La autonomía constitucional del régimen municipal fue ultrajada

Albino Vargas Barrantes, Secretario General de ANEP

Cunde la indignación en no poca cantidad de expertos jurídicos acerca de que autonomía constitucional del régimen municipal fue violentada, con la promulgación-imposición de la Ley de la República No. 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (según su nombre oficial), popularmente conocida como combo fiscal.

Es más, apelando a toda la connotación sensible del término, podemos afirmar que fue ultrajada.

Para algunos entendidos en la materia, si el autoritarismo que se nos está imponiendo como sociedad bajo una especie de control único de pensamiento político, requería deshacerse de tal autonomía, lo que correspondía era reformar la Constitución primero; para, luego, legislar a fin que las municipalidades quedaran sujetas a los dictados políticos de parte del Estado central, tanto en su gestión de recursos humanos como en cuanto a la disposición de sus finanzas.

La verdad es que con la controvertida y detestada ley de la Republica No. 9635, la percepción generalizada ya a nivel de las municipalidades, es que éstas tendrán una especie de “supervisión política” (para decirlo con la mayor suavidad posible), de parte de los ministerios de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan) y de Hacienda.

¡Esto es sumamente grave! Siempre hemos pensado que es el municipio (en su calidad de gestor de administración local de política pública en lo que por ahora es su ámbito de competencias legales), el gobierno más cercano a la gente, más accesible para la ciudadanía en la comunidad.

Se supone que la municipalidad está destinada a aumentar su presencia determinante para la convivencia democrática en comunidad, de tal suerte que la intrusión en ella de determinaciones tomadas a nivel de Gobierno Central, va a representar un serio retroceso.

Retroceso ya no solamente en cuanto a la concepción de posibilidad de un gobierno más cercano a las personas; sino que de nada serviría la voluntad popular en cuanto a la designación de sus autoridades si, a final de cuentas, los ejes fundamentales del caminar de ese gobierno local, estarán determinados por los jerarcas políticos de dichos ministerios, que no es más que decir, que serán controlados por la mismísima Casa Presidencial.

Lo que está ocurriendo con la autonomía constitucional del régimen municipal, tanto como el ultraje en contra de la autonomía institucional de otras entidades como la de la Caja; nos llevan a afirmar que esa ley, en realidad, vino a representar una especie de Golpe de Estado técnico; ¡sí!, Golpe de Estado técnico pues, en esencia, será desde la Casa Presidencial, y más exactamente, desde el Ministerio de Hacienda, desde donde saldrá la línea política de gestión de finanzas públicas para todo el aparato del Estado.

Aunque ya lo habíamos mencionado en otra parte, sí parece necesario resaltar lo incomprensible que resulta el silencio de entidades conformadas para la preservación de la institucionalidad municipal; silencio que nos lleva a presuponer que se está de acuerdo con el ultraje a la autonomía del régimen municipal.

A la fecha de escribir este artículo, ni la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), ni la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI), han dicho esta boca es mía, para salir en defensa del régimen municipal.

Al parecer, le corresponderá al honorable cuerpo laboral municipal y sus legítimas organizaciones obreras, los sindicatos, levantar la bandera de la autonomía constitucional del régimen municipal.

Afortunadamente, hay una ciudadanía honesta que, con profesionalismo y conocimiento experto en la materia, también alzará esa bandera.

Igualmente, esperamos que, desde la sede legislativa, las sanas presencias parlamentarias acojan nuestro planteamiento de promoción de una legislación específica para revertir el ultraje cometido a la autonomía municipal.

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