luis Fishman que dé a conocer esas negociaciones clandestinas que han llegado a sus oídos, que diga cuáles diputados de su partido son los que le van dar sus votos al TLC y no hacen control político para proteger determinados intereses particulares”, manifestó el diputado Merino.

Al mismo tiempo el legislador del Frente Amplio invitó a la dirección política y los adherentes de la Unidad Social Cristiana a analizar la conveniencia de participar en la marcha nacional convocada por los movimientos sociales para el próximo 26 de febrero, al igual que acudirán a este llamado los liberacionistas que se oponen al TLC, junto a los partidarios del Frente Amplio, el PAC, el PASE y otras agrupaciones políticas sin representación parlamentaria.

Resumen de la consulta preceptiva a la sala constitucional sobre reforma para “vía rápida” al TLC

Violación del Principio de Publicidad en el trámite de creación del procedimiento especial para conocer el expediente 16.521 (Artículo 117 de la Constitución Política).

-La propuesta no fue puesta en conocimiento de todos los señores y señoras diputadas con la debida antelación para que pudieran estudiarla. Ni siquiera se respetó el plazo de 24 horas previas con que, de acuerdo con el Reglamento, deben aparecer en el orden del día otros asuntos de similar carácter normativo para poderse tramitar. Aunado a lo anterior, no fue hasta escasos minutos posteriores a su lectura, que se facilitó una copia solamente a los Jefes de cada Fracción. Dicha omisión ocasionó que, en la práctica, esta amplia propuesta de reforma reglamentaria solo haya podido ser conocida con anterioridad por quienes participaron en su formulación y que las minorías parlamentarias excluidas resultaran totalmente sorprendidas; al punto de que ni siquiera tuvieran la oportunidad de estudiar la propuesta a fondo, plantear dudas sobre sus alcances y pedir explicaciones sobre su correcta interpretación. De hecho, el tiempo que transcurrió entre su presentación y su votación (alrededor de veinte minutos) no permite siquiera que un lector avezado en la materia pueda realizar una lectura pausada del complejo articulado planteado.

Violación del Derecho de Enmienda en relación con la propuesta la creación del procedimiento especial, aplicado al expediente 16.521 (artículos 1, 9, 105 y 121 inciso 1) de la Constitución Política).

-Si es aceptado que el derecho de enmienda es un derecho básico de los legisladores, derivado del principio democrático, resulta absolutamente contradictorio suponer que este derecho no existe en el trámite de reformas reglamentarias, que precisamente son las encargadas de regular el desempeño de los diputados en el Parlamento.

Rechazo automático de mociones de fondo por la presidencia de la comisión sin contar con competencia para ello. Violación del procedimiento especial aprobado por el Plenario Legislativo. Derecho de participación de las minorías.

-La presidencia de la comisión se extralimitó en sus facultades, ya que, de acuerdo con el procedimiento especial definido por el Plenario para tramitar el expediente 16.521, no tenía competencia para agrupar o declarar improcedentes las mociones de fondo presentadas por los diputados en el Plenario. Por el contrario, en esta etapa del procedimiento se trataba de una atribución exclusiva del Presidente del Directorio. El momento procesal oportuno para ello se dio cuando estas mociones fueron presentadas en el Plenario Legislativo, es decir durante la sesión extraordinaria N° 001 celebrada el 29 de enero de 2007. Sin embargo, tal y como consta en el acta respectiva en esta sesión el Presidente del Directorio anunció la presentación de dichas mociones de fondo y las admitió para su trámite en la Comisión, sin objetar ninguna. Una infracción que al mismo tiempo lesiona los derechos de participación y representación de los diputados que presentaron mociones de fondo, al impedir que la discusión sobre la admisibilidad de sus propuestas

se desarrollara en el Plenario, donde existen mayores garantías de publicidad y participación para defender sus derechos. Como se puede constatar en el acta de la sesión N° 6 de la comisión dictaminadora, varios diputados advirtieron oportunamente sobre esta violación a la presidencia, sin que sus solicitudes fueran atendidas.

Rechazo arbitrario e injustificado de mociones de fondo. Violación del derecho de enmienda. Principios de razonabilidad y proporcionalidad. Aplicación de criterios contradictorios.

-En el marco del trámite de mociones de fondo, el Plenario remitió sesenta y tres propuestas de enmienda presentadas por varios diputados a la comisión dictaminadora. De estas mociones, cuarenta iniciativas fueron rechazadas de forma automática por la presidencia de la comisión, es decir, prácticamente las dos terceras partes (63.5%) del total presentado. Dicha actuación lesiona de forma severa el derecho de enmienda de los representantes populares. Muchas de estas mociones fueron desechadas de forma abusiva y arbitraria, contrariando, incluso las reglas contenidas en el procedimiento especial aprobado por el Plenario Legislativo.

Principios de razonabilidad y proporcionalidad.

-En todo momento se ha afirmado que el trámite acelerado que se le imprimió al expediente 16.521 tenía como objetivo lograr la aprobación expedita de una reforma al artículo 41 bis del Reglamento para aplicarla a proyectos de ley de interés de las fracciones promotoras de la iniciativa. Sin embargo, para lograr este objetivo no era necesario limitar y “atropellar” el derecho de enmienda de las minorías de la forma en que se hizo durante el trámite en comisión. El procedimiento especial aprobado restringió de forma notable (a una tercera parte) el derecho al uso de la palabra de los diputados proponentes y de los que quieran hablar a favor o en contra. Además limitó considerablemente el derecho a presentar recursos de revisión. Tampoco puede sostenerse que las mociones presentadas por los diputados representaban un número inmanejable, o respondían a prácticas abusivas u “obstruccionistas” de sus proponentes. La gran mayoría se encontraba debidamente justificada y respondían a preocupaciones legítimas.

Falta de fundamentación de resolución de la Presidencia de la Comisión que rechazó sin discusión ni votación mociones de fondo.

Como agravante de los vicios de constitucionalidad que se someten a consulta de la Sala en los apartados de la resolución de la presidencia de la comisión que desechó automáticamente cuarenta mociones de fondo presentadas en el Plenario por varios diputados carece de motivación o fundamentación que explique –al menos de manera sucinta las razones por las cuales cada una de estas mociones fue desechada de plano. La necesaria motivación de las actuaciones de las autoridades públicas es uno de los principios generales del debido proceso que informa todo nuestro ordenamiento jurídico. En el ámbito del Derecho Parlamentario, quiénes ostentan la presidencia de órganos legislativos no están exentos de cumplir con esta exigencia, en especial cuando adoptan actos unilaterales que afectan el ejercicio de los derechos de los diputados

Denegación arbitraria del derecho de apelación a los diputados afectados por la resolución de la Presidencia de la Comisión que rechazó automáticamente mociones de fondo. Violación del Principio Democrático. Derecho de participación de las minorías parlamentarias.

-En la sesión del 29 de enero de 2007 los diputados Merino del Río y Madrigal Brenes presentaron recurso de apelación contra la resolución de la Presidencia de la Comisión que decidió tramitar en bloque las mociones de fondo presentadas por estos diputados en el Plenario y tener por desechadas sin votación la gran mayoría de ellas. Sin embargo, la Presidenta de la Comisión se negó a admitir la presentación de dichos recursos de apelación, impidiendo el ejercicio de este derecho por parte de los diputados afectados por su decisión relativa a las mociones de fondo.

-El derecho de apelar las resoluciones de la Presidencia cuando considere que presenten_ “ilegalidad o irregularidad”_ se encuentra plenamente reconocido en nuestro Derecho Parlamentario como un componente fundamental del derecho de enmienda y las garantías de participación y representación de los diputados, especialmente de las minorías. Está regulado en los artículos 5 inciso 6) y 156 del Reglamento Legislativo para el trámite en Comisión y en Plenario respectivamente. la presidencia negó el ejercicio de este derecho, violentando, además del derecho de enmienda, participación y defensa de los diputados afectados el mismo procedimiento especial que el Plenario había aprobado.

-No cabe duda que la decisión adoptada por la presidencia afectó de forma notable los derechos de los diputados que habían presentado mociones. No fue una decisión inocua. Implicó un rechazo automático de la mayor parte de las propuestas que estos diputados habían presentado ante el Plenario. En el caso del diputado Merino del Río, por ejemplo, catorce de sus mociones fueron reducidas a solo tres, impidiendo la discusión y votación de las once restantes. Así las cosas, si una decisión adoptada por la presidencia tiene este tipo de afectaciones sobre los derechos de los diputados no es admisible que se les niegue al menos la posibilidad de recurrir dicha decisión. Esto implica colocar al diputado en un estado de absoluta indefensión.

-En el caso del procedimiento especial creado para tramitar el expediente 16.521, nótese además que se definió que el recurso de apelación que se presente contra las decisiones de la presidencia de la comisión dictaminadora será votado por “la Asamblea”, es decir, por el Plenario Legislativo. Este recurso “en alzada” implica una garantía adicional para los diputados afectados por una resolución arbitraria de la presidencia, ante la posibilidad de que las implicaciones de una resolución de este tipo se agraven en el marco de un procedimiento tan acelerado como el de marras. No obstante, al impedir que los diputados afectados puedan apelar su decisión, la presidencia de la comisión negó de plano el ejercicio de esta garantía adicional.

-Aceptar que no procede el derecho de apelación contra decisiones de la presidencia de un órgano legislativo por el solo hecho de que quién adoptó tales decisiones afirme que se limitó a aplicar el reglamento, equivale, en la práctica, a la completa negación de este derecho a los diputados. Nunca sería procedente la presentación de recursos de apelación independientemente de los derechos que afecte una determinada decisión de la presidencia y la gravedad de esa afectación pues, parece poco probable que el autor de la resolución reconozca de previo que la misma no está apegada al reglamento.

Trasgresión de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

-La Sala Constitucional en ejercicio de la potestad a ella conferida por el artículo 10 de la Constitución y los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ha emitido dos resoluciones con el fin de dar por admitidas varias acciones de inconstitucionalidad interpuestas en contra del trámite de aprobación del artículo 208 bis y su contenido; así como, contra el acto de conformación de la Comisión Especial de Reglamento de la Asamblea Legislativa. Por lo cual, es criterio de los consultantes que existe una imposibilidad de dictar una resolución final en el caso del Proyecto de Reforma Parcial del artículo 41 bis, por cuanto, la Comisión Especial de Reglamento fue quién realizó la labor de instrucción y el procedimiento seguido fue resultado de la aplicación del artículo 208 bis del Reglamento. Con lo cual, se concreta con el conocimiento de este proyecto, la indefensión causada por la forma desproporcionada en que se instaló esta comisión.

Violación del Principio de Gravedad del Procedimiento en materia de Legislación Internacional y del Principio Democrático.

-Al menos podemos citar tres casos concretos en donde el “Principio de Gravedad del Procedimiento en materia de Legislación Internacional” es claramente palpable y se manifiesta de parte de todos la necesidad de no aplicar un procedimiento excepcional y abreviado para la aprobación de un Tratado o Convenio Internacional.

-El primero es el artículo 124 de la Constitución Política y el Titulo II. Comisiones Legislativas Plenas del Reglamento de la Asamblea Legislativa; en donde, se excluye de forma tajante la posibilidad de delegar en una Comisión Plena la aprobación o el rechazo de cualquier tipo de Convenio o Tratado Internacional.

Segundo, en el actual texto del artículo 208 bis –utilizado para tramitar esta reforma exceptúa la posibilidad de crear un procedimiento especial para la aprobación o rechazo de un Convenio Internacional

-Por último, el mismo artículo 41 bis plantea desde su incorporación al Reglamento de la Asamblea Legislativa, la prohibición de aplicar ese procedimiento excepcional para los tratados regulados en el artículo 7 de la Constitución Política de Costa Rica; es decir, los Tratados Públicos, los Convenios Internacionales y los Concordatos.

Organizaciones dominicanas anuncian plan de protestas

Fidel Santana, vocero del Foro Social Alternativo, informó que el próximo 7 de marzo se realizará una jornada de movilización simultánea en varias ciudades del país, que será precedida de paros y huelgas en algunas provincias.

El dirigente indicó que el 20 de febrero está previsto un paro en la provincia de San Pedro de Macorís. Y que el 28 se realizará una protesta similar en la provincia de Bonao.

El Foro Social Alternativo acusó al Gobierno de Leonel Fernández de utilizar los recursos del país en proyectos no prioritarios, en lugar de emplearlos para mejorar la educación, la salud, la seguridad social ciudadana y fomentar empleos.

Asimismo, reclamó que el Gobierno debe cambiar el método que vienen desplegando para enfrentar la inseguridad ciudadana.

El Foro subrayó que no basta con represión policial y aseguró que es necesario invertir en los sectores más pobres para crear empleos, dar solución a los servicios básicos y hacer proyectos de construcción de viviendas para eliminar el hacinamiento y la promiscuidad.

Dirigentes populares que conforman el Foro coincidieron en la urgencia de articular un gran movimiento social alternativo para proponer al país soluciones concretas, al considerar ya desgastados a los partidos políticos tradicionales. (PULSAR)

FAP
05/02/2007

Oscar Arias fracasó en juicio contra sacerdote

MI GRAN FELICIDAD

Alfredo Erak H.

Directivo Nacional de ANEP

Hace tiempo no sentía tanta alegría como la que siento hoy, por el sobreseimiento del Padre Ronal Vargas Araya, estaba perdiendo la fe en la justicia de los tribunales de este país. Ahora la retomo.

También perdía mucha Fe , por la actitudes tan ambiguas de la jerarquía eclesiástica de mi Iglesia, pero sigo adelante pues Curas como Ronal Vargas, Gustavo Meneses y Gerardo Vargas ( quien también es victima de la persecución ) me fortalecen y creo nuevamente en la_ “Justicia Divina”_.

El episcopado costarricense debe leer muy detenidamente estos acontecimientos, el catolicismo nos exige ente otras cosas obediencia, pero si se apartan de los postulados de Cristo, de sus enseñanzas de humildad, de acompañamiento a los perseguidos, a los derechos de los pobres y del pueblo yo me cuestionaría esta obediencia.

Fue muy curioso para mí, en el entierro de Augusto Pinochet, ver a toda la cúpula eclesiástica de Chile con sus mejores galas, vimos el poyo del antiguo arzobispo al padre Minor Calvo, vimos el apoyo de un obispo al padre Enrique Delgado, pero no se supo, ni se vio ninguno apoyando al Padre Vargas.

Otra cosa que remozó mi Fe, fue ver tanto campesino y gente de pueblo, acompañando y participando en los actos cívicos y religiosos en solidaridad con el padre Vargas.

Que dichoso soy, por haber estado ahí. Quedo agradecido a la Junta Directiva de ANEP por haberme concedido este privilegio, gracias también a mi esposa por las candelitas y las oraciones, que Dios siga acompañado a los que valientemente damos la lucha por la libertad, la decencia y soberanía de Costa Rica.

Saludos Padre Ronald Vargas Araya , seguimos en la lucha.

NO AL TLC

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*Secretariado Ejecutivo de la Comisión Nación de Pastoral Social-Caritas *
Teléfonos 291 42 82 – 291 01 54
pscarcr@racsa.co.cr

A TODOS NUESTROS AMIGOS Y AMIGAS:

El día de hoy jueves 01 de febrero, en los Tribunales de Justicia de Liberia se absolvió al Pbro. Ronal Vargas Araya, sacerdote y Director de la Pastoral Social-Caritas de la Diócesis de Tilarán.

El Pbro. Ronal Vargas fue acusado por el alcalde electo del Cantón de La Cruz, Carlos Matías Gonzaga por los delitos de injurias y calumnias. Los hechos se remontan al día 17 de noviembre del año 2005 en la Escuela “Gil Tablada Corea” de El Jobo, en donde el P. Ronal dirigió unas palabras para motivar el acto cívico que realiza cada año dicha escuela para conmemorar el asesinato del mártir Campesino Gil Tablada. Ese día, en su mensaje, el P. Ronal señaló las irregularidades en la adjudicación de tierras y su posterior venta, procedimiento que beneficia a personas particulares y con especiales intereses económicos, de sobra conocidos y así ventilados en la campaña presidencial reciente.

Durante el juicio se demostró que el P. Ronal Vargas no calumnió ni injurió al alcalde de La Cruz. En la lectura de la sentencia, el juez señaló que los testimonios de los testigos no eran suficientemente claros. Mencionó el juez que los hechos relatados por el P. Ronal el día 17 de noviembre del 2005, previamente, han sido motivo de investigación periodística y de análisis por parte de la Contraloría General de la República, por la irregularidad en la actuación de algunos funcionarios públicos, en la entrega de esas tierras inicialmente de una adjudicataria que hoy sufre pobreza y abandono.

La absolución del P. Ronal es un signo de la imparcialidad del sistema judicial de Costa Rica. Es un triunfo de la verdad por encima de los intereses políticos y es una firme señal de una Iglesia enraizada en la realidad como lo pide la Iglesia del Evangelio.

Queremos agradecer el apoyo y la oración de muchos agentes de pastoral del país, además de la fecunda solidaridad expresada por organizaciones como el Frente Interno de los Trabajadores del ICE (FIT), el Sindicado de Educadores Costarricenses (SEC), el Sindicato de Trabajadores de la Universidad (SINDEU), la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), la Comisión Costarricense de Derechos Humanos, Grupos Ambientalistas, Campesinos, Organizaciones Comunitarias y personas particulares que desde las diversas comunidades estuvieron acompañándonos antes y durante el juicio.

SECRETARIADO NACIONAL DE
PASTORAL SOCIAL-CARITAS COSTA RICA

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Diputados investigarán adjudicación de parcelas en La Cruz por presuntas irregularidades

Greivin Moya
Adaptación Teletica.com
Actualizado 7:30 p.m.
30 de Enero de 2007

Los diputados manifiestan que investigarán a fondo las adjudicaciones de parcelas del asentamiento El Jobo, en La Cruz de Guanacaste, pues consideran que hay más acciones irregulares en la venta de estas tierras.

A raíz de la publicación de Telenoticias de este lunes, los diputados del Partido Acción Ciudadana (PAC) investigarán a fondo el asunto, incluso no descartan solicitar la conformación de una comisión.

También esta iniciativa tiene que ver con el punto 7 de un comunicado sobre el tema, que nos dio a conocer ayer lunes la Oficina de Prensa de la Presidencia, y los diputados le tomaron la palabra.

Este dice en el punto referido que la adquisición de terrenos de la finca El Jobo no es exclusiva a la Sociedad Corporación Adral S.A. sino que varias personas físicas y jurídicas invirtieron en los mismo, por lo que sería justo pedir explicaciones no solo al actual presidente, sino también a quienes compraron a otros parceleros adjudicados por el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA).

Por su parte, el expresidente ejecutivo del IDA, José Joaquín Acuña, sancionado dos años a no ejercer cargos públicos por no haber responsabilizado a subalternos que fueron participes de las irregularidades, insiste en que no quiere referirse al asunto, pero sí dijo que presentará una demanda contra el Estado, por la resolución de la Contraloría General de la República, pues considera que es injusta.

En el informe se señala que él le causó un daño a la hacienda pública, por su actuación omisa, incluso que dejó vencer los términos para anular los actos administrativos, por los cuales se adjudicaron y levantaron las limitaciones a las parcelas de Carlos Matías Gonzaga, alcalde electo de La Cruz.

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REPORTAJE DE TELENOTICIAS SOBRE EL PROBLEMA DE LAS TIERRAS DENUNCIADO POR EL SACERDOTE RONAL VARGAS Y POR LO QUE OSCAR ARIAS LO LLEVO A LOS TRIBUNALES.
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Contraloría pide inhabilitar a funcionario por adjudicación ilegal de parcelas del IDA

Greivin Moya
Adaptación Teletica.com
Actualizado 7:40 p.m.
29 de enero de 2007

La Contraloría General de la República sancionó al expresidente ejecutivo del IDA, José Joaquín Acuña, a no ejercer cargos públicos por dos años, porque eximió de responsabilidad a funcionarios que levantaron en forma ilegal las limitaciones a dos parcelas en La Cruz, Guanacaste.

Las parcelas luego fueron compradas por el presidente de Costa Rica, Oscar Arias, quien asegura que lo hizo de buena fe.

Acuña Mesén eximió de responsabilidad a funcionarios que adjudicaron en forma irregular las parcelas 1 y 18-A del asentamiento El Jobo, y también levantaron limitaciones en forma irregular para que se vendieran sin haber transcurridos los 15 años de ley.

Las dos parcelas se ubican cerca de la playa, en el sector de La Cruz. 15 días después de levantar las limitaciones, en el caso de la parcela de casi 15 hectáreas, fue vendida a la Sociedad Adral, cuyo presidente era en ese entonces Oscar Arias, y su hermano era el secretario.

De acuerdo al informe de la Contraloría y de la auditoría interna del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), la beneficiaria original de la parcela 1, desde el año 81, era Teodora Obando, pero la institución aceptó que vendiera las mejoras a Carlos Matías Gonzaga para actividades agrícolas.

La junta directiva aceptó porque dijo que este cumplía con los requisitos de ley, aunque no consta que se le hayan hecho estudios para ver si calificaba como beneficiario de tierras del Estado. Actualmente él es el alcalde electo de La Cruz, y desde los años 80 se ha desempeñado como ejecutivo municipal y delegado presidencial.

También el IDA, sin estudio socioeconómico, le adjudicó la otra parcela 18-A en contra de la ley, pues una misma persona no puede tener dos parcelas, y se la vendió sin limitaciones ni prohibiciones.

En septiembre de1997, los directores del IDA de la zona y los asesores legales de la institución recomiendan levantar las limitaciones, para que se puedan vender y así lo hace la junta directiva.

15 días después de haberse formalmente levantado las limitaciones en el caso de la parcela 1, estas tierras las compra Oscar Arias como presidente de la Sociedad Adral.

En la página 18 del informe de la Contraloría, en la relación de hechos, menciona: “De los hechos descritos en el presente documento queda total y absolutamente claro que se incumplieron e inobservaron requisito de legalidad en el procedimiento de levantamiento de limitaciones”.

Los funcionarios argumentan que había morosidad administrativa, pues desde el 81 se habían dado esas tierras, pero la auditoría y la Contraloría indican que quien podía ser sujeto de este beneficio sería la anterior dueña y no Gonzaga, pues este solo tuvo la tierra por 6 años, con una adjudicación dudosa.

En la página 18 del informe de Contraloría indica: “La actuación omisa del entonces presidente ejecutivo del IDA tuvo como consecuencia la convalidación de un acto administrativo viciado de nulidad… acto que permitió en forma anticipada al plazo de ley la disposición de las dos parcelas que fueron adquiridas con fondos públicos”.

Consultado el expresidente ejecutivo no quiso referirse al asunto. El beneficiado con las irregularidades descrita, Carlos Matías Gonzaga, dijo que tampoco quería referirse.

La Oficina de Prensa de la Presidencia nos envió una nota en donde se manifiesta que cuando la compró el presidente Arias, las fincas estaban libres de limitaciones y que no influyó para el levantamiento de limitaciones.

Además, indica la nota, es justo pedir explicaciones al presidente sobre este asunto, pero debe pedirse explicaciones a otros que también compraron.
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Ver reportaje de Canal 7 AQUÍ

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Rechazo de queja presentada contra Presidente de la Corte, arroja fuertes sombras de duda sobre imparcialidad judicial

Asociación Nacional de
Empleados Públicos y Privados
ANEP

Asociación Sindical de Empleados del Instituto Costarricense de Electricidad
ASDEICE

Era completamente lógico. No nos sorprende en lo más mínimo que la Corte Plena ha rechazado la queja presentada contra el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Luis Paulino Mora Mora, por las organizaciones ANEP y ASDEICE; a raíz de la reunión nocturna que este magistrado sostuvo con la jefa diputadil de la fracción parlamentaria gobiernista, la señora María de los Ángeles Antillón Guerrero.

Sin lugar a dudas que esta decisión, lejos de incrementar la confianza ciudadana en su sistema de justicia, arroja fuertes sombras de duda sobre la imparcialidad judicial; especialmente en un asunto tan grave como lo es TLC.

La participación del Magistrado Mora Mora en aquellas deliberaciones judiciales que conduzcan a pronunciamientos sobre el TLC, ha quedado manchada por el espaldarazo incondicional que le brindan sus pares de la Corte Plena; rechazando ad portas una legítima queja ciudadana que hubiera supuesto un gran proceso de investigación para cualquier funcionario judicial que no tuviera el rango de magistrado.

San José, 6 de febrero de 2007.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General de ANEP

Fabio Chaves Castro
Presidente de ASDEICE

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LA INVESTIGACION SOLICITADA
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ANEP y ASDEICE acusan a Luis Paulino Mora ante Inspección Judicial

Serios cuestionamientos de procedimiento en la Asamblea Legislativa, de forma y de fondo, los cuales en determinado momento llegarán a ser dirimidos en la sede del Poder Judicial, concretamente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia; poder del cual es Presidente, el Lic. Luis Paulino Mora Mora, es suficiente argumento para “sospechar” del encuentro con la jefa de fracción liberacionista.

San José, 31 de enero de 2006.

Señores
Inspección Judicial
Poder Judicial
Presente

Estimados señores:

Muy respetuosamente acudimos ante ustedes, en nuestra condición de ciudadanos en pleno uso de nuestras facultades cívicas y como representantes de dos entidades sindicales ampliamente conocidas en el país y que funcionan al amparo del Estado Social de Derecho que rige la vida institucional de Costa Rica; para solicitarles se abra un proceso de investigación sobre una actuación del funcionario magistrado Luis Paulino Mora Mora, actual Presidente de la Corte Suprema de Justicia; quien se hizo presente en horas de la noche del pasado lunes en la sede de la Asamblea Legislativa, concretamente en el despacho de la señora María de los Ángeles Antillón Guerrero, diputada del partido político en el Gobierno de la República y actual Jefa de Fracción Parlamentaria del Partido Liberación Nacional (PLN).

Como es bien sabido, en la Asamblea Legislativa se está discutiendo uno de los asuntos más delicados y trascendentales de la historia nacional, el denominado Tratado de Libre Comercio (TLC), con los Estados Unidos; discusión se desarrolla en medio de una gran controversia que, incluso, ha estado generando serios cuestionamientos de procedimiento, de forma y de fondo, los cuales en determinado momento llegarán a ser dirimidos en la sede del Poder Judicial, concretamente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia; poder del cual es Presidente, el Lic. Luis Paulino Mora Mora.

Hoy, al ser testigos del debate parlamentario que se daba, fuimos testigos de la denuncia que al respeto formuló en el plenario legislativo, el señor Diputado Oscar López Arias, lo cual causó nuestro asombro, indignación y sospecha. Valga indicar que la citada legisladora Antillón Guerrero, en su calidad de Jefa de Fracción del Partido Liberación Nacional aceptó, públicamente aceptó que esa reunión se dio, justificando otra razón para la misma, aunque el tema que ella adujo que se trató no le concierne a la comisión legislativa de la cual forma parte la indicada diputada. Además, el propio Presidente del parlamento, diputado Francisco Antonio Pacheco, ratificó la realización de la reunión con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Todo esto se puede constatar en el acta de la sesión parlamentaria de este día, 31 de enero de 2007.

En la noche de la visita de este señor magistrado a la sede de la oficina de la diputada María de los Antillón Guerrero, durante el debate parlamentario que acontecía, se estaban dando varias de esas violaciones al procedimiento parlamentario que, en aras de ser reparadas, terminarían siendo discutidas en el seno del Poder Judicial y su Sala IV.

En tal sentido, es altamente inconveniente para el país y para la sana transparencia de la gestión democrática al más alto nivel, que el Presidente del Poder Judicial se reúna con la jefa de la fracción parlamentaria gobiernista, en momentos de tan álgida discusión. Dicha reunión termina por generar las más diversas sospechas sobre la naturaleza de la necesaria imparcialidad judicial en un asunto tan delicado.

Bien se sabe que las organizaciones que nos honramos en representar, están en abierta oposición contra ese TLC, al igual que una innumerable cantidad de ciudadanos y de ciudadanas y de una lista interminable de agrupaciones de toda naturaleza; por lo cual, dado el autoritarismo creciente que se impone en el debate legislativo, contraviniendo la institucionalidad vigente, pone al Poder Judicial en una posición también delicada, pues se supone que ha de ser la instancia que restaure la vigencia de la democracia parlamentaria hoy mancillada.

No puede pasar desapercibido, entonces, señores de la Inspección Judicial, que el Presidente de la Corte Suprema de Justicia se reúna, en horas de la noche y en el despacho de ella, con la diputada Antillón Guerrero, una de las figuras que ha diseñado, en nuestro criterio, la violación sistemática de la institucionalidad democrática del debate parlamentario.

Por tanto, respetuosamente reiteramos, la necesidad de que el señor magistrado Luis Paulino Mora Mora, que por cierto fue Ministro de Estado en la primera administración de quien hoy encabeza el actual Gobierno de la República, sea interpelado como corresponde y se proceda en su caso con la gravedad de la situación planteada y como se estila en el manejo de quejas ciudadanas contra actuaciones de los servidores judiciales, sin importar su rango.

Quedamos a sus órdenes, indicando que se nos puede localizar en los teléfonos apuntados, o en las faxes 256 58 35 (ASDEICE) y 257 88 59 (ANEP).

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Fabio Chaves Castro
Presidente ASDEICE

cc.: Diputado Oscar López Arias.
cc.: Diputado José Merino del Río.
cc.: Diputados del Partido Acción Ciudadana (PAC).
cc.: Medios de Comunicación Colectiva.
cc.: Juntas directivas de ANEP y de ASDEICE.
cc.: Archivo.

Premio Nacional de Periodismo para Laura Martínez Quesada

Si de algo carece la ciudadanía y las organizaciones sociales es de medios de comunicación (radio, tv, periódicos), que reflejen VERDADERAMENTE su sentir, sus opiniones, sus visiones de país y de mundo. Para nadie es secreto que los “grandes medios” sólo reflejan aquello que les conviene y ya ni siquiera el derecho de respuesta es respetado.

En medio de acontecimientos tan trascendentales como los que enfrenta nuestra Costa Rica, el Semanario Universidad, bajo la conducción de la ahora Premio Nacional de Periodismo Laura Martínez Quesada, es de los pocos que éticamente respetan y exponen sin censura, la opinión de un amplísimo sector de la sociedad que trata de ser acallado y excluido como actores importantes en el desarrollo de pensamiento y acción por una Costa Rica inclusiva y solidaria.

El premio

1 – “La trayectoria periodística, labrada por un proceso de permanente investigación seria y eficaz, este jurado acuerda otorgar el Premio Pío Víquez 2006, a la periodista Laura Martínez Quesada, Directora del Semanario Universidad.”

Así de contundente es la justificación del jurado, compuesto por Fabio Muñoz, Nivaria Perera y Dorde Cuvardi, y que sustenta sus criterios con argumentos como, 2 – “…Por el esmerado empeño de abrir espacios de opinión independiente y diversificada en el Semanario Universidad. Además por ser Laura Martínez motor de una publicación con una brillante trayectoria en el periodismo nacional con temas propios y otros de palpitante actualidad en Costa Rica. Por su notable capacidad de dirigir equipos de trabajo sin que el aporte individual quede en menoscabo, garantizándole al Seminario una autonomía periodística inmune a cualquier tipo de presión, ya sea de tipo económico o político”.

Reflejo de su trabajo en la dirección del Semanario Universidad, es que este medio es cada vez más y más leído por un amplio sector de la sociedad costarricense, siendo de consulta “obligatoria” para toda persona interesada en la situación nacional.

ANEP también fue destacada

Y es que también el esfuerzo informativo alternativo se vio reflejado en el Premio Nacional Pío Víquez otorgado a Laura Martínez Quesada, sino que también ANEP con sus boletines informativos fue reconocida.

A continuación el tercer punto y final de la Declaratoria del Jurado:

3 – Por otra parte, este jurado considera de vital importancia destacar el trabajo que hacen los editores de revistas, compendios de artículos en línea como son Tribuna Democrática, Informa-tico, Posición Política de ANEP, Democracia Digital, que se han convertido en verdaderos instrumentos de democratización de la información en Costa Rica, ofreciendo la oportunidad a muchos de escuchar y leer la voz de aquellos que disienten u ofrecen nuevas perspectivas a la sociedad, cuando en el momento actual existe un verticalismo informativo dada la concentración de los medios de comunicación en poder de pocos grupos económicos.
Es digno de reconocer que este tipo de información, revistas, y comunicaciones digitales hoy por hoy son más utilizadas entre la población mundial y que le dedican incluso más horas semanales que a la televisión, la radio, los periódicos o el cine.

Apoyamos, reconocemos y consideramos de vital importancia que en una sociedad verdaderamente democrática la libertad de expresión no tiene que estar ligada únicamente a los medios de comunicación, es un derecho que ha sido reconocido por todas las declaraciones de derechos humanos como un derecho fundamental del ser humano.

Por tanto, recomendamos que futuros jurados tomen en consideración el tesonero trabajo independiente de estas novedosas formas de comunicación social.

ANEP, desde el lanzamiento de su página electrónica www.anep.or.cr, ha sistematizado el envío de los Boletines Informativos: Posición Política, La Hoja Sindical y recientemente Incidencia Internacional, con diversa información propia y de otras organizaciones, personalidades y agencias informativas electrónicas que por otros medios comerciales no son publicados y que son considerados de gran importancia para la ciudadanía. A estos boletines cualquier persona puede acceder desde nuestra página electrónica.

Política de censura

Precisamente estos boletines informativos de ANEP han sido censurados en muchas instituciones públicas, como una forma de impedir que los y las trabajadoras puedan tener acceso a información.

En lo que parece ser una política bien delineada por las autoridades gubernamentales, se ha procedido a “cerrar”, en los correos electrónicos institucionales, el acceso a la información en contra del TLC y la divulgación de Derechos Laborales que desde ANEP y otros sindicatos como los del ICE y UNDECA se divulga para las personas trabajadoras.

Gran Marcha Pacífica contra el TLC

Posiblemente ya se habrá enterado que EL FRENTE NACIONAL DE APOYO A LA LUCHA CONTRA EL TLC, ha convocado para una gran marcha el próximo 26 de febrero.

Esta fecha la hemos escogido sobre la base de una estimación de cuándo es el momento más probable de que el TLC esté en el plenario legislativo, se ha consultado con la gente que conoce de las dinámicas de los procesos legislativos y esa parece ser la mejor fecha, también se ha consultado con un amplio sector de organizaciones gremiales, empresariales y estudiantiles y es casi un consenso que esa es la mejor fecha.

HAY ALGO EN QUE DEFINITIVAMENTE TODOS ESTAMOS DE ACUERDO: ESTA MARCHA NO SERÁ LA ÚNICA ACTIVIDAD QUE SE HAGA; SIMPLEMENTE SEÑALA EL INICIO DE UN CONJUNTO DE ACTIVIDADES EN ESTA ETAPA DE LA LUCHA .

Posteriormente se realizarán actividades en las comunidades, dependiendo de cómo se vaya presentando la batalla. Se arranca con la marcha, luego vienen las manifestaciones locales.

Se está tratando de precisar la hora de la convocatoria, pues se deben considerar varios factores: No puede iniciarse muy temprano, para dar tiempo a que lleguen los grupos que vienen de zonas alejadas de San José. No puede terminar muy tarde, para que estas personas puedan regresar a sus casas el mismo día.

La convocatoria a la marcha se hará en una conferencia de prensa que se efectuará dos semanas antes. Un grupo de personalidades del mundo académico, cultural, político y empresarial lanzarán la convocatoria, la cual será respaldada por las organizaciones gremiales y sociales.

Sin embargo, desde ya Usted puede tomar varias iniciativas.

EL PODER DE UNO es la traducción de una frase que usan los gringos (The power of one) para resaltar la importancia de lo que puede hacer una persona sola. Típicamente señala a gente que ha logrado grandes proezas por sí solas: Levantar una empresa, lograr que se apruebe una ley, etc. Eso es simplemente un reflejo de la cultura individualista gringa, reflejada en su cine y TV; el super héroe que salva al mundo: Superman, Wonderwoman, Batman cada uno de ellos(as) SOLOS salvan al mundo del villano. El gran detective por sí solo resuelve el caso, el supersoldado solito acaba con todo el ejército enemigo, etc.

Pero Usted y yo no somos superhéroes, para nosotros EL PODER DE UNO debe ser más bien

EL PODER DE UNO MÁS UNO

El poquito que usted puede aportar a la lucha más, el poquito que aporto yo PUEDEN MARCAR LA DIFERENCIA EN LA LUCHA POR DERROTAR EL TLC.

Sobre la base del granito de arena que miles de personas hemos venido aportando es que vamos levantando el muro para detener al TLC, por eso es muy importante que usted tome la iniciativa.

Queremos proponerle una meta muy simple:

Trate de llevar a la marcha a alguna persona que NUNCA haya participado en las marchas contra el TLC .

¿Quién puede ser? Usted, sabrá. Una tía, su abuelito, una vecina, un compañero de trabajo. Decida a que personas invitará y empiece a convencerlas desde ya, tiene casi un mes para lograrlo.

Recuerde que según las encuestas, cerca del 60% de los costarricenses está contra el TLC, es decir, hay más de millón y medio de adultos costarricenses que están contra el TLC, hay bastante de donde escoger. Si de cada veinte personas que están contra el TLC solo una persona asiste a la marcha, estamos hablando de 75000 personas. Una manifestación como nunca antes se ha visto en Costa Rica.

Hay otras cosas que también puede hacer desde ahora. Inicie en su comunidad los contactos con las personas que usted ya conoce que muy probablemente asistirán a la marcha. Traten de organizarse para que los que viajan en carro vengan con varias personas. Las organizaciones gremiales pondrán buses desde varias localidades para transportar a sus afiliados, traten de ponerse en contacto con las personas encargadas para que se aprovechen todos los campos disponibles. En el caso de que en su comunidad no va a haber buses de los sindicatos, estudien la posibilidad de contratar uno por cuenta de ustedes.

En esta marcha se pretende también lograr algo diferente de lo sucedido en marchas anteriores, en las cuales, una vez que se llega al lugar de destino la gente casi inmediatamente se dispersa. Esta vez se procurará tener una tarima principal desde la que se dirigirán algunos mensajes y presentación de actividades artísticas. Por favor trate de llevar algún refresco y sándwiches, para que el hambre no lo obligue a retirarse.

Prepare otros detalles, como el tomar vacaciones ese día, si no pertenece a algún sindicato, trate de ir a la marcha con camiseta blanca, etc.

RECUERDE QUE NO EXISTE UNA ORGANIZACIÓN CENTRAL CAPAZ DE RESOLVER TODOS LOS DETALLES QUE REQUIERE ESTA LUCHA. SOLO SI CADA PERSONA TOMA LA INICIATIVA PODREMOS VENCER.

Himno de la marcha AQUI