Fundación CRUSA y el pago de funcionarios y funcionarias públicas.

Estimado señor Contralor General:

Con el debido respeto para su digna autoridad, le expresamos el más atento y respetuoso de nuestros saludos.

De manera oficial estamos solicitando la realización de una investigación en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), encabezado por la Licda. Vilma Villalobos para determinar, la procedencia del dinero para pagar los salarios de varias personas que, según tenemos entendido, están clasificadas como “personal de confianza” de dicho despacho ministerial; según se desprende del Acuerdo Ejecutivo No. 26-MEIC, fechado 3 de setiembre del 2002 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta, No. 183, del martes 24 del mismo mes y año.

Tenemos la presunción de que esas personas no están pagadas por el presupuesto oficial del MEIC, determinado en la Ley General de Presupuesto de la República; sino que los dineros que financian esos salarios proceden de una entidad denominada “Fundación CRUSA”, creyendo entender que “CRUSA”, son las siglas que definen las expresiones geográficas y políticas “Costa Rica” y “United States Of America”.

Estamos hablando de las siguientes personas:

Leonardo Campos Castillo
Mabel Castro Valverde
Melissa Molina López
Andrea Gallegos Rodríguez
Melanie Bacherer Arends
Ricardo Madrigal Jiménez
Camilo Monterrosa de León

De la misma manera, las siguientes personas que no aparecen consignadas en el acuerdo ejecutivo en mención:

Isabel Cristina Araya
Erick Borbón
Ileana Cruz
Flor Soto
Laura Castro
Maríaminta Quirce
Karla Plá
Edwin Fallas
Patricia del Bo

Para nuestra organización sindical resulta de vital importancia que el ente contralor esclarezca, entre otros aspectos, los siguientes:

1- Determinar qué es la denominada Fundación CRUSA en toda su dimensión: registro, directiva, misión, fuentes de financiamiento, etc.
2- Si efectivamente todas esas personas realizan o realizaron laborales para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), luego de la llegada al poder de la actual administración del país.
3- Cuál es el nombre del puesto y el salario correspondiente para cada una de ellas.
4- Establecer las fuentes de financiación de tales puestos y si se confirma que esos dineros provienen de la denominada Fundación CRUSA.
5- Qué tipo de labor realiza cada una de esas personas en esos puestos.
6- Qué tipo de vínculo podría haber en cada una de esas labores, con relación al proceso que vive el país para establecer negociaciones comerciales; particularmente, el proceso del Tratado de Libre Comercio entre los países centroamericanos (incluida Costa Rica) y los Estados Unidos de América.
7- Cuál es el grado de legitimidad jurídica que les asiste para trabajar, ordenar, tener personal subalterno, usar la infraestructura institucional (planta física, servicios de oficina, equipos, teléfonos, luz, agua, etc.); en una institución de servicio público, cuyo presupuesto lo aprueba la Asamblea Legislativa.
8- Si se confirma que sus salarios provienen de la denominada Fundación CRUSA, cómo gira ésta tales dineros a cada una de esas personas, ¿directamente?, ¿a través de una sociedad?, ¿cómo?
9- Se debe determinar si pagan impuesto sobre la renta esos salarios y si, tal y como técnica y sistemáticamente se les rebaja en el Sector Público a los trabajadores y a las trabajadoras objeto de tal tributo, así se aplica a los salarios que se estarían pagando por la modalidad indicada.
10- Adicionalmente, solicitamos que el ente contralor bajo su digna dirección proceda, también, a investigar si la mencionada “Fundación CRUSA” estaría financiando pago de personal en los ministerios de Hacienda y de Comercio Exterior.

Señor Contralor General: Si nuestras presunciones se confirman, estaríamos frente al desarrollo de una gestión institucional de carácter irregular que podría traer serias repercusiones jurídicas en cuanto los actos del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), ejecutados por esas personas, podrían estar viciados de completa nulidad, con las graves consecuencias que se pueden suponer para la institucionalidad de tan delicada gestión ministerial.

Pero, por otra parte, si nuestra presunción es real, abre, necesariamente, un debate ético acerca de las remuneraciones del personal profesional de la Administración Central del Gobierno, las derivaciones políticas que podrían derivarse por la procedencia de los dineros que financian esas plazas; y, además, conllevan un fuerte cuestionamiento sobre la transparencia de la gestion que fortalecería la creciente sensación ciudadana de una gran indefensión ante la comisión de irregularidades institucionales de todo tipo. Creemos nosotros que este podría ser un caso típico de esos que ya se vienen acumulando en el Sector Público, del establecimiento de verdaderas planillas paralelas que, a su vez, se constituyen en administraciones alternas a las oficiales.

Considerando que el proceso que el país ya está viviendo en torno a la eventual suscripción de un tratado de libre comercio con los Estados Unidos de América, es más que urgente establecer la veracidad de nuestra denuncia, considerando el importante papel que el MEIC tiene en este proceso.

Esperando su respuesta, la cual solicitamos al amparo del Artículo 27 de nuestra Constitución Política y el 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, nos despedimos de la manera más respetuosa y atenta.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General
Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

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