Jornada de 8 horas: constitucional y derecho humano fundamental

Principios éticos fundamentales de la militancia y de la lucha sindical obrero-social, nos obligan a realizar todos los esfuerzos posibles y en todos los escenarios necesarios, para aportar a salvaguardar el sagrado derecho de la clase trabajadora asalariada a seguir teniendo la jornada ordinario-laboral de las ocho horas.

El más grave ataque del capital costarricense a la misma desde la promulgación misma del Código de Trabajo, en 1943, se acaba de dar en el seno de la Asamblea Legislativa con la aprobación, en primer debate, de lo que se ha dado en llamar las jornadas 4 x 3 mismas que, desde un punto de vista político-ideológico, significa la derogatoria (por ahora, parcialmente), de esa histórica y sagrada jornada de las 8 horas.

Por cierto, el día de esa votación fue el pasado martes 15 de agosto, conmemoración muy sentida por el pueblo costarricense como lo es el Día de la Madre; una acción legislativa más que macabra para tal fecha, si pensamos en las madres trabajadoras asalariadas.

Aprobación que, seguros estamos, obtuvo los 32 votos de mayoría mediando presiones externas de gran poderío millonario, económico-financieramente hablando, por una parte; y, por la otra, exhibiendo una ignorancia mayúscula acerca de todos los entornos sociohistóricos, tanto nacionales como internacionales, de cómo la clase trabajadora ha tenido acceso durante tantas décadas a que se le respete la jornada de 8 horas.

Si particularizamos al respecto, uno está muy seguro al afirmar que de esas 32 diputaciones que legislaron del lado del capital para derogar la jornada de 8 horas, son poquísimas las que conocen el significativo episodio de la lucha histórica mundial de la clase obrera conocido como Los mártires de Chicago. Y, para el caso costarricense, tampoco creo que tengan la más mínima noción histórica de cómo fue que en nuestro país se dio el establecimiento la jornada de las 8 horas.

Esta está en la mayor legislación del país: la Constitución Política, la cual nació a la vida jurídico-republicana del país, el 7 de noviembre de 1949. Y, por supuesto, es parte esencial y fundamental de la mayor ley de nuestra mayor ley laboral: el Código de Trabajo. Esas 32 diputaciones que se pusieron del lado del capital dándole primer debate a la ley de las jornadas 4-3, violentaron ambas piedras angulares de la institucionalidad jurídico social-laboral del país.

Por otra parte, si ya esa transgresión jurídica es muy grave, más lo es lo que implica en materia de la tradición costarricense de proclama y de defensa de los Derechos Humanos (DD.HH.). La jornada de 8 horas tiene un poderosísimo estatus jurídico dentro del Derecho Internacional en esa materia, los Derechos Humanos. He aquí un camino que vamos a tener que transitar.

Por ejemplo, lo que plantea la Organización Internacional del Trabajo (OIT), nada más y nada menos que en su Convenio No. 1, precisamente el de las 8 horas y promulgado en 1919, año de fundación de esta entidad y de la cual Costa Rica es Estado miembro. También, lo que se norma en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), tratado internacional en materia de DD.HH. firmado por Costa Rica y ratificado por nuestra Asamblea Legislativa, de suyo cumplimiento y observancia estricta el país no puede obviar.

El proyecto jornadas 4 x 3 únicamente persigue un objetivo estratégico para el capital que lo está imponiendo: derogar el pago de horas extras, para incrementar así la explotación obrera de la clase trabajadora que estaría sujeta a ese tipo de jornadas.

Llama la atención el jolgorio que por su aprobación está exhibiendo el ente corporativo Asociación de Zonas Francas (Azofras), dado que es en las zonas francas donde se ha venido utilizando este tipo de jornadas, de manera ilegal y con la complicidad del propio Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS; ilegalidad que ahora dejaría de serlo si se consuma la aprobación de este proyecto de ley.

El empresariado de las zonas francas verá incrementada sus ganancias pues, como ya disfruta de diversas exenciones impositivas, ahora lo que deberá invertir en salario obrero será menos y, por tanto, sus rentas corporativas subirán. Es de esta forma como nos explicamos las desmedidas presiones políticas de este grupo empresarial, por medio de sus agentes diputadiles en el parlamento, para imponer esta ley de las jornadas 4 x 3. Afortunadamente, esta lucha apenas está empezando.

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