ANEP solicita la intervención del Ministerio Público ante lista de contribuyentes que reporta cero ganancias o perdidas

-También solicita al Ministerio de Hacienda dar nombres de las 96 empresas a las que ha efectuado el cobro de ¢560.000 millones

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) ha solicitado a la Fiscalía General de la República realizar las acciones pertinentes para establecer las responsabilidades respectivas derivadas de la publicación del listado de grandes contribuyentes, que en los últimos años han venido declarando cero ganancias o pérdidas al Estado sobre el impuesto a las utilidades.

La solicitud fue enviada esta misma tarde a la Fiscala General, Emilia Navas, para que el Ministerio Público por medio de la Fiscalía de Delitos Económicos y Tributarios intervenga en este caso.

“Por este medio solicitamos a su respetable Autoridad, interponga sus buenos oficios a la Fiscalía de Delitos Económicos y Tributarios; asimismo le diligencie ante los Órganos Jurisdiccionales (Jueces Penales competentes), los allanamientos urgentes, útiles y pertinentes, a los efectos de que los posibles elementos de prueba no desaparezcan, con el fin de poder llegar a las piezas probatorias necesarias a la sumaria, para poder investigar, imputar y establecer las responsabilidades penales respectivas, a él o los responsables de este presunto fraude tributario sin precedentes en la historia costarricense”, indica el documento enviado a la Fiscal General.

La petitoria de la ANEP se fundamenta en el Artículo 92 sobre Fraude a la Hacienda Pública, el cual indica “ El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública con el propósito de obtener, para sí o para un tercero, un beneficio patrimonial, evadiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hayan debido retener, o ingresos a cuenta de retribuciones en especie u obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o los ingresos a cuenta o de las devoluciones o los beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de quinientos salarios base, será castigado con la pena de prisión de cinco a diez años”.

“Esto ha causado una absoluta y general indignación y conmoción social en todas las personas decentes que tributamos en Costa Rica, sea en forma liberal o como ciudadanos en su condición de empleados públicos a los cuales se les rebaja los impuestos de su salario; cuando estos grupos organizados han demostrado que lucran de manera injusta e indebida, aprovechándose de toda suerte, de sortilegios y triquiñuelas para eludir sus obligaciones tributarias pero por otro lado, se aprovechan de diversos mecanismos para cobrar tasas de intereses altísimas, préstamos de usura y agiotaje, entre otras múltiples de actividades desplegadas por algunos de estos evasores”, puntualizó el Secretario General de la ANEP.

ANEP solicita a Hacienda dar nombres de las 96 empresas a las que ha efectuado el cobro de ¢560.000 millones

La ANEP también, ha solicitado al Ministerio de Hacienda dar a conocer los nombres de las 96 empresas a las que ha efectuado el cobro de ¢560.000 millones, de presuntas deudas tributarias. luego de que se diera a conocer el listado de grandes contribuyentes que reportan cero ganancias al Estado sobre el impuesto a las utilidades desde el 2008 al 2017.

“Nuestra organización, ha estado muy pendiente de este tema y todo lo relacionado al tema tributario y fiscal. En atención a estos temas y con mucha seriedad ANEP ha venido investigando, estudiando, analizando y escribiendo en los diverso espacios, plateando esta problemática de la injusticia tributaria costarricense desde el año 2002. Por lo que solicitamos dar a conocer los nombres de esas 96 empresas y en cada caso el monto de dinero en controversia”, manifestó Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP.

La solicitud de la ANEP a la Ministra de Hacienda, Roció Aguilar, se ampara en el artículo 27 de la Constitución Política y el 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional. Así como, en el histórico precedente del fallo constitucional sobre la lista de grandes contribuyentes que declaran cero ganancias y/o pérdidas, gracias a la oportuna intervención de la agrupación cívica Territorios Seguros.

“Estimamos que no es necesario un nuevo Recurso de Amparado para obtener los datos que solicitamos en la carta enviada a la Ministra de Hacienda”, finalizó Vargas.

El Secretario General de la ANEP en el programa Cédula 5 de Anexión TV

El Secretario General de la ANEP conversó en el programa Cédula 5 sobre el escenario político-social del país, la huelga contra el combo fiscal y la reciente revelación de la lista de grandes contribuyentes que declaran cero ganancias al Ministerio de Hacienda

Posición de ANEP respecto de la realización de las pruebas toxicológicas a todo el personal de la Policía Penitenciaria

1. La Policía Penitenciaria en su inmensa mayoría está constituida por hombres y mujeres con altísimos niveles de probidad. No se puede admitir que, por unas pocas personas, que se presume han cometido algunas faltas al respecto, se generalice y se ensucie el buen nombre y la imagen de un valiente y abnegado gremio de policías.

2. ANEP es respetuosa de los procesos que en el marco del derecho y de respeto a la dignidad inherente de los policías ejecute el Ministerio de Justicia y Paz.

3. ANEP no puede ni debe interferir en la aplicación de dichas pruebas, salvo que existan irregularidades en la aplicación o que las mismas sean alteradas de forma maliciosa.

En este momento estamos indagando si las pruebas toxicológicas se ajustan a estándares internacionales que garanticen la exactitud de los resultados. Si la elección del personal y las eventuales sanciones se están aplicando de forma legal, equitativa e igualitaria. Se espera que en la práctica no haya espacios para el hostigamiento y que todas las personas, aunque se encuentren en puestos de jefatura sean tratadas en igualdad de condiciones.

4. Es verdad que la Sala Constitucional ha indicado algunos lineamientos al respecto, considerando la adicción como una enfermedad. No obstante, ANEP considera que nuestra defensa debe estar mayormente orientada a los conflictos obreros patronales que no guarden relación con conductas tipificadas en la Ley penal. En este caso, creemos firmemente que la función policial es incompatible con el consumo de sustancias psicoactivas o psicotrópicas prohibidas.

5. La honrosa función policial tiene ciertas excepcionalidades, por ello, al accionar de los agentes de seguridad (a su conducta) se le adjudica un cierto nivel de rigurosidad diferenciado en relación con los demás servidores públicos. Tómese en consideración que los expertos indican que el consumo de algunas sustancias ilícitas genera alteraciones a la salud y a la conducta de las personas. Que el policía o la policía debe estar en condiciones óptimas de disponibilidad aún en su semana libre, para hacerle frente a casos de fuerza mayor o de grave peligro a la seguridad.

Por ejemplo: no es lo mismo un policía con problemas de alcoholismo que un policía con problemas de adicción a sustancias ilícitas. El licor es de venta libre y se encuentra en distintos negocios comerciales, su consumo es legal y su tratamiento, por consiguiente, admite un procedimiento diferente. Sin embargo, algunas drogas o sustancias ilícitas solo se pueden conseguir a través de entablar nexos con sujetos dedicados al trasiego y venta de drogas. Sería inadmisible que una persona detenida por venta de sustancias ilícitas sea eventualmente custodiada por quien afuera figura como su cliente.

Finalmente, rogamos al personal policial su amable comprensión en estos casos, ya que ANEP se compromete a defender y llevar hasta las últimas consecuencias cualquier otro tema en el marco de las relaciones del trabajo. Pero guardamos distancia de aquellos que tienen que ver con actos de corrupción, o de acciones de materia penal. Sin que esta declaración niegue el derecho de defensa y la presunción de inocencia que le asiste a cualquier ciudadano.

ANEP se opone al aumento en el costo del pago del Seguro Obligatorio de Automóviles (marchamo) 2019

Tal y como ha circulado en las últimas horas, en diferentes medios de comunicación, la Superintendencia General de Seguros (SUGESE) quiere obligar al Instituto Nacional de Seguros (INS) a aumentar el costo tarifario del Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA); aun cuando el propio INS ha demostrado con contundentes informes a dicha Superintendencia que no se requiere ningún reajuste tarifario para el año 2019 en el SOA, más conocido como el pago del marchamo.

Las pretensiones del Superintendente de Seguros, señor Tomas Soley, a dos días de iniciar el cobro del SOA y amenazar a la jerarquía del INS que no puede cobrar lo que el Instituto definió técnicamente y que si lo hace se expone a una multimillonaria multa, nos plantea que don Tomas Soley está utilizando los mismos mecanismos que utiliza el actual gobierno contra la población que no está de acuerdo con sus políticas, es decir, la estrategia del miedo, la manipulación y la imposición.

Como organización sindical que está presta a defender los intereses de la clase trabajadora de este país, rechazamos y condenamos esta estrategia perversa de la SUGESE que, al mejor estilo de un aumentador general, quiere que se suban por cualquier mecanismo y sin mediar mayor análisis técnico, las tarifas del Seguro Obligatorio de Automóviles, sin importar la afectación que tendrán miles de dueños de vehículos.

No creemos ni compartimos el criterio de la SUGESE y de su Superintendente, Tomas Soley. ANEP rechaza rotundamente el solo hecho de sugerir que habrá perdidas en el seguro, cuando no es él al que le corresponde fijar las tarifas, sino al mismo INS, que es la entidad aseguradora del Estado Costarricense, que además cuenta con noventa y cuatro años de existencia, con un cúmulo de experiencia en la materia, y que además tiene reservas multimillonarias con las cuales le puede hacer frente a cualquier tipo de siniestralidad; y que, definitivamente, estamos seguros de que no necesita aumentar la tarifa del Seguro Obligatorio de Automóviles.

Por eso nos preguntamos: ¿a quién defiende la SUGESE?; ¿qué hay detrás de este actuar?; ¿busca acaso don Tomas Soley debilitar al INS para que se beneficien empresas privadas de seguros?; y, ¿por qué sale ahora la SUGESE con este planteamiento de aumentar las tarifas a los asegurados del SOA, si los estudios técnicos el INS los presentó desde inicios del mes de setiembre del 2018?

Por último, reiteramos a la ciudadanía costarricense que estamos siendo gobernados por una clase política de corte autoritario a la cual no le importa seguir cargando al pueblo con más impuestos directos e indirectos, con aumentos de tarifas en los servicios y cualquier otro mecanismo que nos afecte como consumidores; toda vez que su objetivo es mantener un pueblo empobrecido y sumido en el endeudamiento para que seamos esclavos del sistema crediticio y de su filosofía económica neoliberal.

Llamamos a la ciudadanía a estar atentos a un llamado sindical de movilización para manifestarnos frente a la Superintendencia de Seguros en los próximos días.

Seccional ANEP-Fuerza Pública pendiente de directriz que regule los roles de trabajo en el MSP

Dicha directriz debe ser homologada por la jueza que atendió el juicio en el I Circuito Judicial de San José, en donde se resolvió con una conciliación entre las partes, es decir; la Seccional ANEP-Fuerza Pública y la Dirección General de la Fuerza Pública.

Municipalidad de Guatuso impide regreso de trabajadores en huelga

Tras 50 días de huelga, la presidenta de la Seccional ANEP-Municipalidad de Guatuso, Nidia Rodríguez, se dispuso a regresar a las funciones municipales debido a que se desempeña como auditora y ha recibido varias denuncias.

Sin embargo, una cadena y un candado diferente al que acostumbra a abrir fueron encontrados en la puerta de su lugar de trabajo; lo cual le impidió retomar sus funciones.

“Esto lo tomo como una represalia para que no regrese a trabajar, a ellos (administración) no les conviene. No ha existido ninguna situación de acoso contra mi persona hasta este momento. Mis compañeros sin han sido víctimas, incluso la administración dio la orden de que ninguno de ellos puede entrar a la municipalidad, entonces si alguno ya no desea seguir en la huelga no puede regresar al centro de trabajo como funcionario”, comentó Rodríguez.

Son 14 funcionarios que se mantienen en huelga desde el pasado 10 de setiembre.

Por su parte, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) tomará las medidas correspondientes ante la represión sindical y que las personas que participaron en este aberrante hecho sean sancionadas.

Trabajadores de Correos, CNE y Municipalidad de Santa Ana no podrán ser sancionados por huelga

Pese a que el Tribunal de Apelación de Trabajo declaró en firme la ilegalidad de la huelga en la Municipalidad de Santa Ana, Correo de Costa Rica y la Comisión Nacional de Emergencias, indica que no se puede rebajar salarios ni mucho menos sancionar a los trabajadores, mientras estos se reintegren a sus labores en las próximas 24 horas, ya que se trata de un ejercicio de derecho fundamental.

Consideraciones finales de la sentencia “Finalmente, es preciso señalar a la empleadora que la aplicación de sanciones disciplinarias y rebajos salariales de conformidad con el ordinal 379 y 385 del Código de Trabajo no podrán realizarse de forma retroactiva, únicamente a futuro y a partir de la firmeza de esta sentencia, una vez operado el aviso de 24 horas previsto por la legislación procesal para efectos de concertar el reinicio de las actividades (en este mismo sentido consúltese también la resolución 10.832-2011 de las 14:30 horas del 12 de agosto de 2011 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia)”.

Además, eliminó las costas procesales en contra de la ANEP, ya que dicho tribunal indicó “En mérito de lo que viene expuesto debe darse confirmatoria al fallo que se conoce, salvo en el aspecto de costas personales, toda vez que la imposición de sanciones económicas tan cuantiosas a las organizaciones sindicales desincentivaría su participación en la discusión democrática de asuntos de interés nacional. Debe recordarse al a-quo que este proceso no está dispuesto con la
finalidad de penalizar a las organizaciones gremiales, sino para calificar el
movimiento de huelga”.

Dichas apelaciones y argumentos fueron elaborados por la licenciada Karen Carvajal Loaiza de la Unidad Jurídica de la ANEP

Fallo Comisión Nacional de Emergencias
description

Fallo Correos de Costa Rica
description