La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (más conocida como Sala Cuarta), en un cuestionado fallo dividido de sus siete integrantes (4 votos contra 3), le quitó a los trabajadores y a las trabajadoras de la Municipalidad de San José, su derecho a tener un reconocimiento de cesantía sin tope, sin límite de años, luego de terminar sus carreras de servicio público.
Igualmente, tal derecho se le cercenó al personal de la Municipalidad de Turrialba y en la misma situación estarán en fecha próxima otras municipalidades que durante toda una vida han tenido una política de reconocimiento de cesantía total.
Esta ha sido la forma más justa de premiar labores de servicio público que si bien dignas, generan grandes estragos en la salud física y mental de este tipo de personal de servicio público, como los recolectores de basura, aseadores de vías, limpiadores de tragantes; personas trabajadoras que sufren altos riesgos de salud por las especiales circunstancias de su quehacer en función de la sociedad; trabajo que, además, no resulta muy bien pagado.
Tenemos que interpretar este fallo constitucional de mayoría como una decisión judicial de alto contenido ideológico, sumamente prejuiciada y evidentemente discriminatoria.
Es de alto contenido ideológico porque se inspira en esas corrientes de pensamiento de la hegemonía política dominante que, en términos generales, estimulan la involución del Derecho Laboral y plantean la reversión de conquistas obreras; así como buscan homologar “hacia abajo” las condiciones de empleo de toda la clase trabajadora costarricense, para hacerla “competitiva” ante el rumbo dominante de una globalización anticristiana y deshumanizante.
Ese fallo es de alto contenido prejuicioso porque, precisamente, busca repotenciar en la sociedad la pérfida especie de que quienes laboran para el sector Público son personas “privilegiadas”, que tienen derechos “abusivos” y que, además, son como una “carga” para la sociedad. Por tanto, deben eliminársele todos los derechos logrados a través de sus luchas, como la de tener convenciones colectivas de trabajo.
Y, finalmente, ese cuestionado fallo es de alto contenido discriminatorio por cuanto es absolutamente falso sostener que la cesantía municipal sin tope es un “privilegio”, dado que, bajo ese criterio habría que declarar como inconstitucional lo siguiente: a) la cesantía que funciona bajo el sistema solidarista que reconoce todos los años y que se deposita, mes a mes, por el patrono. b) La cesantía por todos los años de servicios establecida en el sector Público y bajo el sistema del Servicio Civil cuando se habla de reestructuraciones. c) La práctica de muchos patronos privados de liquidar a sus empleados a final de año y recontratarlos para el siguiente, con el reconocimiento correspondiente de esa cesantía anual. d) La ruptura sin límite de años, aunque parcial (al 3%), establecida en la denominada “Ley de Protección al Trabajador” (LPT).
Como vemos los cuatro magistrados constitucionales que votaron contra el personal de las municipalidades de San José y de Turrialba (y que seguro lo harán contra la clase trabajadora de otras entidades de este nivel institucional del sector Público), actuaron con gran discriminación.
Si dijeron que las cesantías “sin límite de años” en las municipalidades son inconstitucionales, debieron decir lo mismo de las cesantías “sin límite de años” bajo el esquema solidarista; de la cesantía “sin límite de años” según la LPT; de la cesantía “sin límite de años” por reestructuración bajo el Servicio Civil; y de la cesantía “sin límite de años” de la práctica patronal de liquidación obrera anual.
Es por ello que resulta acertado acudir a instancias fuera de nuestras fronteras para denunciar el asunto: tanto ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); resaltándose la importancia de esta última instancia porque sus resoluciones son obligantes para el país.
Pero, además, de este fallo constitucional ideológico, prejuicioso y discriminatorio contra la clase trabajadora municipal, estamos notando un conjunto de situaciones antiobreras en no pocas municipalidades del país.
Hay fuerzas y tendencias a nivel de gobiernos locales y municipalidades que pretenden derogar la Constitución, el Estado de Derecho y los compromisos internacionales del país en materia de Derecho Laboral, a fin de que el personal de los municipios del país quede completamente indefenso, que pueda ser despedido ipso facto, que quede con derechos al mínimo y que la privatización se instaure con toda su lógica de lucro mercantil privado y abusiva explotación laboral.
Lo que está sucediendo en la Municipalidad de Santa Ana es paradigmático de ello. Varios integrantes de su concejo tienen una sistemática campaña de agresión contra su personal, un día sí y otro también, provocándoles peligrosamente. Pretenden instaurar en ese municipio una dictadura laboral de propósitos inconfesables.
Desde esta columna lanzamos un llamado vehemente de alerta a todos los trabajadores y a todas las trabajadoras municipales de Costa Rica; a sus familiares; a las comunidades respectivas. ¡Alto ya a la agresión contra los derechos y las conquistas del personal municipal del país!
Creemos que deberán manifestarse a lo largo y a lo ancho del territorio nacional, como jamás pensaron que lo tuvieran que hacer. Creemos que deben hacerse sentir con toda potencia para que instancias como la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), la Defensoría de los Habitantes de la República, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), la Contraloría General de la República (CGR), la propia Sala Cuarta, comprendan a plenitud lo siguiente:
a) Que el personal municipal es un conglomerado de seres humanos con deberes, ¡sí!, pero con derechos, ¡también! b) Que Costa Rica es un Estado de Derecho, con una Constitución y con un Código de Trabajo que cubre a ese personal municipal. c) Que al personal municipal le asiste la normativa del Derecho Laboral de corte internacional, tanto como los múltiples convenios que el país ha suscrito con la comunidad mundial en materia de Derechos Humanos. d) Que las comunidades merecen gobiernos locales más dignos. e) Que la privatización de los servicios municipales es una pésima decisión porque el lucro mercantil sustituye a la esencia de servicio público al costo. Por todo esto y más, los y las municipalistas del país deben salir a las calles, ¡y pronto!