La presunción de inocencia no puede ser derribada sin un debido proceso

La noticia recurrente en varios medios de comunicación, ha sido la muerte de un joven que fue intervenido por cuatro oficiales de la Fuerza Pública, luego de haber sido denunciado por presunta violencia intrafamiliar. Algunos medios, posiblemente en su afán de vender pierden toda objetividad informativa, caen en el punitivismo mediático que les lleva a prácticamente dictar “sentencia”. Otros consultan a profesionales del derecho, los cuales, sin contar con los elementos fácticos que se encuentran en el expediente que para los efectos se lleva el Ministerio Público, emiten juicios de valor o criterios infundados, estableciendo una especie de “condena” en sus declaraciones.

Indudablemente, resulta lamentable la perdida de una vida humana, máxime en las circunstancias conocidas. Sin embargo, se deben tener en cuenta varios factores, uno de ellos, es que el sistema de emergencia 9-11 alertó de un caso de violencia doméstica, en apariencia, el joven habría realizado amenazas en contra de la integridad de algunos miembros de su familia, lo cual motivó que una de ellas acudiera a solicitar medidas de protección, por ello, los oficiales de la Fuerza Pública estaban atendiendo una situación en donde posiblemente se les comunicó de una persona alterada o agresiva.

No hace mucho, en la atención de una violencia domestica una oficial de la Fuerza Pública resultó herida de gravedad, al momento en que el presunto agresor desarmó a su compañero y le disparo a ella en la cabeza. Ello quiere decir, que los casos de violencia doméstica, no son para nada sencillos de atender, por el contrario, resultan complicados y de alto riesgo, se trata por lo general de personas agresivas (agresoras), la mayoría de las veces se atrincheran o están en un espacio cerrado, lo cual dificulta las maniobras de intervención, pero, además portan algún tipo de arma (tijeras, cuchillos, destornilladores). Aunque algunos medios tratan de resaltar que el fallecido era menor de edad, lo cierto es que eso no quiere decir que no pudiera ser peligroso, prueba de ello, es que su misma familia aparentemente había recibido amenazas de muerte.

¿Se pudo evitar el fatal desenlace? Sí, si el presunto agresor domestico hubiera respetado la figura de autoridad pública que tenia de frente, o si el Estado hubiese dotado a nuestros policías de armas menos letales (taser), algo que se ha venido solicitando desde hace un buen tiempo, con el taser hubiese sido posible neutralizarlo sin necesidad de forcejeo. Por ahora, un joven perdió la vida, una madre lamenta su partida, cuatro oficiales y sus familias sufren el linchamiento mediático motivado por algún funcionario inescrupuloso, que filtró el video que es parte de una investigación penal. La difusión del video, que fue grabado por los mismos oficiales, posiblemente con la finalidad de respaldar que su actuación seria ejecutada a derecho, tiene como objetivo provocar un linchamiento mediato, procurando generar presión sobre el Ministerio Público y al mismo tiempo sobre los juzgadores penales.

Al efecto, cita nuestra constitución política:

“A nadie se hará sufrir pena sino por delito, cuasidelito o falta, sancionados por ley anterior y en virtud de sentencia firme dictada por autoridad competente, previa oportunidad concedida al indiciado para ejercitar su defensa y mediante la necesaria demostración de culpabilidad”.

Por su parte establece el Código Procesal Penal:

 
“Estado de inocencia. El imputado deberá ser considerado inocente en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su culpabilidad en sentencia firme, conforme a las reglas establecidas en este Código. En caso de duda sobre las cuestiones de hecho, se estará a lo más favorable para el imputado. Hasta la declaratoria de culpabilidad, ninguna autoridad pública podrá presentar a una persona como culpable ni brindar información sobre ella en ese sentido. En los casos del ausente y del rebelde, se admitirá la publicación de los datos indispensables para su aprehensión por orden judicial”.

Finalmente, si terminado el proceso penal se determina culpabilidad, nuestros uniformados deberán afrontar las consecuencias, por ahora, se les debe respetar la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho de defensa.

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